5/03/2017

RESOLUCIÓN DE SECRETARÍA GENERAL N° 114-2017-MINEDU Aprueban los "Lineamientos que orientan la

Aprueban los "Lineamientos que orientan la Organización y Funcionamiento de Redes Educativas Rurales" RESOLUCIÓN DE SECRETARÍA GENERAL Nº 114-2017-MINEDU Lima, 2 de mayo de 2017 VISTOS, el Expediente 0206766-2015, los Informes Nº 076-2015-MINEDU/VMGI/ DIGC-DIGE, Nº 021-2016-MINEDU/VMGI/DIGC-DIGE, Nº 096-2016- MINEDU/VMGI/ DIGC-DIGE, Nº 113-2016-MINEDU/ VMGI/DIGC-DIGE y Nº 047-2017- MINEDU/VMGI/ DIGC/ DIGE de la Dirección de Gestión Escolar, el Informe Nº 251-2016-MINEDU/SG-OGAJ y Nº
Aprueban los "Lineamientos que orientan la Organización y Funcionamiento de Redes Educativas Rurales"
RESOLUCIÓN DE SECRETARÍA GENERAL Nº 114-2017-MINEDU
Lima, 2 de mayo de 2017
VISTOS, el Expediente 0206766-2015, los Informes Nº 076-2015-MINEDU/VMGI/ DIGC-DIGE, Nº 021-2016-MINEDU/VMGI/DIGC-DIGE, Nº 096-2016-
MINEDU/VMGI/ DIGC-DIGE, Nº 113-2016-MINEDU/ VMGI/DIGC-DIGE y Nº 047-2017- MINEDU/VMGI/ DIGC/ DIGE de la Dirección de Gestión Escolar, el Informe Nº 251-2016-MINEDU/SG-OGAJ y Nº 360-2017-MINEDU/ SG-OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica, y;

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 79 de la Ley Nº 28044, Ley General de Educación, establece que el Ministerio de Educación es el órgano del Gobierno Nacional que tiene por finalidad definir, dirigir y articular la política de educación, cultura, recreación y deporte, en concordancia con la política general del Estado;

Que, de conformidad con el artículo 70 de la referida Ley, las redes educativas son instancias de cooperación,
intercambio y ayuda recíproca, que tienen por finalidad elevar la calidad profesional de los docentes y propiciar la formación de comunidades académicas; optimizar los recursos humanos y compartir equipos, infraestructura y material educativo; y coordinar intersectorialmente para mejorar la calidad de los servicios educativos en el ámbito local;

Que, la Décima Disposición Complementaria y Transitoria de la citada Ley establece, que la conformación y funcionamiento de las redes educativas en escuelas unidocentes y multigrados ubicadas en áreas rurales y zonas de frontera será materia de una normatividad específica que garantice la eficiencia de su funcionamiento;

Que, el Proyecto Educativo Nacional al 2021: La Educación que queremos para el Perú, aprobado por Resolución Suprema Nº 001-2007-ED, señala en las Políticas Nº 8.1, 8.2 y 14, que para conseguir estudiantes e instituciones que logran aprendizajes pertinentes y de calidad, así como, una gestión descentralizada, democrática, que logra resultados, se debe fomentar y apoyar la constitución de redes escolares territoriales responsables del desarrollo educativo local; establecer programas de apoyo y acompañamiento pedagógico con funciones permanentes de servicio a las redes escolares;
y fortalecer las capacidades de las instituciones y redes educativas para asumir responsabilidades de gestión de mayor grado y orientadas a conseguir más y mejores resultados;

Que, el artículo 140 del Reglamento de la Ley General de Educación, aprobado por Decreto Supremo Nº 011-2012-ED, señala que el Ministerio de Educación establece los lineamientos nacionales para la organización y funcionamiento de las redes educativas;

Que, mediante los Informes Nº 076-2015-MINEDU/
VMGI/DIGC-DIGE, Nº 021-2016-MINEDU/VMGI/ DIGC-DIGE, Nº 096-2016-MINEDU/VMGI/DIGC-DIGE, Nº 113-2016-MINEDU/VMGI/DIGC-DIGE y Nº 047-2017-MINEDU/VMGI/DIGC/DIGE, la Dirección de la Gestión Escolar de la Dirección General de Calidad de la Gestión Escolar sustenta la necesidad de aprobar los lineamientos para la organización y funcionamiento de Redes Educativas Rurales, con el objetivo de contribuir a la mejora de la calidad del servicio educativo que brindan las instituciones educativas públicas de Educación Básica ubicadas en los ámbitos rurales, mediante su integración en redes educativas rurales;

Que, de acuerdo al literal g) del artículo 2 de la Resolución Ministerial Nº 002-2017-MINEDU, la Ministra de Educación delega en el Secretario General del Ministerio de Educación, durante el Año Fiscal 2017, entre otras facultades y atribuciones, la de emitir los actos resolutivos que aprueban, modifican o dejan sin efecto los Documentos Normativos en el ámbito de competencia del despacho ministerial;

De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 25762, Ley Orgánica del Ministerio de Educación, modificado por la Ley Nº 26510; la Ley Nº 28044, Ley General de Educación; el Reglamento de la Ley General de Educación aprobado por Decreto Supremo Nº 011-2012-ED; y en virtud a las facultades delegadas mediante Resolución Ministerial Nº 002-2017-MINEDU;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Aprobar los "Lineamientos que orientan la Organización y Funcionamiento de Redes Educativas Rurales", los mismos que como Anexo forman parte integrante de la presente resolución.

Artículo 2.- Disponer la publicación de la presente Resolución y su Anexo, en el Sistema de Información Jurídica de Educación - SIJE, ubicado en el Portal Institucional del Ministerio de Educación (www.minedu. gob.pe), el mismo día de la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial "El Peruano".

Regístrese, comuníquese y publíquese.

JOSÉ CARLOS CHÁVEZ CUENTAS
Secretario General

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