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RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL N° 077-2016-MINEDU Modifican Anexo de la R.VM. N° 028-2015-MINEDU,
6/08/2016
RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL N° 077-2016-MINEDU Modifican Anexo de la R.VM. N° 028-2015-MINEDU,
Modifican Anexo de la R.VM. Nº 028-2015-MINEDU, modificado por la R.VM. Nº 036-2016-MINEDU RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL Nº 077-2016-MINEDU Lima, 7 de junio de 2016 VISTOS, el Oficio Nº 426-2016-MINEDU/VMGP-DIGEIBIRA-DEBA, el Informe Nº 135-2016-MINEDU/ VMGP-DIGEIBIRA-DEBA, el Informe Nº 562-2016-MINEDU/SG-OGAJ, y; 588992 NORMAS LEGALES Miércoles 8 de junio de 2016 / El Peruano CONSIDERANDO: Que, mediante la Resolución Viceministerial Nº 028-2015-MINEDU se reconoció
RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL Nº 077-2016-MINEDU
Lima, 7 de junio de 2016
VISTOS, el Oficio Nº 426-2016-MINEDU/VMGP-DIGEIBIRA-DEBA, el Informe Nº 135-2016-MINEDU/ VMGP-DIGEIBIRA-DEBA, el Informe Nº 562-2016-MINEDU/SG-OGAJ, y;
588992 NORMAS LEGALES
Miércoles 8 de junio de 2016 / El Peruano
CONSIDERANDO:
Que, mediante la Resolución Viceministerial Nº 028-2015-MINEDU se reconoció a los Centros de Educación Básica Alternativa seleccionados para implementar la Forma de Atención a Distancia en el marco de la Beca Doble Oportunidad, conforme a la relación que como Anexo forma parte de la referida Resolución, el mismo que fue modificado por Resolución Viceministerial
Nº 036-2016-MINEDU;
Que, conforme al artículo 119 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-2015-MINEDU, la Dirección de Educación Básica Alternativa, dependiente de la Dirección General de Educación Básica Alternativa, Intercultural Bilingüe y de Servicios Educativos en el Ámbito Rural, es responsable de formular e implementar articuladamente políticas, planes, programas, propuestas pedagógicas de los modelos de servicio educativo y documentos normativos, para los servicios educativos desde la alfabetización hasta la culminación de todos y cada uno de los ciclos de la Educación Básica Alternativa;
Que, mediante el Informe Nº 135-2016-MINEDU/ VMGP-DIGEIBIRA-DEBA, la Dirección de Educación Básica Alternativa sustenta la necesidad de incorporar en el Anexo de la Resolución Viceministerial Nº 028-2015-MINEDU, modificado por Resolución Viceministerial Nº 036-2016-MINEDU, a los Centros de Educación Básica Alternativa JUAN ESPINOZA
MEDRANO e INDUSTRIAL Nº 029, ubicados en la Av. Perú Nº 565, distrito y provincia de Andahuaylas, departamento de Apurímac y en la Av. Alfonso Ugarte Nº 916 del distrito de Yurimaguas, provincia de Alto Amazonas, departamento de Loreto, respectivamente;
para que implementen la Forma de Atención a Distancia en el marco de la Beca Doble Oportunidad, por cuanto existe demanda de dicho servicio educativo en los citados Centros de Educación Básica Alternativa, lo cual permitirá que los jóvenes y adultos puedan insertarse al sistema educativo y desarrollar competencias básicas y laborales;
De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 25762, Ley Orgánica del Ministerio de Educación, modificado por la Ley Nº 26510; y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-2015-MINEDU;
SE RESUELVE:
Artículo Único.- Modificar el Anexo de la Resolución Viceministerial Nº 028-2015-MINEDU, modificado por la Resolución Viceministerial Nº 036-2016-MINEDU, conforme al siguiente detalle:
"CENTROS DE EDUCACIÓN BÁSICA
ALTERNATIVA SELECCIONADOS PARA
LA FORMACIÓN TÉCNICA EN EBA
Nº CEBA DIRECTOR (nombres y apellidos)
DEPARTAMENTO PROVINCIA DISTRITO DIRECCIÓN (...)
28 CEBA
Juan Espinoza Medrano Abraham Humberto Cancharí Apurímac Andahuaylas Andahuaylas Av. Perú
Nº 565
29 CEBA
Industrial
Nº 029
Edgardo Linarez Meléndez Loreto Alto Amazonas Yurimaguas Alfonso Ugarte
Nº 916
"
Regístrese, comuníquese y publíquese.
FLAVIO F. FIGALLO RIVADENEYRA
Viceministro de Gestión Pedagógica
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