1/08/2017

RESOLUCIÓN DE LA PRESIDENCIA DEL CONSEJO DIRECTIVO DEL INDECOPI N° 232-2016-INDECOPI/COD Aprueban

Aprueban desactivación de la Oficina Local (OLI) del INDECOPI de San Juan de Lurigancho, provincia y departamento de Lima RESOLUCIÓN DE LA PRESIDENCIA DEL CONSEJO DIRECTIVO DEL INDECOPI Nº 232-2016-INDECOPI/COD Lima, 30 de diciembre de 2016 CONSIDERANDO: Que, el numeral 1 del artículo 61º de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General establece que la competencia de las entidades tiene su fuente en la Constitución y en la ley, y es reglamentada por las normas administrativas que de
Aprueban desactivación de la Oficina Local (OLI) del INDECOPI de San Juan de Lurigancho, provincia y departamento de Lima
RESOLUCIÓN DE LA PRESIDENCIA DEL CONSEJO DIRECTIVO DEL INDECOPI Nº 232-2016-INDECOPI/COD
Lima, 30 de diciembre de 2016
CONSIDERANDO:

Que, el numeral 1 del artículo 61º de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General establece que la competencia de las entidades tiene su fuente en la Constitución y en la ley, y es reglamentada por las normas administrativas que de aquéllas se deriven;

Que, el numeral 2 del artículo 61º de la Ley Nº 27444, dispone que toda entidad es competente para realizar las tareas materiales internas necesarias para el eficiente 14 NORMAS LEGALES
Domingo 8 de enero de 2017 / El Peruano cumplimiento de su misión y objetivos, así como para la distribución de las atribuciones que se encuentren comprendidas dentro de su competencia;

Que, conforme a lo establecido en el literal j) del artículo 5º de la Ley de Organización y Funciones del Indecopi, aprobada por el Decreto Legislativo Nº 1033, y los literales j) y k) del artículo 5º del Reglamento de Organización y Funciones del Indecopi aprobado por el Decreto Supremo Nº 009-2009-PCM y modificado por el Decreto Supremo Nº 107-2012-PCM, la facultad que tiene el Consejo Directivo para determinar la forma en que se cumplirá con desarrollar las funciones resolutivas de la Institución comprende la organización de los órganos resolutivos que concretamente desarrollan dicha labor, siendo parte de esta facultad no solo el crear una oficina, sino también desactivarla cuando las necesidades del servicio los justifican;

Que, mediante Acuerdo Nº 069-2009/COD de fecha 8 de julio de 2009, se aprobó la apertura de la Oficina Local (OLI) del Indecopi de San Juan de Lurigancho, provincia y departamento de Lima;

Que, mediante el Informe Nº 0040-2016/GOR de fecha 4 de noviembre de 2016, la Gerencia de Oficinas Regionales (GOR) propone la desactivación de OLI
San Juan de Lurigancho y la creación de una oficina en el Centro de Mejor Atención al Ciudadano (MAC)Lima Este por las siguientes razones: (i) Tener solo una sola oficina en la zona de Lima Este; y, (ii) Poder cumplir con el "Convenio de Cooperación Interinstitucional Centro Mejor Atención al Ciudadano" del 26 de julio de 2016 suscrito con la Presidencia del Consejo de Ministros (PCM), a través del cual la institución se comprometió a implementar una oficina en el MAC Lima Este;

Que, atendiendo a lo anteriormente expuesto, el Consejo Directivo ha considerado pertinente aprobar la desactivación de la OLI San Juan Lurigancho, y como consecuencia de ello disponer la creación de la Oficina del Indecopi en el MAC de Lima Este en El Agustino, provincia y departamento de Lima;

Estando al Acuerdo Nº 89 -2016 adoptado por el Consejo Directivo de la Institución en sesión de fecha 21 de noviembre de 2016; y, De conformidad con los incisos f) y h) del numeral 7.3 del artículo 7º de la Ley de Organización y Funciones del INDECOPI, aprobada por el Decreto Legislativo Nº 1033;

RESUELVE:

Artículo 1º.- Aprobar la desactivación de la Oficina Local (OLI) del Indecopi de San Juan de Lurigancho, provincia y departamento de Lima, con eficacia anticipada al 7 de diciembre de 2016.

Artículo 2º. - Disponer la creación de la Oficina del Indecopi en el Centro de Mejor Atención al Ciudadano de Lima Este en El Agustino, provincia y departamento de Lima.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

IVO GAGLIUFFI PIERCECHI
Presidente del Consejo Directivo

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