8/06/2019
Plan Integral Reconstrucción Con Cambios Aprobado RDE PCM
Poder Ejecutivo, Presidencia del Consejo de Ministros Modifican el Plan Integral de la Reconstrucción con Cambios aprobado mediante Decreto Supremo Nº 091-2017-PCM y aprueban otras disposiciones RDE 00064-2019-RCC/DE Lima, 5 de agosto de 2019 VISTOS: El Acuerdo Nº 1 de la Quincuagésima Novena Sesión de Directorio de la Autoridad para la Reconstrucción con Cambios, el Informe Nº 361-2019-RCC/GPE, el Informe Nº 362-2019-RCC/GPE, el Informe Nº 363-2019-RCC/GPE,
Modifican el Plan Integral de la Reconstrucción con Cambios aprobado mediante Decreto Supremo Nº 091-2017-PCM y aprueban otras disposiciones
RDE 00064-2019-RCC/DE
Lima, 5 de agosto de 2019
VISTOS: El Acuerdo Nº 1 de la Quincuagésima Novena Sesión de Directorio de la Autoridad para la Reconstrucción con Cambios, el Informe Nº 361-2019-RCC/GPE, el Informe Nº 362-2019-RCC/GPE, el Informe Nº 363-2019-RCC/GPE, el 409-2019-RCC/GPE, el Informe Nº 415-2019-RCC/GL, el Informe Nº 437-2019-RCC/GL, el Informe Nº 433-2019-RCC/GPE y el Informe
Nº 456-2019-RCC/GL;
CONSIDERANDO:
Que, la Ley Nº 30556 aprueba disposiciones de carácter extraordinario para las intervenciones del Gobierno Nacional frente a desastres y dispone la creación de la Autoridad para la Reconstrucción con Cambios (en adelante la Autoridad), como una entidad adscrita a la Presidencia del Consejo de Ministros, de carácter excepcional y temporal, encargada de liderar e implementar el Plan Integral para la Reconstrucción con Cambios;
Que, mediante Decreto Legislativo Nº 1354, al amparo de la Ley Nº 30776, se modifica la Ley Nº 30556, declarando prioritaria, de interés nacional y de necesidad pública la implementación del Plan Integral para la Reconstrucción con Cambios (en adelante el Plan), con enfoque de gestión del riesgo de desastres, para la reconstrucción y construcción de la infraestructura pública y viviendas afectadas por desastres naturales con un nivel de emergencia 4 y 5, así como para la implementación de soluciones integrales de prevención;
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Que, mediante el Decreto Supremo Nº 094-2018-PCM, se aprueba el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 30556, y a través del Decreto Supremo Nº 003-2019-PCM, se aprueba su Reglamento;
Que, el numeral 2.2 del artículo 2 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 30556, señala que mediante Acuerdo de Directorio de la Autoridad se aprueban las modificaciones del Plan, las cuales se sujetan al cumplimiento de las reglas fiscales, tales modificaciones pueden incluir el cambio de Entidad Ejecutora, el cual se comunica a éstas. Dicho Acuerdo es formalizado mediante Resolución de Dirección Ejecutiva de la Autoridad, la misma que debe ser publicada en el Diario Oficial El Peruano y en el portal institucional de la Autoridad;
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Que, mediante Decreto Supremo Nº 091-2017-PCM
y sus modificatorias se aprobó el Plan, así como sus anexos, los cuales se encuentran publicados en el portal web Institucional de la Autoridad (www.rcc.gob.pe);
Que, según el Informe Nº 362-2019-RCC/GPE, la Gerencia de Planificación Estratégica de la Autoridad propone por las razones en él expuestas actualizar la metodología para la selección de entidades ejecutoras del Plan, prevista en su numeral 5.1;
Que, de acuerdo al Informe Nº 361-2019-RCC/GPE
y el Informe Nº 433-2019-RCC/GPE, la Gerencia de Planificación Estratégica de la Autoridad emite, en el marco de sus competencias, opinión técnica favorable para efectuar modificaciones a El Plan, relacionada a precisiones, exclusiones, inclusión y cambio de unidades ejecutoras de intervenciones de los sectores Saneamiento, Pistas y Veredas y Red Nacional - Carreteras, en el citado Plan;
Que, de acuerdo al Informe Nº 363-2019-RCC/ GPE, la Gerencia de Planificación Estratégica de la Autoridad emite, en el marco de sus competencias, opinión técnica favorable para efectuar modificaciones a El Plan, relacionada a precisiones y cambio de unidades ejecutoras de intervenciones de los sectores Transportes: Red Subnacional - Caminos, Agricultura, Pistas y Veredas, Educación y Saneamiento, en el citado Plan;
Que, de acuerdo al citado Informe Nº 363-2019-RCC/GPE, la Gerencia de Planificación Estratégica de la Autoridad emite, en el marco de sus competencias, opinión técnica favorable para efectuar la precisión de tres (03) intervenciones de la región Piura de acuerdo al Anexo Nº 06 "Fondos destinados para la prevención de inundaciones pluviales, fl uviales y movimiento de masas y Entidades Ejecutoras" del Sector Agricultura y el cambio de entidad ejecutora de una (01) intervención conforme al Anexo Nº 13 "Fondos destinados para la prevención de inundaciones pluviales, fl uviales y movimiento de masas y Entidades Ejecutoras" del Sector Agricultura;
Que, asimismo, según el Informe Nº 363-2019-RCC/GPE de la Gerencia de Planificación Estratégica de la Autoridad y el Informe Nº 415-2019-RCC/GL de la Gerencia Legal de la Autoridad se señala que es necesario dejar sin efecto el numeral 3 del Acuerdo Nº 1 de la Quincuagésima Quinta Sesión del Directorio de la Autoridad para la Reconstrucción con Cambios conforme al Anexo Nº 10, respecto de la exclusión de dos (2)
intervenciones con código ARCC 1759 y 2267;
Que, de acuerdo al Informe Nº 409-2019-RCC/GPE, la Gerencia de Planificación Estratégica de la Autoridad emite, en el marco de sus competencias, opinión técnica favorable para efectuar modificaciones a El Plan, relacionada a precisiones de intervenciones del sector Agricultura, en el citado Plan;
Que, mediante Acuerdo Nº 1 de la Quincuagésima Novena Sesión de Directorio de la Autoridad celebrada el 26 de julio de 2019, se aprobaron las modificaciones al Plan propuestas por la Gerencia de Planificación Estratégica y se autorizó al Director Ejecutivo de la Autoridad a formalizar dicho acuerdo mediante Resolución de Dirección Ejecutiva, la misma que debe ser publicada en el Diario Oficial El Peruano y en el portal institucional de la Autoridad;
De conformidad con lo establecido en el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 30556, Ley que aprueba disposiciones de carácter extraordinario para las intervenciones del Gobierno Nacional frente a desastres y que dispone la creación de la Autoridad; su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 003-2019-PCM;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Modifíquese la metodología contenida en el numeral "5.1. Metodología" del numeral "5. Selección de ejecutores" del Plan, según se detalla en el Anexo Nº 3 de la presente Resolución.
Artículo 2.- Precísese catorce (14) intervenciones del Sector Saneamiento, Pistas y Veredas y, Transportes:
Red Nacional - Carreteras, cuyos costos referenciales ascienden a la suma de S/ 3 764 104 y diez (10)
intervenciones del Sector Transportes: Red Subnacional - Caminos, cuyos costos referenciales ascienden a la suma de S/ 68 081 378, las cuales se detallan en los Anexos Nº 04 y Nº 05 de la presente Resolución.
Artículo 3.- Precísese el cuadro "Fondos destinados para la prevención de inundaciones pluviales, fl uviales y movimiento de masas y Entidades Ejecutoras" del Sector Agricultura, conforme a lo detallado en el Anexo Nº 06 de la presente Resolución.
Artículo 4.- Precísese doce (12) intervenciones del Sector Agricultura, cuyos costos referenciales ascienden a S/ 13 621 657, las cuales se detallan en el Anexo Nº 07 de la presente Resolución.
Artículo 5.- Exclúyanse ciento setenta y siete (177)
intervenciones en el Sector Saneamiento y, Pistas y Veredas, cuyo costo referencial asciende a la suma de S/ 360 916 934, de acuerdo a lo señalado en el Anexo Nº 08 de la presente Resolución.
Artículo 6.- Inclúyase una (01) intervención en el Sector Pistas y Veredas, cuyo costo referencial asciende
a la suma de S/ 20 048 000, tal como se señala en el Anexo Nº 09 de la presente Resolución.
Artículo 7.- Déjese sin efecto el numeral 1.1.3 del Acuerdo Nº 1 de la Quincuagésima Quinta Sesión del Directorio de la Autoridad para la Reconstrucción con Cambios, según se detalla en el Anexo Nº 10 de la presente Resolución.
Artículo 8.- Modifíquese el Plan Integral de la Reconstrucción con Cambios aprobado mediante Decreto Supremo Nº 091-2017-PCM y modificatorias, a fin de efectuar el cambio de entidad ejecutora de para sesenta y ocho (68) intervenciones en el Sector Saneamiento, Transportes: Red Nacional - Carreteras y, Pistas y Veredas, cuyos costos referenciales ascienden a la suma de S/ 44 438 825 y sesenta y seis (66) intervenciones en el Sector Agricultura, Pistas y Veredas, Transportes:
Red Subnacional - Caminos, Educación y, Saneamiento, cuyos costos referenciales ascienden a la suma de S/ 53
552 771, según se detallan en los Anexos Nº 11 y Nº 12 de la presente Resolución.
Artículo 9.- Modifíquese el Plan Integral de la Reconstrucción con Cambios aprobado mediante Decreto Supremo Nº 091-2017-PCM y modificatorias, a fin de efectuar el cambio de entidad ejecutora de una (01)
intervención a favor de la Municipalidad Provincial de Ascope, el mismo que se detalla en el cuadro "Fondos destinados para la prevención de inundaciones pluviales, fl uviales y movimiento de masas y Entidades Ejecutoras" del Sector Agricultura, conforme al Anexo Nº 13 de la presente Resolución.
Artículo 10.- Los Anexos de la presente Resolución, serán publicados por la Gerencia de Comunicación Estratégica en el portal web institucional de la Autoridad para la Reconstrucción con Cambios (www.rcc.gob.pe), el mismo día de la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano Artículo 11.- La presente resolución entra en vigencia el día de su publicación en el Diario Oficial El Peruano.
Artículo 12.- Encargar a la Gerencia Administrativa la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
NELSON CHUI MEJIA
Director Ejecutivo Autoridad para la Reconstrucción con Cambios
NORMA LEGAL:
- Titulo: RDE 00064-2019-RCC/DE Modifican el Plan Integral de la Reconstrucción con Cambios aprobado mediante Decreto Supremo Nº 091-2017-PCM y aprueban otras disposiciones
- Tipo de norma : RESOLUCIÓN DE DIRECCIÓN EJECUTIVA
- Numero : 00064-2019-RCC/DE
- Emitida por : Presidencia del Consejo de Ministros - Poder Ejecutivo
- Fecha de emision : 2019-08-06
- Fecha de aplicacion : 2019-08-07
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