5/10/2016

RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA N° 081-16-IPEN/PRES Dejan sin efecto la N° 122-13-IPEN/PRES

Dejan sin efecto la Resolución de Presidencia Nº 122-13-IPEN/PRES RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA Nº 081-16-IPEN/PRES Lima, 4 de Mayo de 2016 VISTA: La Resolución de Presidencia Nº 122-13-IPEN/PRES, y; 586704 NORMAS LEGALES Martes 10 de mayo de 2016 / El Peruano CONSIDERANDO: Que, el Instituto Peruano de Energía Nuclear - IPEN es un Organismo Público Ejecutor del Sector de Energía y Minas, encargado de promover, asesorar, coordinar, controlar, representar y organizar las acciones para
Dejan sin efecto la Resolución de Presidencia Nº 122-13-IPEN/PRES
RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA Nº 081-16-IPEN/PRES
Lima, 4 de Mayo de 2016
VISTA: La Resolución de Presidencia Nº 122-13-IPEN/PRES, y;

586704 NORMAS LEGALES
Martes 10 de mayo de 2016 / El Peruano
CONSIDERANDO:

Que, el Instituto Peruano de Energía Nuclear - IPEN
es un Organismo Público Ejecutor del Sector de Energía y Minas, encargado de promover, asesorar, coordinar, controlar, representar y organizar las acciones para el desarrollo de energía nuclear y sus aplicaciones en el país, de acuerdo a la política del sector;

Que, en atención a ello, el IPEN produce y comercializa bienes y servicios resultantes de las investigaciones y de las aplicaciones de la tecnología nuclear y las áreas afines con entidades del Estado;

Que, el Anexo Único "Anexo Definiciones" del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 350-2015-EF, vigente a partir del 9 de enero de 2016, define al participante como el proveedor que ha realizado su registro para intervenir en un procedimiento de selección;

Que, mediante Resolución de Presidencia Nº 122-13-IPEN/PRES, se delegó en el Ing. Guilmer Agurto Chávez, Jefe de la Planta de Producción de Radioisótopos de la Dirección de Producción y en el Ing. Jacinto Valencia Herrera, Director de la Dirección de Servicios, la representación legal vinculada a la participación del IPEN, en los procesos de contratación convocados por el Estado en su calidad de productor de bienes y servicios;

Que, es necesario efectuar el acto administrativo correspondiente;

De conformidad con los artículos 9 y 10 del Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Peruano de Energía Nuclear, aprobado con Decreto Supremo Nº 062-2005-EM;

Con los vistos del Director Ejecutivo, y de la Directora de Asesoría Jurídica;

SE RESUELVE:

Artículo Primero.- Dejar sin efecto la Resolución de Presidencia Nº 122-13-IPEN/PRES.

Artículo Segundo.- Delegar en el Sub Director de Operación de la Planta de Producción de la Dirección de Producción y en el Director de Servicios, la representación legal vinculada a la participación del IPEN, en los procedimientos de selección convocados por el Estado en su calidad de proveedor de bienes y servicios, para que sea cual fuera la naturaleza del procedimiento de selección convocado, puedan registrarse como participantes, formular consultas y observaciones, presentar propuestas, así como todos los demás actos que sean necesarios hasta que la buena pro quede consentida.

Artículo Tercero.- Publicar la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano, así como en la página web del IPEN.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

SUSANA PETRICK CASAGRANDE
Presidente

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