6/17/2017

DECRETO SUPREMO N° 177-2017-EF Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector

Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017 a favor del pliego Fondo Nacional de Desarrollo Pesquero - FONDEPES DECRETO SUPREMO Nº 177-2017-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, se aprobó entre otros, el presupuesto institucional de los pliegos 038: Ministerio de la Producción y 059: Fondo Nacional de Desarrollo Pesquero - FONDEPES; Que,
Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017 a favor del pliego Fondo Nacional de Desarrollo Pesquero - FONDEPES
DECRETO SUPREMO Nº 177-2017-EF
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:

Que, mediante Ley Nº 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, se aprobó entre otros, el presupuesto institucional de los pliegos 038:

Ministerio de la Producción y 059: Fondo Nacional de Desarrollo Pesquero - FONDEPES;

Que, con Decreto Supremo Nº 010-92-PE se constituyó el Fondo Nacional de Desarrollo Pesquero (FONDEPES), como persona jurídica de derecho público, con autonomía técnica, económica y administrativa; y por el artículo 57 del Decreto Ley Nº 25977, Ley General de Pesca, se da fuerza de Ley a dicho Decreto Supremo;

Que, el artículo 58 del Decreto Ley Nº 25977, establece que el FONDEPES tiene por finalidad promover, ejecutar y apoyar técnica, económica y financieramente, el desarrollo prioritario de la actividad pesquera artesanal marítima y continental, así como las actividades pesqueras y acuícolas en general, principalmente, en los aspectos de infraestructura básica para el desarrollo y la distribución de recursos pesqueros;

Que, por Resolución Ministerial Nº 346-2012-PRODUCE
se aprobó el Reglamento de Organización y Funciones del FONDEPES, como Organismo Público Ejecutor, adscrito al Ministerio de la Producción (PRODUCE), con personería
jurídica de derecho público interno, constituyendo un pliego presupuestal, funciona con autonomía técnica, económica y administrativa y actúa con arreglo a la política, objetivos y metas que apruebe el Sector, con la finalidad de promover, ejecutar y apoyar técnica, económica y financieramente el desarrollo de la actividad pesquera artesanal marítima y continental, así como las actividades pesqueras y acuícolas, principalmente en la dotación de infraestructura básica orientada al desarrollo y distribución de recursos hidrobiológicos, fortalecimiento de capacidades de los gobiernos regionales, locales, pescadores artesanales, acuicultores; así como generando y proporcionando incentivos previstos en las disposiciones legales vigentes;

Que, la Nonagésima Segunda Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, autoriza para el año fiscal 2017, al Ministerio de la Producción a efectuar modificaciones presupuestarias en el nivel institucional, con cargo a los recursos de su presupuesto institucional, pudiendo incluir saldos de balance que dicha entidad previamente incorpore en su presupuesto institucional, a favor del Fondo Nacional de Desarrollo Pesquero - FONDEPES hasta por el monto de OCHENTA MILLONES Y 00/100 SOLES (S/ 80 000
000,00) para financiar la ejecución de proyectos de Desembarcaderos Pesqueros Artesanales; señalando que dichas modificaciones presupuestarias se aprueban mediante decreto supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas y por el Ministro de la Producción, a propuesta de este último;

Que, mediante Oficio Nº 54-2017-FONDEPES/J, la Jefa del Fondo Nacional de Desarrollo Pesquero - FONDEPES
sustentada en el Informe Nº 084-2017-FONDEPES/ OGPP, solicita al Ministerio de la Producción recursos por la suma de DOCE MILLONES Y 00/100 SOLES (S/ 12 000
000,00) destinada a financiar parcialmente la ejecución de los proyectos de inversión pública, denominados "Mejoramiento Integral del Desembarcadero Pesquero Artesanal de Huacho, región Lima, provincia de Huaura, distrito de Huacho"; y, "Mejoramiento de los Servicios del Desembarcadero Pesquero Artesanal en la localidad de Chancay, distrito de Chancay, provincia de Huaral, región Lima";

Que, con Oficio Nº 127-2017-PRODUCE/OGPPM
y Memorando Nº 450-2017-PRODUCE/OGPPM el Director General de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización hace suyo los Informes Nºs 224 y 239-2017-PRODUCE/OGPPM-OP de la Oficina de Presupuesto por el cual se emite opinión favorable en materia presupuestaria y propone el proyecto de Decreto Supremo que autoriza una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, del pliego 038: Ministerio de la Producción a favor del pliego 059: Fondo Nacional de Desarrollo Pesquero - FONDEPES, para el financiamiento parcial de los proyectos de inversión pública señalados en el considerando precedente hasta por la suma de DOCE
MILLONES Y 00/100 SOLES (S/ 12 000 000,00) en la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, en el marco de lo establecido en la Nonagésima Segunda Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017; en virtud de lo cual, a través del Oficio Nº 436-2017/ PRODUCE-SG, el Ministerio de la Producción solicita dar trámite a la citada transferencia de recursos;

Que, en consecuencia, es necesario autorizar una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, hasta por la suma de
DOCE MILLONES Y 00/100 SOLES (S/ 12 000 000,00)
en la fuente de financiamiento 1: Recursos Ordinarios, con cargo a los recursos del pliego 038: Ministerio de la Producción a favor del pliego 059: Fondo Nacional de Desarrollo Pesquero - FONDEPES, en el marco de lo dispuesto en la Nonagésima Segunda Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017;

De conformidad con lo establecido en la Nonagésima Segunda Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017;

DECRETA:

Artículo 1.- Objeto Autorízase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, hasta por la suma de DOCE MILLONES Y 00/100
SOLES (S/ 12 000 000,00) del pliego 038: Ministerio de la Producción a favor del pliego 059: Fondo Nacional de Desarrollo Pesquero - FONDEPES, conforme a lo señalado en la parte considerativa de la presente norma, de acuerdo al siguiente detalle:

DE LA: En Soles SECCION PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 038 : Ministerio de la Producción UNIDAD EJECUTORA 001 : Ministerio de la Producción
ASIGNACIONES PRESUPUESTARIAS
QUE NO RESULTAN EN PRODUCTOS
ACTIVIDAD 5003697 : Promoción del Desarrollo Productivo FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTO CORRIENTE
2.3 Bienes y Servicios 7 000 000,00
ACTIVIDAD 5004596 : Desarrollo Productivo de Mype, Industria y Cooperativas FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTO CORRIENTE
2.3 Bienes y Servicios 300 000,00
ACTIVIDAD 5004639 : Incremento de incautaciones, en el Marco de la Lucha Contra los Delitos Aduaneros y la Piratería FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTO CORRIENTE
2.3 Bienes y Servicios 328 000,00
ACTIVIDAD 5005713 : Transferencia a Entidades FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTO DE CAPITAL
2.4 Donaciones y Transferencias 4 372 000,00
------------------- TOTAL EGRESOS 12 000 000,00
===========
A LA: En Soles SECCION PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 059 : Fondo Nacional de Desarrollo Pesquero-FONDEPES
UNIDAD EJECUTORA 001 : FONDEPES
PROGRAMA PRESUPUESTAL 0095 : Fortalecimiento de la Pesca Artesanal PROYECTO 2195345 : Mejoramiento Integral del Desembarcadero Pesquero Artesanal de Huacho, región Lima, provincia de Huaura, distrito de Huacho FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTO DE CAPITAL
2.6 Adquisición de Activos No Financieros 5 360 500,00
PROYECTO 2323633 : Mejoramiento de los Servicios del Desembarcadero Pesquero Artesanal en la localidad de Chancay, distrito de Chancay, provincia de Huaral, región Lima FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTO DE CAPITAL
2.6 Adquisición de Activos No Financieros 6 639 500,00
------------------ TOTAL EGRESOS 12 000 000,00
===========
Artículo 2.- Procedimiento para la Aprobación Institucional 2.1 El Titular de los pliegos habilitador y habilitado en la presente Transferencia de Partidas aprueba mediante Resolución, la desagregación de los recursos autorizados en el artículo 1 de la presente norma, a nivel programático, dentro de los cinco (05) días calendario de la vigencia del presente dispositivo legal. Copia de la Resolución será remitida dentro de los cinco (05) días de aprobada a los organismos señalados en el numeral 23.2 del artículo 23 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 304-2012-EF.

2.2 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en los pliegos involucrados, solicitará a la Dirección General de Presupuesto Público las codificaciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida.

2.3 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en los pliegos involucrados, instruirá a la Unidad Ejecutora para que elabore las correspondientes "Notas para Modificación Presupuestaria" que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma.

Artículo 3.- Limitación al uso de los recursos Los recursos de la Transferencia de Partidas a que hace referencia el artículo 1 del presente Decreto Supremo no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos.

Artículo 4.- Refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas y el Ministro de la Producción.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los dieciséis días del mes de junio del año dos mil diecisiete.

PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARD
Presidente de la República
ALFREDO THORNE VETTER
Ministro de Economía y Finanzas
PEDRO C. OLAECHEA ÁLVAREZ-CALDERÓN
Ministro de la Producción

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