4/04/2017

RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 109-2017-MIMP Disponen la prepublicación en el portal institucional del

Disponen la prepublicación en el portal institucional del Ministerio del Proyecto de Decreto Supremo que modifica el literal c) del artículo 75 del Reglamento de la Ley Nº 29973, Ley General de la Persona con Discapacidad RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 109-2017-MIMP Lima, 3 de abril de 2017 Vistos, la Nota Nº 233-2016-CONADIS/PRE de la Presidencia del Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad - CONADIS y Memorando Nº 191-2017-MIMP/OGRH de la Oficina General de Recursos Humanos del Ministerio
Disponen la prepublicación en el portal institucional del Ministerio del Proyecto de Decreto Supremo que modifica el literal c) del artículo 75 del Reglamento de la Ley Nº 29973, Ley General de la Persona con Discapacidad
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 109-2017-MIMP
Lima, 3 de abril de 2017
Vistos, la Nota Nº 233-2016-CONADIS/PRE de la Presidencia del Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad - CONADIS y Memorando Nº 191-2017-MIMP/OGRH de la Oficina General de Recursos Humanos del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables;

CONSIDERANDO:

Que, la Ley Nº 29973, Ley General de la Persona con Discapacidad, se aprobó con la finalidad de establecer el marco legal para la promoción, protección y realización, en condiciones de igualdad, de los derechos de la persona con discapacidad, promoviendo su desarrollo e inclusión plena y efectiva en la vida política, económica, social, cultural y tecnológica;

Que, la Décima Tercera Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 29973 faculta al Poder Ejecutivo a llevar a cabo la reglamentación de la citada Ley;

Que, mediante Decreto Supremo Nº 002-2014-MIMP, se aprobó el Reglamento de la Ley Nº 29973, Ley General de la Persona con Discapacidad;

Que, mediante la Nota de vistos la Presidencia del Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad ha remitido el proyecto de Decreto Supremo que modifica el literal c) del artículo 75 del Reglamento de la Ley Nº 29973, Ley General de la Persona con Discapacidad, aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2014-MIMP;

Que, el artículo 14 del Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS, "Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de Proyectos Normativos y difusión de Normas Legales de Carácter General", establece que las entidades públicas dispondrán la publicación de los proyectos de normas de carácter general que sean de su competencia en el Diario Oficial El Peruano, en sus Portales Electrónicos o mediante cualquier otro medio, en un plazo no menor de treinta (30)
días antes de la fecha prevista para su entrada en vigencia, salvo casos excepcionales, razón por la cual, atendiendo a la relevancia del contenido del proyecto normativo y la materia que pretende reglamentar y siendo que se trata de una norma legal de carácter general, resulta necesario disponer la prepublicación del referido proyecto, a efectos de permitir que las personas interesadas formulen comentarios sobre las medidas propuestas;

Con las visaciones del Despacho Viceministerial de Poblaciones Vulnerables, de la Presidencia del Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad, de la Secretaría General y de la Oficina General de Asesoría Jurídica;

De conformidad con la Ley Nº 29973, Ley General de la Persona con Discapacidad; su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2014-MIMP; el Decreto Legislativo Nº 1098, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 003-2012-MIMP y modificatorias; y el Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Prepublicación Disponer la prepublicación en el portal institucional del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables - MIMP (www.mimp.gob.pe) del Proyecto de Decreto Supremo que modifica el literal c) del artículo 75 del Reglamento de la Ley Nº 29973, Ley General de la Persona con Discapacidad, aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2014-MIMP, durante el plazo de treinta (30) días calendario, para conocimiento y sugerencias por parte de las entidades públicas y privadas, organizaciones de la sociedad civil, así como de las personas naturales interesadas. Las propuestas y opiniones serán remitidas al siguiente correo electrónico: aportes@conadisperu. gob.pe.

Artículo 2.- Evaluación y consolidación La Secretaría General del Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad - CONADIS
queda encargada de recibir, procesar, evaluar y consolidar, las diversas propuestas y opiniones que se reciban acerca del Proyecto de Decreto Supremo que aprueba la modificación al Reglamento prepublicado, para posteriormente elaborar el texto definitivo del mismo.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

ANA MARÍA ROMERO-LOZADA LAUEZZARI
Ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables

Advertencia

Este es un portal de ayuda a quienes desean leer las nuevas normas legales del Perú. Si encuentra algun texto que no deberia estar en este portal, escriba un mensaje a elperulegal@gmail.com para que sea retirado.

Propósito:

El propósito de "El Peru Legal" es mostrar las normas legales que proporcionan las entidades del Estado del Perú para buscar información relativa a decretos, leyes, resoluciones, directivas.