5/01/2015

RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 0341/2015-RE

RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 0341/2015-RE Lima, 28 de abril de 2015 CONSIDERANDO: Que, el numeral 1 del Acuerdo por Intercambio de Notas de Contenido Idéntico entre la República del Perú y la República del Ecuador, de 2 de mayo de 2011, por el cual se establecen los límites marítimos entre ambos Estados, contempla que los dos países llevarán a cabo acciones conjuntas con miras al reconocimiento internacional del Golfo de Guayaquil como Bahía Histórica; Que, en la Declaración Conjunta sobre el reconocimiento

RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 0341/2015-RE
Lima, 28 de abril de 2015
CONSIDERANDO:

Que, el numeral 1 del Acuerdo por Intercambio de Notas de Contenido Idéntico entre la República del Perú y la República del Ecuador, de 2 de mayo de 2011, por el cual se establecen los límites marítimos entre ambos Estados, contempla que los dos países llevarán a cabo acciones conjuntas con miras al reconocimiento internacional del Golfo de Guayaquil como Bahía Histórica;

Que, en la Declaración Conjunta sobre el reconocimiento internacional del Golfo de Guayaquil como Bahía Histórica, del 23 de noviembre de 2012, se hace constar que el Golfo de Guayaquil, espacio comprendido entre la Puntilla de Santa Elena, en el Ecuador y Punta Cabo Blanco, en el Perú, es una Bahía Histórica; asimismo, ambos Estados pondrían en conocimiento de la Organización de las Naciones Unidas dicha Declaración;

Que, en la Declaración Presidencial resultante del último Encuentro Presidencial y VIII Gabinete Binacional de Ministros Perú-Ecuador, llevado a cabo en Arenillas, el 30 de octubre de 2014, los Jefes de Estado de ambos países dispusieron continuar los trabajos técnicos y estudios multidisciplinarios enmarcados en la Declaración Conjunta sobre el reconocimiento internacional del Golfo de Guayaquil como Bahía Histórica;

Que, la Declaración Conjunta sobre el reconocimiento internacional del Golfo de Guayaquil como Bahía Histórica se sustenta en los trabajos y estudios multidisciplinarios realizados por los técnicos del Perú y el Ecuador, quienes acordaron sostener reuniones periódicas entre sí, de manera virtual o presencial, habiendo sido la última de carácter presencial en Lima, los días 6 al 8 de abril de 2015;

Que, el Ministerio de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana de la República del Ecuador ha cursado una invitación formal para una reunión presencial adicional entre los técnicos de ambos países, del 6 al 8 de mayo de 2015, en la ciudad de Quito, República del Ecuador;

Que, es imprescindible culminar los trabajos y estudios multidisciplinarios antes referidos para la presentación de la Declaración Conjunta sobre el reconocimiento internacional del Golfo de Guayaquil como Bahía Histórica ante la División para Asuntos Oceánicos y de Derecho del Mar, de la Oficina de Asuntos Jurídicos de las Naciones Unidas (DOALOS);

Teniendo en cuenta la Hoja de Trámite (GAB) N.°
649, del Despacho Ministerial, de 23 de abril de 2015; y los Memorandos (AJU) N.° AJU0049/2015, de Asesoría Jurídica del Gabinete Especializado, de 22 de abril de 2015, y (OPR) N.° OPR0133/2015, de la Oficina de Programación y Presupuesto, de 27 de abril de 2015, que otorga certificación de crédito presupuestario al presente viaje;

De conformidad con la Ley N.° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, modificada por la Ley N.° 28807 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N.° 047-2002-PCM, modificado por Decreto Supremo N.° 056-2013-PCM; la Ley N.° 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N.° 130-2003-RE y sus modificatorias; la Ley N.°
29357, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores y su Reglamento; y el numeral 10.1
del artículo 10 de la Ley N.° 30281, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015;

SE RESUELVE:

Artículo 1. Autorizar el viaje, en comisión de servicios, de los siguientes funcionarios, a la ciudad de Quito, República del Ecuador, del 6 al 8 de mayo de 2015, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente resolución:
• Ministro en el Servicio Diplomático de la República Manuel Augusto De Cossío Klüver, Director de Límites, de la Dirección General de Soberanía, Límites y Asuntos Antárticos; y • Doctor Juan José Ruda Santolaria, contratado administrativo de servicios, Asesor del Gabinete de Asesoramiento Especializado, del Despacho Ministerial para Asuntos Jurídicos.

Artículo 2. Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente comisión de servicios, serán cubiertos por el Pliego Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores, Meta 0137175 Representación Diplomática y Defensa de los Intereses Nacionales en el Exterior, debiendo rendir cuenta documentada en un plazo no mayor de quince (15) días calendario, al término del referido viaje, de acuerdo con el siguiente detalle:

Nombres y Apellidos Pasaje Aéreo Clase Económica
US$
Viáticos por día
US$
N° de días Total Viáticos
US$
Manuel Augusto De Cossío Klüver 886,00 370,00 3+1 1 480,00
Juan José Ruda Santolaria 1 228,51 370,00 3+1 1 480,00
Artículo 3. Dentro de los quince (15) días calendario, posteriores a su retorno al país, los citados funcionarios presentarán a la Ministra de Relaciones Exteriores, un informe detallado sobre las acciones realizadas y los resultados obtenidos en el viaje autorizado.

Artículo 4. La presente Resolución Ministerial no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

ANA MARÍA SÁNCHEZ DE RÍOS
Ministra de Relaciones Exteriores

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