5/20/2015

RESOLUCIÓN N° 370-2015/SBN-DGPE-SDAPE

RESOLUCIÓN N° 370-2015/SBN-DGPE-SDAPE San Isidro, 30 de abril del 2015 Visto el Expediente N° 312-2013/SBN-SDAPE, correspondiente al trámite de primera inscripción de dominio a favor del Estado del predio de 2 460,54m², ubicado al Noreste del Centro Poblado de Santa Rosa de Quives, en la margen derecha del río Arahuay, distrito de Santa Rosa de Quives, provincia de Canta, departamento de Lima; y, CONSIDERANDO: Que, la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales - SBN, es el Ente Rector del Sistema Nacional de

RESOLUCIÓN N° 370-2015/SBN-DGPE-SDAPE
San Isidro, 30 de abril del 2015
Visto el Expediente N° 312-2013/SBN-SDAPE, correspondiente al trámite de primera inscripción de dominio a favor del Estado del predio de 2 460,54m², ubicado al Noreste del Centro Poblado de Santa Rosa de Quives, en la margen derecha del río Arahuay, distrito de Santa Rosa de Quives, provincia de Canta, departamento de Lima; y,
CONSIDERANDO:

Que, la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales - SBN, es el Ente Rector del Sistema Nacional de Bienes Estatales encargado de normar y supervisar las acciones que realicen las entidades que conforman el mencionado Sistema, en materia de adquisición, disposición, administración y registro de los bienes estatales a nivel nacional, así como de ejecutar dichos actos respecto de los bienes estatales que se encuentren bajo su competencia, procurando optimizar su uso y valor, conforme a la Ley N° 29151 - Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales - y su Reglamento aprobado con Decreto Supremo N° 007-2008-VIVIENDA;

Que, revisada la base gráfica de propiedades con la que cuenta esta Superintendencia, se identificó el predio de 2 460,54 m², ubicado al Noreste del Centro Poblado de Santa Rosa de Quives, en la margen derecha del río Arahuay, distrito de Santa Rosa de Quives, provincia de Canta, departamento de Lima, que se encontraría libre de inscripción registral;

Que, con Oficio N° 701-2015-SUNARP-Z.R.N° IX/GPI
de fecha 09 de marzo de 2015, la Zona Registral N° IX
- Sede Lima remitió el Informe Técnico N° 4443-2015-SUNARP-Z.R.N° IX-OC de fecha 03 de marzo de 2015 (fojas15-16), mediante el cual señaló que el polígono en consulta se ubica en ámbito donde a la fecha, en su base gráfica consultada, no ha sido identificado información gráfica de plano con antecedentes registrales, siendo imposible determinar si el predio se encuentra inscrito o no;

Que, el tercer párrafo del artículo 16° del Reglamento de Inscripciones del Registro de Predios, aprobado por Resolución del Superintendente Nacional de los Registros Públicos N° 248-2008-SUNARP-SN señala que no impide la inmatriculación, el informe técnico que señale la imposibilidad de determinar si el predio se encuentra inscrito o no;

Que, realizada la inspección técnica con fecha 26
de marzo de 2015, se verificó (fojas17) que se trata de un terreno de forma irregular, naturaleza urbana, con una topografía ligeramente inclinada y suelo de textura arenosa arcillosa;

Que, el artículo 23° de la Ley N° 29151 "Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales" establece que los predios que no se encuentren inscritos en el Registro de Predios y que no constituyan propiedad de particulares, ni de las Comunidades Campesinas y Nativas, son de dominio del Estado;

Que, tratándose de un predio sin inscripción registral, corresponde tramitar la primera inscripción de dominio a favor del Estado, del predio de 2 460,54 m², de conformidad con el artículo 38° del Reglamento de la Ley N° 29151, aprobado por Decreto Supremo N° 007-2008-VIVIENDA y la Directiva N° 001-2002/SBN, modificada por la Directiva N° 003-2004/SBN, que regulan el trámite de primera inscripción de dominio de predios a favor del Estado;

Que, los incisos a) y p) del artículo 44° del Reglamento de Organización y Funciones de la SBN aprobado por Decreto Supremo N° 016-2010-VIVIENDA, facultan a la Subdirección de Administración del Patrimonio Estatal, a sustentar y aprobar los actos de adquisición y administración de los bienes estatales bajo su competencia, así como a emitir las resoluciones en materia de su competencia;

De conformidad con la Ley N° 29151, Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 007-2008-VIVIENDA
y modificatorias; y, Estando a los fundamentos expuestos en el Informe Técnico Legal N° 0432-2015/SBN-DGPE-SDAPE de fecha 24 de abril de (fojas 22 - 25);

SE RESUELVE:

Artículo 1°.- Disponer la primera inscripción de dominio a favor del Estado del predio de 2 460,54 m², ubicado al Noreste del Centro Poblado de Santa Rosa de Quives, en la margen derecha del río Arahuay, distrito de Santa Rosa de Quives, provincia de Canta, departamento de Lima; según plano y memoria descriptiva que sustentan la presente resolución.

Artículo 2°.- La Zona Registral N° IX - Sede Lima de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos, por el mérito de la presente resolución, efectuará la primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno descrito en el artículo precedente, en el Registro de Predios de Lima.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

CARLOS GARCÍA WONG
Subdirector de Administración del Patrimonio Estatal

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