5/14/2016

RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 241-2016-MINEDU Dejan sin efecto la R.M. N° 017-2015-MINEDU

Dejan sin efecto la R.M. Nº 017-2015-MINEDU RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 241-2016-MINEDU Lima, 13 de mayo de 2016 Vistos, el Informe Nº 026-2016-MINEDU/VMGP-DIGESU/DICOPRO, el Oficio Nº 248-2016-MINEDU/ VMGP-DIGESU, el Informe Nº 456-2016-MINEDU/SG-OGAJ, y; CONSIDERANDO: Que, mediante la Ley Nº 28520 se creó la Universidad Nacional de Moquegua, con personería jurídica de derecho público interno, con sede en la ciudad de Moquegua, provincia de Mariscal Nieto, departamento de Moquegua; Que,
Dejan sin efecto la R.M. Nº 017-2015-MINEDU
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 241-2016-MINEDU
Lima, 13 de mayo de 2016
Vistos, el Informe Nº 026-2016-MINEDU/VMGP-DIGESU/DICOPRO, el Oficio Nº 248-2016-MINEDU/ VMGP-DIGESU, el Informe Nº 456-2016-MINEDU/SG-OGAJ, y;

CONSIDERANDO:

Que, mediante la Ley Nº 28520 se creó la Universidad Nacional de Moquegua, con personería jurídica de derecho público interno, con sede en la ciudad de Moquegua, provincia de Mariscal Nieto, departamento de Moquegua;

Que, mediante Resolución Ministerial Nº 017-2015-MINEDU, publicada el 08 de enero de 2015, se designó a los miembros de la Comisión Organizadora de la Universidad Nacional de Moquegua, la misma que quedó integrada por Oswaldo Napoleón Ramos Chumpitaz, Presidente; Julio Cesar Isique Calderón, Vicepresidente Académico; y Jorge Hugo Jhoncon Kooyip, Vicepresidente de Investigación;

Que, el artículo 29 de la Ley Nº 30220, Ley Universitaria, establece que aprobada la Ley de creación de una universidad pública, el Ministerio de Educación constituye una Comisión Organizadora integrada por tres (3) académicos de reconocido prestigio, que cumplan los mismos requisitos para ser Rector, y como mínimo un (1) miembro en la especialidad que ofrece la universidad; la misma que tiene a su cargo la aprobación del estatuto, reglamentos y documentos de gestión académica y administrativa de la universidad, formulados en los instrumentos de planeamiento, así como su conducción y dirección hasta que se constituyan los órganos de gobierno que le correspondan;

Que, de acuerdo al literal l) del artículo 9 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, aprobado por el Decreto Supremo Nº 001-2015-MINEDU, es función del Despacho Viceministerial de Gestión Pedagógica, constituir y reconformar las Comisiones Organizadoras de las universidades públicas creadas por Ley;

Que, mediante Informe Nº 026-2016-MINEDU/VMGP-DIGESU/DICOPRO la Dirección General de Educación Superior Universitaria, dependiente del Despacho Viceministerial de Gestión Pedagógica, señala que de la evaluación efectuada a la gestión de la Comisión Organizadora de la Universidad Nacional de Moquegua, se ha visto por conveniente constituir una nueva Comisión Organizadora; motivo por el cual resulta necesario dejar sin efecto la Resolución Ministerial Nº 017-2015-MINEDU;

De conformidad con el Decreto Ley Nº 25762, Ley Orgánica del Ministerio de Educación, modificada por la Ley Nº 26510; la Ley Nº 30220, Ley Universitaria; y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-2015-MINEDU;

587232 NORMAS LEGALES
Sábado 14 de mayo de 2016 / El Peruano
SE RESUELVE:

Artículo Único.- Dejar sin efecto la Resolución Ministerial Nº 017-2015-MINEDU, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

JAIME SAAVEDRA CHANDUVÍ
Ministro de Educación

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