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RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 174-2017/MINSA Amplían plazo establecido en el artículo 2 de la R.M. N°
3/21/2017
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 174-2017/MINSA Amplían plazo establecido en el artículo 2 de la R.M. N°
Amplían plazo establecido en el artículo 2 de la R.M. Nº 096-2017/MINSA, mediante la cual se conformó un Comité de Expertos para evaluar el uso medicinal del cannabis en el Perú RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 174-2017/MINSA Lima, 17 de marzo de 2017 Visto, el Expediente Nº 17-023434-001 que contiene el Oficio Nº 007-2017-CEC-DVM-SP/MINSA de la Presidenta del Comité de Expertos conformado mediante Resolución Ministerial Nº 096-2017/MINSA; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 174-2017/MINSA
Lima, 17 de marzo de 2017
Visto, el Expediente Nº 17-023434-001 que contiene el Oficio Nº 007-2017-CEC-DVM-SP/MINSA de la Presidenta del Comité de Expertos conformado mediante Resolución Ministerial Nº 096-2017/MINSA; y,
CONSIDERANDO:
Que, mediante Resolución Ministerial Nº 096-2017/ MINSA, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 16 de febrero de 2017, se dispuso conformar un Comité de Expertos, de naturaleza temporal, para evaluar el uso medicinal del cannabis en el Perú y proponer las indicaciones, regulación y mecanismos necesarios para dicho fin;
Que, de acuerdo con el artículo 2 de la citada Resolución Ministerial, el Comité de Expertos tiene un plazo de treinta (30) días calendario contados desde su instalación, para la ejecución del referido encargo, debiendo presentar un Informe Final al Despacho Ministerial;
Que, con el documento de visto, la Presidenta del citado Comité de Expertos solicita la ampliación del plazo antes señalado por quince (15) días calendario adicionales, a fin de presentar el Informe Final respectivo;
Que, en ese sentido, resulta necesario ampliar el plazo otorgado a fin que se cumpla con el encargo conferido en el artículo 1 de la Resolución Ministerial Nº 096-2017/MINSA;
Con el visado del Director General de la Oficina General de Asesoría Jurídica, del Secretario General, del Viceministro de Prestaciones y Aseguramiento en Salud y de la Viceministra de Salud Pública; y, De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 1161, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2017-SA;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Ampliar el plazo establecido en el artículo 2 de la Resolución Ministerial Nº 096-2017/MINSA,
por quince (15) días calendario adicionales, para la presentación del Informe Final.
Artículo 2.- Encargar a la Oficina General de Comunicaciones la publicación de la presente Resolución Ministerial en el portal institucional del Ministerio de Salud, en la dirección: http://www.minsa.gob.pe/transparencia/ index.aspfiop=115.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
PATRICIA GARCÍA FUNEGRA
Ministra de Salud
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