4/10/2016

RESOLUCIÓN DE SECRETARÍA GENERAL N° 062-2016-PROMPERU/SG Modifican la Res. N° 043-2016-PROMPERU/SG

Modifican la Res. Nº 043-2016-PROMPERU/SG RESOLUCIÓN DE SECRETARÍA GENERAL Nº 062-2016-PROMPERU/SG Lima, 6 de abril de 2016 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución de Secretaría General Nº 043-2016-PROMPERU/SG se autorizó el viaje del señor José Agustín Quiñones Baltodano, del 13 al 18 de marzo de 2016, para que participe en la XXVII Reunión del Comité Andino de Autoridades de Promoción de Exportaciones, a celebrarse en la ciudad de Guayaquil, República del Ecuador y en la EXPOPERU EUROPA, a realizarse
Modifican la Res. Nº 043-2016-PROMPERU/SG
RESOLUCIÓN DE SECRETARÍA GENERAL Nº 062-2016-PROMPERU/SG
Lima, 6 de abril de 2016
CONSIDERANDO:

Que, mediante Resolución de Secretaría General Nº 043-2016-PROMPERU/SG se autorizó el viaje del señor José Agustín Quiñones Baltodano, del 13 al 18 de marzo de 2016, para que participe en la XXVII Reunión del Comité Andino de Autoridades de Promoción de Exportaciones, a celebrarse en la ciudad de Guayaquil, República del Ecuador y en la EXPOPERU EUROPA, a realizarse en la ciudad de Londres Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte, con el objetivo de efectuar acciones de promoción de la oferta exportable peruana;

Que, por un error material se consignó en el valor del pasaje aéreo sólo el costo del tramo Guayaquil -
Londres - Lima, omitiéndose incluir el valor el tramo Lima - Guayaquil, toda vez que costo del pasaje aéreo debía incluir la ruta Lima - Guayaquil - Londres - Lima, por lo que es conveniente subsanar dicho error material;

Que, el artículo 201º de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, establece que los errores material o aritmético en los actos administrativos pueden ser rectificados con efecto retroactivo, en cualquier momento, de oficio o a instancia de los administrados, siempre que no se altere lo sustancial de su contenido ni el sentido de la decisión. La rectificación adopta las formas y modalidades de comunicación o publicación que corresponda para el acto original;

De conformidad con la Ley Nº 27619, que regula la autorización de viajes al exterior de los servidores y funcionarios públicos, sus modificatorias, el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y la Ley Nº 30075, Ley de Fortalecimiento de la Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo - PROMPERU y la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General;

SE RESUELVE:

Artículo Único.- Modificar el valor del pasaje aéreo del señor José Agustín Quiñones Baltodano, establecido en el artículo 2º de la Resolución de Secretaría General Nº 043-2016-PROMPERU/SG, por el siguiente:

José Agustín Quiñones Baltodano:
- Pasajes Aéreos : US$ 3 222,00
Regístrese, comuníquese y publíquese.

ARACELLY LACA RAMOS
Secretaria General (e)

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