10/15/2014

RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA DEL CONSEJO DIRECTIVO AD HOC N° 009-2014-COSUSINEACE/CDAH-P Suspenden

Suspenden aplicación de normativa referida a la acreditación de instituciones educativas públicas y privadas, carreras y especialidades, en lo concerniente al inicio de nuevos procesos de acreditación RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA DEL CONSEJO DIRECTIVO AD HOC N° 009-2014-COSUSINEACE/CDAH-P Lima, 10 de octubre del 2014. CONSIDERANDO: Que, el artículo 5° de la Ley N° 28740, Ley del SINEACE, establece como finalidad del Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y Certificación de la Calidad Educativa, garantizar a
Suspenden aplicación de normativa referida a la acreditación de instituciones educativas públicas y privadas, carreras y especialidades, en lo concerniente al inicio de nuevos procesos de acreditación
RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA DEL CONSEJO DIRECTIVO AD HOC N° 009-2014-COSUSINEACE/CDAH-P
Lima, 10 de octubre del 2014.

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 5° de la Ley N° 28740, Ley del SINEACE, establece como finalidad del Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y Certificación de la Calidad Educativa, garantizar a la sociedad que las instituciones educativas y privadas ofrezcan un servicio de calidad, con el propósito de optimizar los factores que incidan en los aprendizajes y en el desarrollo de las destrezas y competencias necesarias para alcanzar mejores niveles de calificación profesional y desarrollo laboral;

Que, mediante la Décima Segunda Disposición Complementaria Transitoria de la Ley N°30220, Ley Universitaria publicada el 09 de julio 2014, se declara en reorganización el Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y Certificación de la Calidad Educativa –
SINEACE y deroga el Capítulo II del Título I, a excepción del numeral 8.3 del artículo 8, y los Títulos II, III, IV y V de la Ley N° 28740, dejándose sin efecto en tal sentido, al Consejo Superior y los órganos operadores del sistema;

Que, en cumplimiento de lo dispuesto por la norma invocada precedentemente, el Ministerio de Educación mediante Resolución Ministerial N° 396-2014-MINEDU, de fecha 28 de agosto constituyó el Consejo Directivo Ad Hoc, integrado por la presidencia del COSUSINEACE, quien preside, un representante del Ministerio de Educación y la presidenta del Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica - CONCYTEC, cuyo objetivo es ejecutar las funciones necesarias para la continuidad del sistema y los procesos en desarrollo, hasta la aprobación de la reorganización del SINEACE;

Que, de acuerdo al literal d) del artículo 7° de la resolución antes mencionada, el Consejo Directivo Ad Hoc, tiene la función de "Culminar el proceso de acreditación de las instituciones educativas públicas y privadas que se encuentren en proceso y cumplan con los requisitos establecidos";

Que, de otro lado, el literal c) del artículo indicado establece como función del Consejo Directivo Ad Hoc "Revisar y evaluar los modelos de acreditación y certificación de competencias implementados, para garantizar la calidad del servicio educativo";

Que, como consecuencia del cumplimiento de revisar la normativa sobre modelos y procedimientos para la acreditación de instituciones educativas públicas y privadas, se ha advertido que la misma requiere ser modificada y actualizada, con la finalidad de contar con un marco técnico legal que regule de manera adecuada el procedimiento orientado a la obtención de la acreditación en mención;

Que, en atención a lo antes expuesto y en ejercicio de las facultades otorgadas al Consejo Directivo Ad Hoc del SINEACE, mediante Acuerdo N° 026-2014-CDAH, de sesión del 3 de octubre 2014, se acordó suspender la normativa para la acreditación de instituciones educativas, carreras y especialidades, en lo concerniente al inicio de nuevos procesos de acreditación, en tanto se concluya con la evaluación y aprobación de los nuevos instrumentos técnicos normativos que regulen la acreditación;

De conformidad con la Ley N° 28740, Ley del Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y Certificación de la Calidad Educativa – SINEACE, la Ley N° 30220 Ley Universitaria y la Resolución Ministerial N° 396-2014-MINEDU;

SE RESUELVE:

Artículo 1°.- Culminar los procesos de evaluación con fines de acreditación que se encuentren iniciados a la fecha de publicación de la presente Resolución.

Artículo 2°.- Suspender la aplicación de la normativa referida a la acreditación de instituciones educativas públicas y privadas, carreras y especialidades, en lo concerniente al inicio de nuevos procesos de acreditación, en tanto se concluya con la evaluación y aprobación de los nuevos instrumentos técnicos normativos que regulen la acreditación.

Artículo 3°.- Disponer la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial El Peruano; así como en el Portal Web del SINEACE.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

PEREGRINA MORGAN LORA
Presidenta del Consejo Directivo Ad Hoc
COSUSINEACE

Advertencia

Este es un portal de ayuda a quienes desean leer las nuevas normas legales del Perú. Si encuentra algun texto que no deberia estar en este portal, escriba un mensaje a elperulegal@gmail.com para que sea retirado.

Propósito:

El propósito de "El Peru Legal" es mostrar las normas legales que proporcionan las entidades del Estado del Perú para buscar información relativa a decretos, leyes, resoluciones, directivas.