4/09/2016
RESOLUCIÓN SUPREMA N° 097-2016-DE/MGP
Autorizan ampliación de permanencia de oficial de la Marina de Guerra del Perú en los EE.UU., en comisión especial RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 097-2016-DE/MGP Lima, 8 de abril de 2016 Visto, el Oficio P.200-0468 del Director General del Personal de la Marina, de fecha 18 de febrero de 2016; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Suprema Nº 118-2015-DE/MGP, de fecha 25 de marzo de 2015, se designó en Comisión Especial en el Exterior al Vicealmirante
RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 097-2016-DE/MGP
Lima, 8 de abril de 2016
Visto, el Oficio P.200-0468 del Director General del Personal de la Marina, de fecha 18 de febrero de 2016;
CONSIDERANDO:
Que, mediante Resolución Suprema Nº 118-2015-DE/MGP, de fecha 25 de marzo de 2015, se designó en Comisión Especial en el Exterior al Vicealmirante Gonzalo Nicolás RÍOS Polastri, a disposición de la Organización de Estados Americanos, para que se desempeñe como Presidente del Consejo de Delegados de la Junta Interamericana de Defensa, con sede en la ciudad de Washington D.C., Estados Unidos de América, durante el período comprendido del 1 de julio de 2015 al 30 de junio de 2016; asimismo, se autorizó el viaje en Comisión Especial en el Exterior del referido Vicealmirante, del 1 de julio de 2015 al 30 de junio de 2016; así como, autorizar su salida del país el 30 de junio de 2015;
Que, el Director General de Relaciones Internacionales del Ministerio de Defensa, hace de conocimiento al Secretario del Comandante General de la Marina, la reelección por unanimidad del Vicealmirante Gonzalo Nicolás RÍOS Polastri, para que continúe desempeñándose como Presidente del Consejo de Delegados de la Junta Interamericana de Defensa de la Organización de Estados Americanos, a partir del período del 1 de julio de 2016 al 30 de junio de 2017;
Que, es conveniente para los intereses nacionales e institucionales, autorizar la ampliación de permanencia en Comisión Especial en el Exterior del Vicealmirante Gonzalo Nicolás RÍOS Polastri, para que continúe desempeñándose como Presidente del Consejo de Delegados de la Junta Interamericana de Defensa de la Organización de Estados Americanos, con sede en la ciudad de Washington D.C., Estados Unidos de América, del 1 de julio de 2016 al 30 de junio de 2017;
por cuanto los conocimientos y experiencias a adquirirse redundarán en beneficio de la Marina de Guerra del Perú y por ende del Estado Peruano, debido a que permitirá continuar con las buenas relaciones con la Organización de los Estados Americanos y el Consejo de Delegados de la Junta Interamericana de Defensa; así como, contar con personal con experiencia real en relaciones internacionales, contribuyendo de este modo a la Política Exterior del Estado;
Que, teniendo en cuenta que la ampliación de permanencia en Comisión Especial en el Exterior abarca más de un ejercicio presupuestal, los pagos correspondientes al período comprendido del 1 de julio al 31 de diciembre de 2016, se efectuarán con cargo al Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016;
y, para completar el período de duración de la Comisión Especial en el Exterior a partir del 1 de enero al 30 de junio de 2017, los pagos se efectuarán con cargo al Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal respectivo;
Que, los gastos que ocasione la presente ampliación de permanencia en Comisión Especial en el Exterior, se efectuarán con cargo al Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2016 de la Unidad Ejecutora Nº 004: Marina de Guerra del Perú, de conformidad con el artículo 13 del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, de fecha 5 de junio de 2002;
Que, el numeral 2.1 del artículo 2 del Decreto Supremo Nº 262-2014-EF, de fecha 11 de setiembre de 2014, dispone que el monto de la compensación extraordinaria mensual por servicio en el extranjero, será reducido en la misma cantidad que la bonificación otorgada de conformidad con los literales a), b) o c) del artículo 8 del Decreto Legislativo Nº 1132, Decreto Legislativo que aprueba la nueva estructura de ingresos aplicable al personal militar de las Fuerzas Armadas y policial de la Policía Nacional del Perú;
Que, con el Decreto Supremo Nº 001-2016-DE, de fecha 23 de enero de 2016, se modifican diversos artículos del Reglamento de Viajes al Exterior del Sector Defensa, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/ SG, de fecha 26 de enero de 2004, modificado por el Decreto Supremo Nº 004-2009-DE/SG, en cuyo artículo 18 se precisa que el personal nombrado en Comisión Especial en el Exterior, goza de los derechos a que se refiere el artículo 11 de la Ley Nº 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República; así como, de los conceptos previstos en el artículo 13 del Reglamento del Personal Militar de las Fuerzas Armadas en Misión Diplomática, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 028-2006-DE/ SG, concordante con el Decreto Supremo Nº 262-2014-EF;
Que, el artículo 2 de la Resolución Ministerial Nº 778-2008-DE/SG, de fecha 25 de julio de 2008, dispone que los Órganos Competentes, Organismos Públicos Descentralizados, Unidades Ejecutoras y Empresas del Sector Defensa, cumplan con incorporar en sus propuestas de Resolución Suprema de autorización de viajes del Personal Militar y Civil del Sector, una disposición que precise, en los casos que corresponda, que el otorgamiento de la Compensación Extraordinaria Mensual por Servicios en el Extranjero se hará por días reales y efectivos, independientemente de la modalidad del referido viaje, conforme a lo dispuesto en el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado por el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG, de fecha 26 de enero de 2004 y sus modificatorias;
De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1134, que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley Nº 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016; la Ley Nº 27619, Ley que regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos y su Reglamento, aprobado con el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, de fecha 5 de junio de 2002 y su modificatoria aprobada con el Decreto Supremo Nº 056-2013-PCM, de fecha 18 de mayo de 2013, el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG, de fecha 26 de enero de 2004 y sus modificatorias, que reglamentan los Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa; el Decreto Supremo Nº 262-2014-EF, de fecha 11 de setiembre de 2014, que establece disposiciones respecto a montos por Compensación Extraordinaria por Servicios en el Extranjero, en Misión Diplomática, Comisión de Servicios y Tratamiento Médico Altamente Especializado de personal militar y civil del Sector Defensa e Interior; concordado con la Resolución Ministerial Nº 1017-2015-DE/SG, de fecha 6 de noviembre de 2015, que reajusta el monto de la Unidad de Compensación Extraordinaria para el Año Fiscal 2016; Decreto Supremo Nº 002-2015-DE, de fecha 28 de enero de 2015; que determina la jerarquía y uso de las normas de carácter administrativo que se aplicarán en los distintos Órganos del Ministerio de Defensa;
Estando a lo propuesto por el Comandante General de la Marina y a lo acordado con el Ministro de Defensa;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Autorizar la ampliación de permanencia en Comisión Especial en el Exterior del Vicealmirante Gonzalo Nicolás RÍOS Polastri, CIP. 00766823, DNI.
07511468, para que continúe desempeñándose como Presidente del Consejo de Delegados de la Junta Interamericana de Defensa de la Organización de Estados Americanos, con sede en la ciudad de Washington D.C., Estados Unidos de América, del 1 de julio de 2016 al 30 de junio de 2017, a órdenes del Ministerio de Relaciones Exteriores.
Artículo 2.- El Ministerio de Defensa - Marina de Guerra del Perú, efectuará los pagos que 582733 NORMAS LEGALES
Sábado 9 de abril de 2016
El Peruano / correspondan al Año Fiscal 2016, de acuerdo a los conceptos siguientes:
Compensación Extraordinaria por Servicio en el Extranjero:
US$. 11,426.99 x 6 meses (julio - diciembre 2016) US$. 68,561.94
------------------------TOTAL A PAGAR: US$. 68,561.94
Artículo 3.- El otorgamiento de la Compensación Extraordinaria Mensual por Servicio en el Extranjero, se hará por días reales y efectivos de servicios en el exterior, conforme a lo dispuesto en el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado por el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/ SG, de fecha 26 de enero de 2004 y de acuerdo a las disposiciones establecidas en el Decreto Supremo Nº 262-2014-EF del 11 de setiembre de 2014, con cargo al respectivo Presupuesto Institucional del Año Fiscal correspondiente.
Artículo 4.- El gasto que origine el cumplimiento de la presente autorización de ampliación de permanencia en Comisión Especial en el Exterior, se efectuará con cargo a las partidas presupuestales del Sector Defensa - Marina de Guerra del Perú del Año Fiscal correspondiente, de conformidad con la normativa vigente.
Artículo 5.- El monto de la Compensación Extraordinaria mensual será reducida, por la Marina de Guerra del Perú, en la misma cantidad que la bonificación otorgada de conformidad con los literales a), b) o c) del artículo 8 del Decreto Legislativo Nº 1132, en cumplimiento al segundo párrafo del numeral 2.1 del artículo 2 del Decreto Supremo Nº 262-2014-EF.
Artículo 6.- El Ministro de Defensa queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se refiere el artículo 1, sin exceder el total de días autorizados; y sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre del participante.
Artículo 7.- El Oficial Almirante comisionado, deberá cumplir con presentar un informe detallado ante el Titular de la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los QUINCE (15) días calendario contados a partir de la fecha de retorno al país.
Artículo 8.- El mencionado Oficial Almirante, continuará revistando en la Dirección General del Personal de la Marina, por el período que dure la Comisión Especial en el Exterior.
Artículo 9.- La presente Resolución Suprema, será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros, por la Ministra de Relaciones Exteriores y por el Ministro de Defensa.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
OLLANTA HUMALA TASSO
Presidente de la República
PEDRO CATERIANO BELLIDO
Presidente del Consejo de Ministros
JAKKE VALAKIVI ÁLVAREZ
Ministro de Defensa
ANA MARÍA SÁNCHEZ DE RÍOS
Ministra de Relaciones Exteriores
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