2/16/2015

RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 052-2015/MINSA Aprueban Metas e Indicadores de Desempeño del Ministerio

Aprueban Metas e Indicadores de Desempeño del Ministerio de Salud para el año 2015 RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 052-2015/MINSA Lima, 30 de enero del 2015 Visto, el Expediente N° 14-115822-014 que contiene el Informe N° 143-2014-OGPP-OPGI/MINSA, elaborado por la Oficina de Planeamiento y Gestión Institucional de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de Salud; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo N° 027-2007-PCM, se definen y establecen las Políticas Nacionales de obligatorio cumplimiento
Aprueban Metas e Indicadores de Desempeño del Ministerio de Salud para el año 2015
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 052-2015/MINSA
Lima, 30 de enero del 2015
Visto, el Expediente N° 14-115822-014 que contiene el Informe N° 143-2014-OGPP-OPGI/MINSA, elaborado por la Oficina de Planeamiento y Gestión Institucional de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de Salud; y,
CONSIDERANDO:

Que, mediante Decreto Supremo N° 027-2007-PCM, se definen y establecen las Políticas Nacionales de obligatorio cumplimiento para las entidades del Gobierno Nacional, a fin de que el conjunto de las instituciones y funcionarios públicos impulsen transversalmente su promoción y ejecución en adición al cumplimiento de las políticas sectoriales;

Que, a través del Decreto Supremo N° 086-2010-PCM se incorpora el numeral 13 al artículo 2° del Decreto Supremo N° 027-2007-PCM, aprobando la Política Nacional en materia de Servicio Civil;

Que, mediante Decreto Supremo N° 052-2011-PCM
se modifica el sub numeral 9.1 del numeral 9 del artículo 2° del Decreto Supremo N° 027-2007-PCM, que aprueba las Políticas Nacionales en materia de Empleo y MYPE;

Que, con Decreto Supremo N° 111-2012-PCM, se incorpora el numeral 14 al artículo 2° del Decreto Supremo N° 027-2007-PCM, aprobando la Política Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres;

Que, con Decreto Supremo N° 004-2013-PCM se aprobó la Política Nacional de Modernización de la Gestión Pública, norma que en su única disposición complementaria derogatoria establece la derogatoria del Decreto Supremo N° 025-2010-PCM – Política Nacional de Simplificación Administrativa – por cuanto sus objetivos han sido recogidos en la Política Nacional de Modernización de la Gestión Pública.

Que, el artículo 1° del Decreto Supremo N° 027-2007-PCM y sus modificatorias, establece que se entiende por Política Nacional, toda norma que con ese nombre emite el Poder Ejecutivo en su calidad de ente rector, con el propósito de definir objetivos prioritarios, lineamientos y contenidos principales de política pública, así como los estándares nacionales de cumplimiento y provisión que deben ser alcanzados para asegurar una adecuada prestación de los servicios y el normal desarrollo de las actividades;

Que, por su parte, el artículo 3° del citado Decreto Supremo señala que, mediante Resolución Ministerial del sector respectivo, se aprobarán dentro de los primeros quince días del mes de enero de cada año, las metas concretas y los indicadores de desempeño para evaluar semestralmente el cumplimiento de las Políticas Nacionales y Sectoriales de su competencia. Dichas metas deben corresponder a los programas multianuales y a sus estrategias de inversión y gasto social asociadas, conforme a lo establecido por el Ministerio de Economía y Finanzas en coordinación con los demás Ministerios, las cuales deberán ser debidamente publicadas;

Que, en atención a lo dispuesto en la mencionada normativa, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto solicitó a los organismos públicos adscritos al Sector Salud, así como a los órganos y unidades orgánicas del Ministerio de Salud, que en el ámbito de su competencia definan los indicadores y metas para el año 2015, conforme a lo dispuesto en el Decreto Supremo N° 027-2007-PCM y sus modificatorias;

Que, en virtud de ello y teniendo en cuenta la información proporcionada por los organismos públicos adscritos al sector, así como por los órganos y unidades orgánicas del Ministerio de Salud, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto elaboró los Indicadores de Desempeño para el año 2015, que deberá cumplir el Ministerio de Salud, los cuales se encuentran articulados a las Políticas Nacionales de obligatorio cumplimiento establecidas en el Decreto Supremo N° 027-2007-PCM y sus modificatorias;

Que, en virtud de ello, resulta necesario emitir el acto resolutivo correspondiente y aprobar los indicadores de desempeño para el año 2015, que se encuentran articulados a las Políticas Nacionales de obligatorio cumplimiento, aprobadas en el Decreto Supremo N° 027-2007-PCM y sus modificatorias, los cuales corresponden a los objetivos institucionales para el año establecidos para el Ministerio de Salud;

Estando a lo propuesto por la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto;

Con los visados del Director General de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, de la Directora General de la Oficina General de Asesoría Jurídica, de la Secretaria General, del Viceministro de Salud Pública y del Viceministro de Prestaciones y Aseguramiento en Salud;

De conformidad con lo previsto en el numeral 8 del artículo 25° de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, y en el Decreto Legislativo N° 1161, que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud;

SE RESUELVE:

Artículo 1°.- Aprobación de las Metas e Indicadores de Desempeño Aprobar las Metas e Indicadores de Desempeño del Ministerio de Salud para el año 2015, los que están articulados a las Políticas Nacionales de obligatorio cumplimiento para las entidades del Gobierno Nacional, establecidas en el Decreto Supremo N° 027-2007-PCM
y sus modificatorias, cuyo contenido se encuentra en el Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial.

Artículo 2.- Del seguimiento y evaluación Disponer que la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, a través de la Oficina de Planeamiento y Gestión Institucional, realice el seguimiento y evaluación de los Indicadores de Desempeño del Ministerio de Salud correspondientes al año 2015.

Artículo 3°.- De la publicación La presente Resolución Ministerial será publicada en el Diario Oficial "El Peruano" y el Anexo será publicado en el Portal Institucional del Ministerio de Salud, en la dirección:
http://www.minsa.gob.pe/transparencia/dge_normas.asp.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

ANÍBAL VELÁSQUEZ VALDIVIA
Ministro de Salud

Advertencia

Este es un portal de ayuda a quienes desean leer las nuevas normas legales del Perú. Si encuentra algun texto que no deberia estar en este portal, escriba un mensaje a elperulegal@gmail.com para que sea retirado.

Propósito:

El propósito de "El Peru Legal" es mostrar las normas legales que proporcionan las entidades del Estado del Perú para buscar información relativa a decretos, leyes, resoluciones, directivas.