6/08/2016

RESOLUCIÓN N° 608-2015/SBN-DGPE-SDAPE

RESOLUCIÓN Nº 608-2015/SBN-DGPE-SDAPE San Isidro, 23 de julio del 2015 Visto el Expediente Nº 558-2015/SBN-SDAPE, correspondiente al trámite de primera inscripción de dominio a favor del Estado del predio de 4 638,37 m², ubicado en el cerro San Francisco, al Sur de la Urbanización Valle Escondido, distrito de Santiago de Surco, provincia y departamento de Lima; y, CONSIDERANDO: Que, la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales - SBN, es el Ente Rector del Sistema Nacional de Bienes Estatales

RESOLUCIÓN Nº 608-2015/SBN-DGPE-SDAPE
San Isidro, 23 de julio del 2015
Visto el Expediente Nº 558-2015/SBN-SDAPE, correspondiente al trámite de primera inscripción de dominio a favor del Estado del predio de 4 638,37
m², ubicado en el cerro San Francisco, al Sur de la Urbanización Valle Escondido, distrito de Santiago de Surco, provincia y departamento de Lima; y,
CONSIDERANDO:

Que, la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales - SBN, es el Ente Rector del Sistema Nacional de Bienes Estatales encargado de normar y supervisar las acciones que realicen las entidades que conforman el mencionado Sistema, en materia de adquisición, disposición, administración y registro de los bienes estatales a nivel nacional, así como de ejecutar dichos actos respecto de los bienes estatales que se encuentren bajo su competencia, procurando optimizar su uso y valor, conforme a la Ley Nº 29151 - Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales - y su Reglamento aprobado con Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA;

Que, revisada la base gráfica de propiedades con la que cuenta esta Superintendencia, se identificó el predio de 115 115,14 m², ubicado en el cerro San Francisco, al Sur de la Urbanización Valle Escondido, distrito de Santiago de Surco, provincia y departamento de Lima que se encontraría libre de inscripción registral;

Que, efectuada la consulta catastral por el área de 115 115,14 m², la Zona Registral Nº IX - Sede Lima con Oficio Nº 2118-2015-SUNARP-Z.R.NºIX/GPI de fecha 24 de junio de 2015, remitió el Informe Técnico Nº12676-2015-SUNARP-Z.R.NºIX/OC de fecha 18 de junio de 2015 (fojas 56 a 58), mediante el cual señaló que, parte del predio se ubica en ámbito donde a la fecha no ha sido identificado predio inscrito;

Que, siendo únicamente el área de 4 638,37 m², la que se encuentra en zona donde no se visualiza antecedente gráfico registral, corresponde considerarla como área materia de primera inscripción de dominio a favor del Estado;

Que, realizada la inspección técnica con fecha 19 de junio de 2015 (fojas 71), se verificó que el terreno es de naturaleza eriaza, forma irregular, topografía muy accidentada y pendiente mayor a 30% y, posee suelos de textura arcillosa con afl oramiento rocoso, encontrándose desocupado y libre de edificaciones;

Que, el artículo 23º de la Ley Nº 29151 "Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales" establece que los predios que no se encuentren inscritos en el Registro de Predios y que no constituyan propiedad de particulares, ni de las Comunidades Campesinas y Nativas, son de dominio del Estado;

Que, tratándose de un predio sin inscripción registral, corresponde tramitar la primera inscripción de dominio a favor del Estado, del predio de 4 638,37 m², de conformidad con el Artículo 38º del Reglamento de la Ley Nº 29151, aprobado por Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA y la Directiva Nº 001-2002/SBN, modificada por la Directiva Nº 003-2004/SBN, que regulan el trámite de primera inscripción de dominio de predios a favor del Estado;

Que, los incisos a) y p) del artículo 44º del Reglamento de Organización y Funciones de la SBN aprobado por Decreto Supremo Nº 016-2010-VIVIENDA, facultan a la Subdirección de Administración del Patrimonio Estatal, a sustentar y aprobar los actos de adquisición y administración de los bienes estatales bajo su competencia, así como a emitir las resoluciones en materia de su competencia;

De conformidad con la Ley Nº 29151, Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA
y modificatorias; y, Estando a los fundamentos expuestos en el Informe Técnico Legal Nº 0747-2015/SBN-DGPE-SDAPE de fecha 10 de julio de 2015 (fojas 72 a 75);

SE RESUELVE:

Artículo 1º.- Disponer la primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno eriazo de 4
638,37 m², ubicado en el cerro San Francisco, al Sur de la Urbanización Valle Escondido, distrito de Santiago de Surco, provincia y departamento de Lima; según plano y memoria descriptiva que sustentan la presente Resolución.

Artículo 2º.- La Zona Registral NºIX- Sede Lima de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos, por el mérito de la presente Resolución, efectuará la primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno descrito en el artículo precedente, en el Registro de Predios de Lima.

Regístrese, comuníquese y publíquese.-CARLOS GARCÍA WONG
Subdirector de Administración del Patrimonio Estatal

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