Inicio
Últimas normas legales
Proyecto norma Técnica Operativa Prestación RAD 0146-2019-APN-DIR Autoridad Portuaria Nacional
1/08/2020
Proyecto norma Técnica Operativa Prestación RAD 0146-2019-APN-DIR Autoridad Portuaria Nacional
Organismos Tecnicos Especializados, Autoridad Portuaria Nacional Aprueban el proyecto de "Norma Técnica Operativa para la Prestación del Servicio Portuario Básico de Avituallamiento de Naves en las zonas portuarias" RAD 0146-2019-APN-DIR Callao, 30 de diciembre de 2019 VISTOS: El Informe Técnico Nº 0019-2019-APN-DOMA de fecha 29 de noviembre de 2019, el Memorando Nº 0578-2019-APN-DOMA de fecha 20 de diciembre de 2019, ambos emitidos por la Dirección de
Aprueban el proyecto de "Norma Técnica Operativa para la Prestación del Servicio Portuario Básico de Avituallamiento de Naves en las zonas portuarias"
RAD 0146-2019-APN-DIR
Callao, 30 de diciembre de 2019
VISTOS:
El Informe Técnico Nº 0019-2019-APN-DOMA de fecha 29 de noviembre de 2019, el Memorando Nº 0578-2019-APN-DOMA de fecha 20 de diciembre de 2019, ambos emitidos por la Dirección de Operaciones y Medio Ambiente y el Informe Legal Nº 0538-2019-APN-UAJ de fecha 20 de diciembre de 2019, elaborado por la Unidad de Asesoría Jurídica; y,
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 19 de la Ley Nº 27943 - Ley del Sistema Portuario Nacional (LSPN) crea la Autoridad Portuaria Nacional (APN), como Organismo Técnico Especializado encargado del Sistema Portuario Nacional, adscrito al Ministerio de Transportes y Comunicaciones, dependiente del Ministro, con personería jurídica de derecho público interno, patrimonio propio, y con autonomía administrativa, funcional, técnica, económica, y financiera, y facultad normativa por delegación del Ministro de Transportes y Comunicaciones;
Que, el literal j) del artículo 24 de la LSPN señala que la APN tiene la atribución de dictar normas técnico - operativas para el desarrollo y la prestación de las actividades y servicios portuarios, acorde con los principios de transparencia y libre competencia;
TAMBIEN PUEDES VER: Compromisos Metas Medios Verificación RM 009-2020-MIDIS Desarrollo e Inclusion Social
Que, el artículo 64 del Reglamento de la LSPN, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 003-2004-MTC, dispone que, los servicios portuarios se clasifican en servicios portuarios generales y servicios portuarios básicos; asimismo, el artículo 65 del citado reglamento define a los servicios portuarios básicos como aquellas actividades comerciales desarrolladas en los recintos portuarios que permiten la realización de las operaciones de tráfico portuario; considerando, a su vez, el avituallamiento como un servicio portuario básico cuando se preste en las zonas portuarias;
Que, el artículo 100 del mencionado Reglamento, establece que la APN, por delegación del MTC, cuenta con facultades normativas y reglamentarias en el ámbito de su competencia;
MAS NORMAS LEGALES: Metas Afiliación Temprana Niños Niñas Menores RM 008-2020-MIDIS Desarrollo e Inclusion Social
Que, mediante Resolución de Acuerdo de Directorio Nº 010-2011-APN-DIR de fecha 08 de junio de 2011, se aprobó la Norma Técnica Operativa para la Prestación del Servicio Portuario Básico de Avituallamiento de Naves en las zonas portuarias, en la cual se establecieron procedimientos específicos para la prestación del servicio de avituallamiento, así como los mecanismos de supervisión y control por parte de la APN, de acuerdo con el artículo 24 de la LSPN;
Que, el numeral 1 del artículo 14 del Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS que aprobó el "Reglamento que establece disposiciones relativas a la Publicidad, Publicación de Proyectos Normativos y Difusión de Normas Legales de Carácter General", señala que las entidades públicas dispondrán la publicación de los proyectos de normas de carácter general que sean de su competencia en el Diario Oficial "El Peruano", en el Portal Electrónico de la entidad o mediante cualquier otro medio, por un plazo no menor de treinta (30) días antes de la fecha prevista para su entrada en vigencia, con la finalidad de que las personas interesadas formulen comentarios sobre las medidas propuestas, por lo que, para el presente caso se requiere la publicación en mención;
Que, de acuerdo con el literal b) del numeral 5.1 de la Directiva Nº 010-2018-MTC/01 "Directiva que establece el procedimiento para realizar la publicación de proyectos normativos" aprobada por Resolución Ministerial Nº 977-2018-MTC/01, se debe publicar el referido proyecto normativo en el Portal Web del Sector por un plazo de 10 días hábiles;
Que, mediante Informe Técnico Nº 0019-2019-APN-DOMA de fecha 29 de noviembre de 2019, la Dirección de Operaciones y Medio Ambiente, señaló que la norma técnica operativa para la prestación del servicio de avituallamiento en zonas portuarias, actualmente vigente, presenta algunas atingencias, por lo que resulta necesaria su actualización;
Que, la actualización de la referida normativa técnica permitirá contar con la consignación de los servicios que se brindarán a la nave, previo a la prestación del servicio, a efectos de que se programen acciones de control y fiscalización; la consignación de la información brindada por los prestadores del servicio permitirá contar con información clara, precisa y oportuna en cada atención;
por otro lado, se establecen las obligaciones específicas a los prestadores del servicio, administradores portuarios y representantes de las naves;
Que, el proyecto normativo consta de 10
artículos, distribuidos en cinco capítulos, que detallan principalmente el objeto; se mejora la redacción del alcance de la norma y del artículo 6 respecto a las "Generalidades"; se incorpora las definiciones de "prestador de servicio y administrador portuario"; se incorpora en el numeral 8.9 la obligación de "Consignar a través de la plataforma que la Autoridad Portuaria disponga, cada servicio brindado en un plazo de dos (2) días hábiles al término de cada actividad"; de otro lado, se establecen las obligaciones específicas a los prestadores de servicio, administradores portuarios y representantes de las naves, entre otros;
Que, mediante Informe Legal Nº 0538-2019-APN-UAJ de fecha 20 de diciembre de 2019, la Unidad de Asesoría Jurídica considera que el presente proyecto normativo es legalmente viable; asimismo, concluye que es pertinente su aprobación y prepublicación por un plazo de treinta (30) días en el Diario Oficial "El Peruano" y en el Portal Web de la APN, y diez (10) días hábiles en el portal web del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, a efectos que la comunidad en general realice comentarios y observaciones;
Que, de conformidad con el numeral 19 del artículo 7 del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) es atribución y función del Directorio aprobar y modificar otros documentos técnicos normativos de gestión institucional, propuestos por el Gerente General de la APN;
Que, el Directorio de la APN en su Sesión Nº 515 de fecha 23 de diciembre de 2019, se acordó la aprobación del proyecto "Norma Técnica Operativa para la Prestación del Servicio Portuario Básico de Avituallamiento de Naves en las zonas portuarias", disponiendo su publicación en el Diario Oficial "El Peruano" y el portal institucional de la APN, a fin de recibir los comentarios de la comunidad portuaria y fortalecer el proyecto normativo;
Que, a efectos de materializar el acuerdo adoptado por el Directorio de la APN, resulta necesario emitir el acto de administración correspondiente;
De conformidad con la Ley Nº 27943, Ley del Sistema Portuario Nacional y su reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 003-2004-MTC y sus modificatorias, el Decreto Legislativo Nº 1278 que aprueba la Ley de Gestión Integral de Residuos Sólidos, el Reglamento de Organización y Funciones de la APN, aprobado con Decreto Supremo Nº 034-2004-MTC y el TUO de la Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Aprobar el proyecto de "Norma Técnica Operativa para la Prestación del Servicio Portuario Básico de Avituallamiento de Naves en las zonas portuarias", el mismo que forma parte integrante de la presente resolución.
Artículo 2.- Disponer que la Unidad de Relaciones Institucionales de la Autoridad Portuaria Nacional efectúe la publicación de la presente Resolución y del proyecto de la "Norma Técnica Operativa para la Prestación del Servicio Portuario Básico de Avituallamiento de Naves en las zonas portuarias" en el Diario Oficial "El Peruano" y en la página web de la Autoridad Portuaria Nacional, www.apn.gob.pe, durante el plazo de treinta (30) días, así como en el Portal Web del Ministerio de Transportes y Comunicaciones durante el plazo de diez (10) días hábiles, a efectos de recibir las sugerencias, comentarios o recomendaciones de la ciudadanía en general, contados a partir del día siguiente de la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial El Peruano.
Artículo 3º.- Designar a los señores Sergio Miguel Del Águila Alfaro, Director de Operaciones y Medio Ambiente de la Autoridad Portuaria Nacional y al Especialista de la mencionada Dirección, Richard Mitchell De la Cruz Caceda, para que acopien y compilen todas las observaciones y comentarios que realice la comunidad portuaria y personas interesadas, así como elaboren la matriz correspondiente y propongan los cambios o modificaciones necesarias al proyecto de norma técnica señalado en el artículo 1 de la presente resolución; en ese sentido, se habilita los correos electrónicos: sdelaguila@
apn.gob.pe y rdelacruz@apn.gob.pe para que por éste medio, se hagan llegar las observaciones y comentarios respectivos.
Artículo 4º.- Notificar la presente Resolución a la Dirección de Operaciones y Medio Ambiente de la Autoridad Portuaria Nacional, así como a todas las áreas involucradas.
Artículo 5º.- La presente norma entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial "El Peruano".
Regístrese, comuníquese y publíquese.
EDGAR PATIÑO GARRIDO
Presidente del Directorio
NORMA LEGAL:
- Titulo: RAD 0146-2019-APN-DIR Aprueban el proyecto de "Norma Técnica Operativa para la Prestación del Servicio Portuario Básico de Avituallamiento de Naves en las zonas portuarias"
- Tipo de norma : RESOLUCIÓN DE ACUERDO DE DIRECTORIO
- Numero : 0146-2019-APN-DIR
- Emitida por : Autoridad Portuaria Nacional - Organismos Tecnicos Especializados
- Fecha de emision : 2020-01-08
- Fecha de aplicacion : 2020-01-09
Compartir
Recomendado
Legislacion por entidad
Poder Ejecutivo
Organos Autonomos
Organismos Tecnicos Especializados
Transportes y Comunicaciones
Jurado Nacional de Elecciones
Economia y Finanzas
Poder Judicial
Energia y Minas
Salud
Defensa
Relaciones Exteriores
Educacion
Gobiernos Regionales
Organismos Ejecutores
Superintendencia de Banca Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones
Advertencia
Este es un portal de ayuda a quienes desean leer las nuevas normas legales del Perú.
Si encuentra algun texto que no deberia estar en este portal, escriba un mensaje a elperulegal@gmail.com para que sea retirado.
Propósito:
El propósito de "El Peru Legal" es mostrar las normas legales que proporcionan las entidades del Estado del Perú para buscar información relativa a decretos, leyes, resoluciones, directivas.
Propósito:
El propósito de "El Peru Legal" es mostrar las normas legales que proporcionan las entidades del Estado del Perú para buscar información relativa a decretos, leyes, resoluciones, directivas.
Boletin de Normas legales
Leyes más importantes
Archivo legal
- marzo 2025 (54)
- febrero 2025 (109)
- enero 2025 (85)
- diciembre 2024 (89)
- noviembre 2024 (69)
- octubre 2024 (93)
- septiembre 2024 (66)
- agosto 2024 (88)
- julio 2024 (73)
- junio 2024 (21)
- diciembre 2023 (88)
- noviembre 2023 (208)
- octubre 2023 (225)
- septiembre 2023 (228)
- agosto 2023 (65)
- julio 2023 (106)
- junio 2023 (99)
- mayo 2023 (106)
- abril 2023 (122)
- marzo 2023 (144)
- febrero 2023 (133)
- enero 2023 (111)
- diciembre 2022 (108)
- noviembre 2022 (29)
- octubre 2022 (108)
- septiembre 2022 (141)
- agosto 2022 (139)
- julio 2022 (63)
- junio 2022 (40)
- mayo 2022 (113)
- abril 2022 (87)
- marzo 2022 (103)
- febrero 2022 (110)
- enero 2022 (90)
- diciembre 2021 (146)
- noviembre 2021 (58)
- octubre 2021 (95)
- septiembre 2021 (108)
- agosto 2021 (216)
- julio 2021 (188)
- junio 2021 (59)
- enero 2021 (31)
- diciembre 2020 (211)
- noviembre 2020 (395)
- octubre 2020 (519)
- septiembre 2020 (353)
- agosto 2020 (389)
- julio 2020 (410)
- junio 2020 (398)
- mayo 2020 (336)
- abril 2020 (43)
- marzo 2020 (105)
- febrero 2020 (341)
- enero 2020 (406)
- diciembre 2019 (519)
- noviembre 2019 (438)
- octubre 2019 (331)
- septiembre 2019 (315)
- agosto 2019 (377)
- julio 2019 (379)
- junio 2019 (371)
- mayo 2019 (317)
- abril 2019 (347)
- marzo 2019 (492)
- febrero 2019 (474)
- enero 2019 (483)
- diciembre 2018 (485)
- noviembre 2018 (490)
- octubre 2018 (465)
- septiembre 2018 (486)
- agosto 2018 (498)
- julio 2018 (323)
- junio 2018 (416)
- mayo 2018 (513)
- abril 2018 (365)
- marzo 2018 (524)
- febrero 2018 (404)
- enero 2018 (444)
- diciembre 2017 (540)
- noviembre 2017 (452)
- octubre 2017 (396)
- septiembre 2017 (418)
- agosto 2017 (447)
- julio 2017 (471)
- junio 2017 (463)
- mayo 2017 (456)
- abril 2017 (401)
- marzo 2017 (532)
- febrero 2017 (462)
- enero 2017 (435)
- diciembre 2016 (492)
- noviembre 2016 (435)
- octubre 2016 (388)
- septiembre 2016 (1)
- agosto 2016 (233)
- julio 2016 (271)
- junio 2016 (340)
- mayo 2016 (470)
- abril 2016 (357)
- marzo 2016 (371)
- febrero 2016 (296)
- enero 2016 (399)
- diciembre 2015 (386)
- noviembre 2015 (67)
- octubre 2015 (252)
- septiembre 2015 (429)
- agosto 2015 (415)
- julio 2015 (461)
- junio 2015 (543)
- mayo 2015 (486)
- abril 2015 (357)
- marzo 2015 (429)
- febrero 2015 (426)
- enero 2015 (503)
- diciembre 2014 (540)
- noviembre 2014 (625)
- octubre 2014 (644)
- septiembre 2014 (616)
- agosto 2014 (687)
- julio 2014 (542)
- junio 2014 (431)
- mayo 2014 (376)
- abril 2014 (316)
- marzo 2014 (507)
- febrero 2014 (426)
- enero 2014 (608)
- diciembre 2013 (841)
- noviembre 2013 (660)
- octubre 2013 (734)
- septiembre 2013 (636)
- agosto 2013 (591)
- julio 2013 (707)
- junio 2013 (687)
- mayo 2013 (941)
- abril 2013 (871)
- marzo 2013 (940)
- febrero 2013 (891)
- enero 2013 (692)