12/28/2019

Declara Estado Emergencia Peligro Inminente Ante DS 201-2019-PCM PCM

Poder Ejecutivo, Presidencia del Consejo de Ministros Decreto Supremo que declara el Estado de Emergencia por peligro inminente ante el periodo de lluvias 2019-2020, en varios distritos de algunas provincias de los departamentos de Tumbes, Piura, Lambayeque, La Libertad, San Martín, Cajamarca, Lima, Cusco, Huancavelica, Ayacucho, Apurímac, Junín, Huánuco, Pasco y Ancash DS 201-2019-PCM EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, la temporada de lluvias en el
Poder Ejecutivo, Presidencia del Consejo de Ministros
Decreto Supremo que declara el Estado de Emergencia por peligro inminente ante el periodo de lluvias 2019-2020, en varios distritos de algunas provincias de los departamentos de Tumbes, Piura, Lambayeque, La Libertad, San Martín, Cajamarca, Lima, Cusco, Huancavelica, Ayacucho, Apurímac, Junín, Huánuco, Pasco y Ancash
DS 201-2019-PCM
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

CONSIDERANDO:



Que, la temporada de lluvias en el territorio nacional, en muchos casos, ha venido generando daños de magnitud, tal es así que en los últimos 11 años se han registrado en el Sistema de Información Nacional para la Respuesta y la Rehabilitación (SINPAD), un número importante de emergencias generadas por dicho fenómeno, asociadas principalmente a desbordes de ríos que ocasionan inundaciones, deslizamientos de laderas, activación de quebradas (huaicos), así como aluviones, entre otros;

Que, en efecto, varios distritos en los departamentos de nuestro país han sido declarados en Estado de Emergencia a raíz de los efectos y daños de magnitud ocasionados por las lluvias intensas que se han venido produciendo durante las temporadas de lluvias de los últimos años, lo que es necesario considerar ante la llegada de la próxima temporada de lluvias del periodo 2019-2020;


Que, de acuerdo al numeral 68.5 del artículo 68 del Reglamento de la Ley Nº 29664 que crea el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres (SINAGERD), aprobado por el Decreto Supremo Nº 048-2011-PCM, concordado con el numeral 5.3 del artículo 5 y el numeral 9.2 del artículo 9 de la "Norma Complementaria sobre la Declaratoria de Estado de Emergencia por Desastre o Peligro Inminente, en el marco de la Ley Nº 29664, Ley que crea el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres (SINAGERD)", aprobada mediante el Decreto Supremo Nº 074-2014-PCM; excepcionalmente, la Presidencia del Consejo de Ministros puede presentar de Oficio al Consejo de Ministros la declaratoria de Estado de Emergencia de la zona afectada por un peligro inminente o la ocurrencia de un desastre, previa comunicación de la situación y propuesta de medidas y/o acciones inmediatas que correspondan, efectuada por el Instituto Nacional de Defensa Civil (INDECI);


Que, mediante el Oficio Nº 6062-2019-INDECI/5.0 de fecha 23 de diciembre de 2019, el Instituto Nacional de Defensa Civil (INDECI), remite a la Presidencia del Consejo de Ministros el Informe Situacional Nº 00044-2019-INDECI/11.0 de fecha 23 de diciembre de 2019, emitido por la Dirección de Respuesta de dicha entidad, en el que señala que se han identificado zonas que se encuentran en peligro inminente ante el Muy Alto Riesgo existente por la proximidad de la temporada de lluvias 2019-2020 en varios distritos de algunas provincias de los departamentos de Tumbes, Piura, Lambayeque, La Libertad, San Martín, Cajamarca, Lima, Cusco, Huancavelica, Ayacucho, Apurímac, Junín, Huánuco, Pasco y Ancash, que se encuentran detallados en el Anexo que forma parte del presente decreto supremo;

Que, para la elaboración del Informe Situacional Nº 00044-2019-INDECI/11.0, el Instituto Nacional de Defensa Civil (INDECI) ha tenido en consideración los siguientes documentos: (i) el Escenario de Riesgo por lluvias para el Verano 2020 (Enero-Marzo 2020), elaborado por el CENEPRED de noviembre 2019; (ii) el Informe Técnico Nº 019-2019/SENAMHI-DMA-SPC "Perspectivas para el periodo Enero-Marzo 2020", elaborado por el SENAMHI, de fecha 12 diciembre de 2019; (iii) el Informe Técnico Nº 121-10.1 Identificación de zonas probablemente afectadas ante peligros asociados a lluvias intensas:
movimientos en masa e inundaciones Enero-Marzo 2020, Lima, Diciembre 2019" emitido por la Sub Dirección de la SIERD-DIPRE-INDECI; y, (iv) el Comunicado Oficial ENFEN Nº 15-2019, del 12 de diciembre 2019;

Que, ante dicho escenario y la identificación de puntos críticos, el Instituto Nacional de Defensa Civil (INDECI) recomienda en su Informe Situacional Nº 00044-2019-INDECI/11.0, gestionar la declaratoria de Estado de Emergencia por peligro inminente ante el periodo de lluvias 2019-2020, en varios distritos de algunas provincias de los departamentos de Tumbes, Piura, Lambayeque, La Libertad, San Martín, Cajamarca, Lima, Cusco, Huancavelica, Ayacucho, Apurímac, Junín, Huánuco, Pasco y Ancash, detallados en el Anexo que forma parte del presente decreto supremo, por el plazo de sesenta (60) días calendario; para la ejecución de acciones, inmediatas y necesarias, orientadas a la reducción del Muy Alto Riesgo existente, así como de respuesta y rehabilitación en caso amerite;

Que, estando a lo expuesto, y en concordancia con lo establecido en el numeral 43.2 del artículo 43 del Reglamento de la Ley Nº 29664 que crea el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres (SINAGERD), en el presente caso se configura una emergencia de nivel 4;

Que, la magnitud de la situación descrita en los considerandos precedentes, demanda la adopción de medidas urgentes que permitan a los Gobiernos Regionales de Tumbes, Piura, Lambayeque, La Libertad, San Martín, Cajamarca, Lima, Cusco, Huancavelica, Ayacucho, Apurímac, Junín, Huánuco, Pasco y Ancash, así como a los Gobiernos Locales comprendidos, con la coordinación técnica y seguimiento del Instituto Nacional de Defensa Civil (INDECI) y la participación del Ministerio de Salud, del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, del Ministerio de Agricultura y Riego, del Ministerio del Interior, del Ministerio de Defensa, del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, y demás instituciones públicas y privadas involucradas en cuanto les corresponda; ejecutar las acciones, inmediatas y necesarias, orientadas a la reducción del Muy Alto Riesgo existente, así como de respuesta y rehabilitación en caso amerite. Dichas acciones deberán tener nexo directo de causalidad entre las intervenciones y el evento, y podrán ser modificadas de acuerdo a las necesidades y elementos de seguridad que se vayan presentando durante la ejecución, sustentadas en los estudios técnicos de las entidades competentes. Para dicho efecto se cuenta con la opinión favorable del Viceministerio de Gobernanza Territorial de la Presidencia del Consejo de Ministros;

Que, de acuerdo a lo establecido por el artículo 21 de la "Norma Complementaria sobre la Declaratoria de Estado de Emergencia por Desastre o Peligro Inminente, en el marco de la Ley Nº 29664, Ley que crea el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres (SINAGERD)", el Instituto Nacional de Defensa Civil (INDECI) debe efectuar las acciones de coordinación y seguimiento a las recomendaciones y acciones inmediatas y necesarias que se requieran o hayan sido adoptadas por el Gobierno Regional y/o los sectores involucrados, en el marco de la declaratoria de Estado de Emergencia aprobada, dentro del plazo establecido, y debe remitir a la Presidencia del Consejo de Ministros, el informe de los respectivos resultados, así como de la ejecución de las acciones inmediatas y necesarias durante la vigencia de la misma;

De conformidad con el inciso 1 del artículo 137 de la Constitución Política del Perú; la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 29664, Ley que crea el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres (SINAGERD); el Reglamento de la Ley Nº 29664 que crea el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres (SINAGERD), aprobado por el Decreto Supremo Nº 048-2011-PCM; y, la "Norma Complementaria sobre la Declaratoria de Estado de Emergencia por Desastre o Peligro Inminente, en el marco de la Ley Nº 29664, Ley que crea el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres (SINAGERD)", aprobada por el Decreto Supremo Nº 074-2014-PCM; y, Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros, y con cargo a dar cuenta al nuevo Congreso:

DECRETA:



Artículo 1.- Declaratoria del Estado de Emergencia Declárese el Estado de Emergencia por peligro inminente ante el periodo de lluvias 2019-2020, en varios distritos de algunas provincias de los departamentos de Tumbes, Piura, Lambayeque, La Libertad, San Martín, Cajamarca, Lima, Cusco, Huancavelica, Ayacucho, Apurímac, Junín, Huánuco, Pasco y Ancash, que se encuentran detallados en el Anexo que forma parte del presente decreto supremo, por el plazo sesenta (60) días calendario, para la ejecución de acciones, inmediatas y necesarias, orientadas a la reducción del Muy Alto Riesgo existente, así como de respuesta y rehabilitación en caso amerite.

Artículo 2.- Acciones a ejecutar Los Gobiernos Regionales de Tumbes, Piura, Lambayeque, La Libertad, San Martín, Cajamarca, Lima, Cusco, Huancavelica, Ayacucho, Apurímac, Junín, Huánuco, Pasco y Ancash, así como, los Gobiernos Locales comprendidos, con la coordinación técnica y seguimiento del Instituto Nacional de Defensa Civil (INDECI) y la participación del Ministerio de Salud, del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, del Ministerio de Agricultura y Riego, del Ministerio del Interior, del Ministerio de Defensa y del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, y demás instituciones públicas y privadas involucradas en cuanto les corresponda;
ejecutarán las acciones, inmediatas y necesarias, orientadas a la reducción del Muy Alto Riesgo existente, así como de respuesta y rehabilitación en caso amerite.

Las acciones pueden ser modificadas de acuerdo a las necesidades y elementos de seguridad que se vayan presentando durante su ejecución, sustentadas en los estudios técnicos de las entidades competentes.

Artículo 3.- Financiamiento La implementación de las acciones previstas en el presente decreto supremo, se financian con cargo al presupuesto institucional de los pliegos involucrados, de conformidad con la normatividad vigente.

Artículo 4.- Refrendo El presente decreto supremo es refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros, la Ministra de Salud, el Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento, el Ministro de Agricultura y Riego, el Ministro del Interior, el Ministro de Defensa y el Ministro de Transportes y Comunicaciones.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintisiete días del mes de diciembre del año dos mil diecinueve.

MARTÍN ALBERTO VIZCARRA CORNEJO
Presidente de la República
VICENTE ANTONIO ZEBALLOS SALINAS
Presidente del Consejo de Ministros
JORGE LUIS MONTENEGRO CHAVESTA
Ministro de Agricultura y Riego
WALTER MARTOS RUIZ
Ministro de Defensa
CARLOS MORÁN SOTO
Ministro del Interior
ROCÍO INGRED BARRIOS ALVARADO
Ministra de la Producción Encargada del despacho del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento
MARÍA ELIZABETH HINOSTROZA PEREYRA
Ministra de Salud
EDMER TRUJILLO MORI
Ministro de Transportes y Comunicaciones
ANEXO
DISTRITOS DECLARADOS EN ESTADO DE EMERGENCIA
POR PELIGRO INMINENTE ANTE EL PERIODO DE LLUVIAS
- 2020
DEPARTAMENTONº PROVINCIA Nº DISTRITO
TUMBES
1
CONTRALMIRANTE
VILLAR
1 CANOAS DE PUNTA SAL
2 CASITAS
3 ZORRITOS
2 TUMBES
4 CORRALES
5 LA CRUZ
6 PAMPAS DE HOSPITAL
7 SAN JACINTO
8 SAN JUAN DE LA VIRGEN
9 TUMBES
3 ZARUMILLA
10 AGUAS VERDES
11 MATAPALO
12 PAPAYAL
13 ZARUMILLA
DEPARTAMENTONº PROVINCIA Nº DISTRITO
PIURA
4 AYABACA
14 AYABACA
15 FRÍAS
16 JILILI
17 LAGUNAS
18 MONTERO
19 PACAIPAMPA
20 PAIMAS
21 SAPILLICA
22 SICCHEZ
5 MORROPON
23 BUENOS AIRES
24 CHALACO
25 CHULUCANAS
26 LA MATANZA
27 MORROPON
28 SALITRAL
29 SAN JUAN DE BIGOTE
30 SANTA CATALINA DE MOSSA
31 SANTO DOMINGO
32 YAMANGO
6 PAITA
33 AMOTAPE
34 COLAN
35 LA HUACA
36 PAITA
37 TAMARINDO
38 VICHAYAL
7 PIURA
39 CASTILLA
40 CATACAOS
41 CURA MORI
42 EL TALLAN
43 LA ARENA
44 LA UNION
45 LAS LOMAS
46 PIURA
47 TAMBO GRANDE
48 VEINTISÉIS DE OCTUBRE
8 SECHURA
49 BELLAVISTA DE LA UNIÓN
50 BERNAL
51 CRISTO NOS VALGA
52 RINCONADA LLICUAR
53 SECHURA
54 VICE
9 SULLANA
55 BELLAVISTA
56 IGNACIO ESCUDERO
57 LANCONES
58 MARCAVELICA
59 MIGUEL CHECA
60 QUERECOTILLO
61 SALITRAL
62 SULLANA
10 TALARA
63 LOS ÓRGANOS
64 PARIÑAS
LAMBAYEQUE
11 CHICLAYO
65 CAYALTI
66 CHONGOYAPE
67 ETÉN
68 JOSE LEONARDO ORTIZ
69 LAGUNAS
70 MONSEFÚ
71 NUEVA ARICA
72 OYOTUN
73 PATAPO
74 PICSI
75 REQUE
76 TUMÁN
12 FERREÑAFE
77 CAÑARIS
78 INCAHUASI
79 PITIPO
80 PUEBLO NUEVO
13 LAMBAYEQUE
81 ILLIMO
82 JAYANCA
83 LAMBAYEQUE
84 MOCHUMI
85 MÓRROPE
86 MOTUPE
87 OLMOS
88 PACORA
89 SALAS
90 TUCUME
DEPARTAMENTONº PROVINCIA Nº DISTRITO
CAJAMARCA
14 CAJAMARCA
91 CAJAMARCA
92 LOS BAÑOS DEL INCA
93 SAN JUAN
15 CELENDÍN
94 CELENDÍN
95 CORTEGANA
96 HUASMÍN
16 CHOTA 97 LLAMA
17 CONTUMAZÁ
98 CONTUMAZÁ
99 CUPISNIQUE
100 SAN BENITO
18 CUTERVO
101 CHOROS
102 QUEROCOTILLO
19 JAÉN
103 CHONTALI
104 COLASAY
105 JAÉN
106 POMAHUACA
107 PUCARÁ
108 SAN FELIPE
20 SAN IGNACIO
109 CHIRINOS
110 HUARANGO
111 NAMBALLE
112 SAN IGNACIO
113 SAN JOSÉ DE LOURDES
21 SAN MIGUEL
114 BOLIVAR
115 NANCHOC
116 UNIÓN AGUA BLANCA
22 SANTA CRUZ
117 SANTA CRUZ
118 SEXI
LA LIBERTAD
23 ASCOPE
119 CHICAMA
120 CHOCOPE
121 RÁZURI
122 SANTIAGO DE CAO
24 CHEPÉN
123 CHEPÉN
124 PACANGA
125 PUEBLO NUEVO
25 GRAN CHIMU
126 CASCAS
127 LUCMA
128 MARMOT
129 SAYAPULLO
26 PACASMAYO 130 SAN JOSÉ
27 JULCÁN
131 CARABAMBA
132 JULCÁN
28 PATAZ 133 CHILLIA
29 SANTIAGO DE CHUCO
134 SANTIAGO DE CHUCO
135 SITABAMBA
30 TRUJILLO
136 EL PORVENIR
137 LAREDO
138 MOCHE
139 SIMBAL
140 TRUJILLO
141 VICTOR LARCO HERRERA
31 VIRÚ
142 CHAO
143 GUADALUPITO
144 VIRÚ
ANCASH
32 BOLOGNESI 145 AQUIA
33 CASMA
146 CASMA
147 YAUTÁN
34 HUARAZ
148 HUANCHAY
149 HUARAZ
150 INDEPENDENCIA
35 HUARMEY
151 CULEBRAS
152 HUARMEY
36 OCROS 153 COCHAS
37 PALLASCA
154 PALLASCA
155 PAMPAS
38 SANTA
156 CHIMBOTE
157 COISHCO
158 MACATE
159 MORO
160 NEPEÑA
161 NUEVO CHIMBOTE
162 SAMANCO
39 YUNGAY 163 SHUPLUY
DEPARTAMENTONº PROVINCIA Nº DISTRITO
LIMA
40 HUAROCHIRI 164 SANTA EULALIA
41 BARRANCA
165 PATIVILCA
166 BARRANCA
167 PARAMONGA
42 CAÑETE
168 CHILCA
169 CALANGO
43 YAUYOS 170 YAUYOS
44 HUARAL 171 HUARAL
CUSCO
45 ACOMAYO 172 ACOMAYO
46 ANTA
173 ANTA
174 HUAROCONDO
175 PUCYURA
47 CALCA
176 CALCA
177 PISAC
48 CANCHIS
178 CHECACUPE
179 MARANGANI
180 SAN PABLO
181 SAN PEDRO
182 SICUANI
49 CHUMBIVILCAS 183 SANTO TOMÁS
50 CUSCO
184 CUSCO
185 SAN SEBASTIÁN
51 LA CONVENCION
186 HUAYOPATA
187 KIMBIRI
188 MARANURA
189 OCOBAMBA
190 PICHARI
191 SANTA TERESA
192 VILCABAMBA
52 QUISPICANCHI
193 ANDAHUAYLILLAS
194 OCONGATE
195 QUIQUIJANA
196 URCOS
HUANCAVELICA
53 ACOBAMBA
197 ACOBAMBA
198 PAUCARA
199 POMACOCHA
200 ROSARIO
54 ANGARAES
201 CCOCHACCASA
202 LIRCAY
55 CHURCAMPA
203 ANCO
204 LOCROJA
205 PAUCARBAMBA
206 SAN PEDRO DE CORIS
56 HUANCAVELICA
207 ACORIA
208 ASCENSIÓN
209 HUANCAVELICA
210 NUEVO OCCORO
211 YAULI
57 HUAYTARA 212 PILPICHACA
58 TAYACAJA
213 COLCABAMBA
214 HUARIBAMBA
215 PAZOS
216 SALCAHUASI
217 SURCUBAMBA
AYACUCHO
59 CANGALLO
218 CANGALLO
219 CHUSCHI
220 PARAS
60 HUAMANGA
221 AYACUCHO
222 CHIARA
61 HUANTA
223 LLOCHEGUA
224 LURICOCHA
225 SIVIA
62 LA MAR
226 ANCO
227 SANTA ROSA
63 LUCANAS
228 CHIPAO
229 HUAC - HUAS
230 OCAÑA
231 PUQUIO
232 SAN PEDRO
233 SANCOS
64 PARINACOCHAS 234 CORACORA
65
PAUCAR DEL SARA
SARA
235 PARARCA
236 PAUSA
66 VICTOR FAJARDO 237 ALCAMENCA
67 VILCAS HUAMÁN
238 SAURAMA
239 VILCAS HUAMÁN
DEPARTAMENTONº PROVINCIA Nº DISTRITO
APURIMAC
68 ABANCAY
240 ABANCAY
241 CIRCA
242 CURAHUASI
243 HUANIPACA
244 LAMBRAMA
245 PICHIRHUA
69 ANDAHUAYLAS
246 ANDAHUAYLAS
247 ANDARAPA
248 CHIARA
249 HUANCARAMA
250 KISHUARA
251 PACOBAMBA
252 PAMPACHIRI
253 SAN JERONIMO
254
SAN MIGUEL DE
CHACCRAMPA
255 SANTA MARIA DE CHICMO
256 TALAVERA
70 ANTABAMBA
257 ANTABAMBA
258 HUAQUIRCA
259 JUAN ESPINOZA MEDRANO
260 PACHACONAS
71 AYMARAES
261 CHALHUANCA
262 SAÑAYCA
263 TAPAIRIHUA
264 TINTAY
265 TORAYA
72 CHINCHEROS
266 ANCO HUALLO
267 CHINCHEROS
268 COCHARCAS
269 HUACCANA
270 OCOBAMBA
271 ONGOY
73 COTABAMBAS
272 CHALLHUAHUACHO
273 HAQUIRA
274 MARA
275 TAMBOBAMBA
74 GRAU
276 CHUQUIBAMBILLA
277 CURASCO
278 GAMARRA
279 PATAYPAMPA
280 PROGRESO
JUNIN
75 CHANCHAMAYO
281 PERENÉ
282 SAN RAMÓN
76 HUANCAYO
283 PILCOMAYO
284
SANTO DOMINGO DE
ACOBAMBA
77 JAUJA
285 MONOBAMBA
286 RICRÁN
78 SATIPO
287 RIO NEGRO
288 RIO TAMBO
289 SATIPO
290 MAZAMARI
79 TARMA
291 HUASAHUASI
292 PALCA
HUANUCO
80 AMBO
293 AMBO
294 COLPAS
295 CONCHAMARCA
296 HUACAR
297 SAN FRANCISCO
298 SAN RAFAEL
299 TOMAY KICHWA
81 DOS DE MAYO
300 CHUQUIS
301 LA UNIÓN
302 MARÍAS
303 PACHAS
82 HUACAYBAMBA
304 HUACAYBAMBA
305 PINRA
83 HUAMALIES
306 ARANCAY
307 CHAVIN DE PARIARCA
308 MONZÓN
309 PUÑOS
310 SINGA
DEPARTAMENTONº PROVINCIA Nº DISTRITO
84 HUANUCO
311 AMARILIS
312 CHINCHAO
313 CHURUBAMBA
314 HUANUCO
315 MARGOS
316 PILLCO MARCA
317 QUISQUI (KICHKI)
318 SAN FRANCISCO DE CAYRÁN
319 SAN PEDRO DE CHAULAN
320 SANTA MARÍA DEL VALLE
85 LAURICOCHA
321 BAÑOS
322 JIVIA
323 RONDOS
86 LEONCIO PRADO
324 DANIEL ALOMIA ROBLES
325 JOSE CRESPO Y CASTILLO
326 LUYANDO
327 RUPA RUPA
87 PUERTO INCA
328 CODO DEL POZUZO
329 HONORIA
330 PUERTO INCA
331 TOURNAVISTA
332 YUYAPICHIS
88 YAROWILCA
333 APARICIO POMARES
334 CHAVINILLO
335 JACAS CHICO
336 OBAS
337 PAMPAMARCA
PASCO
89
DANIEL ALCIDES
CARRION
338 CHACAYAN
339 YANAHUANCA
90 OXAPAMPA
340 OXAPAMPA
341 PUERTO BERMÚDEZ
342 VILLA RICA
343 HUANCABAMBA
91 PASCO
344 HUACHÓN
345 SIMÓN BOLÍVAR
SAN MARTIN
92 BELLAVISTA
346 BAJO BIAVO
347 BELLAVISTA
348 SAN PABLO
349 SAN RAFAEL
93 EL DORADO
350 AGUA BLANCA
351 SAN JOSÉ DE SISA
352 SAN MARTÍN
94 LAMAS
353 ALONSO DE ALVARADO
354 BARRANQUITA
95 MARISCAL CACERES
355 CAMPANILLA
356 HUICUNGO
357 JUANJUÍ
358 PAJARILLO
96 MOYOBAMBA
359 JEPELACIO
360 MOYOBAMBA
361 SORITOR
97 PICOTA
362 PICOTA
363 PUCACACA
364 SAN CRISTÓBAL
365 SAN HILARION
366 SHAMBOYACU
367 TRES UNIDOS
98 RIOJA
368 AWAJUN
369 NUEVA CAJAMARCA
370 RIOJA
371 SAN FERNANDO
99 SAN MARTIN
372 CHAZUTA
373 CHIPURANA
374 EL PORVENIR
375 HUIMBAYOC
376 PAPAPLAYA
377 TARAPOTO
100 TOCACHE
378 NUEVO PROGRESO
379 PÓLVORA
380 TOCACHE
15
DEPARTAMENTOS
100 PROVINCIAS 380 DISTRITOS

NORMA LEGAL:

  • Titulo: DS 201-2019-PCM que declara el Estado de Emergencia por peligro inminente ante el periodo de lluvias 2019-2020, en varios distritos de algunas provincias de los departamentos de Tumbes, Piura, Lambayeque, La Libertad, San Martín, Cajamarca, Lima, Cusco, Huancavelica, Ayacucho, Apurímac, Junín, Huánuco, Pasco y Ancash
  • Tipo de norma : DECRETO SUPREMO
  • Numero : 201-2019-PCM
  • Emitida por : Presidencia del Consejo de Ministros - Poder Ejecutivo
  • Fecha de emision : 2019-12-28
  • Fecha de aplicacion : 2019-12-29

Advertencia

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Propósito:

El propósito de "El Peru Legal" es mostrar las normas legales que proporcionan las entidades del Estado del Perú para buscar información relativa a decretos, leyes, resoluciones, directivas.