9/06/2019

Plan Estratégico Nacional Artesanía – Pendar RM 309-2019-MINCETUR Comercio Exterior y Turismo

Poder Ejecutivo, Comercio Exterior y Turismo Aprueban el Plan Estratégico Nacional de Artesanía - PENDAR - 2029 RM 309-2019-MINCETUR Lima, 4 de setiembre de 2019 Visto, el Memorando Nº 779-2019-MINCETUR/ VMT del Viceministerio de Turismo, y los Informes Nº 036-2018-MINCETUR-VMT/DGA-ERGL, Nº 030-2018-MINCETUR/VMT/DGA-AMD y Nº 031-2019-MINCETUR/VMT/DGA/DDA-ERGL de la Dirección General de Artesanía del Viceministerio de Turismo del Ministerio de Comercio
Poder Ejecutivo, Comercio Exterior y Turismo
Aprueban el Plan Estratégico Nacional de Artesanía - PENDAR - 2029
RM 309-2019-MINCETUR
Lima, 4 de setiembre de 2019
Visto, el Memorando Nº 779-2019-MINCETUR/ VMT del Viceministerio de Turismo, y los Informes
Nº 036-2018-MINCETUR-VMT/DGA-ERGL, Nº 030-2018-MINCETUR/VMT/DGA-AMD y Nº 031-2019-MINCETUR/VMT/DGA/DDA-ERGL de la Dirección General de Artesanía del Viceministerio de Turismo del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo; y,

CONSIDERANDO:



Que, conforme a la Ley Nº 27790, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, es objetivo del MINCETUR, promover el desarrollo de la actividad artesanal, a través del incremento de la productividad y competitividad de sus agentes, fortaleciendo su identidad y su acceso al mercado nacional y de exportación;

Que, el numeral 10.1 del artículo 10 de la Ley Nº 29073, Ley del Artesano y del Desarrollo de la Actividad Artesanal, señala que el MINCETUR es la entidad competente para ejecutar la promoción, orientación y regulación de la artesanía de acuerdo a la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo;

Que, el literal b) del artículo 55 del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) del MINCETUR, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 005-2002-MINCETUR

y sus modificatorias, establece que es función del Viceministerio de Turismo dirigir y supervisar los planes, proyectos y programas correspondientes al ámbito de su competencia, incluyendo el Plan Estratégico Nacional de Artesanía - PENDAR;

Que, el literal c) del artículo 74-F del ROF del MINCETUR, señala que la Dirección General de Artesanía formula el Plan Estratégico Nacional de Artesanía - PENDAR y propone sus actualizaciones;

Que, la Tercera Disposición Final del Reglamento de la Ley Nº 29073, Ley del Artesano y del Desarrollo de la Actividad Artesanal, adicionada por el artículo 5 del Decreto Supremo Nº 007-2012-MINCETUR, establece que el Plan Estratégico Nacional de Artesanía - PENDAR, es aprobado por Resolución Ministerial;

Que, el Plan Estratégico Nacional de Artesanía -

PENDAR - 2029, tiene por objetivo formular una visión de largo plazo en la implementación de políticas y metas para el sector artesanal para los próximos diez (10) años, constituyendo un esfuerzo de concertación entre el sector público y privado para el desarrollo de acciones que permitan mejorar la competitividad del sector artesanal; representando además la herramienta de alineamiento del sector, así como la estrategia que los actores deben implementar para que el Perú cuente con una artesanía competitiva, posicionada en los mercados y que contribuya a elevar la calidad de vida del artesano;

Que, en tal virtud, a través de los documentos del Visto, se sustenta la necesidad de aprobar el Plan Estratégico Nacional de Artesanía - PENDAR - 2029, por lo que corresponde emitir el acto resolutivo correspondiente; y, De conformidad con la Ley Nº 27790, Ley de Organización y Funciones del MINCETUR, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2002-MINCETUR
y sus modificatorias, la Ley Nº 29073, Ley del Artesano y del Desarrollo de la Actividad Artesanal, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2010-MINCETUR
y sus modificatorias;

SE RESUELVE:



Artículo 1.- Aprobar el Plan Estratégico Nacional de Artesanía - PENDAR - 2029, que como Anexo forma parte integrante de la presente Resolución.

Artículo 2.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial "El Peruano" y su Anexo en el Portal Institucional del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo (www.gob.pe/mincetur).

Articulo 3.- Encargar a la Dirección General de Artesanía del Viceministerio de Turismo la evaluación y supervisión del cumplimiento del Plan Estratégico Nacional de Artesanía - PENDAR - 2029.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

EDGAR M. VASQUEZ VELA
Ministro de Comercio Exterior y Turismo

NORMA LEGAL:

  • Titulo: RM 309-2019-MINCETUR Aprueban el Plan Estratégico Nacional de Artesanía - PENDAR - 2029
  • Tipo de norma : RESOLUCIÓN MINISTERIAL
  • Numero : 309-2019-MINCETUR
  • Emitida por : Comercio Exterior y Turismo - Poder Ejecutivo
  • Fecha de emision : 2019-09-06
  • Fecha de aplicacion : 2019-09-07

Advertencia

Este es un portal de ayuda a quienes desean leer las nuevas normas legales del Perú. Si encuentra algun texto que no deberia estar en este portal, escriba un mensaje a elperulegal@gmail.com para que sea retirado.

Propósito:

El propósito de "El Peru Legal" es mostrar las normas legales que proporcionan las entidades del Estado del Perú para buscar información relativa a decretos, leyes, resoluciones, directivas.