5/06/2016

RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 179-2016-MC Disponen el ingreso libre al Museo Tumbas Reales de Sipán el

Disponen el ingreso libre al Museo Tumbas Reales de Sipán el día 13 de mayo de 2016 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 179-2016-MC Lima, 3 de mayo de 2016 VISTOS; el Memorando Nº 181-2016-D-MTRS-PENL-VMPCIC/MC de fecha 15 de abril de 2016 emitido por la Dirección del Museo Tumbas Reales de Sipán; el Informe Nº 041-2016-DE-UE005-PENL-VMPCIC-MC de fecha 18 de abril de 2016 de la Dirección Ejecutiva del Proyecto Especial Naylamp - Lambayeque; y el Informe Nº 000119-2016/DGM/VMPCIC/MC de fecha 23 de abril de 2016 de
Disponen el ingreso libre al Museo Tumbas Reales de Sipán el día 13 de mayo de 2016
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 179-2016-MC
Lima, 3 de mayo de 2016
VISTOS; el Memorando Nº 181-2016-D-MTRS-PENL-VMPCIC/MC de fecha 15 de abril de 2016 emitido por la Dirección del Museo Tumbas Reales de Sipán; el Informe Nº 041-2016-DE-UE005-PENL-VMPCIC-MC de fecha 18 de abril de 2016 de la Dirección Ejecutiva del Proyecto Especial Naylamp - Lambayeque; y el Informe Nº 000119-2016/DGM/VMPCIC/MC de fecha 23 de abril de 2016 de la Dirección General de Museos; y,
CONSIDERANDO:

Que, el numeral 51.1 del artículo 51 de la Ley Nº 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación, dispone que el Sector Cultura debe velar por la promoción y difusión en la ciudadanía de la importancia y significado del Patrimonio Cultural de la Nación como fundamento y expresión de nuestra identidad nacional;

Que, mediante Ley Nº 29565, se crea el Ministerio de Cultura como Organismo del Poder Ejecutivo, ejerciendo diversas funciones, entre las que destaca la promoción del Patrimonio Cultural Material e Inmaterial de la Nación, propiciando el fortalecimiento de la identidad nacional;

Que, en atención a lo dispuesto en el literal e) del artículo 7º de la antes citada Ley, es función del Ministerio de Cultura, la promoción del Patrimonio Cultural Material e Inmaterial de la Nación, propiciando el fortalecimiento de la identidad nacional;

Que, en aplicación del artículo 3.13 del artículo 3 del Reglamento de Organización y Funciones aprobado mediante Decreto Supremo Nº 005-2013-MC, corresponde al Ministerio de Cultura promover el acceso al Patrimonio Material e Inmaterial de la Nación;

Que, a través de la Resolución Ministerial Nº 469-2015-MC, de fecha 29 de diciembre de 2015, modificada con Resolución Ministerial Nº 114-2016-MC de fecha 18 de marzo de 2016, se aprobó el Tarifario de los Servicios No Prestados en Exclusividad del Ministerio de Cultura para el año 2016, el cual entre otros, contiene los valores del boletaje de ingreso a los Museos a nivel nacional;

Que, el artículo 34 de la Ley Nº 29408, Ley General de Turismo, establece que, con el objeto de promover el turismo interno, las autoridades competentes pueden establecer en determinados periodos tarifas promocionales para el ingreso a las áreas naturales protegidas o a los bienes integrantes del Patrimonio Cultural de la Nación, las cuales deben ser comunicadas al Ministerio de Comercio Exterior y Turismo - MINCETUR
o al Órgano Regional competente para su difusión;

Que, asimismo el numeral 32.2 del artículo 32 del Decreto Supremo Nº 003-2010-MICETUR dispone que el INC (ahora Ministerio de Cultura) y demás entidades públicas encargadas de la administración de los bienes integrantes del Patrimonio Cultural de la Nación vinculados a la actividad turística, así como las entidades encargadas de la administración de las áreas naturales de alcance nacional o regional, deben comunicar al MINCETUR las tarifas promocionales a que se refiere el artículo 34 de la Ley citada en el considerando precedente, cuando menos con quince (15) días calendario de anticipación a la fecha de inicio de las campañas de difusión de dichas tarifas, indicando sus condiciones y periodo de vigencia;

Que, mediante Informe Nº 041-2016-DE-UE005-PENL-VMPCIC-MC de fecha 18 de abril de 2016, el Director Ejecutivo del Proyecto Especial Naylamp -
Lambayeque, remite la solicitud efectuada por el Director del Museo Tumbas Reales de Sipán, para que se disponga el ingreso libre en horario nocturno, a dicho museo el día 13 de mayo de 2016, con motivo de celebrarse la actividad denominada "Una noche de viernes 13 en el Museo Tumbas Reales de Sipán", que ha sido programada en el marco de las celebraciones por el "Día Internacional de los Museos";

Que, a través del Informe Nº 000119-2016/DGM/ VMPCIC/MC, de fecha 23 de abril de 2016, la Dirección General de Museos brinda su conformidad a la solicitud de facilitar el ingreso libre al Museo Tumbas Reales de Sipán el día 13 de mayo de 2016, desde las 19:00 horas hasta las 22:00 horas, con el fin de motivar el interés de la población y celebrar dicho acontecimiento como un acto de promoción cultural;

Que, bajo ese contexto y siendo atribución del Ministerio de Cultura, disponer acciones para fomentar el acceso a la cultura y difundir la expresión de nuestra identidad nacional, resulta conveniente establecer una tarifa promocional de S/. 0.00 (Cero Soles), que permita el 586462 NORMAS LEGALES
Viernes 6 de mayo de 2016 / El Peruano ingreso libre al Museo Tumbas Reales de Sipán el día 13 de mayo de 2016 desde las 19:00 horas hasta las 22:00
horas, debiéndose además comunicar dicha disposición al MINCETUR;

Con el visado del Viceministro de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales, de la Secretaria General, del Director General de la Dirección General de Museos y de la Directora General designada temporalmente de la Oficina General de Asesoría Jurídica;

De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 29565, que crea el Ministerio de Cultura; la Ley Nº 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 011-2006-ED; y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura aprobado por Decreto Supremo
Nº 005-2013-MC;

SE RESUELVE:

Artículo 1º.- Disponer el ingreso libre al Museo Tumbas Reales de Sipán el día 13 de mayo de 2016
desde las 19:00 horas hasta las 22:00 horas, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente resolución.

Artículo 2º.- La Dirección Ejecutiva del Proyecto Especial Naylamp - Lambayeque en coordinación con la Dirección del Museo Tumbas Reales de Sipán dispondrán las acciones correspondientes, para el cumplimiento de lo establecido en la presente resolución.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

DIANA ALVAREZ-CALDERÓN
Ministra de Cultura

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