Inicio
Comercio Exterior y Turismo
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 115-2016-MINCETUR Disponen la prepublicación del proyecto de
4/09/2016
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 115-2016-MINCETUR Disponen la prepublicación del proyecto de
Disponen la prepublicación del proyecto de actualización del Plan Estratégico Nacional de Turismo - PENTUR 2025, en el portal institucional del Ministerio RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 115-2016-MINCETUR Lima, 8 de abril de 2016 Visto, el Memorando Nº 392-2016-MINCETUR/ VMT, de fecha 6 de abril de 2016; el Informe Nº 004-2016-COMISIÓN PENTUR/ST, de la Secretaría Técnica de la Comisión PENTUR; el Informe Legal Nº 043-2016-MINCETUR/VMT/DGET/ALDGET-CQG, de fecha 06 de abril de 2016, de la Dirección General de Estrategia
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 115-2016-MINCETUR
Lima, 8 de abril de 2016
Visto, el Memorando Nº 392-2016-MINCETUR/ VMT, de fecha 6 de abril de 2016; el Informe Nº 004-2016-COMISIÓN PENTUR/ST, de la Secretaría Técnica de la Comisión PENTUR; el Informe Legal Nº 043-2016-MINCETUR/VMT/DGET/ALDGET-CQG, de fecha 06 de abril de 2016, de la Dirección General de Estrategia Turística; y, el Memorando Nº 388-2016-MINCETUR/SG-AJ, de fecha 7 de abril de 2016, de la Oficina General de Asesoría Jurídica;
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 2 de la Ley Nº 27790, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo - MINCETUR, establece que el citado Ministerio en materia de turismo promueve, orienta y regula la actividad turística, con el fin de impulsar su desarrollo sostenible, incluyendo la promoción, orientación y regulación de la artesanía;
Que, el artículo 4 de la citada Ley indica que son objetivos del MINCETUR, en materia de Turismo, entre otros, el promover el desarrollo de la actividad turística como un medio para contribuir al crecimiento económico y al desarrollo social del país, propiciando las condiciones más favorables para el desarrollo de la iniciativa privada y la generación de empleo;
Que, el artículo 11 de la Ley Nº 29408, Ley General de Turismo, señala que el MINCETUR aprueba y actualiza el Plan Estratégico Nacional de Turismo (PENTUR)
dentro de las políticas de Estado, como instrumento de planeamiento y gestión del sector turismo de largo plazo en el ámbito nacional;
Que, mediante Decreto Supremo Nº 011-2013-MINCETUR, se creó la Comisión Multisectorial de naturaleza permanente, adscrita al MINCETUR. La referida Comisión tiene por objeto elaborar, actualizar y modificar el PENTUR y realizar su seguimiento y evaluación;
Que, de conformidad con lo dispuesto en el literal b) del artículo 4 del indicado Decreto Supremo, la precitada Comisión ha propuesto la actualización del PENTUR con un horizonte hasta el año 2025, para su aprobación por el MINCETUR mediante Resolución Ministerial;
Que, el artículo 14 del Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS, que aprueba el Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de Proyectos Normativos y difusión de Normas Legales de Carácter General, señala entre otros aspectos, que las entidades públicas dispondrán la publicación de los proyectos de normas de carácter general que sean de su competencia en el Diario Oficial "El Peruano", en sus Portales Electrónicos o mediante cualquier otro medio, en un plazo no menor de treinta (30) días antes de la fecha prevista para su vigencia, a fin de permitir que las personas interesadas formulen comentarios sobre las medidas propuestas;
Que, en tal sentido, a efectos de recibir las respectivas opiniones, sugerencias o comentarios de la ciudadanía, procede disponer la prepublicación del proyecto de actualización del PENTUR 2025, en el Portal Institucional del MINCETUR;
De conformidad con la Ley Nº 27790, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo - MINCETUR; su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2002-MINCETUR y sus modificatorias; y, el Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS, Reglamento que establece las disposiciones relativas a la publicidad, publicación de Proyectos Normativos y difusión de Normas Legales de Carácter General.
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Disponer la prepublicación del proyecto de actualización del Plan Estratégico Nacional de Turismo - PENTUR 2025, en el Portal Institucional del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo (www.mincetur.gob.pe), durante el plazo de treinta (30) días calendario, contados a partir del día siguiente de la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial "El Peruano", a efectos de recibir opiniones, comentarios y/o sugerencias de la ciudadanía.
Artículo 2.- Las opiniones, sugerencias o comentarios sobre el documento señalado en el Artículo 1 de la presente Resolución, se remitirán por escrito al Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, sito en Calle Uno Oeste Nº 050, Urbanización Córpac, San Isidro - Lima, o a través del correo electrónico secretariatecnica@mincetur. gob.pe.
Artículo 3.- La Secretaria Técnica de la Comisión PENTUR queda encargada de recibir, procesar y consolidar las diversas propuestas y opiniones que se reciban acerca del proyecto de actualización del Plan Estratégico Nacional de Turismo - PENTUR 2025 a que se refiere el artículo primero precedente.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
MAGALI SILVA VELARDE-ÁLVAREZ
Ministra de Comercio Exterior y Turismo
Compartir
Recomendado
Legislacion por entidad
Poder Ejecutivo
Organos Autonomos
Organismos Tecnicos Especializados
Transportes y Comunicaciones
Jurado Nacional de Elecciones
Economia y Finanzas
Poder Judicial
Energia y Minas
Salud
Defensa
Relaciones Exteriores
Educacion
Gobiernos Regionales
Organismos Ejecutores
Superintendencia de Banca Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones
Advertencia
Este es un portal de ayuda a quienes desean leer las nuevas normas legales del Perú.
Si encuentra algun texto que no deberia estar en este portal, escriba un mensaje a elperulegal@gmail.com para que sea retirado.
Propósito:
El propósito de "El Peru Legal" es mostrar las normas legales que proporcionan las entidades del Estado del Perú para buscar información relativa a decretos, leyes, resoluciones, directivas.
Propósito:
El propósito de "El Peru Legal" es mostrar las normas legales que proporcionan las entidades del Estado del Perú para buscar información relativa a decretos, leyes, resoluciones, directivas.
Boletin de Normas legales
Leyes más importantes
Archivo legal
- abril 2026 (37)
- marzo 2026 (96)
- febrero 2026 (108)
- enero 2026 (61)
- diciembre 2025 (84)
- noviembre 2025 (86)
- octubre 2025 (81)
- septiembre 2025 (36)
- marzo 2025 (54)
- febrero 2025 (109)
- enero 2025 (85)
- diciembre 2024 (89)
- noviembre 2024 (69)
- octubre 2024 (93)
- septiembre 2024 (66)
- agosto 2024 (88)
- julio 2024 (73)
- junio 2024 (21)
- diciembre 2023 (88)
- noviembre 2023 (208)
- octubre 2023 (225)
- septiembre 2023 (228)
- agosto 2023 (65)
- julio 2023 (106)
- junio 2023 (99)
- mayo 2023 (106)
- abril 2023 (122)
- marzo 2023 (144)
- febrero 2023 (133)
- enero 2023 (111)
- diciembre 2022 (108)
- noviembre 2022 (29)
- octubre 2022 (108)
- septiembre 2022 (141)
- agosto 2022 (139)
- julio 2022 (63)
- junio 2022 (40)
- mayo 2022 (113)
- abril 2022 (87)
- marzo 2022 (103)
- febrero 2022 (110)
- enero 2022 (90)
- diciembre 2021 (146)
- noviembre 2021 (58)
- octubre 2021 (95)
- septiembre 2021 (108)
- agosto 2021 (216)
- julio 2021 (188)
- junio 2021 (59)
- enero 2021 (31)
- diciembre 2020 (211)
- noviembre 2020 (395)
- octubre 2020 (519)
- septiembre 2020 (353)
- agosto 2020 (389)
- julio 2020 (410)
- junio 2020 (398)
- mayo 2020 (336)
- abril 2020 (43)
- marzo 2020 (105)
- febrero 2020 (341)
- enero 2020 (406)
- diciembre 2019 (519)
- noviembre 2019 (438)
- octubre 2019 (331)
- septiembre 2019 (315)
- agosto 2019 (377)
- julio 2019 (379)
- junio 2019 (371)
- mayo 2019 (317)
- abril 2019 (347)
- marzo 2019 (492)
- febrero 2019 (474)
- enero 2019 (483)
- diciembre 2018 (485)
- noviembre 2018 (490)
- octubre 2018 (465)
- septiembre 2018 (486)
- agosto 2018 (498)
- julio 2018 (323)
- junio 2018 (416)
- mayo 2018 (513)
- abril 2018 (365)
- marzo 2018 (524)
- febrero 2018 (404)
- enero 2018 (444)
- diciembre 2017 (540)
- noviembre 2017 (452)
- octubre 2017 (396)
- septiembre 2017 (418)
- agosto 2017 (447)
- julio 2017 (471)
- junio 2017 (463)
- mayo 2017 (456)
- abril 2017 (401)
- marzo 2017 (532)
- febrero 2017 (462)
- enero 2017 (435)
- diciembre 2016 (492)
- noviembre 2016 (435)
- octubre 2016 (388)
- septiembre 2016 (1)
- agosto 2016 (233)
- julio 2016 (271)
- junio 2016 (340)
- mayo 2016 (470)
- abril 2016 (357)
- marzo 2016 (371)
- febrero 2016 (296)
- enero 2016 (399)
- diciembre 2015 (386)
- noviembre 2015 (67)
- octubre 2015 (252)
- septiembre 2015 (429)
- agosto 2015 (415)
- julio 2015 (461)
- junio 2015 (543)
- mayo 2015 (486)
- abril 2015 (357)
- marzo 2015 (429)
- febrero 2015 (426)
- enero 2015 (503)
- diciembre 2014 (540)
- noviembre 2014 (625)
- octubre 2014 (644)
- septiembre 2014 (616)
- agosto 2014 (687)
- julio 2014 (542)
- junio 2014 (431)
- mayo 2014 (376)
- abril 2014 (316)
- marzo 2014 (507)
- febrero 2014 (426)
- enero 2014 (608)
- diciembre 2013 (841)
- noviembre 2013 (660)
- octubre 2013 (734)
- septiembre 2013 (636)
- agosto 2013 (591)
- julio 2013 (707)
- junio 2013 (687)
- mayo 2013 (941)
- abril 2013 (871)
- marzo 2013 (940)
- febrero 2013 (891)
- enero 2013 (692)