1/19/2018

RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 026-2018-MINCETUR Modifican monto de inversión señalado en la R.M. N°

Modifican monto de inversión señalado en la R.M. Nº 042-2017-MINCETUR, para el proyecto denominado "Hotel Holiday Inn Express San Isidro Lima" de CORPORACIÓN HOTELERA LIMA S.A.C. RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 026-2018-MINCETUR Lima, 18 de enero de 2018 Visto, el Expediente Nº 1078552, presentado por la empresa CORPORACIÓN HOTELERA LIMA S.A.C., el Oficio Nº 1442-2017/PROINVERSIÓN/DSI de la Dirección de Servicios al Inversionista de la Agencia de Promoción de la Inversión Privada - PROINVERSIÓN, y el Memorándum
Modifican monto de inversión señalado en la R.M. Nº 042-2017-MINCETUR, para el proyecto denominado "Hotel Holiday Inn Express San Isidro Lima" de CORPORACIÓN HOTELERA LIMA S.A.C.
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 026-2018-MINCETUR
Lima, 18 de enero de 2018
Visto, el Expediente Nº 1078552, presentado por la empresa CORPORACIÓN HOTELERA LIMA S.A.C., el Oficio Nº 1442-2017/PROINVERSIÓN/DSI de la Dirección de Servicios al Inversionista de la Agencia de Promoción de la Inversión Privada - PROINVERSIÓN, y el Memorándum Nº 018-2018-MINCETUR/VMT del Viceministerio de Turismo del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo.

CONSIDERANDO:

Que, el numeral 3.3 del artículo 3 del Decreto Legislativo Nº 973, Decreto Legislativo que establece el Régimen Especial de Recuperación Anticipada del Impuesto General a las Ventas, dispone que mediante Resolución Ministerial del sector competente, se aprobará a las personas naturales o jurídicas que califiquen para el goce del Régimen, así como los bienes, servicios y contratos de construcción que otorgarán la Recuperación Anticipada del Impuesto General a las Ventas (IGV), para cada Contrato;

Que, el artículo 16 del Reglamento del Decreto Legislativo Nº 973 que establece el Régimen Especial de Recuperación Anticipada del Impuesto General a las Ventas, aprobado por el Decreto Supremo Nº 084-2007-EF, señala que una vez suscrita la Adenda del Contrato de Inversión por el Sector correspondiente y PROINVERSIÓN, el Sector emitirá la Resolución Ministerial correspondiente;

Que, con fecha 13 de enero de 2017, la empresa CORPORACIÓN HOTELERA LIMA S.A.C. celebró en calidad de Inversionista, un Contrato de Inversión con el Estado por el proyecto denominado "Hotel Holiday Inn Express San Isidro Lima", para efecto de acogerse a lo establecido en el Decreto Legislativo Nº 973, de conformidad con lo establecido en el artículo 3 de la referida norma legal;

Que, mediante Resolución Ministerial Nº 042-2017-MINCETUR, de fecha 03 de febrero de 2017, se aprobó a la empresa CORPORACIÓN HOTELERA
LIMA S.A.C. como empresa calificada para la cobertura del Régimen de Recuperación Anticipada del Impuesto General a las Ventas establecido en el Decreto Legislativo citado y se aprobó la "Lista de Bienes, Servicios y Contratos de Construcción";

Que, la empresa CORPORACIÓN HOTELERA LIMA
S.A.C., presentó una solicitud de suscripción de una Adenda de Modificación del Contrato de Inversión antes señalado, al amparo de lo establecido en el Decreto Legislativo Nº 973 y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2017-EF, a efecto de modificar el monto de inversión, aspecto que ha sido materia de evaluación a
través de los Informes Nº 030 y Nº 036-2017-MINCETUR/ VMT/DGET/DPDT-CSZ de la Dirección de Productos y Destinos Turísticos, así como los Informes Legal Nº 105 y Nº 122-2017-MINCETUR/VMT/DGET/ ALDGET/ CQG de la Dirección General de Estrategia Turística del Viceministerio de Turismo, en los cuales respectivamente, se expresa la opinión técnica y legal favorable, en relación a la modificación del monto de inversión;

De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 973, Decreto Legislativo que establece el Régimen Especial de Recuperación Anticipada del Impuesto General a las Ventas y su modificatoria, su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2007-EF y sus modificatorias, la Ley Nº 27790, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo; y, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2002-MINCETUR y sus modificatorias;

SE RESUELVE:

Artículo Único.- Modificación del monto de inversión del proyecto Modificar el monto de inversión señalado en el artículo 2 de la Resolución Ministerial Nº 042-2017-MINCETUR, en mérito a la adenda al contrato de inversión con el Estado y la empresa CORPORACIÓN HOTELERA LIMA
S.A.C., para el proyecto denominado "Hotel Holiday Inn Express San Isidro Lima", por la suma de US$ 15
444,440.00 (Quince Millones Cuatrocientos Cuarenta y Cuatro Mil Cuatrocientos Cuarenta y 00/100 Dólares de los Estados Unidos de América).

Regístrese, comuníquese y publíquese.

EDUARDO FERREYROS KÜPPERS
Ministro de Comercio Exterior y Turismo

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