Inicio
Últimas normas legales
Transferencia Financiera Universidad Nacional San RR 1747-2019 Organismos Autonomos
12/18/2019
Transferencia Financiera Universidad Nacional San RR 1747-2019 Organismos Autonomos
Poder Judicial, Organismos Autonomos Autorizan transferencia financiera de la Universidad Nacional de San Agustín de Arequipa a favor de la Contraloría General de la República UNIVERSIDAD NACIONAL DE SAN AGUSTÍN DE AREQUIPA RR 1747-2019 Arequipa, 12 de diciembre del 2019. VISTO el Oficio Nº 1560-2019-OUPL-UNSA, de la Oficina Universitaria de Planeamiento de la Universidad Nacional de San Agustín de Arequipa. CONSIDERANDO: Que, la Universidad Nacional
Autorizan transferencia financiera de la Universidad Nacional de San Agustín de Arequipa a favor de la Contraloría General de la República UNIVERSIDAD NACIONAL DE SAN AGUSTÍN DE AREQUIPA
RR 1747-2019
Arequipa, 12 de diciembre del 2019.
VISTO el Oficio Nº 1560-2019-OUPL-UNSA, de la Oficina Universitaria de Planeamiento de la Universidad Nacional de San Agustín de Arequipa.
CONSIDERANDO:
Que, la Universidad Nacional de San Agustín de Arequipa está constituida conforme a la Ley Nº 30220, Ley Universitaria, y se rige por sus respectivos estatutos y reglamentos, siendo una comunidad académica orientada a la investigación y a la docencia, que brinda una formación humanista, ética, científica y tecnológica con una clara conciencia de nuestro país como realidad multicultural.
Que, según el artículo 8º de la Ley Nº 30220, Ley Universitaria, concordante con el artículo 8º del Estatuto Universitario, el Estado reconoce la autonomía universitaria que se ejerce de conformidad con lo establecido en la Constitución, la citada Ley y demás normativa aplicable y se manifiesta en los regímenes Normativo, de Gobierno, Académico, Administrativo y Económico.
Que, según el Artículo 20º de la Ley 27785 "Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República" modificado por la Ley 30742 "Ley de Fortalecimiento de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control", publicada el 28 de marzo del 2018, establece sobre las Sociedades de Auditoría, lo siguiente: "(...).
TAMBIEN PUEDES VER: Barreras Burocráticas Ilegales Diversas RE 0461-2019/INDECOPI-JUN Instituto Nacional de Defensa de
Las entidades del Gobierno Nacional, los gobiernos regionales y los gobiernos locales quedan autorizados para realizar transferencias financieras con cargo a su presupuesto institucional a favor de la Contraloría General de la República para cubrir los gastos que se deriven de la contratación de las sociedades de auditoría, previa solicitud de la Contraloría General de la República, bajo exclusiva responsabilidad del titular del pliego así como del jefe de la oficina de administración y del jefe de la oficina de presupuesto o las que hagan sus veces en el pliego. Las transferencias financieras se aprueban mediante resolución del titular del pliego en el caso del Gobierno Nacional, o por acuerdo de consejo regional o concejo municipal en el caso de los gobiernos regionales o gobiernos locales, respectivamente, requiriéndose en todos los casos el informe previo favorable de la oficina de presupuesto o la que haga sus veces en la entidad. (...)".
MAS NORMAS LEGALES: Modificación Manual Operaciones Programa Nacional RM 1141-2019/MINSA Salud
Que, mediante Oficio Nº 001211-2019-CG/SGE de fecha 27 de noviembre del 2019, la Contraloría General de la República solicita a nuestra entidad la transferencia financiera para el periodo auditado 2019, otorgándonos un plazo de 15 días calendarios, haciendo mención que dicha transferencia financiera debe estar sustentada con un informe favorable de la Oficina de Presupuesto en el que se debe señalar el importe que debe ser transferido para el periodo auditado y con la respectiva previsión para el año fiscal 2012, con la finalidad de garantizar las transferencias financieras futuras por parte de la Entidad.
Que, mediante el documento del visto, el Jefe de la Oficina Universitaria de Planeamiento indica que para atender la transferencia financiera del Periodo Auditado 2019, y de la revisión del Presupuesto Institucional del Ejercicio Presupuestal se ha verificado que se cuenta con disponibilidad presupuestal en la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios, en la Genérica de Gasto 2.4. Donaciones y Transferencias; por lo que la mencionada oficina emite informe previo favorable por el monto de S/. 46 319.00 (Cuarenta y Seis Mil Trescientos Diecinueve y 00/100 soles).
Que, teniendo en consideración lo expuesto, y según lo establecido en el artículo 20º de la Ley Nº 27785, modificado por la Ley Nº 30742 "Ley de Fortalecimiento de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control", se tendría por cumplido lo solicitado por la Contraloría General de la República, por otro lado, mediante Oficio Nº 1560-2019-OUPL-UNSA se establece el importe que debe ser transferido para el periodo auditado 2019; adjuntándose además que se cuenta con la previsión para el año fiscal 2020; por lo que, se deberá de emitir la resolución de aprobación de la transferencia financiera a favor de la Contraloría General de la República, la misma que deberá ser publicada en el Diario Oficial El Peruano.
Que, por los considerandos expuestos, la Oficina Universitaria de Asesoría Legal en su Informe Nº 01763-2019-OUAL-UNSA, concluye que es factible que el titular de la Entidad, el Rector, emita la Resolución mediante la cual se apruebe la transferencia financiera a cargo de la Contraloría General de la República por el monto de S/. 46 319.00 (Cuarenta y Seis Mil Trescientos Diecinueve y 00/100 soles) para el periodo para cubrir los gastos que se deriven de la contratación de las sociedades de auditoria, ello de conformidad a lo establecido en el artículo 20º de la Ley 30742, Ley de Fortalecimiento de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control.
Por estas consideraciones, de conformidad con lo opinado por la Oficina Universitaria de Asesoría Legal y en uso de las atribuciones que la Ley Universitaria Nº 30220 y el Estatuto de la UNSA confieren al Rectorado.
SE RESUELVE:
1. Autorizar la transferencia financiera a favor de la Contraloría General de la República por el monto de S/. 46
319.00 (Cuarenta y Seis Mil Trescientos Diecinueve y 00/100
soles) para el periodo 2019, para cubrir los gastos que se deriven de la contratación de las sociedades de auditoría, ello de conformidad a lo establecido en el artículo 20º de la Ley 30742, Ley de Fortalecimiento de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control.
2. Encargar a la Dirección General de Administración la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano.
3. Encargar a la Oficina Universitaria de Planeamiento, la remisión de la presente Resolución a la Contraloría General de la República.
Regístrese, comuníquese, y archívese.
ROHEL SÁNCHEZ SÁNCHEZ
Rector
NORMA LEGAL:
- Titulo: RR 1747-2019 Autorizan transferencia financiera de la Universidad Nacional de San Agustín de Arequipa a favor de la Contraloría General de la República UNIVERSIDAD NACIONAL DE SAN AGUSTÍN DE AREQUIPA
- Tipo de norma : RESOLUCIÓN RECTORAL
- Numero : 1747-2019
- Emitida por : Organismos Autonomos - Poder Judicial
- Fecha de emision : 2019-12-18
- Fecha de aplicacion : 2019-12-19
Compartir
Recomendado
Legislacion por entidad
Poder Ejecutivo
Organos Autonomos
Organismos Tecnicos Especializados
Transportes y Comunicaciones
Jurado Nacional de Elecciones
Economia y Finanzas
Poder Judicial
Energia y Minas
Salud
Defensa
Relaciones Exteriores
Educacion
Gobiernos Regionales
Organismos Ejecutores
Superintendencia de Banca Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones
Advertencia
Este es un portal de ayuda a quienes desean leer las nuevas normas legales del Perú.
Si encuentra algun texto que no deberia estar en este portal, escriba un mensaje a elperulegal@gmail.com para que sea retirado.
Propósito:
El propósito de "El Peru Legal" es mostrar las normas legales que proporcionan las entidades del Estado del Perú para buscar información relativa a decretos, leyes, resoluciones, directivas.
Propósito:
El propósito de "El Peru Legal" es mostrar las normas legales que proporcionan las entidades del Estado del Perú para buscar información relativa a decretos, leyes, resoluciones, directivas.
Boletin de Normas legales
Leyes más importantes
Archivo legal
- marzo 2025 (54)
- febrero 2025 (109)
- enero 2025 (85)
- diciembre 2024 (89)
- noviembre 2024 (69)
- octubre 2024 (93)
- septiembre 2024 (66)
- agosto 2024 (88)
- julio 2024 (73)
- junio 2024 (21)
- diciembre 2023 (88)
- noviembre 2023 (208)
- octubre 2023 (225)
- septiembre 2023 (228)
- agosto 2023 (65)
- julio 2023 (106)
- junio 2023 (99)
- mayo 2023 (106)
- abril 2023 (122)
- marzo 2023 (144)
- febrero 2023 (133)
- enero 2023 (111)
- diciembre 2022 (108)
- noviembre 2022 (29)
- octubre 2022 (108)
- septiembre 2022 (141)
- agosto 2022 (139)
- julio 2022 (63)
- junio 2022 (40)
- mayo 2022 (113)
- abril 2022 (87)
- marzo 2022 (103)
- febrero 2022 (110)
- enero 2022 (90)
- diciembre 2021 (146)
- noviembre 2021 (58)
- octubre 2021 (95)
- septiembre 2021 (108)
- agosto 2021 (216)
- julio 2021 (188)
- junio 2021 (59)
- enero 2021 (31)
- diciembre 2020 (211)
- noviembre 2020 (395)
- octubre 2020 (519)
- septiembre 2020 (353)
- agosto 2020 (389)
- julio 2020 (410)
- junio 2020 (398)
- mayo 2020 (336)
- abril 2020 (43)
- marzo 2020 (105)
- febrero 2020 (341)
- enero 2020 (406)
- diciembre 2019 (519)
- noviembre 2019 (438)
- octubre 2019 (331)
- septiembre 2019 (315)
- agosto 2019 (377)
- julio 2019 (379)
- junio 2019 (371)
- mayo 2019 (317)
- abril 2019 (347)
- marzo 2019 (492)
- febrero 2019 (474)
- enero 2019 (483)
- diciembre 2018 (485)
- noviembre 2018 (490)
- octubre 2018 (465)
- septiembre 2018 (486)
- agosto 2018 (498)
- julio 2018 (323)
- junio 2018 (416)
- mayo 2018 (513)
- abril 2018 (365)
- marzo 2018 (524)
- febrero 2018 (404)
- enero 2018 (444)
- diciembre 2017 (540)
- noviembre 2017 (452)
- octubre 2017 (396)
- septiembre 2017 (418)
- agosto 2017 (447)
- julio 2017 (471)
- junio 2017 (463)
- mayo 2017 (456)
- abril 2017 (401)
- marzo 2017 (532)
- febrero 2017 (462)
- enero 2017 (435)
- diciembre 2016 (492)
- noviembre 2016 (435)
- octubre 2016 (388)
- septiembre 2016 (1)
- agosto 2016 (233)
- julio 2016 (271)
- junio 2016 (340)
- mayo 2016 (470)
- abril 2016 (357)
- marzo 2016 (371)
- febrero 2016 (296)
- enero 2016 (399)
- diciembre 2015 (386)
- noviembre 2015 (67)
- octubre 2015 (252)
- septiembre 2015 (429)
- agosto 2015 (415)
- julio 2015 (461)
- junio 2015 (543)
- mayo 2015 (486)
- abril 2015 (357)
- marzo 2015 (429)
- febrero 2015 (426)
- enero 2015 (503)
- diciembre 2014 (540)
- noviembre 2014 (625)
- octubre 2014 (644)
- septiembre 2014 (616)
- agosto 2014 (687)
- julio 2014 (542)
- junio 2014 (431)
- mayo 2014 (376)
- abril 2014 (316)
- marzo 2014 (507)
- febrero 2014 (426)
- enero 2014 (608)
- diciembre 2013 (841)
- noviembre 2013 (660)
- octubre 2013 (734)
- septiembre 2013 (636)
- agosto 2013 (591)
- julio 2013 (707)
- junio 2013 (687)
- mayo 2013 (941)
- abril 2013 (871)
- marzo 2013 (940)
- febrero 2013 (891)
- enero 2013 (692)