12/31/2020

Plan Transmisión 2021 2030 RM 422-2020-MINEM/DM Energia y Minas

Poder Ejecutivo, Energia y Minas Aprueban el Plan de Transmisión 2021-2030 RM 422-2020-MINEM/DM Lima, 30 de diciembre de 2020 VISTOS: El documento con registro Nº 3085733; el Memorando Nº 00545-2020/MINEM-VME del Viceministerio de Electricidad; el Informe Técnico Nº 0067-2020/MINEM-DGE-DEPE y el Informe Nº 0365-2020/MINEM-DGE elaborados por la Dirección General de Electricidad; y el Informe 950-2020-MINEM/OGAJ elaborado por la Oficina General
Poder Ejecutivo, Energia y Minas
Aprueban el Plan de Transmisión 2021-2030
RM 422-2020-MINEM/DM
Lima, 30 de diciembre de 2020
VISTOS: El documento con registro Nº 3085733;
el Memorando Nº 00545-2020/MINEM-VME del Viceministerio de Electricidad; el Informe Técnico Nº 0067-2020/MINEM-DGE-DEPE y el Informe Nº 0365-2020/MINEM-DGE elaborados por la Dirección General de Electricidad; y el Informe 950-2020-MINEM/OGAJ
elaborado por la Oficina General de Asesoría Jurídica;

CONSIDERANDO:



Que, de acuerdo a lo establecido en el artículo 21 de la Ley Nº 28832, Ley para asegurar el desarrollo eficiente de la Generación Eléctrica (en adelante, Ley Nº 28832), el desarrollo del Sistema Garantizado de Transmisión se realiza conforme al Plan de Transmisión, el cual tiene carácter vinculante para las decisiones de inversión que se adopten durante su vigencia y es aprobado por el Ministerio de Energía y Minas (en adelante, MINEM) con la opinión previa del Organismo Supervisor de la Inversión en Energía y Minería (en adelante, Osinergmin);

Que, en el artículo 1 de la Ley Nº 28832 se define al Plan de Transmisión como el estudio periódico que identifica, mediante un análisis centralizado, los requerimientos de equipamiento de transmisión necesarios para mantener o mejorar la calidad, fiabilidad, seguridad o economía del sistema para un horizonte no mayor de diez (10) años;

precisando que tal estudio tiene como producto un plan recomendado de obras de transmisión que considere los diversos escenarios de la expansión de la generación y de crecimiento de la demanda futura, el cronograma de ejecución y la asignación de las compensaciones para su remuneración;

Que, mediante el Decreto Supremo Nº 023-2020-EM, se incorpora la Sexta Disposición Transitoria al Reglamento de Transmisión aprobado por el Decreto Supremo Nº 027-2007-EM, que establece las condiciones que deben cumplirse para la aprobación de la actualización del Plan de Transmisión 2021-2030, así como las acciones que correspondan a las diferentes entidades que participan en el proceso de su elaboración, revisión y aprobación;


Que, mediante Resolución Ministerial Nº 129-2009-MEM/DM el MINEM aprueba la Norma "Criterios y Metodología para la elaboración del Plan de Transmisión", la cual fue modificada mediante Resolución Ministerial Nº 051-2018-MEM/DM;

Que, mediante las cartas COES/D-539-y COES/D-538-de fecha 24 de agosto de 2020, el Comité de Operación Económica del Sistema Interconectado Nacional (en adelante, COES) presentó al MINEM y al Osinergmin, respectivamente, su propuesta inicial de Actualización del Plan de Transmisión 2021-2030 a fin de que dentro de la primera quincena de setiembre de 2020, Osinergmin verifique el cumplimiento de las políticas y criterios establecidos por el Ministerio;

Que, mediante Oficio Nº 631-2020-GRT de fecha 14 de setiembre de 2020, Osinergmin remite al COES
las observaciones a su propuesta inicial, para que en el plazo de veinticinco (25) días hábiles sean subsanadas y remitan su propuesta definitiva del Plan de Transmisión al MINEM y a Osinergmin, con los informes y cálculos de sustento, conforme se establece en el numeral 3 de la Sexta Disposición Transitoria al Reglamento de Transmisión incorporada por el artículo 1 del Decreto Supremo Nº 023-2020-EM;

Que, mediante documento COES/D-705-de 20 de octubre de 2020, el COES presentó al MINEM el Informe COES/DP-01-que contiene la propuesta definitiva del Plan de Transmisión 2021-2030 y los Informes COES/DP-04-y COES/DP-05-que contienen la subsanación de las observaciones formuladas por el Osinergmin a la propuesta inicial de Actualización del Plan de Transmisión 2021-2030; dichas observaciones, fueron remitidas al Osinergmin a través del documento COES/D- 706-de fecha 20 de octubre de 2020, a efectos de que Osinergmin emita su opinión sustentada conforme lo establece el numeral 4 de la Sexta Disposición Transitoria del Reglamento de Transmisión, incorporada por el artículo 1 del Decreto Supremo Nº 023-2020-EM;

Que, mediante Oficio Nº 845-2020-GRT de fecha 03 de noviembre de 2020, Osinergmin remitió al MINEM su opinión sobre la Propuesta Definitiva de Actualización del Plan de Transmisión 2021-2030 presentada por el COES, sustentada en el Informe Técnico N
o 550-2020-GRT;

Que, el literal g) del numeral 16.11.1 del artículo 16 de la Resolución Ministerial Nº 129-2009-MEM/DM, modificada por la Resolución Ministerial Nº 051-2018-MEM/DM, establece que Osinergmin comunicará las Instalaciones de Transmisión de Conexión (en adelante ITC) a incluir en los Proyectos Vinculantes del Plan de Transmisión, en las oportunidades establecidas en los numerales 17.3 y 17.4 del Reglamento de Transmisión;

Que, a través del Informe Técnico Nº 550-2020-GRT y del Oficio Nº 1045-2020-GRT con registro Nº 3097529 de fecha 27 de noviembre de 2020, Osinergmin comunica que los proyectos ITC a incluir en el Plan Vinculante de Transmisión son: (i) ITC Ampliación de la SE Planicie, ampliaciones y subestaciones asociadas, (ii)
ITC Enlace 220 kV Piura Nueva - Colán, ampliaciones y subestaciones asociadas, (iii) ITC SE Lambayeque Norte 220 kV con seccionamiento de las LT 220 kV Chiclayo Oeste - La Niña/Felam, ampliaciones y subestaciones
asociadas, (iv) ITC Enlace 220 kV Caclic - Jaén Norte (2
circuitos), ampliaciones y subestaciones asociadas y (v)
ITC Enlace 220 kV Belaunde Terry - Tarapoto Norte (2
circuitos), ampliaciones y subestaciones asociadas;

Que, habiéndose cumplido con las normas previstas para la elaboración, revisión y aprobación de la actualización del Plan de Transmisión 2021-2030, resulta procedente continuar con el proceso de aprobación de la Propuesta Definitiva presentada por el COES, considerando la revisión efectuada en los Informes de Vistos;

Que, conforme a lo establecido en el artículo 17.7 del Reglamento de Transmisión el MINEM está facultado para excluir del Plan de Transmisión los proyectos que así lo estime conveniente, previo sustento técnico sobre la imposibilidad de su implementación, debiendo acopiar la opinión previa del COES y Osinergmin;

Que, el MINEM a través del documento COES/D-757-de fecha 09 de noviembre de 2020, y del Oficio Nº 950-2020-GRT de fecha 19 de noviembre de 2020, ha recabado la opinión previa del COES y Osinergmin sobre los proyectos que deberán ser excluidos del Plan de Transmisión, conforme a los requisitos establecidos en el Reglamento de Transmisión;

Que, en atención a los documentos de Vistos;
corresponde que el MINEM apruebe el Plan de Transmisión 2021-2030, el mismo que estará vigente a partir del 01 de enero 2021 hasta el 31 de diciembre de 2022;

De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 28832, Ley para asegurar el desarrollo eficiente de la Generación Eléctrica, la Ley Nº 30705, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas; el Decreto Supremo Nº 027-2007-EM, que aprueba el Reglamento de Transmisión; el Decreto Supremo Nº 031-2007-EM, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas;

SE RESUELVE:



Artículo 1.- Aprobar el Plan de Transmisión 2021-2030, el mismo que estará vigente a partir del 01 de enero 2021 hasta el 31 de diciembre de 2022.

Artículo 2.- Los Proyectos Vinculantes que se incluyen en el Plan de Transmisión 2021-2030 aprobado, son los siguientes:

PLAN VINCULANTE DE TRANSMISIÓN AÑO
1. Proyecto Enlace 500 kV Huánuco - Tocache - Celendín -
Trujillo, ampliaciones y subestaciones asociadas:

2026
LT 500 kV Huánuco - Tocache - Celendín - Trujillo Nueva SE Tocache 500 kV
Nueva SE Celendín 500/220 kV
2. Proyecto Enlace 500 kV Celendín - Piura, ampliaciones y subestaciones asociadas:

2025
LT 500 kV Celendín - Piura 3. Proyecto Enlace 500 kV San José - Yarabamba, ampliaciones y subestaciones asociadas:

2024
LT 500 kV San José - Yarabamba 4. Proyecto Ampliación de la Transformación de la SE Montalvo 500/220 kV (2do transformador) y Enlace 220 kV Montalvo -
Moquegua (2do Circuito):

2024
LT 220 kV Montalvo - Moquegua Cambio de LT 220 kV Moquegua - Los Héroes a LT 220 kV
Montalvo - Los Héroes Ampliación de la SE Montalvo 500/220 kV (2do transformador)
5. Proyecto Ampliación de la Transformación de la SE Poroma 500/220 kV (2do transformador)
2024
Ampliación de la SE Poroma 500/220 kV (2do transformador)
6. Proyecto Enlace 220 kV Ica - Poroma, ampliaciones y subestaciones asociadas:

2024
LT 220 kV Ica - Intermedia - Poroma SE Intermedia 220 kV
Seccionamiento de la LT 220 kV Ica - Marcona en la SE Poroma
PLAN VINCULANTE DE TRANSMISIÓN AÑO
Proyectos de Instalaciones de Transmisión de Conexión (ITC) en el Horizonte Vinculante 7. Proyecto ITC Ampliación de la SE Planicie, ampliaciones y subestaciones asociadas:

2024
Ampliación de la SE Planicie 500/220 kV (2do transformador)
8. Proyecto ITC Enlace 220 kV Piura Nueva - Colán, ampliaciones y subestaciones asociadas:

2024
LT 220 kV Piura Nueva - Colán Nueva SE Colán 220/60 kV
LT 60 kV Colán - Paita Industrial LT 60 kV Colán - Paita 9. Proyecto ITC SE Lambayeque Norte 220 kV con seccionamiento de la LT 220 kV Chiclayo Oeste - La Niña/ Felam, ampliaciones y subestaciones asociadas:

2024
LT 220 kV Lambayeque Oeste - Lambayeque Norte (2 circuitos)
SE Lambayeque Oeste 220 kV
SE Lambayeque Norte 220/60 kV
10. Proyecto ITC Enlace 220 kV Cáclic - Jaén Norte (2
circuitos), ampliaciones y subestaciones asociadas:

2024
LT 220 kV Cáclic - Jaén Norte (2 circuitos)
SE Jaén Norte 220/60 kV
11. Proyecto ITC Enlace 220 kV Belaunde Terry - Tarapoto Norte (2 circuitos), ampliaciones y subestaciones asociadas:

2024
LT 220 kV Belaunde Terry - Tarapoto Norte (2 circuitos)
SE Tarapoto Norte 220/138 kV
LT 138 kV interconexiones Tarapoto Norte - Tarapoto Los Proyectos antes indicados cumplen con lo establecido en la Ley Nº 28832, Ley para asegurar el desarrollo eficiente de la Generación Eléctrica; el Reglamento de Transmisión aprobado por el Decreto Supremo Nº 027-2007-EM; Decreto Supremo Nº 023-2020-EM, que incorpora la Sexta Disposición Transitoria al Reglamento de Transmisión; y la Resolución Ministerial Nº 129-2009-MEM-DM que aprueba la Norma "Criterios y Metodología para la elaboración del Plan de Transmisión".

Artículo 3.- Retirar del Plan de Transmisión 2013-2022 aprobado mediante Resolución Ministerial Nº 583-2012-MEM/DM, del Plan de Transmisión 2015-2024
aprobado mediante Resolución Ministerial Nº 575-2014-MEM/DM y del Plan de Transmisión 2017-2026 aprobado mediante Resolución Ministerial Nº 562-2016-MEM/DM, los proyectos que a continuación se detallan:

NOMBRE DEL PROYECTO
RESOLUCIÓN
MINISTERIAL (RM)
PLAN DE
TRANSMISIÓN
Repotenciación de la L.T. 220 kV Trujillo - Cajamarca
RM Nº583-2012-MEM/DM
2013-2022
Repotenciación de la L.T. 220 kV
Pachachaca - Callahuanca Repotenciación de la L.T . 220 kV Pomacocha - San Juan Repotenciación a 250 MVA L.T. Oroya-Carhuamayo 220 kV
RM Nº575-2014-MEM/DM
2015-2024
Repotenciación a 250 MVA L.T. Mantaro - Huancavelica Esquema Especial de Protección del área Norte del SEIN
RM Nº562-2016-MEM/DM
2017-2026
Esquema Especial de Protección del área Centro-Oriente del SEIN
Artículo 4.- - Publíquese en el Portal Institucional del Ministerio de Energía y Minas (www.gob.pe/minem) los informes y cálculos de sustento del Plan de Transmisión aprobado mediante la presente Resolución.

Artículo 5.- Publíquese en el diario oficial El Peruano el resumen de la Propuesta Definitiva de Actualización de Plan Transmisión 2021-2030 contenido en el Informe Técnico Nº 0067-2020/MINEM-DGE-DEPE.

Artículo 6.- Los Agentes interesados en construir y operar las instalaciones comprendidas entre los Proyectos Vinculantes del Plan de Transmisión 2021-2030, contarán con un plazo no prorrogable de treinta (30)
días calendario a partir de la entrada en vigencia del Plan de Transmisión, para manifestar su interés en construir y operar dichas instalaciones, para lo cual deberán sujetarse a lo establecido en el artículo 4 del Reglamento de Transmisión aprobado mediante el Decreto Supremo
Nº 027-2007-EM.

Artículo 7.- La presente Resolución entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

JAIME GÁLVEZ DELGADO
Ministro de Energía y Minas

NORMA LEGAL:

  • Titulo: RM 422-2020-MINEM/DM Aprueban el Plan de Transmisión 2021-2030
  • Tipo de norma : RESOLUCIÓN MINISTERIAL
  • Numero : 422-2020-MINEM/DM
  • Emitida por : Energia y Minas - Poder Ejecutivo
  • Fecha de emision : 2020-12-30
  • Fecha de aplicacion : 2020-12-31

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