7/17/2019

Guía Técnica: Operación Mantenimiento Calderas RM 642-2019/MINSA Salud

Poder Ejecutivo, Salud Aprueban Guía Técnica: Operación y Mantenimiento de Calderas de Vapor Pirotubulares en Establecimientos de Salud RM 642-2019/MINSA Lima, 15 de julio del 2019 Visto, los Expedientes Nºs 18-001075-001 y 18-001075-003, que contienen la Nota Informativa Nº 367-2017-DGOS/MINSA, el Memorándum Nº 2658-2018-DGOS/ MINSA y los Informes Nºs. 046-2017-UFNATCDN-DIEM-DGOS/MINSA, 301-2017-UFM-DIEM-DGOS/ MINSA, 074-2018-UFNATCDN -DIEM-DGOS/MINSA y
Poder Ejecutivo, Salud
Aprueban Guía Técnica: Operación y Mantenimiento de Calderas de Vapor Pirotubulares en Establecimientos de Salud
RM 642-2019/MINSA
Lima, 15 de julio del 2019
Visto, los Expedientes Nºs 18-001075-001 y 18-001075-003, que contienen la Nota Informativa Nº 367-2017-DGOS/MINSA, el Memorándum Nº 2658-2018-DGOS/ MINSA y los Informes Nºs. 046-2017-UFNATCDN-DIEM-DGOS/MINSA, 301-2017-UFM-DIEM-DGOS/
MINSA, 074-2018-UFNATCDN -DIEM-DGOS/MINSA
y 997-2018-UFM-DIEM-DGOS/MINSA, de la Dirección General de Operaciones en Salud del Ministerio de Salud;

CONSIDERANDO:



Que, los numerales I y II del Título Preliminar de la Ley Nº 26842, Ley General de Salud, señalan que la salud es
condición indispensable del desarrollo humano y medio fundamental para alcanzar el bienestar individual y colectivo;
por lo que la protección de la salud es de interés público, siendo responsabilidad del Estado regularla, vigilarla y promoverla;

Que, el numeral 8) del artículo 3 del Decreto Legislativo Nº 1161, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, dispone que el Ministerio de Salud es competente en infraestructura y equipamiento en salud;

Que, el artículo 4 de la precitada Ley establece que el Sector Salud está conformado por el Ministerio de Salud, como organismo rector, las entidades adscritas a él y aquellas instituciones públicas y privadas de nivel nacional, regional y local, y personas naturales que realizan actividades vinculadas a las competencias establecidas en dicha Ley, y que tienen impacto directo o indirecto en la salud, individual o colectiva;


Que, los literales a) y b) del artículo 5 de la Ley antes señalada, modificado por la Ley Nº 30895, Ley que fortalece la función rectora del Ministerio de Salud, establecen que son funciones rectoras del Ministerio de Salud, formular, planear, dirigir, coordinar, ejecutar, supervisar y evaluar la política nacional y sectorial de promoción de la salud, prevención de enfermedades, recuperación, rehabilitación en salud y buenas prácticas en salud, bajo su competencia, aplicable a todos los niveles de gobierno; así como dictar normas y lineamientos técnicos para la adecuada ejecución y supervisión de las políticas nacionales y sectoriales, entre otros;


Que, el artículo 109 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2017-SA, dispone que la Dirección General de Operaciones en Salud es el órgano de línea dependiente del Despacho Viceministerial de Prestaciones y Aseguramiento en Salud, encargado de proponer la normatividad en materia de infraestructura, equipamiento y mantenimiento a nivel nacional;

Que, mediante los documentos del visto, la Dirección General de Operaciones en Salud ha elaborado para aprobación el proyecto de Guía Técnica: Operación y Mantenimiento de Calderas de Vapor Pirotubulares en Establecimientos de Salud, cuya finalidad es contribuir a la conservación, funcionamiento y seguridad de las calderas de vapor pirotubulares que funcionan en los establecimientos de salud;

Que, mediante Informe Nº 396-2019-OGAJ/MINSA, la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de Salud ha emitido la opinión legal correspondiente;

Estando a lo propuesto por la Dirección General de Operaciones en Salud;

Con el visado del Director General de la Dirección General de Operaciones en Salud, de la Directora General de la Oficina General de Asesoría Jurídica, de la Secretaria General y del Viceministro de Prestaciones y Aseguramiento en Salud; y, De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 1161, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, modificado por la Ley Nº 30895, Ley que fortalece la función rectora del Ministerio de Salud, y en el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2017-SA, modificado por Decreto Supremo Nº 011-2017-SA y Decreto Supremo Nº 032-2017-SA;

SE RESUELVE:



Artículo 1.- Aprobar la Guía Técnica: Operación y Mantenimiento de Calderas de Vapor Pirotubulares en Establecimientos de Salud, que forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial.

Artículo 2.- Encargar a la Oficina de Transparencia y Anticorrupción de la Secretaría General la publicación de la presente Resolución Ministerial en el portal institucional del Ministerio de Salud.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

ELIZABETH ZULEMA TOMÁS GONZÁLES
Ministra de Salud

NORMA LEGAL:

  • Titulo: RM 642-2019/MINSA Aprueban Guía Técnica: Operación y Mantenimiento de Calderas de Vapor Pirotubulares en Establecimientos de Salud
  • Tipo de norma : RESOLUCIÓN MINISTERIAL
  • Numero : 642-2019/MINSA
  • Emitida por : Salud - Poder Ejecutivo
  • Fecha de emision : 2019-07-17
  • Fecha de aplicacion : 2019-07-18

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