11/29/2017

RESOLUCIÓN SUPREMA N° 281-2017-RE Pasan a la situación de retiro a Embajadores en el Servicio

Pasan a la situación de retiro a Embajadores en el Servicio Diplomático de la República RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 281-2017-RE Lima, 28 de noviembre de 2017 VISTO: El Informe Escalafonario (OAP) Nº 187/2017, de 9 de noviembre de 2017, de la Oficina de Administración de Personal, de la Oficina General de Recursos Humanos; CONSIDERANDO: Que, el inciso a) del artículo 18 de la Ley Nº 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República, dispone que la situación de retiro es aquella en la que
Pasan a la situación de retiro a Embajadores en el Servicio Diplomático de la República
RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 281-2017-RE
Lima, 28 de noviembre de 2017
VISTO:

El Informe Escalafonario (OAP) Nº 187/2017, de 9 de noviembre de 2017, de la Oficina de Administración de Personal, de la Oficina General de Recursos Humanos;

CONSIDERANDO:

Que, el inciso a) del artículo 18 de la Ley Nº 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República, dispone que la situación de retiro es aquella en la que el miembro del Servicio Diplomático se encuentra apartado definitivamente de la situación de actividad al cumplir los setenta años de edad o veinte años en cualquier categoría, lo que ocurra primero;

Que, el artículo 44 del Reglamento de la Ley del Servicio Diplomático de la República, aprobada por el Decreto Supremo Nº 130-2003-RE, establece que el pase a la situación de retiro al cumplir los 70 años de edad o 20 años en cualquier categoría, se hará efectivo de oficio, mediante Resolución Suprema; a determinación de los 20 años en la categoría se efectuará previo informe de la Oficina General de Recursos Humanos;

Que, la Oficina General de Recursos Humanos, mediante el Informe OAP-Nº 187/2017, ha señalado que el Embajador en el Servicio Diplomático de la República Pablo Hugo Portugal Rodríguez, cumplirá el 31 de diciembre de 2017, 20 años en la categoría, por lo que corresponde su pase a la situación de retiro, según lo dispuesto en la Ley Nº 28091;

De conformidad con la Ley Nº 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República y modificatorias, el Decreto Supremo Nº 130-2003-RE, Reglamento de la Ley del Servicio Diplomático de la República y modificatorias; y, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores, aprobado por Decreto Supremo
Nº 135-2010-RE;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Pasar a la situación de retiro al Embajador en el Servicio Diplomático de la República Pablo Hugo Portugal Rodríguez, el 1 de enero de 2018, por cumplir veinte años en la categoría.

Artículo 2.- Dar las gracias al Embajador en el Servicio Diplomático de la República Pablo Hugo Portugal Rodríguez, por los importantes servicios prestados a la Nación.

Artículo 3.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Relaciones Exteriores.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARD
Presidente de la República
RICARDO LUNA MENDOZA
Ministro de Relaciones Exteriores

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