12/18/2019

Transferencia Financiera Universidad Nacional RE 123-2019-UNF/PCO Organismos Autonomos

Poder Judicial, Organismos Autonomos Autorizan transferencia financiera de la Universidad Nacional de Frontera a favor de la Contraloría General UNIVERSIDAD NACIONAL DE FRONTERA PRESIDENCIA DE COMISIÓN ORGANIZADORA RE 123-2019-UNF/PCO Sullana, 11 de diciembre de 2019 VISTOS: El Oficio Nº 001220-2019-CG/SGE de fecha 27 de noviembre de 2019; El Informe Nº 1250-2019-UNF-PCO-OPEP-UP de fecha 10 de diciembre de 2019; El Informe Nº 710-2019-UNF-PCO-OPEP
Poder Judicial, Organismos Autonomos
Autorizan transferencia financiera de la Universidad Nacional de Frontera a favor de la Contraloría General UNIVERSIDAD NACIONAL DE FRONTERA PRESIDENCIA DE COMISIÓN ORGANIZADORA
RE 123-2019-UNF/PCO
Sullana, 11 de diciembre de 2019
VISTOS:

El Oficio Nº 001220-2019-CG/SGE de fecha 27 de noviembre de 2019; El Informe Nº 1250-2019-UNF-PCO-OPEP-UP de fecha 10 de diciembre de 2019; El Informe Nº 710-2019-UNF-PCO-OPEP de fecha 10 de diciembre de 2019; y,

CONSIDERANDO:



Que el artículo 18º de la Constitución Política del Perú, prescribe que la Universidad es autónoma en su régimen normativo, de gobierno, académico, administrativo y económico: Las Universidades se rigen por sus propios estatutos en el marco de la Constitución y de las leyes;

Que mediante Ley Nº 29568 del 26 de julio del 2010
se crea la Universidad Nacional de Frontera en el Distrito y Provincia de Sullana, Departamento de Piura, con los fines de fomentar el desarrollo sostenible de la Subregión Luciano Castillo Colonna, en armonía con la preservación del medio ambiente y el desarrollo económico sostenible;
y, contribuir al crecimiento y desarrollo estratégico de la región fronteriza noroeste del país;

Que el artículo 8º de la Ley Universitaria, establece que la autonomía inherente a las Universidades se ejerce de conformidad con la Constitución y las Leyes de la República e implica los derechos de aprobar su propio estatuto y gobernarse de acuerdo con él, organizar su sistema académico, económico y administrativo;


Que con Resolución de Comisión Organizadora Nº 009-2019-UNF/CO de fecha 09 de enero de 2019, se resuelve aprobar el Estatuto de la Universidad Nacional de Frontera, el mismo que consta de tres (03) Títulos, diecinueve (19) Capítulos, ciento cincuenta y dos (152)
Artículos, catorce (14) Disposiciones Transitorias, una (01) Disposición Final y una (01) Disposición Derogatoria;

Que con Oficio Nº 001220-2019-CG/SGE de fecha 27 de noviembre de 2019, la Secretaría General de la Contraloría General de la República comunica que para efectos de implementar lo dispuesto en la Ley Nº 30742 para el periodo 2019-2020, dicha Entidad Fiscalizadora Superior, mediante Resolución de Contraloría Nº 369-2019-CG del 22 de octubre de 2019, aprobó el T arifario para dicho periodo, que establece el monto de la retribución económica, incluido el impuesto general a las ventas y derecho de designación y supervisión de las sociedades de auditoría; comunicando que dicha entidad tiene programado iniciar en el presente año fiscal, las convocatorias públicas de méritos para la designación de sociedades de auditoría para las entidades incluidas en el tarifario aprobado para el periodo auditado 2019, como es el caso de la UNF; por lo que solicita que en un plazo máximo de 15 días de recibido el documento se proceda a efectuar la transferencia de recursos por el importe indicado en el cuadro siguiente:


Cuadro Nº 1
Universidad Nacional de Frontera Operación Concepto Periodo Auditado 2019
Transferencias Financieras por año (S/)
2020
Transferencia Financiera 50% Retribución Económica (incluido IGV)
23,872.00 23,872.00
Depósito en Cuenta de la CGR 000 - 282758
6% Derecho de Designación o Supervisión 4,855.32 0.00
Total 28,727.32 23,872.00
El importe a transferir en el año corresponde a una transferencia financiera del 50% de la retribución económica (incluyendo el IGV) del periodo auditado y un depósito en cuenta corriente del Banco de la Nación a favor de la Contraloría General de la República por el importe total según tarifario, del derecho de designación o supervisión de Sociedades de Auditoría. Asimismo, indica que se debe adjuntar una previsión presupuestal con cargo al presupuesto institucional 2020 por el otro 50% de la retribución económica (incluyendo el IGV) del periodo auditado 2019, cuya transferencia financiera debe efectuarse a más tardar en el mes de enero del año 2020;

Que, mediante Informe Nº 710-2019-UNF-PCO-OPEP de la Oficina de Planeamiento Estratégico y Presupuesto remite el Informe Nº 1250-2019-UNF-PCO-OPEP-UP de la Unidad de Presupuesto, a través del cual informa que en el Prepuesto de la Institución se cuenta con cobertura presupuestaria por la fuente de financiamiento 1 Recursos Ordinarios para ejecutar la transferencia solicitada a favor de la Contraloría General de la República que corresponde para el año 2019, previa modificación presupuestaria al amparo de la Centésima Cuadragésima Segunda Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30879 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal y en el marco de lo dispuesto en el artículo 20 de la Ley 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, que fuera modificado mediante la Ley Nº 30742
- Ley de Fortalecimiento de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control;

Estando a lo expuesto y en uso de las atribuciones conferidas por la Ley Universitaria Nº 30220, la Resolución Viceministerial Nº 088-2017-MINEDU y la Resolución Viceministerial Nº 200-2019-MINEDU;

SE RESUELVE:



Artículo Primero.- Transferencia Financiera a favor de la Contraloría General de la República.-Autorizar la transferencia financiera del Pliego 548:

Universidad Nacional de Frontera hasta por la suma de
VEINTITRÉS MIL OCHOCIENTOS SETENTA Y DOS
Y 00/100 SOLES (S/ 23,872.00) a favor del Pliego 019:

Contraloría General, en el marco de lo dispuesto en el artículo 20 de la Ley Nº 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, modificado por el artículo 3 de la Ley Nº 30742, Ley de Fortalecimiento de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control.

Artículo Segundo.- Financiamiento La transferencia financiera autorizada por la presente Resolución se realiza con cargo al Presupuesto Institucional del Pliego 548: Universidad Nacional de Frontera, Unidad Ejecutora 001-1373 Universidad Nacional de Frontera, de acuerdo al siguiente detalle:
- Fuente de Financiamiento : 1 Recursos Ordinarios - Categoría Presupuestal : 9001 Acciones Centrales - Producto : 3999999 Sin Producto - Actividad : 5000003 Gestión Administrativa - Sección Funcional : 00029 Acciones Administrativas - Específica de gasto : 2.4. 1 3. 1 1 Otras Unidades del Gobierno Nacional - Importe : S/ 23,872.00
Artículo Tercero.- Limitación del uso de los recursos Los recursos de la Transferencia Financiera autorizada en el artículo primero de la presente Resolución no pueden ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos.

Artículo Cuarto.- Publicación y difusión Encargar a la Dirección General de Administración la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano y a la Unidad de Tecnologías de Información y Comunicaciones su publicación en el portal institucional de la Universidad Nacional de Frontera.

Regístrese, comuníquese y ejecútese.

RAUL EDGARDO NATIVIDAD FERRER
Presidente de la Comisión Organizadora
ANDRÉ ANTONIO LOBATÓN CARBAJAL
Secretario General

NORMA LEGAL:

  • Titulo: RE 123-2019-UNF/PCO Autorizan transferencia financiera de la Universidad Nacional de Frontera a favor de la Contraloría General UNIVERSIDAD NACIONAL DE FRONTERA PRESIDENCIA DE COMISIÓN ORGANIZADORA
  • Tipo de norma : RESOLUCIÓN
  • Numero : 123-2019-UNF/PCO
  • Emitida por : Organismos Autonomos - Poder Judicial
  • Fecha de emision : 2019-12-18
  • Fecha de aplicacion : 2019-12-19

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