4/09/2016

RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 115-2016-MINCETUR Disponen la prepublicación del proyecto de

Disponen la prepublicación del proyecto de actualización del Plan Estratégico Nacional de Turismo - PENTUR 2025, en el portal institucional del Ministerio RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 115-2016-MINCETUR Lima, 8 de abril de 2016 Visto, el Memorando Nº 392-2016-MINCETUR/ VMT, de fecha 6 de abril de 2016; el Informe Nº 004-2016-COMISIÓN PENTUR/ST, de la Secretaría Técnica de la Comisión PENTUR; el Informe Legal Nº 043-2016-MINCETUR/VMT/DGET/ALDGET-CQG, de fecha 06 de abril de 2016, de la Dirección General de Estrategia
Disponen la prepublicación del proyecto de actualización del Plan Estratégico Nacional de Turismo - PENTUR 2025, en el portal institucional del Ministerio
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 115-2016-MINCETUR
Lima, 8 de abril de 2016
Visto, el Memorando Nº 392-2016-MINCETUR/ VMT, de fecha 6 de abril de 2016; el Informe Nº 004-2016-COMISIÓN PENTUR/ST, de la Secretaría Técnica de la Comisión PENTUR; el Informe Legal Nº 043-2016-MINCETUR/VMT/DGET/ALDGET-CQG, de fecha 06 de abril de 2016, de la Dirección General de Estrategia Turística; y, el Memorando Nº 388-2016-MINCETUR/SG-AJ, de fecha 7 de abril de 2016, de la Oficina General de Asesoría Jurídica;

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 2 de la Ley Nº 27790, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo - MINCETUR, establece que el citado Ministerio en materia de turismo promueve, orienta y regula la actividad turística, con el fin de impulsar su desarrollo sostenible, incluyendo la promoción, orientación y regulación de la artesanía;

Que, el artículo 4 de la citada Ley indica que son objetivos del MINCETUR, en materia de Turismo, entre otros, el promover el desarrollo de la actividad turística como un medio para contribuir al crecimiento económico y al desarrollo social del país, propiciando las condiciones más favorables para el desarrollo de la iniciativa privada y la generación de empleo;

Que, el artículo 11 de la Ley Nº 29408, Ley General de Turismo, señala que el MINCETUR aprueba y actualiza el Plan Estratégico Nacional de Turismo (PENTUR)
dentro de las políticas de Estado, como instrumento de planeamiento y gestión del sector turismo de largo plazo en el ámbito nacional;

Que, mediante Decreto Supremo Nº 011-2013-MINCETUR, se creó la Comisión Multisectorial de naturaleza permanente, adscrita al MINCETUR. La referida Comisión tiene por objeto elaborar, actualizar y modificar el PENTUR y realizar su seguimiento y evaluación;

Que, de conformidad con lo dispuesto en el literal b) del artículo 4 del indicado Decreto Supremo, la precitada Comisión ha propuesto la actualización del PENTUR con un horizonte hasta el año 2025, para su aprobación por el MINCETUR mediante Resolución Ministerial;

Que, el artículo 14 del Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS, que aprueba el Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de Proyectos Normativos y difusión de Normas Legales de Carácter General, señala entre otros aspectos, que las entidades públicas dispondrán la publicación de los proyectos de normas de carácter general que sean de su competencia en el Diario Oficial "El Peruano", en sus Portales Electrónicos o mediante cualquier otro medio, en un plazo no menor de treinta (30) días antes de la fecha prevista para su vigencia, a fin de permitir que las personas interesadas formulen comentarios sobre las medidas propuestas;

Que, en tal sentido, a efectos de recibir las respectivas opiniones, sugerencias o comentarios de la ciudadanía, procede disponer la prepublicación del proyecto de actualización del PENTUR 2025, en el Portal Institucional del MINCETUR;

De conformidad con la Ley Nº 27790, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo - MINCETUR; su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2002-MINCETUR y sus modificatorias; y, el Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS, Reglamento que establece las disposiciones relativas a la publicidad, publicación de Proyectos Normativos y difusión de Normas Legales de Carácter General.

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Disponer la prepublicación del proyecto de actualización del Plan Estratégico Nacional de Turismo - PENTUR 2025, en el Portal Institucional del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo (www.mincetur.gob.pe), durante el plazo de treinta (30) días calendario, contados a partir del día siguiente de la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial "El Peruano", a efectos de recibir opiniones, comentarios y/o sugerencias de la ciudadanía.

Artículo 2.- Las opiniones, sugerencias o comentarios sobre el documento señalado en el Artículo 1 de la presente Resolución, se remitirán por escrito al Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, sito en Calle Uno Oeste Nº 050, Urbanización Córpac, San Isidro - Lima, o a través del correo electrónico secretariatecnica@mincetur. gob.pe.

Artículo 3.- La Secretaria Técnica de la Comisión PENTUR queda encargada de recibir, procesar y consolidar las diversas propuestas y opiniones que se reciban acerca del proyecto de actualización del Plan Estratégico Nacional de Turismo - PENTUR 2025 a que se refiere el artículo primero precedente.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

MAGALI SILVA VELARDE-ÁLVAREZ
Ministra de Comercio Exterior y Turismo

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