1/20/2018

RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 026-2018 MTC/01 Crean Grupo de Trabajo con el objeto de coordinar,

Crean Grupo de Trabajo con el objeto de coordinar, conducir y ejecutar las acciones necesarias para realizar la 46º Reunión del Grupo de Trabajo de Transportes del APEC RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 026-2018 MTC/01 Lima, 19 de enero de 2018 VISTOS: El correo electrónico de fecha 06 de noviembre de 2017, remitido por el Presidente del Grupo de Trabajo de Transportes del APEC; el Memorándum Nº 780-2017-MTC/02, del Despacho Viceministerial de Transportes; el correo electrónico de fecha 01 de diciembre de 2017, remitido
Crean Grupo de Trabajo con el objeto de coordinar, conducir y ejecutar las acciones necesarias para realizar la 46º Reunión del Grupo de Trabajo de Transportes del APEC
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 026-2018 MTC/01
Lima, 19 de enero de 2018
VISTOS: El correo electrónico de fecha 06 de noviembre de 2017, remitido por el Presidente del Grupo de Trabajo de Transportes del APEC; el Memorándum Nº 780-2017-MTC/02, del Despacho Viceministerial de Transportes; el correo electrónico de fecha 01 de diciembre de 2017, remitido por la Oficina de Planeamiento; el Memorándum Nº 2140-2017-MTC/09, de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; el correo electrónico de fecha 08 de enero de 2018, remitido por el Despacho Viceministerial de Transportes; y,
CONSIDERANDO:

Que, el Foro de Cooperación Económica Asia - Pacífico (APEC) tiene como misión construir una comunidad Asia Pacífico dinámica y armoniosa, defendiendo el comercio libre y abierto así como la inversión, promoviendo y acelerando la integración económica regional, fomentando la cooperación económica y técnica, la mejora de la seguridad humana y la facilitación de un entorno empresarial favorable y sostenible, a través de la coordinación de políticas, el intercambio de experiencias y la implementación de políticas regionales;

Que, el Perú forma parte del APEC desde el año 1998
y ha ejercido la Presidencia de dicho foro durante los años 2008 y 2016, lo que ha permitido poner temas de interés nacional en la agenda de trabajo de las 21 economías que conforman el mismo; asimismo, el Ministerio de Transportes y Comunicaciones - MTC ha organizado la 3º Reunión de Ministros de Transportes del APEC y la 31º
Reunión del Grupo de Trabajo de Transportes de APEC, en los años 2002 y 2008, respectivamente;

Que, mediante el Memorándum Nº 780-2017-MTC/02, de fecha 23 de noviembre de 2017, el Viceministro de Transportes se dirige a la Secretaria General del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, a efectos de manifestar su opinión favorable para asumir la organización de una de las reuniones del Grupo de Trabajo de Transportes del APEC
correspondiente al año 2018, conforme a la propuesta recibida por el Presidente del citado Grupo de Trabajo, a través del correo electrónico de fecha 06 de noviembre de 2017;

Que, por correo electrónico de fecha 01 de diciembre de 2017, la Oficina de Planeamiento comunica al Presidente del Grupo de Trabajo de Transportes del APEC la decisión adoptada por el Viceministro de Transportes,
señalando que el MTC estará a cargo de la organización de la segunda reunión del ejercicio 2018 del Grupo de Trabajo de Transportes del APEC que se realizará en Lima, la cual corresponde a la 46º Reunión del referido Grupo de Trabajo;

Que, con el Memorándum Nº 2140-2017-MTC/09, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto hace suyo el Informe Nº 411-2017-MTC/09.01, de la Oficina de Planeamiento en el que propone que ante el compromiso asumido por el MTC con el APEC, el citado Ministerio conforme un Grupo de Trabajo con el objeto que coordine, conduzca y ejecute las acciones necesarias respecto a temas administrativos y técnicos para la realización de la 46º Reunión del Grupo de Trabajo de Transportes del APEC, toda vez que el APEC tiene criterios establecidos que deben ser observados para la organización de sus reuniones, específicamente en lo referido a los arreglos logísticos y el manejo técnico de sus Grupos de Expertos;

Que, en consecuencia, es necesaria la conformación de un Grupo de Trabajo, de naturaleza temporal, dependiente del MTC, cuyo objeto será coordinar, conducir y ejecutar el proceso de organización de la 46º
Reunión del Grupo de Trabajo de Transportes del APEC;

Que, el artículo 35 de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, establece, entre otros, que las Comisiones del Poder Ejecutivo son órganos que se crean para cumplir con las funciones de seguimiento, fiscalización, propuesta o emisión de informes, que deben servir de base para las decisiones de otras entidades;
pudiéndose encargar funciones distintas a las indicadas, a los Grupos de Trabajo;

De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 29370, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones y su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por el Decreto Supremo Nº 021-2007-MTC;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Creación y objeto del Grupo de Trabajo Créase el Grupo de Trabajo, de naturaleza temporal, dependiente del Ministerio de Transportes y Comunicaciones - MTC con el objeto de coordinar, conducir y ejecutar las acciones necesarias para realizar la 46º Reunión del Grupo de Trabajo de Transportes del
APEC.

Artículo 2.- Conformación del Grupo de Trabajo 2.1 El Grupo de Trabajo tiene la siguiente conformación:
a) El/La Viceministro/a de Transportes, quien lo preside.
b) El/La Director/a General de Transporte Acuático.
c) El/La Director/a General de Aeronáutica Civil.
d) El/La Director/a General de Transporte Terrestre.
e) El/La Director/a General de Administración.
f) El/La Director/a General de Planeamiento y Presupuesto.
g) El/La Director/a General de Caminos y Ferrocarriles h) El/La Director/a Ejecutivo/a de la Autoridad Autónoma del Sistema Eléctrico de Transporte Masivo de Lima y Callao i) El/La Director/a de la Oficina de Imagen Institucional j) El/La Gerente General de la Autoridad Portuaria Nacional 2.2 Los miembros del Grupo de Trabajo ejercen sus funciones ad honorem y pueden contar con un representante alterno.

Artículo 3.- Funciones del Grupo de Trabajo El Grupo de Trabajo tiene las siguientes funciones:
a) Aprobar el Plan de Trabajo para el desarrollo de la 46º Reunión del Grupo de Trabajo de Transportes del
APEC.
b) Coordinar, conducir y ejecutar la preparación y organización de la 46º Reunión del Grupo de Trabajo de Transportes del APEC.
c) Proponer y coordinar las actividades que coadyuven a la participación del sector transportes en la indicada reunión.
d) Formular y coordinar la posición sectorial respecto a los temas que se abordarán en el marco de la citada reunión.
e) Analizar y proponer temas de interés para ser incorporados en la agenda de la mencionada reunión.
f) Elaborar un Informe Final al término del período de vigencia del Grupo de Trabajo, el mismo que debe ser presentado al titular del MTC.
g) Otras funciones orientadas al cumplimiento de su objeto, conforme a lo que establezca la presidencia del Grupo de Trabajo.

Artículo 4.- Instalación El Grupo de Trabajo se instala dentro de los cinco (05) días hábiles contados a partir del día siguiente de publicada la presente Resolución Ministerial.

Artículo 5.- Secretaría Técnica del Grupo de Trabajo 5.1 La Secretaría Técnica del Grupo de Trabajo está a cargo de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto.

5.2 La Secretaría Técnica brinda al Grupo de Trabajo el apoyo técnico y administrativo necesario para su funcionamiento y el cumplimiento de su objeto; elabora y conserva las actas de cada sesión y los reportes de avances;
determina la frecuencia de las reuniones en coordinación con el Grupo de Trabajo, entre otras funciones que le asigne la Presidencia del Grupo de Trabajo, así como cualquier otro asunto que coadyuve al cumplimiento de su objeto.

Artículo 6.- Colaboración, asesoramiento y apoyo Para el cumplimiento de su objeto, el Grupo de Trabajo puede convocar a representantes de otras entidades públicas y del sector privado, a efectos que contribuyan con el cumplimiento de su objeto.

Artículo 7.- Período de vigencia El Grupo de Trabajo termina su vigencia dentro de los treinta (30) días calendario de culminada la 46º Reunión del Grupo de Trabajo de Transportes del APEC, fecha en la cual se presenta el Informe Final al titular del MTC.

Artículo 8.- Financiamiento El cumplimiento de las funciones del Grupo de Trabajo se financia con cargo al presupuesto institucional del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público.

Asimismo, los gastos que pueda involucrar la participación de los representantes del citado Grupo de Trabajo se financian con cargo al presupuesto de las entidades o instituciones a las cuales pertenecen.

Artículo 9.- Publicación Publícase la presente Resolución Ministerial en el Portal Institucional del Ministerio de Transportes y Comunicaciones (www.mtc.gob.pe), en la misma fecha de su publicación en el Diario Oficial El Peruano.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

BRUNO GIUFFRA MONTEVERDE
Ministro de Transportes y Comunicaciones

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