2/09/2018

RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 0032-2018-JUS Aprueban reordenamiento de cargos del Cuadro para

Aprueban reordenamiento de cargos del Cuadro para Asignación de Personal Provisional - CAP Provisional del Ministerio RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0032-2018-JUS Lima, 8 de febrero de 2018 VISTOS, el Oficio Nº 09-2018-JUS/VMDHAJ y el Memorando Nº 007-2018-JUS/VMDHAJ, del Despacho Viceministerial Derechos Humanos y Acceso a la Justicia; el Memorando Nº 009-2018-JUS/VMJ, del Despacho Viceministerial de Justicia; el Informe Nº 005-2018-OGRRHH-OGEC, de la Oficina de Gestión del Empleo y Compensación de la Oficina
Aprueban reordenamiento de cargos del Cuadro para Asignación de Personal Provisional - CAP Provisional del Ministerio
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0032-2018-JUS
Lima, 8 de febrero de 2018
VISTOS, el Oficio Nº 09-2018-JUS/VMDHAJ y el Memorando Nº 007-2018-JUS/VMDHAJ, del Despacho Viceministerial Derechos Humanos y Acceso a la Justicia; el Memorando Nº 009-2018-JUS/VMJ, del Despacho Viceministerial de Justicia; el Informe Nº 005-2018-OGRRHH-OGEC, de la Oficina de Gestión del Empleo y Compensación de la Oficina General de Recursos Humanos; el Informe Nº 012-2018-OGPM-OOM, de la Oficina de Organización y Modernización de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; y el Informe Nº 103-2018-JUS/OGAJ, de la Oficina General de Asesoría Jurídica;

CONSIDERANDO:

Que, mediante el Decreto Supremo Nº 013-2017-JUS, se aprobó el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos que comprende la estructura orgánica de la Entidad y las funciones de sus órganos y unidades orgánicas;

Que, por Resolución Ministerial Nº 185-2017-JUS
se aprobó el Cuadro para Asignación de Personal Provisional (CAP Provisional) vigente, para lo cual se contó con opinión técnica previa de la Autoridad Nacional del Servicio Civil - SERVIR, efectuada mediante Informe Nº 160-2017-SERVIR/GDSRH y comunicada a la entidad con Oficio Nº 1014-2017-SERVIR/PE, por el Presidente Ejecutivo de la Autoridad Nacional del Servicio Civil;

Que, mediante Resoluciones Ministeriales Nº 0299-2017-JUS, Nº 304-2017-JUS y Nº 004-2018-JUS se aprobaron los reordenamientos del CAP Provisional, eliminándose tres cargos para incorporar otros tres cargos, a solicitud de la Alta Dirección;

Que, en el marco de la rectoría del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos y de la implementación de la Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil, mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 304-2015-SERVIR-PE, modificada mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 057-2016-SERVIR-PE, se formalizó la aprobación de la Directiva Nº 002-2015-SERVIR/GDSRH "Normas para la gestión del proceso de administración de puestos, y elaboración y aprobación del Cuadro de Puestos de la Entidad - CPE", en adelante la Directiva, que incluye los lineamientos para el reordenamiento de cargos del CAP Provisional;

Que, el numeral 7.5 de la citada Directiva, señala que el CAP Provisional es el documento de gestión institucional de carácter temporal que contiene los cargos definidos y aprobados por la entidad, sobre la base de su estructura orgánica vigente prevista en su Reglamento de Organización y Funciones o Manual de Operaciones, según corresponda, cuya finalidad es viabilizar la operación de las entidades públicas durante el período de transición del sector público al régimen del servicio civil previsto en la Ley Nº 30057; señalando además, que las normas referidas al CAP Provisional que deben aplicarse se encuentran establecidas, entre otros, en el Anexo Nº 4 de la Directiva;

Que, de acuerdo con el numeral 1.3 del Anexo Nº 4 de la referida Directiva, en caso la entidad cuente con un CAP Provisional, podrá ajustar el documento hasta por un máximo del 5% del total de cargos allí contenidos, pero en ese caso se deben seguir los lineamientos establecidos en el numeral 5 de dicho anexo. En ningún caso las acciones señaladas habilitan a la entidad a requerir o utilizar mayores recursos presupuestarios para tal efecto;

Que, el numeral 5 del Anexo Nº 4 de la Directiva acotada señala que el reordenamiento de cargos del CAP Provisional
es el procedimiento mediante el cual se pueden realizar los siguientes ajustes: a) Cambios en los campos: "nº de orden", "cargo estructural", "código", "clasificación", "situación del cargo" y "cargo de confianza", y b) Otras acciones de administración del CAP Provisional que no incidan en un incremento del presupuesto de la entidad; asimismo, establece que el citado reordenamiento no requerirá de un nuevo proceso de aprobación del CAP Provisional y que podrá aprobarse mediante resolución o dispositivo legal que corresponda al titular de la entidad, previo informe de la oficina de recursos humanos o el que haga sus veces, con el visto bueno de la oficina de racionalización, o quien haga sus veces; en estos casos, la entidad deberá actualizar su CAP
Provisional y publicarlo mediante resolución de su titular;

Que, mediante Oficio Nº 09-2018-JUS/VMDHAJ, el Despacho Viceministerial de Derechos Humanos y Acceso a la Justicia solicita a la Secretaría General el reordenamiento de plazas de la Dirección General de Derechos Humanos;

Que, mediante Memorando Nº 009-2018-JUS/VMJ, el Despacho Viceministerial de Justicia solicita a la Secretaría General disponer el reordenamiento de tres (03) plazas; una (01) para el Despacho Viceministerial de Justicia, una (01) para la Dirección General de Asuntos Criminológicos y una (01) para la Dirección General de Desarrollo Normativo y Calidad Regulatoria;

Que, mediante Memorando Nº 007-2018-JUS/ VMDHAJ, el Despacho Viceministerial Derechos Humanos y Acceso a la Justicia solicita a la Secretaría General disponer el reordenamiento de plazas modificando la clasificación actual de los cargos de la Dirección de Registro e Investigación Forense y la Dirección de Atención y Acompañamiento, ambas de la Dirección General de Búsqueda de Personas Desaparecidas;

Que, los requerimientos de reordenamiento del CAP - Provisional solicitados por la Alta Dirección del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, se realizan con la finalidad de potenciar las actividades de asesoría altamente especializada de la Entidad;

Que, con el Oficio Nº 210-2018-JUS/OGRRHH, la Oficina General de Recursos Humanos remite a la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización el Informe Nº 005-2018-OGRRHH-OGEC de la Oficina de Gestión del Empleo y Compensación, que sustenta el reordenamiento del CAP Provisional del MINJUSDH;

Que, mediante el Oficio Nº 247-2018-JUS/OGPM, el Jefe de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización remite el Informe Nº 012-2018-OGPM-OOM, de la Oficina de Organización y Modernización que concluye que la propuesta de reordenamiento del CAP
Provisional formulada por la Oficina General de Recursos Humanos cumple con las disposiciones establecidas en la normatividad vigente sobre la materia;

Que, por lo expuesto es necesario aprobar el reordenamiento de cargos del Cuadro para Asignación de Personal Provisional - CAP Provisional del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos;

De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 29809, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; el Decreto Supremo Nº 013-2017-JUS, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; la Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil y su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo Nº 040-2014-PCM;
y la Directiva Nº 002-2015-SERVIR-GDSRH, "Normas para la gestión del proceso de administración de puestos, y elaboración y aprobación del Cuadro de Puestos de la Entidad - CPE", aprobada mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 304-2015-SERVIR-PE, modificada con Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 057-2016-SERVIR-PE;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Aprobar el reordenamiento de cargos del Cuadro para Asignación de Personal Provisional - CAP Provisional del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, aprobado mediante Resolución Ministerial Nº 185-2017-JUS, conforme al Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución.

Artículo 2.- Disponer que el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos adopte las acciones de personal necesarias, a fin de implementar lo dispuesto en la presente Resolución.

Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial y su Anexo en el Portal Institucional del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (www. minjus.gob.pe) en la fecha de publicación de la Resolución en el Diario Oficial "El Peruano".

Regístrese, comuníquese y publíquese.

ENRIQUE JAVIER MENDOZA RAMÍREZ
Ministro de Justicia y Derechos Humanos

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