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RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL N° 019-2017-VMPCIC-MC Declaran como Patrimonio Cultural de la Nación al
3/01/2017
RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL N° 019-2017-VMPCIC-MC Declaran como Patrimonio Cultural de la Nación al
Declaran como Patrimonio Cultural de la Nación al monumento arqueológico prehispánico "Waynaqolqa", en la clasificación de Paisaje Arqueológico, ubicado en el distrito de Huayllabamba, provincia de Urubamba, departamento de Cusco RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL Nº 019-2017-VMPCIC-MC Lima, 24 de febrero de 2017 VISTOS, el Memorando Nº 865-2016-DDC-CUS/MC de la Dirección Desconcentrada de Cultura de Cusco y los Informes Nº 000106-2016-LAM/DSFL/DGPA/VMPCIC/ MC, Nº 000501-2016-FSM/DSFL/DGPA/VMPCIC/MC y Nº
RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL Nº 019-2017-VMPCIC-MC
Lima, 24 de febrero de 2017
VISTOS, el Memorando Nº 865-2016-DDC-CUS/MC de la Dirección Desconcentrada de Cultura de Cusco y los Informes Nº 000106-2016-LAM/DSFL/DGPA/VMPCIC/
MC, Nº 000501-2016-FSM/DSFL/DGPA/VMPCIC/MC
y Nº 000842-2016/DSFL/DGPA/VMPCIC/MC, emitidos por la Dirección de Catastro y Saneamiento Físico Legal y el Informe Nº 000601-2016/DGPA/VMPCIC/MC de la Dirección General de Patrimonio Arqueológico Inmueble; y;
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 21 de la Constitución Política del Perú establece que es función del Estado la protección del Patrimonio Cultural de la Nación;
10 NORMAS LEGALES
Miércoles 1 de marzo de 2017 / El Peruano Que, los artículos IV y VII del Título Preliminar de la Ley Nº 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación, modificada mediante Decreto Legislativo Nº 1255, señalan que es de interés social y de necesidad pública la identificación, generación de catastro, delimitación, actualización catastral, registro, inventario, declaración, protección, restauración, investigación, conservación, puesta en valor y difusión del Patrimonio Cultural de la Nación y su restitución en los casos pertinentes; siendo el Ministerio de Cultura la autoridad encargada de registrar, declarar y proteger el Patrimonio Cultural de la Nación;
Que, de conformidad con lo establecido en el literal a) del artículo 14 de la Ley Nº 29565, Ley de Creación del Ministerio de Cultura, concordado con el numeral 9.1 del artículo 9 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 005-2013-MC, corresponde al Viceministerio de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales, "formular, coordinar, ejecutar y supervisar la política relacionada con el fomento de la cultura y creación cultural en todos sus aspectos y ramas del patrimonio cultural, lo que incluye la declaración, administración, promoción, difusión y protección del Patrimonio Cultural de la Nación";
Que, el artículo 7 del Reglamento de Intervenciones Arqueológicas aprobado mediante Decreto Supremo Nº 003-2014-MC, establece que los Monumentos Arqueológicos Prehispánicos son los bienes inmuebles que constituyen evidencia de actividad humana de época prehispánica, con fines de registro, delimitación, investigación, conservación, protección y gestión, los que se clasifican en Sitio Arqueológico, Zona Arqueológica Monumental, Paisaje Arqueológico;
Que, mediante Informe Técnico Nº 019-2016-RDEB-CCSFL-AFPA-SDDPCDPC-DDC-CUS/MC de fecha 12 de agosto de 2016, la Dirección Desconcentrada de Cultura de Cusco (en adelante DDC Cusco), informa sobre los trabajos de delimitación y declaratoria del monumento arqueológico "Waynaqolqa" ubicado en la comunidad campesina Paca Huaynaccolca, distrito de Huayllabamba, provincia de Urubamba, departamento de Cusco, al cual le corresponde la clasificación de paisaje arqueológico de conformidad con lo dispuesto en el numeral 7.3 del artículo 7 del Reglamento de Intervenciones Arqueológicas, aprobado por Decreto Supremo Nº 003-2014-MC, de acuerdo a las siguientes características:
• El área en donde se propone el polígono, presenta 14 estructuras grandes de 65 m. de longitud por 6 m. de ancho, con presencia de 06 vanos de acceso, así mismo se tiene otras 21 edificaciones de regular tamaño de 20 m. de largo por 6 m. de ancho, con presencia de 04 vanos de acceso. Todas las estructuras son de planta rectangular, los mismos que se emplazan sobre una serie de muros de contención que a la vez forman parte de estas edificaciones, así mismo se registró al lado Suroeste otros tramos de muros que correspondieron a andenes, las mismas que se adecuaron a la topografía del terreno.
• Estas edificaciones son de una sola planta, con coberturas de una sola caída, constituidos por calizas, de piedras irregulares unidas con mortero de tierra arcillosa.
Algunas de estas estructuras presentan en sus interiores hornacinas y pequeñas ventanas a manera de tragaluz.
• Por las características arquitectónicas de las construcciones, estas probablemente fueron qolqas Inkas, correspondientes al horizonte tardío, muy similar al monumento arqueológico de Machu Qolqa ubicada en el mismo distrito. En cuanto al material asociado, se pudo evidenciar en superficie fragmentos de cerámica Inka.
Que, en el citado Informe Técnico Nº 019-2016-RDEB-CCSFL-AFPA-SDDPCDPC-DDC-CUS/MC recomienda su declaratoria como Patrimonio Cultural de la Nación conforme a los datos técnicos que se señalan a continuación:
Departamento Cusco Provincia Urubamba Nombre del Paisaje Arqueológico Distrito Datum WGS84 Zona 18
UTM Este UTM Norte Waynaqolqa Huayllabamba 0815627.1322 8523570.0561
Que, asimismo se recomienda se apruebe el expediente técnico de delimitación del citado monumento arqueológico prehispánico de acuerdo a los siguientes datos:
Nombre del Paisaje Arqueológico Nº de Plano en Datum
WGS84
Área (m 2
) Área (ha)
Perímetro (m)
Waynaqolqa DA 0111 145 809.33 14.5809 1 475.42
Que, mediante Memorado Nº 865-2016-DDC-CUS/ MC de fecha 31 de agosto de 2016, la DDC Cusco remite a la Dirección de Catastro y Saneamiento Físico Legal (en adelante DSFL), el expediente técnico relacionado a la delimitación y declaratoria como bien integrante del Patrimonio Cultural de la Nación al Paisaje Arqueológico "Waynaqolqa";
Que, mediante Informe Nº 000106-2016-LAM/DSFL/ DGPA/VMPCIC/MC de fecha 21 de setiembre de 2016, la DSFL señala que se ha cumplido con presentar el Certificado de Búsqueda Registral Nº 2016-2421588
expedido por la Zona Registral Nº X-Sede Cusco, en el cual se señala que el ámbito materia de consulta, correspondiente al Paisaje Arqueológico "Waynaqolqa", es parte integrante del predio de la Comunidad Campesina Paca Huaynaccolca, inscrita en la Partida Nº 02056895, concluyendo a su vez que el expediente técnico del mencionado Paisaje Arqueológico no presenta observaciones técnicas;
Que, con Oficio Nº 001347-2016/DSFL/DGPA/ VMPCIC/MC de fecha 22 de setiembre de 2016 la DSFL
comunica a la Comunidad Campesina Paca Huaynaccolca Vilcanota el inicio del procedimiento de declaratoria y aprobación de expediente técnico del Paisaje Arqueológico "Waynaqolqa", la existencia de superposición del área intangible con el ámbito de su propiedad, otorgándoles el plazo de diez (10) días hábiles, a efectos de que puedan presentar las alegaciones que consideren pertinentes;
Que, mediante Acta de Notificación Administrativa Nº 195842 se acredita que la Comunidad Campesina Paca Huaynaccolca Vilcanota fue debidamente notificada, no habiendo presentado al respecto oposición o alegato alguno;
Que, con Informe Nº 000501-2016-FSM/DSFL/DGPA/ VMPCIC/MC de fecha 23 de diciembre de 2016, la DSFL
concluye que se ha cumplido con el procedimiento administrativo para la aprobación del expediente técnico del monumento arqueológico "Waynaqolqa" y recomienda se eleven los actuados administrativos para su aprobación correspondiente;
Que, con Informe Nº 000601-2016/DGPA/VMPCIC/ MC de fecha 29 de diciembre de 2016, la Dirección General de Patrimonio Arqueológico Inmueble remite el Informe Nº 000842-2016/DSFL/DGPA/VMPCIC/MC de la DSFL al Viceministerio de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales conjuntamente con el expediente técnico de declaratoria y delimitación del monumento arqueológico prehispánico "Waynaqolqa" ubicado en el distrito de Huayllabamba, provincia de Urubamba, departamento de Cusco, correspondiéndole la clasificación de paisaje arqueológico;
Que, tomando en consideración los Informes Nº 000106-2016-LAM/DSFL/DGPA/VMPCIC/MC, Nº 000501-2016-FSM/DSFL/DGPA/VMPCIC/MC y Nº 000842-2016/ DSFL/DGPA/VMPCIC/MC, emitidos por la Dirección de Catastro y Saneamiento Físico Legal y el Informe Nº 000601-2016/DGPA/VMPCIC/MC de la Dirección General de Patrimonio Arqueológico Inmueble, se advierte la nece-sidad de declarar Patrimonio Cultural de la Nación al Pai-saje Arqueológico "Waynaqolqa" ubicado en el distrito de Huayllabamba, provincia de Urubamba, departamento de Cusco, así como aprobar el correspondiente expediente técnico de delimitación;
De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27444, Ley de Procedimiento Administrativo General; en la Ley Nº 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación;
en la Ley Nº 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura; en el Reglamento de la Ley Nº 28296, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 011-2006-ED; en el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 005-2013-MC y en el Reglamento de Intervenciones 11 NORMAS LEGALES
Miércoles 1 de marzo de 2017
El Peruano / Arqueológicas, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 003-2014-MC;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Declarar como Patrimonio Cultural de la Nación al monumento arqueológico prehispánico "Waynaqolqa", en la clasificación de Paisaje Arqueológico, ubicado en el distrito de Huayllabamba, provincia de Urubamba, departamento de Cusco, de acuerdo a los datos que se señalan a continuación:
Departamento Cusco Provincia Urubamba Nombre del Paisaje Arqueológico Distrito Datum WGS84 Zona 18
UTM Este UTM Norte Waynaqolqa Huayllabamba 0815627.1322 8523570.0561
Artículo 2.- Aprobar el Expediente Técnico de Delimitación (plano de delimitación, memoria descriptiva y ficha técnica) del Paisaje Arqueológico "Waynaqolqa", de acuerdo al plano, área y perímetro que se consignan a continuación:
Nombre del Paisaje Arqueológico Nº de Plano en Datum
WGS84
Área (m 2
)
Área (ha)
Perímetro (m)
Waynaqolqa DA 0111 145 809.33 14.5809 1 475.42
Artículo 3.- Disponer que la Dirección de Catastro y Saneamiento Físico Legal del Ministerio de Cultura proceda a la inscripción del plano señalado en el artículo 2 de la presente Resolución Viceministerial ante las respectivas oficinas registrales de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos.
Artículo 4.- Disponer que la realización de cualquier proyecto de obra nueva, caminos, carreteras, canales, denuncios mineros o agropecuarios, que pudiese afectar o alterar el monumento arqueológico prehispánico declarado Patrimonio Cultural de la Nación, deberá contar previamente con la autorización del órgano competente del Ministerio de Cultura.
Artículo 5.- Remitir copia certificada de la presente Resolución Viceministerial al Gobierno Regional de Cusco, a la Municipalidad Provincial de Urubamba y a la Municipalidad Distrital de Huayllabamba a efecto de que el Paisaje Arqueológico "Waynaqolqa" sea considerado dentro de los planes de ordenamiento territorial que se desarrollen;
a la Comunidad Campesina Paca Huaynaccolca Vilcanota y a la Dirección Desconcentrada de Cultura de Cusco.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
JORGE ERNESTO ARRUNATEGUI GADEA
Viceministro de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales
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