2/09/2018

RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 017-2018-PERU COMPRAS Aprueban el reordenamiento de cargos del Cuadro para

Aprueban el reordenamiento de cargos del Cuadro para Asignación de Personal (CAP) Provisional de la Central de Compras Públicas - PERU COMPRAS RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 017-2018-PERU COMPRAS Lima, 8 de febrero de 2018 VISTO: El Informe Nº 011-2018-PERU COMPRAS/SG-OA, de fecha 01 de febrero de 2018, de la Oficina de Administración; el Informe Nº 027-2018-PERU COMPRAS/SG-OPP, de fecha 06 de febrero de 2018, de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto; y el Informe Nº 036-2018-PERU COMPRAS/SG-OAJ,
Aprueban el reordenamiento de cargos del Cuadro para Asignación de Personal (CAP) Provisional de la Central de Compras Públicas - PERU COMPRAS
RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 017-2018-PERU COMPRAS
Lima, 8 de febrero de 2018
VISTO:

El Informe Nº 011-2018-PERU COMPRAS/SG-OA, de fecha 01 de febrero de 2018, de la Oficina de Administración; el Informe Nº 027-2018-PERU
COMPRAS/SG-OPP, de fecha 06 de febrero de 2018, de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto; y el Informe Nº 036-2018-PERU COMPRAS/SG-OAJ, de fecha 07 de febrero de 2018, de la Oficina de Asesoría Jurídica;

CONSIDERANDO:

Que, mediante el Decreto Legislativo Nº 1018 se crea el Organismo Público Ejecutor denominado Central de Compras Públicas - PERU COMPRAS, adscrito al Ministerio de Economía y Finanzas, que tiene personería jurídica de derecho público, con autonomía técnica, funcional, administrativa, económica y financiera;

Que, a través del Decreto Supremo Nº 364-2015-EF
se aprobó el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Central de Compras Públicas - PERU
COMPRAS;

Que, con Resolución Suprema Nº 002-2016-EF, se aprobó el Cuadro de Asignación de Personal (CAP)
Provisional de la Central de Compras Públicas - PERU
COMPRAS, el mismo que fue reordenado por Resolución Jefatural Nº 040-2016-PERU COMPRAS;

Que, el artículo 2 del Decreto Supremo Nº 084-2016-PCM, que precisa la designación y los límites de empleados de confianza en las entidades públicas, señala que para el cálculo del cinco por ciento (5%) de empleados de confianza en las entidades públicas, establecido en el numeral 2) del artículo 4 de la Ley Nº 28175, Ley Marco del Empleo Público, se entenderá que los "servidores públicos existentes en cada entidad" hace referencia a la sumatoria de los cargos ocupados y previstos en su
Cuadro para Asignación de Personal o en el Cuadro para Asignación de Personal Provisional, más el número de servidores contratados bajo el régimen de Contratación Administrativa de Servicios de la misma entidad, a la fecha de publicación de la citada norma;

Que, el primer párrafo del numeral 5 del Anexo Nº 4 de la Directiva Nº 002-2015-SERVIR/GDSRH, denominada "Normas para la gestión del proceso de administración de puestos, y elaboración y aprobación del Cuadro de Puestos de la Entidad - CPE", aprobada por la Resolución Nº 304-2015-SERVIR-PE, modificada y actualizada por la Resolución Nº 057-2016-SERVIR-PE, establece que el reordenamiento de cargos del Cuadro para Asignación de Personal (CAP) Provisional es el procedimiento mediante el cual se pueden realizar, entre otros ajustes, cambios en los campos correspondientes al cargo estructural, código, cargo de confianza y acciones de administración que no incidan en un incremento del presupuesto de la entidad, incluyendo el supuesto señalado en el numeral 1.3 del citado Anexo, según el cual, es posible ajustar el CAP Provisional hasta por un máximo del 5% del total de cargos allí contenidos;

Que, asimismo, el segundo párrafo del numeral 5 del Anexo Nº 4 de la Directiva Nº 002-2015-SERVIR/GDSRH, señala que el reordenamiento de cargos contenidos en el CAP Provisional no requerirá de un nuevo proceso de aprobación, pudiendo aprobarse mediante resolución del Titular de la Entidad, previo informe de la oficina de recursos humanos, o el que haga sus veces, con el visto bueno de la oficina de racionalización o quien haga sus veces;

Que, mediante el Informe Nº 011-2018-PERU
COMPRAS/SG-OA, la Oficina de Administración sustenta la necesidad de efectuar la actualización de la codificación de los cargos y del cargo estructural de todas las unidades orgánicas; así como determinar el porcentaje máximo de empleados de confianza, en virtud a ello propone el reordenamiento de los cargos contenidos en el CAP
Provisional de la Central de Compras Públicas - PERU
COMPRAS, en concordancia con los lineamientos y criterios establecidos en la Directiva Nº 002-2015-SERVIR/
GDSRH;

Que, a través del Informe Nº 027-2018-PERU
COMPRAS/SG-OPP, la Oficina de Planeamiento y Presupuesto señala que la propuesta de reordenamiento del Cuadro para Asignación de Personal (CAP) Provisional, no implica incremento en la cantidad de cargos del CAP , ni supera el límite de empleados de confianza o servidores públicos directivo superior establecido en la normatividad vigente. Así como, no generará un incremento en el presupuesto institucional; por lo cual, en su condición de órgano técnico y en el marco de sus competencias, opina que resulta viable el Reordenamiento del Cuadro para Asignación del Personal (CAP) Provisional de PERU
COMPRAS;

Que, en mérito al sustento técnico elaborado por la Oficina de Administración y a la opinión favorable de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, la Oficina de Asesoría Jurídica, mediante el Informe Nº 036-2018-PERU
COMPRAS/SG-OAJ, concluye que procede legalmente la aprobación de la propuesta de reordenamiento de cargos del CAP Provisional de la Central de Compras Públicas -
PERU COMPRAS;

Con el visado de la Secretaría General, la Oficina de Administración, la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, y la Oficina de Asesoría Jurídica;

De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 1018; el Decreto Supremo Nº 084-2016-PCM; la Directiva Nº 002-2015-SERVIR/GDSRH, aprobada por la Resolución Nº 304-2015-SERVIR-PE, modificada y actualizada por Resolución Nº 057-2016-SERVIR-PE; y, en uso de las facultades conferidas en los literales c) y p) del artículo 8 del Reglamento de Organización y Funciones de la Central de Compras Públicas - PERU COMPRAS, aprobado por Decreto Supremo Nº 364-2015-EF;

SE RESUELVE:

Artículo Primero.- Aprobar el reordenamiento de cargos del Cuadro para Asignación de Personal (CAP)
Provisional de la Central de Compras Públicas - PERU
COMPRAS, conforme a los Formatos Nº 1 y 2 que forman parte integrante de la presente resolución.

Artículo Segundo.- Disponer que la Oficina de Tecnologías de la Información publique los Formatos Nº 1 y 2, y la presente Resolución en el Portal Institucional (www.perucompras.gob.pe), en la misma fecha de su publicación en el Diario Oficial "El Peruano".

Regístrese, comuníquese y publíquese.

MIRTHA A. RÁZURI ALPISTE
Jefa (e) de la Central de Compras Públicas -
PERU COMPRAS
FORMATO Nº 1
CUADRO PARA ASIGNACIÓN DE PERSONAL PROVISIONAL
ENTIDAD : Central de Compras Públicas - PERU COMPRAS
SECTOR : Ministerio de Economía y Finanzas
ÓRGANOS DE LA ALTA DIRECIÓN
I. DENOMINACIÓN DEL ÓRGANO: JEFATURA
I.1 DENOMINACIÓN DE LA UNIDAD ORGÁNICA:

Nº ORDEN CARGO ESTRUCTURAL CÓDIGO
CLASIFI-CACIÓN
TOTAL
SITUACIÓN
DEL CARGO
CARGO DE
CONFIANZA
OP
001 Jefe/a de la Central de Compras Públicas 096-01-0-01 FP 1 1
002 Asesor/a 096-01-0-02 EC 1 1 1
003 Asesor/a 096-01-0-04 SP-EJ 1 1
004 Asistente/a 096-01-0-05 SP-ES 1 1
005 Secretaria/o 096-01-0-06 SP-AP 1 1
006-007Chofer 096-01-0-06 SP-AP 2 2
TOTAL ÓRGANO 7 7 1
II DENOMINACIÓN DEL ÓRGANO: SECRETARÍA GENERAL
DENOMINACIÓN DE LA UNIDAD ORGÁNICA:

Nº ORDEN CARGO ESTRUCTURAL CÓDIGO
CLASIFI-CACIÓN
TOTAL
SITUACIÓN
DEL CARGO
CARGO DE
CONFIANZA
OP
008 Secretario/a General 096-02-0-02 EC 1 1 1
009 Asesor/a 096-02-0-04 SP-EJ 1 1
010 Asistente/a 096-02-0-05 SP-ES 1 1
011 Secretaria/o 096-02-0-06 SP-AP 1 1
CUADRO PARA ASIGNACIÓN DE PERSONAL PROVISIONAL
ENTIDAD : Central de Compras Públicas - PERU COMPRAS
SECTOR : Ministerio de Economía y Finanzas 012 Chofer 096-02-0-06 SP-AP 1 1
TOTAL ÓRGANO 5 5 1
III DENOMINACIÓN DEL ORGANO: ÓRGANO DE CONTROL INSTITUCIONAL
DENOMINACIÓN DE LA UNIDAD ORGÁNICA:

Nº ORDEN CARGO ESTRUCTURAL CÓDIGO
CLASIFI-CACIÓN
TOTAL
SITUACIÓN
DEL CARGO
CARGO DE
CONFIANZA
OP
013 Jefe/a del Órgano de Control Institucional 096-03-0-03 SP-DS 1 1
014 Auditor/a 1 096-03-0-05 SP-ES 1 1
015 Auditor/a 2 096-03-0-05 SP-ES 1 1
016 Secretaria 096-03-0-06 SP-AP 1 1
TOTAL ÓRGANO 4 4 0
ÓRGANOS DE ADMINISTRACIÓN INTERNA
IV DENOMINACIÓN DEL ÓRGANO: OFICINA DE ASESORÍA JURÍDICA
DENOMINACIÓN DE LA UNIDAD ORGÁNICA:

Nº ORDEN CARGO ESTRUCTURAL CÓDIGO
CLASIFI-CACIÓN
TOTAL
SITUACIÓN
DEL CARGO
CARGO DE
CONFIANZA
OP
017 Jefe/a de Oficina 096-04-0-02 EC 1 1 1
018-019Especialista 096-04-0-05 SP-ES 2 2
020 Técnico/a Administrativo/a 096-04-0-06 SP-AP 1 1
TOTAL ÓRGANO 4 4 1
V DENOMINACIÓN DEL ÓRGANO: OFICINA DE PLANEAMIENTO Y PRESUPUESTO
DENOMINACIÓN DE LA UNIDAD ORGÁNICA:

Nº ORDEN CARGO ESTRUCTURAL CÓDIGO
CLASIFI-CACIÓN
TOTAL
SITUACIÓN
DEL CARGO
CARGO DE
CONFIANZA
OP
021 Jefe/a de Oficina 096-05-0-02 EC 1 1 1
022 Coordinador/a 096-05-0-04 SP-EJ 1 1
023-027Especialista 096-05-0-05 SP-ES 5 5
028 Técnico/a Administrativo/a 096-05-0-06 SP-AP 1 1
TOTAL ÓRGANO 8 8 1
VI DENOMINACIÓN DEL ÓRGANO: OFICINA DE COORDINACIÓN Y RELACIONES ESTRATEGICAS
DENOMINACIÓN DE LA UNIDAD ORGÁNICA:

Nº ORDEN CARGO ESTRUCTURAL CÓDIGO
CLASIFI-CACIÓN
TOTAL
SITUACIÓN
DEL CARGO
CARGO DE
CONFIANZA
OP
029 Jefe/a de Oficina 096-06 0-03 SP-DS 1 1
030 Coordinador/a 096-06-0-04 SP-EJ 1 1
031-036Especialista 096-06-0-05 SP-ES 6 6
037 Técnico/a Administrativo/a 096-06-0-06 SP-AP 1 1
TOTAL ÓRGANO 9 9 0
VII DENOMINACIÓN DEL ÓRGANO: OFICINA DE ADMINISTRACIÓN
DENOMINACIÓN DE LA UNIDAD ORGÁNICA:

Nº ORDEN CARGO ESTRUCTURAL CÓDIGO
CLASIFI-CACIÓN
TOTAL
SITUACIÓN
DEL CARGO
CARGO DE
CONFIANZA
OP
038 Jefe/a de Oficina 096-07-0-02 EC 1 1 1
039-040Coordinador/a 096-07-0-04 SP-EJ 2 2
041-048Especialista 096-07-0-05 SP-ES 8 8
049-050Asistente/a 096-07-0-05 SP-ES 2 2
051 Secretaria/o 096-07-0-06 SP-AP 1 1
052 Técnico/a Administrativo/a 096-07-0-06 SP-AP 1 1
TOTAL ÓRGANO 15 15 1
VIII DENOMINACIÓN DEL ÓRGANO: OFICINA DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN
DENOMINACIÓN DE LA UNIDAD ORGÁNICA:

Nº ORDEN CARGO ESTRUCTURAL CÓDIGO
CLASIFI-CACIÓN
TOTAL
SITUACIÓN
DEL CARGO
CARGO DE
CONFIANZA
OP
053 Jefe/a de Oficina 096-08-0-02 EC 1 1 1
054-058Especialista 096-08-0-05 SP-ES 5 5
059 Técnico/a Administrativo/a 096-08-0-06 SP-AP 1 1
TOTAL ÓRGANO 7 7 1
CUADRO PARA ASIGNACIÓN DE PERSONAL PROVISIONAL
ENTIDAD : Central de Compras Públicas - PERU COMPRAS
SECTOR : Ministerio de Economía y Finanzas
ÓRGANOS DE LÍNEA
IX DENOMINACIÓN DEL ÓRGANO: DIRECCIÓN DE ANÁLISIS DE MERCADO
DENOMINACIÓN DE LA UNIDAD ORGÁNICA:

Nº ORDEN CARGO ESTRUCTURAL CÓDIGO
CLASIFI-CACIÓN
TOTAL
SITUACIÓN
DEL CARGO
CARGO DE
CONFIANZA
OP
060 Director/a 096-09-0-02 EC 1 1 1
061-062Coordinador/a 096-09-0-04 SP-EJ 2 2
063-074Especialista 096-09-0-05 SP-ES 12 12
075 Asistente/a 096-09-0-05 SP-ES 1 1
076 Técnico/a Administrativo/a 096-09-0-06 SP-AP 1 1
TOTAL ÓRGANO 17 17 1
X DENOMINACIÓN DEL ÓRGANO: DIRECCIÓN DE ACUERDOS MARCO
DENOMINACIÓN DE LA UNIDAD ORGÁNICA:

Nº ORDEN CARGO ESTRUCTURAL CÓDIGO
CLASIFI-CACIÓN
TOTAL
SITUACIÓN
DEL CARGO
CARGO DE
CONFIANZA
OP
077 Director/a 096-10-0-02 EC 1 1 1
078-080Coordinador/a 096-10-0-04 SP-EJ 3 3
081-092Especialista 096-10-0-05 SP-ES 12 12
093-095Asistente/a 096-10-0-05 SP-ES 3 3
096 Técnico/a Administrativo/a 096-10-0-06 SP-AP 1 1
TOTAL ÓRGANO 20 20 1
XI DENOMINACIÓN DEL ORGANO: DIRECCIÓN DE COMPRAS CORPORATIVAS Y ENCARGOS
DENOMINACIÓN DE LA UNIDAD ORGÁNICA:

Nº ORDEN CARGO ESTRUCTURAL CÓDIGO
CLASIFI-CACIÓN
TOTAL
SITUACIÓN
DEL CARGO
CARGO DE
CONFIANZA
OP
097 Director/a 096-11-0-02 EC 1 1 1
098-099Coordinador/a 096-11-0-04 SP-EJ 2 2
100-107Especialista 096-11-0-05 SP-ES 8 8
108-110Asistente/a 096-11-0-05 SP-ES 3 3
111 Técnico/a Administrativo/a 096-11-0-06 SP-AP 1 1
TOTAL ÓRGANO 15 15 1
XII DENOMINACIÓN DEL ORGANO: DIRECCIÓN DE SUBASTA INVERSA
DENOMINACIÓN DE LA UNIDAD ORGÁNICA:

Nº ORDEN CARGO ESTRUCTURAL CÓDIGO
CLASIFI-CACIÓN
TOTAL
SITUACIÓN
DEL CARGO
CARGO DE
CONFIANZA
OP
112 Director/a 096-12-0-02 EC 1 1 1
113-114Coordinador/a 096-12-0-04 SP-EJ 2 2
115-121Especialista 096-12-0-05 SP-ES 7 7
122-124Asistente/a 096-12-0-05 SP-ES 3 3
125 Técnico/a Administrativo/a 096-12-0-06 SP-AP 1 1
TOTAL ÓRGANO 14 14 1
* Directivos Superiores de Libre Designación y Remoción TOTAL 125 0 125 10 2 0
EC 5% DS 10%(12) *DSLR 1/5
FORMATO Nº 2
RESUMEN CUANTITATIVO
DEL CUADRO PARA ASIGNACIÓN DE PERSONAL PROVISIONAL
ENTIDAD Central de Compras Públicas - Perú Compras SECTOR Ministerio de Economía y Finanzas
ÓRGANOS CLASIFICACIÓN (2) TOTAL (3) (1) FP EC SP-DS SP-EJ SP-ES SP-AP RE
1. JEFATURA 1 1 0 1 1 3 0 7
2. SECRETARÍA GENERAL 0 1 0 1 1 2 0 5
3. ÓRGANO DE CONTROL INSTITUCIONAL 0 0 1 0 2 1 0 4
4. OFICINA DE ASESORÍA JURÍDICA 0 1 0 0 2 1 0 4
5. OFICINA DE PLANEAMIENTO Y PRESUPUESTO 0 1 0 1 5 1 0 8
6. OFICINA DE COORDINACIÓN Y RELACIONES ESTRATEGICAS 0 0 1 1 6 1 0 9
{G}ORGANISMOS REGULADORES
{E}ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN ENERGIA Y MINERIA
Otorgan medida transitoria de excepción de la obligación de inscripción en el Registro de Hidrocarburos para comercializar GLP
desde Plantas de Abastecimiento, a favor de la empresa Petróleos del Perú - PETROPERU
S.A.
{N}RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSIÓN EN ENERGÍA Y MINERÍA OSINERGMIN Nº 016-2018-OS/CD
Lima, 6 de febrero de 2018
VISTO:

El pedido de la empresa Petróleos del Perú -
PETROPERU S.A. presentado mediante escritos GSUM-SDIS-085-2018 y GDUM-SDIS-086-2018 para el otorgamiento de una medida transitoria de excepción de la obligación de inscripción en el Registro de Hidrocarburos a fin de realizar actividades de comercialización de Gas Licuado de Petróleo (GLP) en la Planta de Zeta Gas Andino S.A. ubicada en el Callao y la Planta de Pluspetrol Perú Corporation S.A. ubicada en Pisco, y que se recoge en el Memorando Nº DSR-200-2018 de la División de Supervisión de Hidrocarburos Líquidos;

CONSIDERANDO:

Que, de acuerdo a lo establecido por el literal c) del artículo 3 de la Ley Nº 27332, Ley Marco de los Organismos Reguladores de la Inversión Privada en los Servicios Públicos, la función normativa de los Organismos Reguladores, entre ellos Osinergmin, comprende la facultad exclusiva de dictar, entre otros, en el ámbito y en materia de su competencia, mandatos y normas de carácter particular, referidas a intereses, obligaciones o derechos de las entidades, que se encuentran dentro del ámbito y materia de su competencia;

Que, mediante Decreto Supremo Nº 004-2010-EM, el Ministerio de Energía y Minas transfirió a Osinergmin el Registro de Hidrocarburos, a fin que dicho Organismo sea el encargado de administrar y regular el citado Registro, así como simplificar todos los procedimientos relacionados al mismo;

Que, el artículo 1 del Decreto Supremo Nº 063-2010-EM, modificado por el Decreto Supremo Nº 002-2011-EM, señala que, exclusivamente para efectuar o mantener inscripciones en el Registro de Hidrocarburos, en casos donde se prevea o constate una grave afectación de la seguridad, del abastecimiento interno de hidrocarburos de todo el país, de un área en particular o la paralización de los servicios públicos o atención de necesidades básicas, Osinergmin podrá establecer medidas transitorias que exceptúen en parte el cumplimiento de algunos artículos de las normas de comercialización de hidrocarburos y de los correspondientes reglamentos de seguridad;

Que, el artículo 7 del Reglamento para la Comercialización de Gas Licuado de Petróleo aprobado por Decreto Supremo Nº 01-94-EM dispone que "en el Registro de Hidrocarburos que administra Osinergmin deberán inscribirse las personas naturales o jurídicas que (...) realicen operaciones en (...) Plantas de Abastecimiento";

Que, al respecto, el agente que desee realizar actividades de comercialización de Gas Licuado de Petróleo desde una planta de abastecimiento, debe cumplir con los requisitos previstos en el Anexo 2.3.B del Reglamento del Registro de Hidrocarburos aprobado por Resolución de Consejo Directivo Nº 191-2011-OS/CD y sus modificatorias;

Que, mediante Carta Nº 025-2018-APMTC/LEG de fecha 15 de enero de 2018, la empresa APM TERMINALS
Callao S.A. informó al Ministerio de Energía y Minas que, desde febrero de 2018 hasta mediados de 2019, se realizarán obras de rehabilitación del Muelle 7 de hidrocarburos del Terminal Norte Multipropósito en el Terminal Portuario del Callao, mediante el cual se abastece a la Planta de Abastecimiento Callao, operada por la empresa Terminales del Perú - TdP;

Que, actualmente, en el Registro de Hidrocarburos, la empresa Petróleos del Perú - PETROPERU S.A. (en adelante, Petroperú) se encuentra inscrita como agente obligado a contar con existencias de GLP en la Planta de Abastecimiento Callao, conforme a lo establecido en el artículo 43 del Reglamento para la Comercialización de Combustibles Líquidos y otros productos derivados de los Hidrocarburos, aprobado por Decreto Supremo Nº 045-2001-EM,, donde realiza actividades de comercialización de GLP , por lo que dicha actividad se vería afectada por la mencionada rehabilitación;

Que, con fecha 23 de enero de 2018, la Dirección General de Hidrocarburos del Ministerio de Energía y Minas emitió el Informe Técnico Nº 0015-2018-MEM/ DGH-DPTC, donde se indica que a consecuencia de las restricciones que habrá para la descarga de combustibles, y dada la importancia que representa el Muelle 7 en la demanda que es atendida desde la Planta de Abastecimiento Callao, se prevé riesgo en el abastecimiento interno de GLP, que puede implicar la paralización de la atención de las necesidades básicas, y concluye que "resulta pertinente que se dicten las medidas correspondientes que hagan viable la comercialización de GLP desde dichas instalaciones [Planta de Abastecimiento de Zeta Gas Andino S.A. ubicada en el Callao y la Planta de Abastecimiento de Pluspetrol Perú Corporation S.A.
ubicada en Pisco] y se garantice el abastecimiento del citado producto, siempre que se cumplan con las medidas de seguridad establecidas en la normativa vigente";

Que, en ese contexto, a través de la carta GSUM-SDIS-085-2018 del 25 de enero de 2018, Petroperú solicita "la inscripción excepcional (...) en el Registro de Hidrocarburos para desarrollar la actividad de comercializador de GLP desde la Planta de Pluspetrol Perú Corporation S.A. (Pisco), por un periodo de cuatrocientos sesenta (460)1 días, contados desde el 8 de febrero de 2018";

Que, asimismo a través de la carta GSUM-SDIS-086-2018 del 25 de enero de 2018, Petroperú 7. OFICINA DE ADMINISTRACIÓN 0 1 0 2 10 2 0 15
8. OFICINA DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN 0 1 0 0 5 1 0 7
9. DIRECCIÓN DE ANÁLISIS DE MERCADO 0 1 0 2 13 1 0 17
10. DIRECCIÓN DE ACUERDOS MARCO 0 1 0 3 15 1 0 20
11. DIRECCIÓN DE COMPRAS CORPORATIVAS Y ENCARGOS 0 1 0 2 11 1 0 15
12. DIRECCIÓN DE SUBASTA INVERSA 0 1 0 2 10 1 0 14
TOTAL (4) 1 10 2 15 81 16 0 125
(5) TOTAL OCUPADOS 0 (6) TOTAL PREVISTOS 125 (7) TOTAL GENERAL 125

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