10/11/2014

RM N° 765-2014/MINSA Plan de Atención Médica Especializada 2014-2016 – Más Salud

Aprueban Documento Técnico: Plan de Atención Médica Especializada 2014-2016 – Más Salud RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 765-2014/MINSA Lima, 10 de octubre de 2014 Visto, el Expediente N° 14-085657-003, que contiene el Memorándum N° 3006-2014-DGSP/MINSA, de la Dirección General de Salud de las Personas y el Informe N° 103-2014-OGPP-OPGI/MINSA, de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; CONSIDERANDO: Que, los numerales I y II del Título Preliminar de la Ley N° 26842, Ley General de Salud disponen
Aprueban Documento Técnico: Plan de Atención Médica Especializada 2014-2016 – Más Salud
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 765-2014/MINSA
Lima, 10 de octubre de 2014
Visto, el Expediente N° 14-085657-003, que contiene el Memorándum N° 3006-2014-DGSP/MINSA, de la Dirección General de Salud de las Personas y el Informe N° 103-2014-OGPP-OPGI/MINSA, de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto;

CONSIDERANDO:

Que, los numerales I y II del Título Preliminar de la Ley N° 26842, Ley General de Salud disponen que la salud es condición indispensable del desarrollo humano y medio fundamental para alcanzar el bienestar individual y colectivo, y que la protección de la salud es de interés público. Por tanto, es responsabilidad del Estado regularla, vigilarla y promoverla;

Que, el numeral 1) del artículo 3 del Decreto Legislativo N° 1161, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud establece que el Ministerio de Salud es competente en Salud de las Personas;

Que, asimismo, el literal a) del artículo 5 de la precitada Ley dispone que es función rectora del Ministerio de Salud formular, planear, dirigir, coordinar, ejecutar, supervisar y evaluar la política nacional y sectorial de Promoción de la Salud, Prevención de Enfermedades, Recuperación y Rehabilitación en Salud, bajo su competencia, aplicable a todos los niveles de gobierno; así como "Dictar normas y lineamientos técnicos para la adecuada ejecución y supervisión de las políticas nacionales y sectoriales, (…)", conforme se desprende del literal b) del artículo 5 de la precitada Ley;

Que, de acuerdo a lo previsto en el literal a) del artículo 41 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, aprobado por Decreto Supremo N° 023-2005-SA y sus modificatorias, la Dirección General de Salud de las Personas, es el órgano técnico normativo a cargo de proponer las políticas de salud, prioridades sanitarias y estrategias de atención de salud de las personas y el modelo de atención integral de salud, con alcance sectorial e institucional;

Que, la Dirección General de Salud de las Personas ha propuesto el Documento Técnico: Plan de Atención Médica Especializada 2014-2016 – Más Salud, cuya finalidad es contribuir en ampliar la oferta y mejorar la calidad de los servicios de salud del Sector según las necesidades y demanda de la población;

Estando a lo propuesto por la Dirección General de Salud de las Personas;

Con el visado del Director General de la Dirección General de Salud de las Personas, del Director General de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, de la Directora General de la Oficina General de Asesoría Jurídica, del Viceministro de Salud Pública y de la Viceministra de Prestaciones y Aseguramiento en Salud;

De conformidad con el Decreto Legislativo N° 1161, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud;

SE RESUELVE:

Artículo 1°.- Aprobar el Documento Técnico: Plan de Atención Médica Especializada 2014-2016 – Más Salud, que forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial.

Artículo 2°.- Encargar a la Dirección General de Salud de las Personas la difusión y supervisión de lo dispuesto en el citado Documento Técnico.

Artículo 3°.- Disponer que el Instituto de Gestión de Servicios de Salud, así como las Direcciones de Salud, Direcciones Regionales de Salud, las Gerencias Regionales de Salud o las que hagan sus veces en el ámbito regional, son responsables de la difusión, implementación y supervisión del presente Documento Técnico, dentro de sus respectivas jurisdicciones.

Artículo 4°.- Encargar a la Oficina General de Comunicaciones, la publicación del Plan de Atención Médica Especializada 2014-2016 – Más Salud, en el Portal Institucional del Ministerio de Salud, en la dirección:
http://www.minsa.gob.pe/transparencia/dge_normas.asp., en la fecha de la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Diario Oficial El Peruano.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

MIDORI DE HABICH ROSPIGLIOSI
Ministra de Salud

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