1/24/2018

RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 0038/RE-2018

RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0038/RE-2018 Lima, 19 de enero de 2018 CONSIDERANDO: Que, el Perú se adhirió el 10 de abril de 1981 al Tratado Antártico; y en 1989, fue aceptado como Parte Consultiva del mismo al demostrar su interés científico en la Antártida, a través de las campañas científicas ANTAR I y ANTAR II y el establecimiento de la Estación Científica Antártica "Machu Picchu" (ECAMP); Que, la Política Nacional Antártica, aprobada por Decreto Supremo N.º 014-2014-RE, dispone que debe asegurarse

RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0038/RE-2018
Lima, 19 de enero de 2018
CONSIDERANDO:

Que, el Perú se adhirió el 10 de abril de 1981 al Tratado Antártico; y en 1989, fue aceptado como Parte Consultiva del mismo al demostrar su interés científico en la Antártida, a través de las campañas científicas ANTAR
I y ANTAR II y el establecimiento de la Estación Científica Antártica "Machu Picchu" (ECAMP);

Que, la Política Nacional Antártica, aprobada por Decreto Supremo N.º 014-2014-RE, dispone que debe asegurarse la realización y continuidad de las Campañas Científicas del Perú a la Antártida (ANTAR), a fin de consolidar la presencia activa y permanente del Perú en el continente antártico;

Que, la Política Nacional Antártica, prescribe que es el Ministerio de Relaciones Exteriores la entidad del Estado peruano encargada de su formulación, coordinación, conducción y supervisión toda vez que es su ente rector;

Que, la Matriz de Estrategias, Metas e Indicadores de la Política Nacional Antártica, aprobada por Resolución Ministerial N.º 0624-2014-RE, establece como Acción Estratégica la ejecución anual de las Campañas Científicas del Perú a la Antártida (ANTAR);

Que, el Ministerio de Relaciones Exteriores, en virtud del artículo 6º, inciso 13, de la Ley N.º 29357, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores, es responsable de formular, coordinar, conducir y supervisar la Política Nacional Antártica, en cuyo marco se ejecutan todas las actividades que las entidades de los sectores público y privado realicen;

Que, específicamente el inciso k) del artículo 72 del Decreto Supremo N.º 135-2010-RE, Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores, dispone como función específica de la Cancillería dirigir, gestionar y supervisar las actividades que desarrolla el Perú en el continente antártico;

Que, mediante Resolución de Secretaría General N.º 144-2017-RE, de 25 de enero de 2017, se aprobó la Directiva N.º 001-2017-ORH/OGA/RE "Disposiciones para viajes en comisión de servicios en el territorio nacional y el exterior" la cual dispone que es de cumplimiento y observancia obligatoria por la Cancillería y sus Órganos Desconcentrados, comprendiendo a todos sus funcionarios y empleados que realicen viajes de comisión de servicios, así como a funcionarios y empleados públicos de otras instituciones y personas que no siendo funcionarios o empleados públicos realicen viajes en condición de representantes, delegados, comisionados o similares, con recursos del pliego presupuestal 008
Ministerio de Relaciones Exteriores;

Que, la citada Directiva en el numeral 4.1 señala que la comisión de servicios es el desplazamiento temporal programado o imprevisto, que realiza el comisionado fuera de la ciudad donde se ubica su sede habitual de trabajo, por disposición de la autoridad competente, para realizar actividades relacionadas a los objetivos institucionales o funciones propias del Ministerio de Relaciones Exteriores;
no pudiendo exceder, en ningún caso, el máximo de treinta (30) días calendario, por vez;

Que, el Ministerio de Relaciones Exteriores mediante convenios marco de cooperación interinstitucional con las entidades nacionales participantes en las expediciones científicas peruanas a la Antártida, está facultado a brindar apoyo, promover y proveer los elementos, bienes y/o servicios necesarios con miras a la realización de actividades de investigación en las referidas campañas, cuya organización es de responsabilidad del Ministerio de Relaciones Exteriores como ente rector de la Política Nac cional Antártica;

Que, en virtud de los incisos f) y g) del artículo 77 del Decreto Supremo N.º 135-2010-RE, Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores, le corresponde a la Cancillería organizar las Campañas ANTAR, en coordinación con los sectores vinculados, gestionar y conservar la estación científica peruana en la Antártida;

Que, de acuerdo a estas funciones, el Ministerio de Relaciones Exteriores ha previsto la realización de la Vigésimo Quinta Campaña Científica del Perú a la Antártida (ANTAR XXV), del 14 de diciembre de 2017 al 12 de marzo de 2018;

Que, la citada Expedición tendrá como objetivos:
profundizar el aporte científico del Perú al conocimiento de la Antártida; dar continuidad a las investigaciones que se vienen desarrollando desde expediciones anteriores; actualizar los estudios técnicos de base para la formulación de proyectos orientados al fortalecimiento de la infraestructura antártica nacional; evaluar las condiciones y dar mantenimiento a la Estación Científica Antártica "Machu Picchu"; fortalecer la cooperación con otros Estados Parte del Tratado Antártico; y contribuir a la difusión del valor de la Antártida como Reserva Natural para la Paz y la Ciencia;

Que, con Resolución Ministerial N.º 0857-2017-RE, de 12 de diciembre de 2017, se designó a los miembros de la delegación peruana que participará como expedicionarios de la Vigésimo Quinta Campaña Científica del Perú a la Antártida (ANTAR XXV), ubicada en la isla Rey Jorge o 25 de Mayo, Antártida, del 14 de diciembre de 2017 al 12 de marzo de 2018;

Que, con Resolución Ministerial N.º 0900-2017-RE, de 21 de diciembre de 2017, se autorizó el viaje en comisión de servicios, en el marco de la Vigésimo Quinta Campaña Científica del Perú a la Antártida (ANTAR XXV), del personal a la Estación Científica Antártica "Machu Picchu"(ECAMP) ubicada en la Antártida, del 25 de diciembre de 2017 al 23 de enero de 2018;

Que, el personal al que se refiere la Resolución Ministerial N.º 0900-2017-RE deberá realizar funciones de su especialidad en la Antártida, en el marco de la planificación de actividades científicas de la Vigésimo Quinta Campaña Científica del Perú a la Antártida (ANTAR
XXV) hasta su retorno a la ciudad de Punta Arenas, Chile, y a la ciudad de Lima, Perú, el 27 de enero del 2018, de conformidad con la Directiva N.º 001-2017-ORH/OGA/RE
"Disposiciones para Viajes en comisión de servicios en el territorio nacional y en el exterior" aprobada mediante Resolución de Secretaría General N.º 0144-2017-RE del 25 de enero del 2017;

Teniendo en cuenta la Hoja de Trámite (GAC) N.º 118, del Despacho Viceministerial, de 16 de enero de 2018; y la Memoranda (DSL) N.º DSL00022/2018, de la Dirección General de Soberanía, Límites y Asuntos antárticos, de 15 de enero de 2018; y (OPP) N.º OPP00132/2018, de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, de 19 de enero de 2018, que otorga la certificación de crédito presupuestario al presente viaje;

De conformidad con lo dispuesto en la Ley N.º 29357
y modificatorias, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores; el Decreto Supremo N.º 135-2010-RE y modificatorias, Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores; el Decreto Supremo N.º 014-2014-RE que aprueba la Política Nacional Antártica; la Resolución Ministerial N.º 0624-2014-RE que aprueba su Matriz de Estrategias, Metas e Indicadores; la Directiva Nº 001-2017-ORH/OGA/RE, "Disposiciones para viajes en comisión de servicios en el territorio nacional y en exterior", aprobado mediante Resolución de Secretaría General Nº 0144-2017-RE; el Decreto Legislativo N.º
1057, Decreto Legislativo que regula el régimen especial de contratación administrativa de servicios; la Ley N.º
27619 y modificatorias, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; su reglamento aprobado por el Decreto Supremo N.º 047-2002-PCM y modificatorias; y la Ley N.º 30693, Ley del Presupuesto del Sector Público para el año fiscal 2018;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Autorizar la ampliación del viaje en comisión de servicios, del 24 de enero al 27 de enero de 2018, en el marco de la Vigésimo Quinta Campaña Científica del Perú a la Antártida (ANTAR XXV), del personal autorizado en la Resolución Ministerial 0900-2017-RE, a la Estación Científica Antártica "Machu Picchu" (ECAMP), ubicada en la Isla Rey Jorge ó 25 de mayo, Antártida, a fin de cumplir funciones de su especialidad en la citada estación; los funcionarios retornarán de la Antártida a la ciudad de Lima, utilizando entre otros medios, la vía comercial y el BAP Carrasco de la Marina de Guerra del Perú.

Artículo 2.- Los gastos de participación del siguiente personal, por concepto de viáticos en la ciudad de Punta Arenas, República de Chile, el 26 de enero del 2018, en la etapa de repliegue, que irrogue el cumplimiento de la presente comisión de servicios serán cubiertos por el pliego presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores, Meta 0033896: Realización Periódica de las Campañas Científicas a la Antártica, debiendo rendir cuenta documentada en un plazo no mayor a quince (15)
días posteriores, al término de la expedición, de acuerdo al siguiente detalle:

Nombres y Apellidos Diferencia de Tarifa
US$
Viáticos por día US$
N.º de días Total Viáticos
US$
Néstor Fabian Brondi Rueda 00.00 370.00 1 370.00
Freddy Yvan Chauca Osorio 00.00 370.00 1 370.00
Roger Salazar Rojas 00.00 370.00 1 370.00
Katherine Cabanillas Palomino 00.00 370.00 1 370.00
Luis Javier Otiniano Ormachea 00.00 370.00 1 370.00
Christian Kevin Alvarado Rimas 00.00 370.00 1 370.00
Rodolfo Martin Cornejo Urbina 805.00 370.00 1 370.00
Luis Angel La Cruz Aparco 805.00 370.00 1 370.00
Pedro Alfonso Romani Matta 805.00 370.00 1 370.00
Julio Ricardo Alarcon Velez 805.00 370.00 1 370.00
Luis Alberto Vasquez Espinoza 704.00 370.00 1 370.00
Wilson Joaquin Carhuapoma Bernabe 805.00 370.00 1 370.00
Federico Augusto Velazco Castillo 805.00 370.00 1 370.00
Juan Carlos Ernesto Fernandez Johnston 805.00 370.00 1 370.00
Luis Fernando Martin Quipuzcoa Olguin 805.00 370.00 1 370.00
Robert Buenaventura Marquina Herrera 805.00 370.00 1 370.00
Flor Del Carmen Chang Loo Kung 805.00 370.00 1 370.00
Liz Evelyn Romero Guardamino 805.00 370.00 1 370.00
Roberto Carlos Quesquen Liza 805.00 370.00 1 370.00
Elda Luz Pinedo Arteaga 805.00 370.00 1 370.00
Nombres y Apellidos Diferencia de Tarifa
US$
Viáticos por día US$
N.º de días Total Viáticos
US$
Carmela Rosa Nakazaki Lao 805.00 370.00 1 370.00
Antonio Ivan Navarro Alzamora 805.00 370.00 1 370.00
Ana Renza Paola Alegre Norza Sior 805.00 370.00 1 370.00
Luis Wencheng Lau Medrano 805.00 370.00 1 370.00
Ruslan Alfredo Pastor Cuba 805.00 370.00 1 370.00
Pepe Antonio Espinoza Silvera 805.00 370.00 1 370.00
Joel Augusto Samanez Sarmiento 805.00 370.00 1 370.00
Jonathan Delio Alfaro Jaucha 805.00 370.00 1 370.00
Regina Elena Aguilar Arakaki 805.00 370.00 1 370.00
Vanessa Maria Bachmann Caller 805.00 370.00 1 370.00
Manuel Orlando Ochoa Madrid 805.00 370.00 1 370.00
Javier Antonio Quiñones Davila 309.00 370.00 1 370.00
Artículo 4.- El citado personal se trasladará a la ciudad de Punta Arenas, República de Chile, desde la Antártida, a bordo del BAP Carrasco de la Marina de Guerra del Perú del 23 al 25 de enero, permaneciendo en esa ciudad el 26 de enero de 2018.

Artículo 5.- Dentro de los quince (15) calendarios, posteriores a su retorno al país, los citados expedicionarios deberán presentar un informe consolidado de las acciones realizadas durante el viaje autorizado a la Ministra de Relaciones Exteriores.

Artículo 6.- La presente Resolución Ministerial no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

CAYETANA ALJOVÍN GAZZANI
Ministra de Relaciones Exteriores

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