5/05/2016

RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 107-2016-ANA

Disponen la pre-publicación del documento denominado "Lineamientos para Determinar y Establecer los Parámetros de Eficiencia para el Aprovechamiento de los Recursos Hídricos" en el portal web de la Autoridad Nacional del Agua RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 107-2016-ANA Lima, 2 de mayo de 2016 VISTO: El Memorando Nº 403-2016-ANA-DARH, de fecha 07 de marzo de 2016, y el Informe Técnico Nº 001-2016-ANA-DARH-DUMA/TLY de fecha 04 de marzo de 2016, del Director
Disponen la pre-publicación del documento denominado "Lineamientos para Determinar y Establecer los Parámetros de Eficiencia para el Aprovechamiento de los Recursos Hídricos" en el portal web de la Autoridad Nacional del Agua
RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 107-2016-ANA
Lima, 2 de mayo de 2016
VISTO:

El Memorando Nº 403-2016-ANA-DARH, de fecha 07 de marzo de 2016, y el Informe Técnico Nº 001-2016-ANA-DARH-DUMA/TLY de fecha 04 de marzo de 2016, del Director (e) de la Dirección de Administración de Recursos Hídricos; y,
CONSIDERANDO:

Que, según el numeral 3, del artículo 15º de la Ley Nº 29338, Ley de Recursos Hídricos, es función de la Autoridad Nacional del Agua, dictar normas y establecer procedimientos para asegurar la gestión integral y sostenible de los recursos hídricos;

Que, el inciso a, del artículo 31 º del Reglamento de Organización y Funciones de la Autoridad Nacional del Agua, aprobado por Decreto Supremo Nº 006-2010-AG, establece que la Dirección de Administración de Recursos Hídricos, tiene como función elaborar, proponer y supervisar la implementación de normas en materia de otorgamiento de derechos de uso de agua, administración, distribución multisectorial, régimen económico por el uso del agua y establecimiento de parámetros de eficiencia;

Que, mediante el Informe del visto, el Director (e) de la Dirección de Administración de Recursos Hídricos, sustenta la propuesta para aprobar un documento denominado "Lineamientos para Determinar y Establecer los Parámetros de Eficiencia para el Aprovechamiento de los Recursos Hídricos", y concluye que dicha propuesta integra los aportes de las Direcciones de Línea, recomendando su pre publicación a efecto de recibir mayores aportes y sugerencias a la propuesta de norma, dado que estas son de interés Público;

Que, según el artículo 14º del Reglamento que establece disposiciones relativas a la Publicidad, Publicación de Proyectos Normativos y Difusión de Normas Legales de Carácter General, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS, las entidades públicas dispondrán la publicación de los proyectos de normas de carácter general que sean de su competencia en el Diario Oficial El Peruano, en sus Portales Electrónicos o mediante cualquier otro medio, antes de la fecha prevista para su entrada en vigencia;

Que, por otro lado, el artículo 39º del Reglamento sobre Transparencia, Acceso a la Información Pública Ambiental y Participación y Consulta Ciudadana en Asuntos Ambientales, aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2009-MINAM, dispone que los proyectos de normas que regulen asuntos ambientales generales o que tengan efectos ambientales deberán ser puestas en conocimiento del público para recibir opiniones y sugerencias de los interesados por un periodo mínimo de diez (10) días útiles;

Que, en este contexto, resulta necesario disponer la pre-publicación del documento denominado "Lineamientos para Determinar y Establecer los Parámetros de Eficiencia para el Aprovechamiento de los Recursos Hídricos", a fin de recibir los aportes y sugerencias que se formulen;

Estando a lo opinado por la Dirección de Administración de Recursos Hídricos con el visto de la Oficina de Asesoría Jurídica, y de Secretaría General, y en uso de las facultades conferidas en el Reglamento de Organización y Funciones de la Autoridad Nacional del Agua, aprobado por Decreto Supremo Nº 006-2010-AG;

SE RESUELVE:

Artículo 1º.- Dispóngase la pre-publicación del documento denominado "Lineamientos para Determinar y Establecer los Parámetros de Eficiencia para el Aprovechamiento de los Recursos Hídricos", en el portal web de la Autoridad Nacional del Agua: www.ana.gob. pe, por el plazo de quince (15) días útiles, a fin que los interesados remitan sus opiniones y sugerencias a la siguiente dirección electrónica: tlaguna@ana.gob.pe.

Artículo 2º.- Encargar a la Dirección de Administración de Recursos Hídricos, la recepción y análisis de los aportes y comentarios que se presenten respecto al documento citado en el artículo precedente.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

JUAN CARLOS SEVILLA GILDEMEISTER
Jefe Autoridad Nacional del Agua

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