8/06/2019
Rm 005 2019/minsa Cuanto Delegación Facultades 710-2019/MINSA Salud
Poder Ejecutivo, Salud Modifican la R.M. Nº 005-2019/MINSA en cuanto a la delegación de facultades al/a la Directora/a General del Centro Nacional de Abastecimiento de Recursos Estratégicos en Salud RM 710-2019/MINSA Lima, 5 de agosto del 2019 VISTO: El Expediente Nº 19-076259-001, que contiene los Memorando Nºs. 744-2019-DG-CENARES-MINSA y 813-2019-DG-CENARES-MINSA, emitidos por el Centro Nacional de Abastecimiento de Recursos Estratégicos en Salud - CENARES
Modifican la R.M. Nº 005-2019/MINSA en cuanto a la delegación de facultades al/a la Directora/a General del Centro Nacional de Abastecimiento de Recursos Estratégicos en Salud
RM 710-2019/MINSA
Lima, 5 de agosto del 2019
VISTO: El Expediente Nº 19-076259-001, que contiene los Memorando Nºs. 744-2019-DG-CENARES-MINSA y 813-2019-DG-CENARES-MINSA, emitidos por el Centro Nacional de Abastecimiento de Recursos Estratégicos en Salud - CENARES y los Informes Nºs. 99-2019-OOM-OGPPM/MINSA y 108-2019-OOM-OGPPM/MINSA de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización;
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 25 de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, establece que los Ministros de Estado pueden delegar en los funcionarios de su cartera ministerial, las facultades y atribuciones que no sean privativas a su función, siempre que la normatividad lo autorice;
Que, el numeral 78.1. del artículo 78 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado con Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS, establece que procede la delegación de competencia de un órgano a otro al interior de una misma entidad; precisando en su artículo 79, que el delegante tendrá siempre la obligación de vigilar la gestión del delegado;
TAMBIEN PUEDES VER: Nombramiento Cónsul Honorario Perú Ciudad Tiflis RS 125-2019-RE Relaciones Exteriores
Que, el numeral 85.1 del artículo 85 del mencionado Texto Único Ordenado establece que la titularidad y el ejercicio de competencia asignada a los órganos administrativos se desconcentran en otros órganos de la entidad, siguiendo los criterios establecidos en dicha Ley, además que la desconcentración de competencia puede ser vertical u horizontal: La primera es una forma organizativa de desconcentración de la competencia que se establece en atención al grado y línea del órgano que realiza las funciones, sin tomar en cuenta el aspecto geográfico; y la segunda es una forma organizativa de desconcentración de la competencia que se emplea con el objeto de expandir la cobertura de las funciones o servicios administrativos de una entidad;
Que, el numeral 47.1 del artículo 47 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 344-2018-EF, establece que los documentos del procedimiento de selección son las bases, las solicitudes de expresión de interés para Selección de Consultores Individuales, así como las solicitudes de cotización para Comparación de Precios, los cuales se utilizan atendiendo al tipo de procedimiento de selección;
MAS NORMAS LEGALES: Facultad Discrecional No Determinar Ni Sancionar RSNAA Superintendencia Nacional de Aduanas y de
Que, el numeral 47.4 del artículo 47 del precitado reglamento establece que, los documentos del procedimiento de selección son visados en todas sus páginas por los integrantes del comité de selección o el órgano encargado de las contrataciones, según corresponda, y son aprobados por el funcionario competente de acuerdo a las normas de organización interna de la Entidad;
Que, de acuerdo a lo establecido en el artículo 121 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2017-SA, modificado por Decretos Supremos Nºs. 011-2017-SA
y 032-2017-SA, el Centro Nacional de Abastecimiento de Recursos Estratégicos en Salud - CENARES es el órgano desconcentrado del Ministerio de Salud, dependiente del Viceministerio de Prestaciones y Aseguramiento en Salud, competente en materia de homologación, programación de necesidades, programación y desarrollo del abastecimiento, almacenamiento y distribución de los recursos estratégicos en salud;
Que, mediante Resolución Ministerial Nº 005-2019/ MINSA, modificada por Resolución Ministerial Nº 043-2019/MINSA, Resolución Ministerial Nº 371-2019/MINSA
y Resolución Ministerial Nº 524-2019/MINSA, se delega en diversos funcionarios del Ministerio de Salud, aquellas facultades y atribuciones que no sean privativas del/de la Ministro/a de Salud, conforme a lo establecido por la Ley
Nº 29158;
Que, a través de los Memorandos Nºs. 744-2019-DG-CENARES-MINSA y 813-2019-DG-CENARES-MINSA, el Centro Nacional de Abastecimiento de Recursos Estratégicos en Salud - CENARES, solicita la modificación de la Resolución Ministerial Nº 005-2019/MINSA
modificada por Resolución Ministerial Nº 043-2019/MINSA, Resolución Ministerial Nº 371-2019/MINSA y Resolución Ministerial Nº 524-2019/MINSA, a fin que se le delegue la facultad correspondiente para aprobar los documentos del procedimiento de selección correspondientes entre otros, a las contrataciones directas, en el marco de lo dispuesto en el numeral 47.1 del artículo 47 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado Que, mediante Informes Nºs. 99-2019-OOM-OGPPM/ MINSA y 108-2019-OOM-OGPPM/MINSA, la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización emite opinión favorable respecto de la solicitud de delegación formulada por el Centro Nacional de Abastecimiento de Recursos Estratégicos en Salud - CENARES, señalando que la misma tiene coherencia con sus funciones establecidas en el Reglamento de Organización y Funciones del MINSA y en el Manual de Operaciones del CENARES;
Con el visado de la Directora General de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, de la Directora General de la Oficina General de Asesoría Jurídica, de la Secretaria General, del Viceministro de Prestaciones y Aseguramiento en Salud; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, en el Decreto Legislativo Nº 1161, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, modificada por Ley Nº 30895, y en el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2017-SA, modificado por Decretos Supremos Nºs. 011-2017-SA
y 032-2017-SA;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Modificar el literal e) del artículo 7 de la Resolución Ministerial Nº 005-2019/MINSA, modificada por Resolución Ministerial Nº 043-2019/MINSA, Resolución Ministerial Nº 371-2019/MINSA y Resolución Ministeriual Nº 524-2019/MINSA, en los siguientes términos:
"Artículo 7.- Delegación de facultades al/a la Directora/a General del Centro Nacional de Abastecimiento de Recursos Estratégicos en Salud Delegar durante el año fiscal 2019, al/a la Directora/a General del Centro Nacional de Abastecimiento de Recursos Estratégicos en Salud, las siguientes facultades en materia de contrataciones del Estado de la Unidad Ejecutora 124: Centro Nacional de Abastecimiento de Recursos Estratégicos en Salud: (...)
e) Aprobar los documentos del procedimiento de selección que corresponda para Licitaciones Públicas, Concursos Públicos, Adjudicaciones Simplificadas, Subastas Inversas Electrónicas, Selección de Consultores Individuales, Comparación de Precios y Contrataciones Directas".
Artículo 2.- Publicación en el Portal Institucional Encargar a la Oficina de Transparencia y Anticorrupción de la Secretaría General, la publicación de la presente Resolución Ministerial en el portal institucional del Ministerio de Salud.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
ELIZABETH ZULEMA TOMÁS GONZÁLES
Ministra de Salud
NORMA LEGAL:
- Titulo: RM 710-2019/MINSA Modifican la R.M. Nº 005-2019/MINSA en cuanto a la delegación de facultades al/a la Directora/a General del Centro Nacional de Abastecimiento de Recursos Estratégicos en Salud
- Tipo de norma : RESOLUCIÓN MINISTERIAL
- Numero : 710-2019/MINSA
- Emitida por : Salud - Poder Ejecutivo
- Fecha de emision : 2019-08-06
- Fecha de aplicacion : 2019-08-07
Compartir
Recomendado
Legislacion por entidad
Poder Ejecutivo
Organos Autonomos
Organismos Tecnicos Especializados
Transportes y Comunicaciones
Jurado Nacional de Elecciones
Economia y Finanzas
Poder Judicial
Energia y Minas
Salud
Defensa
Relaciones Exteriores
Educacion
Gobiernos Regionales
Organismos Ejecutores
Superintendencia de Banca Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones
Advertencia
Este es un portal de ayuda a quienes desean leer las nuevas normas legales del Perú.
Si encuentra algun texto que no deberia estar en este portal, escriba un mensaje a elperulegal@gmail.com para que sea retirado.
Propósito:
El propósito de "El Peru Legal" es mostrar las normas legales que proporcionan las entidades del Estado del Perú para buscar información relativa a decretos, leyes, resoluciones, directivas.
Propósito:
El propósito de "El Peru Legal" es mostrar las normas legales que proporcionan las entidades del Estado del Perú para buscar información relativa a decretos, leyes, resoluciones, directivas.
Boletin de Normas legales
Leyes más importantes
Archivo legal
- marzo 2025 (54)
- febrero 2025 (109)
- enero 2025 (85)
- diciembre 2024 (89)
- noviembre 2024 (69)
- octubre 2024 (93)
- septiembre 2024 (66)
- agosto 2024 (88)
- julio 2024 (73)
- junio 2024 (21)
- diciembre 2023 (88)
- noviembre 2023 (208)
- octubre 2023 (225)
- septiembre 2023 (228)
- agosto 2023 (65)
- julio 2023 (106)
- junio 2023 (99)
- mayo 2023 (106)
- abril 2023 (122)
- marzo 2023 (144)
- febrero 2023 (133)
- enero 2023 (111)
- diciembre 2022 (108)
- noviembre 2022 (29)
- octubre 2022 (108)
- septiembre 2022 (141)
- agosto 2022 (139)
- julio 2022 (63)
- junio 2022 (40)
- mayo 2022 (113)
- abril 2022 (87)
- marzo 2022 (103)
- febrero 2022 (110)
- enero 2022 (90)
- diciembre 2021 (146)
- noviembre 2021 (58)
- octubre 2021 (95)
- septiembre 2021 (108)
- agosto 2021 (216)
- julio 2021 (188)
- junio 2021 (59)
- enero 2021 (31)
- diciembre 2020 (211)
- noviembre 2020 (395)
- octubre 2020 (519)
- septiembre 2020 (353)
- agosto 2020 (389)
- julio 2020 (410)
- junio 2020 (398)
- mayo 2020 (336)
- abril 2020 (43)
- marzo 2020 (105)
- febrero 2020 (341)
- enero 2020 (406)
- diciembre 2019 (519)
- noviembre 2019 (438)
- octubre 2019 (331)
- septiembre 2019 (315)
- agosto 2019 (377)
- julio 2019 (379)
- junio 2019 (371)
- mayo 2019 (317)
- abril 2019 (347)
- marzo 2019 (492)
- febrero 2019 (474)
- enero 2019 (483)
- diciembre 2018 (485)
- noviembre 2018 (490)
- octubre 2018 (465)
- septiembre 2018 (486)
- agosto 2018 (498)
- julio 2018 (323)
- junio 2018 (416)
- mayo 2018 (513)
- abril 2018 (365)
- marzo 2018 (524)
- febrero 2018 (404)
- enero 2018 (444)
- diciembre 2017 (540)
- noviembre 2017 (452)
- octubre 2017 (396)
- septiembre 2017 (418)
- agosto 2017 (447)
- julio 2017 (471)
- junio 2017 (463)
- mayo 2017 (456)
- abril 2017 (401)
- marzo 2017 (532)
- febrero 2017 (462)
- enero 2017 (435)
- diciembre 2016 (492)
- noviembre 2016 (435)
- octubre 2016 (388)
- septiembre 2016 (1)
- agosto 2016 (233)
- julio 2016 (271)
- junio 2016 (340)
- mayo 2016 (470)
- abril 2016 (357)
- marzo 2016 (371)
- febrero 2016 (296)
- enero 2016 (399)
- diciembre 2015 (386)
- noviembre 2015 (67)
- octubre 2015 (252)
- septiembre 2015 (429)
- agosto 2015 (415)
- julio 2015 (461)
- junio 2015 (543)
- mayo 2015 (486)
- abril 2015 (357)
- marzo 2015 (429)
- febrero 2015 (426)
- enero 2015 (503)
- diciembre 2014 (540)
- noviembre 2014 (625)
- octubre 2014 (644)
- septiembre 2014 (616)
- agosto 2014 (687)
- julio 2014 (542)
- junio 2014 (431)
- mayo 2014 (376)
- abril 2014 (316)
- marzo 2014 (507)
- febrero 2014 (426)
- enero 2014 (608)
- diciembre 2013 (841)
- noviembre 2013 (660)
- octubre 2013 (734)
- septiembre 2013 (636)
- agosto 2013 (591)
- julio 2013 (707)
- junio 2013 (687)
- mayo 2013 (941)
- abril 2013 (871)
- marzo 2013 (940)
- febrero 2013 (891)
- enero 2013 (692)