8/07/2019
Nueva Funcionalidad Trámite Constitución Empresas RSNRP SUNARP
Organismos Tecnicos Especializados, Superintendencia Nacional de los Registros Publicos Autorizan nueva funcionalidad en el Trámite de Constitución de Empresas por el Sistema de Intermediación Digital de la SUNARP RSNRP 162-2019-SUNARP/SN Lima, 6 de agosto de 2019 VISTO: El Informe Técnico Nº 026-2019-SUNARP/DTR del 01 de agosto de 2019, de la Dirección Técnica Registral; el Memorándum Nº 998-2019-SUNARP/OGTI del 31 de julio de 2019, de la Oficina
Autorizan nueva funcionalidad en el Trámite de Constitución de Empresas por el Sistema de Intermediación Digital de la SUNARP
RSNRP 162-2019-SUNARP/SN
Lima, 6 de agosto de 2019
VISTO:
El Informe Técnico Nº 026-2019-SUNARP/DTR del 01 de agosto de 2019, de la Dirección Técnica Registral;
el Memorándum Nº 998-2019-SUNARP/OGTI del 31 de julio de 2019, de la Oficina General de Tecnologías de la Información; el Memorándum Nº 592-2019-SUNARP/ OGAJ del 01 de agosto de 2019, de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,
CONSIDERANDO:
Que, la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos - SUNARP, es un Organismo Técnico Especializado del Sector Justicia y Derechos Humanos que tiene por objeto dictar las políticas técnico administrativas de los Registros Públicos, estando encargada de planificar, organizar, normar, dirigir, coordinar y supervisar la inscripción y publicidad de los actos y contratos en los Registros Públicos que integran el Sistema Nacional, en el marco de un proceso de simplificación, integración y modernización de los Registros;
Que, mediante Decreto Supremo Nº 007-2014-JUS se le encarga a la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos - SUNARP la administración del Sistema de Constitución de Empresas en Línea a nivel nacional, cuyo alcance comprende, como primera etapa, la constitución de las Micro y Pequeñas empresas, conforme a lo previsto en el Decreto Supremo Nº 013-2013-PRODUCE, Decreto Supremo que aprueba el Texto Único Ordenado de la Ley de Impulso al Desarrollo Productivo y al Crecimiento Empresarial;
TAMBIEN PUEDES VER: Rm 005 2019/minsa Cuanto Delegación Facultades 710-2019/MINSA Salud
Que, en ese contexto, mediante Resolución del Superintendente Nacional de los Registros Públicos Nº 234-2014-SUNARP/SN, se aprueba la Directiva Nº 004-2014-SUNARP/SN, Directiva que regula la presentación electrónica del parte notarial con firma digital en el marco de la infraestructura oficial de firma electrónica para el acto de Constitución de Empresa en la Oficina Registral de Lima; motivo por el cual, se establece como disposición complementaria de la aludida directiva, la creación del "Módulo Ciudadano";
MAS NORMAS LEGALES: Plan Integral Reconstrucción Con Cambios Aprobado RDE PCM
Que, mediante Resolución del Superintendente Nacional de los Registros Públicos Nº 179-2015-SUNARP-SN se dispone ampliar los alcances del servicio de presentación electrónica de Constitución de Empresa a través del Sistema de Intermediación Digital (SID-SUNARP) para todas las oficinas registrales del país;
Que, si bien la aludida directiva ha sido dejada sin efecto mediante la Resolución del Superintendente Nacional de los Registros Públicos Nº 120-2019-SUNARP/SN, que aprueba la Directiva DI-002-SNR-DTR, Directiva que regula el Sistema de Intermediación Digital de la SUNARP
para la generación, presentación, trámite e inscripción del Título Electrónico ante el registro; las funciones acerca del trámite de Constitución de Empresa a través del Módulo Ciudadano se mantienen vigentes a la fecha;
Que, a través del Decreto Legislativo Nº 1332, se crea los Centros de Desarrollo Empresarial (CDE) como entidades públicas, privadas y notarios autorizadas por el Ministerio de la Producción quienes, mediante la asesoría y asistencia técnica a los ciudadanos, pueden efectuar los trámites para la reserva de preferencia registral y Constitución de Empresa a través del uso de herramientas tecnológicas que permitan interconectar al RENIEC, SUNARP, SUNAT y notarios;
Que, mediante Decreto Supremo Nº 006-2017-PRODUCE se aprueba el Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1332 que, entre otros, designa al SID-SUNARP como la herramienta tecnológica de los Centros de Desarrollo Empresarial (CDE) para el trámite del servicio de Reserva de Preferencia Registral y la Constitución de Empresas;
Que, el trámite de Constitución de Empresas a través del SID-SUNARP iniciado directamente por el usuario desde el Portal Institucional de la SUNARP mediante el "Módulo Ciudadano" o por un Centro de Desarrollo Empresarial -
CDE, involucra el uso obligatorio de formatos de estatutos que contienen la declaración de Micro y Pequeñas empresas a fin de que el notario se abstenga de solicitar, a los socios fundadores, la presentación de una minuta como requisito previo para extender la Escritura Pública del acto constitutivo conforme a lo previsto en el inciso i) del artículo 58 del Decreto Legislativo Nº 1049, Decreto Legislativo del Notariado;
Que, atendiendo la evaluación de los reportes estadísticos y los requerimientos de las Zonas Registrales Nº II - Sede Chiclayo y Nº IX - Sede Lima, se ha desarrollado una funcionalidad técnica en el SID-SUNARP
que permita, al notario, presentar partes de Constitución de Empresas que no respondan exclusivamente al uso de formatos tramitados desde el "Módulo Ciudadano" o desde los Centros Desarrollo Empresarial - CDE, es decir, se comprende en la presentación electrónica a los partes de Escrituras Públicas provenientes de minutas o de distintos formatos de estatuto con la declaración de Micros y Pequeñas empresas;
Que, la implementación de la funcionalidad técnica antes aludida no solo obedece a la importancia de simplificar el procedimiento de inscripción dada las ventajas operativas que brinda la firma digital; sino también a las políticas de extender los servicios de presentación electrónica para las constituciones de los tipos societarios y de empresa, previstos en la Ley Nº 26887, Ley General de Sociedades, y del Decreto Ley Nº 21621, Decreto Ley de la Empresa Individual de Responsabilidad Limitada, respectivamente, que actualmente se brindan a través de formato estandarizados para Mype;
Que, el artículo 8.4 de la Directiva DI-002-SNR-DTR, Directiva que regula el Sistema de Intermediación Digital de la SUNARP para la generación, presentación, trámite e inscripción del Título Electrónico ante el registro, señala que mediante Resolución del Superintendente Nacional de los Registros Públicos se aprueban las funcionalidades técnicas vinculadas a los actos incorporados al SID-SUNARP y las oficinas registrales correspondientes;
Que, estando a las opiniones técnicas favorables emitidas por la Dirección Técnica Registral y la Oficina General de Tecnologías de la Información y la opinión legal favorable de la Oficina General de Asesoría Jurídica, corresponde autorizar la puesta en producción de una nueva funcionalidad en el SID-SUNARP para el trámite de Constitución de Empresa;
De conformidad con lo dispuesto en el literal x) del artículo 9 del Reglamento de Organización y Funciones de la SUNARP, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2013-JUS; y, contando con el visado de la Gerencia General, de la Dirección Técnica Registral, la Oficina
General de Tecnologías de la Información y la Oficina General de Asesoría Jurídica;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Autorización de nueva funcionalidad en el Trámite de Constitución de Empresas por el Sistema de Intermediación Digital de la SUNARP
Autorizar la nueva funcionalidad técnica en el SID-SUNARP para el trámite de Constitución de Empresas, a fin de que el notario presente el parte con firma digital de Escrituras Públicas extendidas en mérito de minutas o de distintos formatos de estatuto con la declaración de Micro y Pequeñas empresas, a partir del 15 de agosto de 2019.
Artículo 2.- Precisión del servicio El servicio de presentación electrónica a que se refiere el artículo 1 de la presente resolución, comprende las modalidades de personería jurídica prevista en la Ley Nº 26887, Ley General de Sociedades, y en el Decreto Ley Nº 21621, Decreto Ley de la Empresa Individual de Responsabilidad Limitada referidas a la Sociedad Anónima (SA), Sociedad Anónima Cerrada (SAC), Sociedad Comercial de Responsabilidad Limitada (SRL) y Empresa Individual de Responsabilidad Limitada (EIRL).
Artículo 3.- Asignación automática de RUC
La asignación automática del Registro Único del Contribuyente - RUC a las empresas que se constituyan a través de presentación electrónica a que se refiere el artículo 1 de la presente resolución, se encuentra sujeta a la emisión de una Resolución del Superintendente Nacional de los Registros Públicos, atendiendo las coordinaciones técnicas que deben realizarse con la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria -
SUNAT.
Artículo 4.- Manual de usuario Disponer que la Oficina General de Tecnologías de la Información en coordinación con la Dirección Técnica Registral, publiquen, en el Portal Institucional, el Manual de usuario sobre la nueva funcionalidad técnica del SID-SUNARP para la Constitución de Empresa.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
MANUEL AUGUSTO MONTES BOZA
Superintendente Nacional de los Registros Públicos
NORMA LEGAL:
- Titulo: RSNRP 162-2019-SUNARP/SN Autorizan nueva funcionalidad en el Trámite de Constitución de Empresas por el Sistema de Intermediación Digital de la SUNARP
- Tipo de norma : RESOLUCIÓN DEL SUPERINTENDENTE NACIONAL DE LOS REGISTROS PUBLICOS
- Numero : 162-2019-SUNARP/SN
- Emitida por : Superintendencia Nacional de los Registros Publicos - Organismos Tecnicos Especializados
- Fecha de emision : 2019-08-07
- Fecha de aplicacion : 2019-08-08
Compartir
Recomendado
Legislacion por entidad
Poder Ejecutivo
Organos Autonomos
Organismos Tecnicos Especializados
Transportes y Comunicaciones
Jurado Nacional de Elecciones
Economia y Finanzas
Poder Judicial
Energia y Minas
Salud
Defensa
Relaciones Exteriores
Educacion
Gobiernos Regionales
Organismos Ejecutores
Superintendencia de Banca Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones
Advertencia
Este es un portal de ayuda a quienes desean leer las nuevas normas legales del Perú.
Si encuentra algun texto que no deberia estar en este portal, escriba un mensaje a elperulegal@gmail.com para que sea retirado.
Propósito:
El propósito de "El Peru Legal" es mostrar las normas legales que proporcionan las entidades del Estado del Perú para buscar información relativa a decretos, leyes, resoluciones, directivas.
Propósito:
El propósito de "El Peru Legal" es mostrar las normas legales que proporcionan las entidades del Estado del Perú para buscar información relativa a decretos, leyes, resoluciones, directivas.
Boletin de Normas legales
Leyes más importantes
Archivo legal
- marzo 2025 (54)
- febrero 2025 (109)
- enero 2025 (85)
- diciembre 2024 (89)
- noviembre 2024 (69)
- octubre 2024 (93)
- septiembre 2024 (66)
- agosto 2024 (88)
- julio 2024 (73)
- junio 2024 (21)
- diciembre 2023 (88)
- noviembre 2023 (208)
- octubre 2023 (225)
- septiembre 2023 (228)
- agosto 2023 (65)
- julio 2023 (106)
- junio 2023 (99)
- mayo 2023 (106)
- abril 2023 (122)
- marzo 2023 (144)
- febrero 2023 (133)
- enero 2023 (111)
- diciembre 2022 (108)
- noviembre 2022 (29)
- octubre 2022 (108)
- septiembre 2022 (141)
- agosto 2022 (139)
- julio 2022 (63)
- junio 2022 (40)
- mayo 2022 (113)
- abril 2022 (87)
- marzo 2022 (103)
- febrero 2022 (110)
- enero 2022 (90)
- diciembre 2021 (146)
- noviembre 2021 (58)
- octubre 2021 (95)
- septiembre 2021 (108)
- agosto 2021 (216)
- julio 2021 (188)
- junio 2021 (59)
- enero 2021 (31)
- diciembre 2020 (211)
- noviembre 2020 (395)
- octubre 2020 (519)
- septiembre 2020 (353)
- agosto 2020 (389)
- julio 2020 (410)
- junio 2020 (398)
- mayo 2020 (336)
- abril 2020 (43)
- marzo 2020 (105)
- febrero 2020 (341)
- enero 2020 (406)
- diciembre 2019 (519)
- noviembre 2019 (438)
- octubre 2019 (331)
- septiembre 2019 (315)
- agosto 2019 (377)
- julio 2019 (379)
- junio 2019 (371)
- mayo 2019 (317)
- abril 2019 (347)
- marzo 2019 (492)
- febrero 2019 (474)
- enero 2019 (483)
- diciembre 2018 (485)
- noviembre 2018 (490)
- octubre 2018 (465)
- septiembre 2018 (486)
- agosto 2018 (498)
- julio 2018 (323)
- junio 2018 (416)
- mayo 2018 (513)
- abril 2018 (365)
- marzo 2018 (524)
- febrero 2018 (404)
- enero 2018 (444)
- diciembre 2017 (540)
- noviembre 2017 (452)
- octubre 2017 (396)
- septiembre 2017 (418)
- agosto 2017 (447)
- julio 2017 (471)
- junio 2017 (463)
- mayo 2017 (456)
- abril 2017 (401)
- marzo 2017 (532)
- febrero 2017 (462)
- enero 2017 (435)
- diciembre 2016 (492)
- noviembre 2016 (435)
- octubre 2016 (388)
- septiembre 2016 (1)
- agosto 2016 (233)
- julio 2016 (271)
- junio 2016 (340)
- mayo 2016 (470)
- abril 2016 (357)
- marzo 2016 (371)
- febrero 2016 (296)
- enero 2016 (399)
- diciembre 2015 (386)
- noviembre 2015 (67)
- octubre 2015 (252)
- septiembre 2015 (429)
- agosto 2015 (415)
- julio 2015 (461)
- junio 2015 (543)
- mayo 2015 (486)
- abril 2015 (357)
- marzo 2015 (429)
- febrero 2015 (426)
- enero 2015 (503)
- diciembre 2014 (540)
- noviembre 2014 (625)
- octubre 2014 (644)
- septiembre 2014 (616)
- agosto 2014 (687)
- julio 2014 (542)
- junio 2014 (431)
- mayo 2014 (376)
- abril 2014 (316)
- marzo 2014 (507)
- febrero 2014 (426)
- enero 2014 (608)
- diciembre 2013 (841)
- noviembre 2013 (660)
- octubre 2013 (734)
- septiembre 2013 (636)
- agosto 2013 (591)
- julio 2013 (707)
- junio 2013 (687)
- mayo 2013 (941)
- abril 2013 (871)
- marzo 2013 (940)
- febrero 2013 (891)
- enero 2013 (692)