11/12/2017

RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 346-2017-MINAM Aprueban otorgamiento de subvenciones a favor de 6

Aprueban otorgamiento de subvenciones a favor de 6 unidades productivas, en el marco del "Programa de Inversión Pública para el Fortalecimiento de la Gestión Ambiental y Social de los Impactos indirectos del Corredor Vial Interoceánico Sur - II Etapa" RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 346-2017-MINAM Lima, 10 de noviembre de 2017 Visto, el Informe Nº 052-2017-MINAM/DVMDERN/ UEGRN de la Directora Ejecutiva (e) del PGAS CVIS 2; el Memorando Nº 847-2017-MINAM/SG/OGPP y el Informe Nº 464-2017-MINAM/SG/OPP/OPPMI,
Aprueban otorgamiento de subvenciones a favor de 6 unidades productivas, en el marco del "Programa de Inversión Pública para el Fortalecimiento de la Gestión Ambiental y Social de los Impactos indirectos del Corredor Vial Interoceánico Sur - II Etapa"
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 346-2017-MINAM
Lima, 10 de noviembre de 2017
Visto, el Informe Nº 052-2017-MINAM/DVMDERN/ UEGRN de la Directora Ejecutiva (e) del PGAS CVIS
2; el Memorando Nº 847-2017-MINAM/SG/OGPP y el Informe Nº 464-2017-MINAM/SG/OPP/OPPMI, de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto; el Informe Nº 501-2017-MINAM/SG/OGAJ, de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,
CONSIDERANDO:

Que, mediante Decreto Legislativo Nº 1013 se crea el Ministerio del Ambiente como organismo del Poder Ejecutivo, con personería jurídica de derecho público, cuya función general es diseñar, establecer y supervisar la política nacional y sectorial ambiental, asumiendo la rectoría con respecto a ella;

Que, mediante Decreto Supremo Nº 294-2013-EF, se aprueba la operación de endeudamiento externo a ser acordada entre la República del Perú y Corporación Andina de Fomento-CAF, hasta por la suma de US$
16 000 000,00 (Dieciséis Millones y 00/100 Dólares Americanos), destinada a financiar parcialmente el "Programa de Inversión Pública para el Fortalecimiento de la Gestión Ambiental y Social de los Impactos Indirectos del Corredor Vial Interoceánico Sur-II Etapa"; en adelante el Programa;

Que, el artículo 3 de la mencionada norma, señala que la Unidad Ejecutora del Programa será el Ministerio del Ambiente;

Que, con fecha 03 de diciembre de 2013, la Corporación Andina de Fomento-CAF y la República del Perú suscriben el Contrato de Préstamo hasta por US$
16 000 000,00, destinado a financiar parcialmente el Programa;

Que, a través de la Resolución Ministerial Nº 298-2014-MINAM se formaliza la creación de la Unidad Ejecutora "004 Gestión de los Recursos Naturales", en el Pliego 005: Ministerio del Ambiente, para la ejecución del Programa;

Que, mediante Resolución Ministerial Nº 040-2015-MINAM se aprobó el Manual de Operaciones del Programa, precisando en el Componente III del numeral 2.3.1. Proyecto 1: Competitividad, que el incremento del acceso a fuentes de financiamiento contribuirá a mejorar la capacidad de los productores para canalizar los fl ujos financieros hacia oportunidades de inversión
mediante recursos concursables; a través de criterios de elegibilidad detallados en el Anexo Nº 01 de dicha resolución, para seleccionar o financiar los proyectos o iniciativas presentadas por las Unidades Productivas que soliciten los recursos concursables del Programa;

Que, la precitada norma establece como monto máximo de financiamiento con cargo a los fondos concursables del Programa, el importe de S/ 200 000,00 (Doscientos Mil y 00/100 Soles) por Plan de Econegocios;
en caso se necesiten recursos de contrapartida u otras garantías de la Unidad Productiva, el monto y requisitos serán fijados por el Comité Directivo del Programa;

Que, mediante Resolución de Dirección Ejecutiva Nº 051-2017-MINAM-VMDERN/UEGRN-PGAS CVIS 2, se aprobaron los resultados del Concurso 2017 de Planes de Econegocios realizado por la Unidad Ejecutora 004:

Gestión de los Recursos Naturales; la cual precisa que para alcanzar la meta del Programa, se requiere dieciséis (16) Unidades Productivas;

Que, mediante Resolución Ministerial Nº 391-2016-MINAM, se aprueba el Presupuesto Institucional de Apertura correspondiente al Año Fiscal 2017 del Pliego 005: Ministerio del Ambiente-MINAM, a nivel de Unidad Ejecutora, Función, División Funcional, Grupo Funcional, Producto, Actividad, Categoría Presupuestal, Proyecto, Genérica del Gasto y Fuente de Financiamiento;

Que, la Trigésima Sétima Disposición Complementaria y Final de la Ley Nº 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, autoriza excepcionalmente, durante el Año 2017, al Ministerio del Ambiente, para otorgar subvenciones a favor de unidades productivas seleccionadas, en el marco de las Convocatorias de Planes de Econegocios del Programa, a cargo de la Unidad Ejecutora 004: Gestión de los Recursos Naturales del Ministerio del Ambiente.

Asimismo, establece que dichas subvenciones se aprueban mediante resolución del titular del pliego Ministerio del Ambiente, previa suscripción de convenio, y requiriéndose el informe favorable previo de su oficina de presupuesto o la que haga de sus veces; precisando que la resolución del titular del pliego se publica en el Diario Oficial "El Peruano";

Que, mediante Resolución Ministerial Nº 132-2016-MINAM, se aprueban los "Mecanismos para la rendición de cuentas y evaluación de resultados alcanzados y los beneficios generados por los recursos otorgados mediante subvención en el marco de las Convocatorias de Planes de Econegocios del Programa";

Que, mediante el Informe Nº 052-2017-MINAM/ VMDERN/UEGRN de fecha 07 de noviembre de 2017, la Directora Ejecutiva del Programa comunica a la Secretaria General del MINAM, la suscripción de seis (6) Convenios de subvención con las unidades productivas: Asociación Peruana de Criadores de Alpacas y Llamas Registrados Cusipata-SPAR Cusipata, Asociación de Artesanos Munay Vicuña del Barrio Marcopata, Comunidad Campesina de Catacancha, Asociación de Productores de Hongo (Los Pino Mallquichas) del Distrito de Ccatcca, Asociación Forestal Indígena Madre de Dios - AFIMAD y la Comunidad Nativa Shipetiari;

Que, en el referido Informe, la Directora Ejecutiva del Programa justifica y solicita la aprobación de dichas subvenciones, al haberse cumplido con el procedimiento establecido en la Directiva Nº 003-2017-MINAM VMDERN/ UEGRN "Normas y Procedimientos para el otorgamiento y uso de fondos bajo la modalidad de subvención, otorgados por las Unidades Productivas Ejecutoras de Planes de Econegocios"; a fin de que la titular del pliego apruebe el otorgamiento de dichas subvenciones, hasta por la suma de S/ 200 000.00 (Doscientos Mil y 00/100
Soles) cada uno, de conformidad con lo establecido en la Trigésima Sétima Disposición Complementaria y Final de la Ley Nº 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el año fiscal 2017;

Que, mediante el Memorando Nº 847-2017-MINAM/ SG/OGPP la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto hace suyo el Informe Nº 464-2017-MINAM/ SG/OGPP/OPPMI, emitido por la Oficina de Presupuesto y Programación Multianual de Inversiones, el cual concluye que es pertinente gestionar el otorgamiento de las seis (6) subvenciones por parte del titular del Pliego 005:

Ministerio del Ambiente y a su vez recomienda la emisión de la Resolución Ministerial para el financiamiento de los seis (6) Planes de Econegocios, hasta por la suma de S/ 200 000.00 (Doscientos Mil y 00/100 Soles) cada uno;

Que, conforme a lo recomendado en los documentos del vistos, resulta necesario aprobar el otorgamiento de subvenciones a favor de las siguientes personas jurídicas privadas (Unidades Productivas): i) ASOCIACIÓN
PERUANA DE CRIADORES DE ALPACAS Y LLAMAS
REGISTRADOS CUSIPATA-SPAR CUSIPATA para la ejecución del Plan de Econegocio "Producción, Acopio y Comercialización de Fibra de Alpaca en la SPAR-Cusipata, del Distrito de Cusipata, Provincia de Quispicanchi, Región Cusco"; ii) ASOCIACIÓN DE ARTESANOS MUNAY
VICUÑA DEL BARRIO MARCOPATA para la ejecución del Plan de Econegocio "Mejoramiento de la Producción y Comercialización de la Artesanía Textil Tradicional y Ecológica en la Asociación de Artesanos Munay Vicuña del Barrio Marcopata en el Distrito de Ocongate, Provincia Quispicanchi, Departamento Cusco"; iii) COMUNIDAD
CAMPESINA DE CATACANCHA para la ejecución del Plan de Econegocio "Conservación y Manejo Sustentable de Vicuñas en la Comunidad Campesina de Catacancha Distrito Macusani, Provincia de Carabaya, Región Puno";
iv) ASOCIACIÓN DE PRODUCTORES DE HONGO (LOS
PINO MALLQUICHAS) DEL DISTRITO DE CCATCCA
para la ejecución del Plan de Econegocio "Mejoramiento de la Producción, Procesamiento Comercialización de Hongo de Pino en la Asociación de Productores de Hongo (Los Pino Mallquichas) del Distrito de Ccatcca-
Quispicanchi - Cusco"; v) ASOCIACIÓN FORESTAL
INDIGENA MADRE DE DIOS-AFIMAD para la ejecución del Plan de Econegocio "Fortalecimiento del Poder de Negociación de las Comunidades Indígenas Socias de AFIMAD en la Comercialización de Castaña Orgánica a través de la implementación de un Centro de Acopio en la Provincia de Tambopata y Manu, Región de Madre de Dios"; y, vi) COMUNIDAD NATIVA SHIPETIARI para la ejecución del Plan de Econegocio "Integrando Vivencias:

Turismo Rural Comunitario en el Parque Nacional del Manu"; en el marco de las Convocatorias de Planes de Econegocios del Programa a cargo de la Unidad Ejecutora 004: Gestión de los Recursos Naturales, hasta por la suma de S/ 200 000.00 (Doscientos Mil y 00/100
Soles) cada uno;

Con el visado del Viceministerio de Desarrollo Estratégico de Recursos Naturales, de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, de la Oficina General de Asesoría Jurídica, y de la Dirección Ejecutiva del Programa de Inversión Pública para el Fortalecimiento de la Gestión Ambiental y Social de los Impactos Indirectos del Corredor Vial Interoceánico Sur-II Etapa;

De conformidad con lo establecido en el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado por Decreto Supremo Nº 304-2012-EF; la Ley Nº 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017; el Manual de Operaciones del Programa de Inversión Pública para el Fortalecimiento de la Gestión Ambiental y Social de los Impactos Indirectos del Corredor Vial Interoceánico Sur - II Etapa, aprobado por Resolución Ministerial Nº 040-2015-MINAM; la Resolución de Dirección Ejecutiva Nº 051-2017-MINAM-VMDERN/UEGRN-PGAS CVIS 2; y la Directiva para la Ejecución Presupuestaria, aprobada por Resolución Directoral Nº 030-2010-EF/76.01, modificada por Resolución Directoral Nº 022-2011-EF/50.01, Resolución Directoral Nº 025-2013-EF/50.01 y Resolución Directoral Nº 027-2014-EF/50.01;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Aprobar el Otorgamiento de Subvenciones a favor de seis (6) unidades productivas por la suma total de Un Millón Ciento Ochenta Mil Ochocientos Veintisiete y 58/100 Soles (S/ 1 180 827,58), en el marco de la convocatoria 2017 de Planes de Econegocios del "Programa de Inversión Pública para el Fortalecimiento de la Gestión Ambiental y Social de los Impactos indirectos del Corredor Vial Interoceánico Sur - II Etapa" a cargo de la Unidad Ejecutora 004: Gestión de los Recursos Naturales del Pliego 005: Ministerio del Ambiente, en el
marco a lo dispuesto en la Trigésima Sétima Disposición Complementaria y Final de la Ley Nº 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, de acuerdo al Anexo que forma parte de la presente Resolución Ministerial.

Artículo 2.- Disponer que los desembolsos dinerarios que se efectúen a las Unidades Productivas seleccionadas en el Concurso 2017 de Planes de Econegocios realizado por la Unidad Ejecutora 004: Gestión de los Recursos Naturales, se realicen conforme a los convenios suscritos.

Artículo 3.- Notificar la presente Resolución Ministerial al Viceministerio de Desarrollo Estratégico de los Recursos Naturales, así como a la Unidad Ejecutora 004: Gestión de los Recursos Naturales del Pliego 005:

Ministerio del Ambiente; para su conocimiento y fines pertinentes.

Artículo 4.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial y su Anexo en el Portal Institucional del Ministerio del Ambiente (www.minam.gob.pe), en la misma fecha de publicación de la presente resolución en el Diario Oficial "El Peruano".

Regístrese, comuníquese y publíquese.

ELSA GALARZA CONTRERAS
Ministra del Ambiente
ANEXO UNIDADES PRODUCTIVAS SELECCIONADAS CON PLANES DE ECONEGOCIOS
Numero de Convenio Fecha Departamento Unidad Productiva Plan de Econegocio Recursos por operaciones oficiales de crédito Recursos Ordinarios Importe S/.
030-2017 19-oct-17 CUSCO
ASOCIACIÓN PERUANA DE
CRIADORES DE ALPACAS
Y LLAMAS REGISTRADOS
CUSIPATA-SPAR CUSIPATA
PRODUCCION, ACOPIO Y COMERCIALIZACION DE FIBRA DE
ALPACA EN LA SPAR-CUSIPATA, DEL DISTRITO DE CUSIPATA,
PROVINCIA DE QUISPICANCHI, REGION CUSCO
200,000.00 - 200,000.00
031-2017 23-oct-17 CUSCO
ASOCIACIÓN DE ARTESANOS
MUNAY VICUÑA DEL BARRIO
MARCOPATA
MEJORAMIENTO DE LA PRODUCCION Y COMERCIALIZACION
DE LA ARTESANIA TEXTIL TRADICIONAL Y ECOLOGICA EN LA
ASOCIACION DE ARTESANOS MUNAY VICUÑA DEL BARRIO
MARCOPATA EN EL DISTRITO DE OCONGATE, PROVINCIA
QUISPICANCHI, DEPARTAMENTO CUSCO
188,795.00 - 188,795.00
032-2017 24-oct-17 PUNO
COMUNIDAD CAMPESINA DE
CATACANCHA
CONSERVACION Y MANEJO SUSTENTABLE DE VICUÑAS EN
LA COMUNIDAD CAMPESINA DE CATACANCHA DISTRITO
MACUSANI, PROVINCIA DE CARABAYA, REGIÓN PUNO
134,458.10 57,624.90 192,083.00
033-2017 25-oct-17 CUSCO
ASOCIACIÓN DE
PRODUCTORES DE HONGO (LOS PINO MALLQUICHAS) DEL
DISTRITO DE CCATCCA
MEJORAMIENTO DE LA PRODUCCION, PROCESAMIENTO
COMERCIALIZACION DE HONGO DE PINO EN LA ASOCIACION
DE PRODUCTORES DE HONGO (LOS PINO MALLQUICHAS)
DEL DISTRITO DE CCATCCA-QUISPICANCHI-CUSCO
199,949.58 - 199,949.58
034-2017 26-oct-17
MADRE DE
DIOS
ASOCIACIÓN FORESTAL
INDIGENA MADRE DE DIOS-
AFIMAD
FORTALECIMIENTO DEL PODER DE NEGOCIACIÓN DE
LAS COMUNIDADES INDÍGENAS SOCIAS DE AFIMAD EN LA
COMERCIALIZACIÓN DE CASTAÑA ORGÁNICA A TRAVÉS DE
LA IMPLEMENTACIÓN DE UN CENTRO DE ACOPIO EN LA
PROVINCIA DE TAMBOPATA Y MANU, REGIÓN DE MADRE DE
DIOS
200,000.00 - 200,000.00
035-2017 02-nov-17
MADRE DE
DIOS
COMUNIDAD NATIVA
SHIPETIARI
INTEGRANDO VIVENCIAS: TURISMO RURAL COMUNIT
EN EL PARQUE NACIONAL DEL MANU
- 200,000.00 200,000.00
TOTAL SUBVENCIONES A UNIDADES PRODUCTIVAS 923,202.68 257,624.90 1,180,827.58

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