3/12/2014

RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 088-2014-MC Amplían facultades delegadas en el Jefe y/o Responsable de la

Amplían facultades delegadas en el Jefe y/o Responsable de la Unidad Ejecutora 002: MC - Cusco mediante R.M. N° 009-2014-MC, para que califique y apruebe Proyectos de Investigación Arqueológica (PIA) vinculados a la ejecución de Proyectos de Inversión Pública RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 088-2014-MC Lima, 6 de marzo de 2014 Visto, el Informe N° 129-2013-DDC-CUS/MC y el Informe N° 033-2014-DDC-CUS/MC de la Dirección Desconcentrada de Cultura de Cusco, el Informe N° 565-2013-OGAJ-SG/MC de la Oficina General de Asesoría Jurídica,
Amplían facultades delegadas en el Jefe y/o Responsable de la Unidad Ejecutora 002: MC - Cusco mediante R.M. N° 009-2014-MC, para que califique y apruebe Proyectos de Investigación Arqueológica (PIA) vinculados a la ejecución de Proyectos de Inversión Pública
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 088-2014-MC
Lima, 6 de marzo de 2014
Visto, el Informe N° 129-2013-DDC-CUS/MC y el Informe N° 033-2014-DDC-CUS/MC de la Dirección Desconcentrada de Cultura de Cusco, el Informe N° 565-2013-OGAJ-SG/MC de la Oficina General de Asesoría Jurídica, el Informe N° 317-2013-DGPA-VMPCIC/MC de la Dirección General de Patrimonio Arqueológico Inmueble y el Informe N° 097-2014-OGPP-SG/MC de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, y;

CONSIDERANDO:

Que, el último párrafo del artículo 25 de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, dispone que los Ministros de Estado pueden delegar, en los funcionarios de su cartera ministerial, las facultades que no sean privativas a su función y siempre que la normatividad lo autorice;

Que, el Reglamento de Investigaciones Arqueológicas, aprobado mediante Resolución Suprema N° 004-2000-ED, establece que la investigación arqueológica en el Perú es de interés social y científico, correspondiendo su promoción, autorización y supervisión a través del Instituto Nacional de Cultura, hoy Ministerio de Cultura;

Que, mediante Resolución Ministerial N° 009-2014-MC de fecha 10 de enero de 2014, se le delegó al Jefe y/o responsable de la Unidad Ejecutora 002: MC-Cusco las facultades para autorizar la elaboración de expedientes técnicos o estudios definitivos y la ejecución de los Proyectos de Inversión Pública (PIP) declarados viables;
aprobar los expedientes técnicos de proyectos de inversión pública para su ejecución, previa opinión técnica favorable del área técnica competente; aprobar la liquidación de los proyectos de inversión pública, entre otros; todas ellas ejercidas dentro del ámbito de su competencia y bajo la supervisión de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto;

Que, teniendo en consideración las normas citadas en los considerandos precedentes y con el propósito de lograr una mayor fiuidez en los proyectos de inversión pública a cargo de la Unidad Ejecutora 002: MC-Cusco, es conveniente ampliar las facultades otorgadas a dicha Unidad Ejecutora, a efectos que pueda calificar y aprobar los Proyectos de Investigación Arqueológica (PIA) que constituyan un componente integrante de los Proyectos de Inversión Pública;

Con el visado del Viceministro de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales, del Secretario General, del Director General (e) de la Dirección General de Patrimonio Arqueológico Inmueble, del Director de la Oficina de Planificación Presupuesto, actualmente Oficina General de Planeamiento y Presupuesto y del Director General de la Oficina General de Asesoría Jurídica, y;

De conformidad con lo establecido en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; la Ley N° 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura; la Ley N° 30114, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014; el Decreto Legislativo N° 1017, Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 184-2008-EF; la Ley N° 27293, Ley del Sistema Nacional de Inversión Pública; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura, aprobado por Decreto Supremo N° 005-2013-MC; y, el Reglamento de Investigaciones Arqueológicos, aprobado por Resolución Suprema N° 004-2000-ED;

SE RESUELVE:

Artículo 1°.- Ampliar las facultades delegadas en el Jefe y/o Responsable de la Unidad Ejecutora 002: MC
– Cusco otorgadas mediante Resolución Ministerial N° 009-2014-MC, para que califique y apruebe los Proyectos de Investigación Arqueológica (PIA), que estén vinculados a la ejecución de Proyectos de Inversión Pública, durante el Ejercicio Fiscal 2014.

Artículo 2°.- Disponer que la Dirección General de Patrimonio Arqueológico Inmueble supervise la actuación de la Unidad Ejecutora 002: MC - Cusco, respecto de las acciones referidas en el artículo 1 de la presente resolución, pudiendo solicitar a la referida Unidad Ejecutora la adopción de las medidas preventivas y/o correctivas que estime pertinentes.

Artículo 3°.- La ampliación de delegación de facultades, así como la asignación de responsabilidades a que se refiere la presente resolución, comprende las atribuciones de decidir y resolver, pero no exime de la obligación de cumplir con los requisitos técnicos y legales establecidos en el Reglamento de Investigaciones Arqueológicas, aprobado mediante Resolución Suprema
N° 004-2000-ED.

Artículo 4°.- El Jefe y/o Responsable de la Unidad Ejecutora 002: MC-Cusco, deberá remitir un informe al Despacho Ministerial, el último día hábil de cada trimestre, sobre el ejercicio de las facultades delegadas mediante la presente resolución.

Artículo 5°.- Remitir copia de la presente resolución al Viceministerio de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales y a la Unidad Ejecutora 002: MC – Cusco, a la Dirección General de Patrimonio Arqueológico Inmueble y a la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

DIANA ÁLVAREZ CALDERÓN
Ministra de Cultura

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