1/01/2017

RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 000286-2016-J/ONPE Aprueban "Plan Operativo Institucional de la Oficina

Aprueban "Plan Operativo Institucional de la Oficina Nacional de Procesos Electorales para el Año Fiscal 2017" RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 000286-2016-J/ONPE Lima, 30 de diciembre de 2016 VISTOS: el Informe Nº 000192-2016-GG/ONPE de la Gerencia General, el Informe Nº 000537-2016-GPP/ ONPE de la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, el Informe Nº 000501-2016-GAJ/ONPE de la Gerencia de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Conforme señala el numeral 71.1 del artículo 71º del Texto Único Ordenado
Aprueban "Plan Operativo Institucional de la Oficina Nacional de Procesos Electorales para el Año Fiscal 2017"
RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 000286-2016-J/ONPE
Lima, 30 de diciembre de 2016
VISTOS: el Informe Nº 000192-2016-GG/ONPE de la Gerencia General, el Informe Nº 000537-2016-GPP/ ONPE de la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, el Informe Nº 000501-2016-GAJ/ONPE de la Gerencia de Asesoría Jurídica; y,
CONSIDERANDO:

Conforme señala el numeral 71.1 del artículo 71º del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional del Presupuesto, aprobado por Decreto Supremo Nº 304-2012-EF, las Entidades para la elaboración de sus Planes Operativos Institucionales y Presupuestos Institucionales, deben tomar en cuenta su Plan Estratégico Institucional (PEI) que debe ser concordante con el Plan Estratégico de Desarrollo Nacional (PEDN), los Planes Estratégicos Sectoriales Multianuales (PESEM), los Planes de Desarrollo Regional Concertados (PDRC) y los Planes de Desarrollo Local Concertados (PDLC), según sea el caso;

A su vez, el numeral 71.2 del artículo 71º de la citada Ley, dispone que el Presupuesto Institucional se articula con el Plan Estratégico Institucional, desde una perspectiva de mediano y largo plazo, a través de los Planes Operativos Institucionales, en aquellos aspectos orientados a la asignación de los fondos públicos conducentes al cumplimiento de las metas y objetivos de la entidad, conforme a su escala de prioridades;

Asimismo, según lo prescrito en el numeral 71.3 del artículo 71º de la Ley citada precedentemente, señala que los Planes Operativos Institucionales refl ejan las Metas Presupuestales que se esperan alcanzar para cada año fiscal y constituyen instrumentos administrativos que contienen los procesos a desarrollar en el corto plazo, precisando las tareas necesarias para cumplir con las citadas Metas establecidas para dicho período, así como la oportunidad de su ejecución, a nivel de cada dependencia orgánica;

En atención a la normativa citada, la Gerencia General mediante el informe de vistos, adjunta la propuesta del Plan Operativo Institucional de la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) para el año fiscal 2017, señalando que el mismo responde al trabajo participativo de todos los órganos de la Institución y que dicho documento describe la formulación de actividades y tareas por cada órgano, precisando que el mismo se encuentra alineado con los Objetivos Estratégicos del Plan Estratégico Institucional 2014-2017 vigente, refiere asimismo que la metodología empleada en el citado instrumento de gestión cumple con lo dispuesto en la Directiva Nº 001-2014-CEPLAN "Directiva General del Proceso de Planeamiento Estratégico - Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico", al igual que en la Directiva DI01-GPP/PLAN, Versión 02: "Formulación, Monitoreo, Reprogramación y Evaluación de los Planes 43 NORMAS LEGALES
Domingo 1 de enero de 2017
El Peruano / Institucionales de la Oficina Nacional de Procesos Electorales", aprobada mediante Resolución Jefatural Nº 000275-2016-J/ONPE y su Instructivo IN01-GPP/PLAN, Versión 01;

En tal sentido, resulta necesario aprobar el citado instrumento de gestión, en tanto establece las actividades y responsabilidades de cada uno de los órganos de la Entidad, en concordancia con los objetivos institucionales, determinándose el desarrollo de la gestión bajo el enfoque por resultados;

De conformidad con lo dispuesto por el artículo 71º del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional del Presupuesto y en uso de las facultades conferidas por el artículo 13º de la Ley 26487, Ley Orgánica de la Oficina Nacional de Procesos Electorales, así como los literales s) y t) del artículo 11º del Reglamento de Organización y Funciones de la ONPE
aprobado mediante Resolución Jefatural Nº 063-2014-J/ ONPE y sus modificatorias;

Con los visados de la Gerencia General, la Secretaria General, así como de las Gerencias de Asesoría Jurídica y de Planeamiento y Presupuesto;

SE RESUELVE:

Artículo Primero.- Aprobar el "Plan Operativo Institucional de la Oficina Nacional de Procesos Electorales para el Año Fiscal 2017, cuyo texto en Anexo forma integrante de la presente resolución.

Artículo Segundo.- Disponer que el cumplimiento del "Plan Operativo Institucional para el Año Fiscal 2017", será responsabilidad de todos los órganos de la entidad, debiendo formular la evaluación correspondiente en los plazos y forma que establece la normativa vigente.

Artículo Tercero.- Encargar a la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto efectuar el seguimiento y evaluación del cumplimiento del Plan que por la presente resolución se aprueba.

Artículo Cuarto.- Disponer la publicación de la presente resolución en el diario oficial El Peruano, así como en el portal institucional www.onpe.gob.pe, y en el portal del Estado Peruano, de conformidad con lo establecido en el artículo 3º de la Ley Nº 29091.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

MARIANO AUGUSTO CUCHO ESPINOZA
Jefe

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