10/11/2014

DECRETO SUPREMO N° 053-2014-RE

DECRETO SUPREMO N° 053-2014-RE EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, en el Anexo B: Cuotas Internacionales Año Fiscal de la Ley N° 30114 – Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014, se detallan las entidades y montos que corresponden a cuotas internacionales a ser otorgadas durante el año fiscal 2014; Que, conforme al inciso 1.3 del artículo 1° de la Ley N° 30114, las subvenciones y cuotas a ser otorgadas durante el Año Fiscal por los pliegos presupuestarios están contenidos

DECRETO SUPREMO N° 053-2014-RE
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:

Que, en el Anexo B: Cuotas Internacionales Año Fiscal de la Ley N° 30114 – Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014, se detallan las entidades y montos que corresponden a cuotas internacionales a ser otorgadas durante el año fiscal 2014;

Que, conforme al inciso 1.3 del artículo 1° de la Ley N° 30114, las subvenciones y cuotas a ser otorgadas durante el Año Fiscal por los pliegos presupuestarios están contenidos en los anexos "A: Subvenciones para Personas Jurídicas – Año Fiscal 2014" y "B: Cuotas Internacionales -Año Fiscal 2014" de la presente Ley. Durante el Año Fiscal 2014, previa evaluación y priorización por el Ministerio de Relaciones Exteriores, se puede modificar el Anexo B, mediante decreto supremo refrendado por el Ministro de Relaciones Exteriores;

Que, el Instituto Geográfico Nacional no se encuentra incluido en el referido Anexo B, y toda vez que se requiere incluir el pago de la cuota anual, como miembro del Instituto Panamericano de Geografía e Historia, correspondiente al año 2014, por la suma de US$ 3,900.00 (Tres Mil Novecientos 00/100 Dólares Americanos) que equivale a S/. 11,115.00 (Once Mil Ciento Quince y 00/100 Nuevos Soles), a cargo del Pliego 332: Instituto Geográfico Nacional, corresponde modificar dicho Anexo;

Que, en tal sentido, luego de realizada la evaluación y priorización correspondiente, se ha considerado pertinente, modificar el Anexo B: Cuotas Internacionales - Año Fiscal 2014, Fuente de Financiamiento: Recursos Ordinarios, Pliego Presupuestal 332: Instituto Geográfico Nacional, de la Ley N° 30114 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014, a efecto de atender el pago al Instituto Panamericano de Geografía e Historia - IPGH;

En uso de las facultades conferidas en el inciso 8° del artículo 118°, de la Constitución Política del Perú;

DECRETA:

Artículo 1.- Adición Agréguese al Anexo B: Cuotas Internacionales Año Fiscal 2014, Fuente de Financiamiento: Recursos Ordinarios, Pliego Presupuestal 332: Instituto Geográfico Nacional, de la Ley N° 30114 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014, respecto al siguiente organismo internacional y monto:

PLIEGO PRESUPUESTARIO
MONTO (En nuevos soles)
PERSONA JURÍDICA
{E}DEFENSA
332: INSTITUTO GEOGRÁFICO
NACIONAL
S/.

11,115.00
INSTITUTO PANAMERICANO
DE GEOGRAFÍA E HISTORIA
- IPGH
Artículo 2.- Refrendo El presente Decreto Supremo será refrendado por el Ministro de Relaciones Exteriores.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los diez días del mes de octubre del año dos mil catorce.

OLLANTA HUMALA TASSO
Presidente Constitucional de la República
GONZALO GUTIÉRREZ REINEL
Ministro de Relaciones Exteriores

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