1/09/2020

Plan Masificación Documento Nacional Identidad RJ Registro Nacional de Identificacion y Estado

Poder Judicial, Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil Aprueban el Plan de Masificación del Documento Nacional de Identidad Electrónico (DNIe) para el periodo 2019-2021 RJ 000221-2019/JNAC/RENIEC Lima, 31 de diciembre de 2019 VISTOS: La Resolución Jefatural Nº 78-2016/JNAC/RENIEC (17JUN2016), el Memorando Nº 000923-2019/GG/ RENIEC (27DIC2019), emitido por la Gerencia General; el Informe Nº 000459-2019/GAJ/SGAJR/RENIEC (31DIC2019),
Poder Judicial, Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil
Aprueban el Plan de Masificación del Documento Nacional de Identidad Electrónico (DNIe) para el periodo 2019-2021
RJ 000221-2019/JNAC/RENIEC
Lima, 31 de diciembre de 2019
VISTOS:

La Resolución Jefatural Nº 78-2016/JNAC/RENIEC (17JUN2016), el Memorando Nº 000923-2019/GG/ RENIEC (27DIC2019), emitido por la Gerencia General;
el Informe Nº 000459-2019/GAJ/SGAJR/RENIEC (31DIC2019), emitido por la Sub Gerencia de Asesoría Jurídica Registral de la Gerencia de Asesoría Jurídica; la Hoja de Elevación Nº 000755-2019/GAJ/RENIEC (31DIC2019), emitida por la Gerencia de Asesoría Jurídica;

CONSIDERANDO:



Que mediante la Ley Nº 26497 se creó el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, con arreglo a los artículos 177º y 183º de la Constitución Política del Perú, como organismo constitucionalmente autónomo que cuenta con personería jurídica de derecho público interno, goza de atribuciones en materia registral, técnica, administrativa, económica y financiera;

Que el artículo 26º de la citada Ley, dispone que el Documento Nacional de Identidad (DNI) es un instrumento público, personal e intransferible, constituyendo la única cédula de identidad personal para todos los actos civiles, comerciales, administrativos, judiciales y en general, para todos aquellos casos que por mandato legal deba ser presentado por el titular. Constituye también el único título de derecho al sufragio de la persona a cuyo favor ha sido extendido;


Que asimismo, el artículo 28º de la referida Ley, señala que el Documento Nacional de Identidad (DNI) será impreso y procesado con materiales y técnicas que le otorguen condiciones de máxima seguridad, inalterabilidad, calidad e intransferibilidad de sus datos, sin perjuicio de una mayor eficacia y agilidad en su expedición;

Que por mandato de la Ley Nº 27685, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado, se declara al Estado Peruano en proceso de modernización en sus diferentes instancias, dependencias, entidades y organizaciones, así como en sus procedimientos, con la finalidad de mejorar la gestión pública y construir un Estado democrático y descentralizado y al servicio del ciudadano;


Que mediante la Ley Nº 27269, Ley de Firmas y Certificados Digitales, modificada por la Ley Nº 27310, se regula la utilización de la firma digital, otorgándole la misma validez y eficacia jurídica que la firma manuscrita y otra análoga;

Que el Reglamento de la Ley Nº 27269, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 052-2008-PCM, en su artículo 45º establece que el Documento Nacional de Identidad Electrónico (DNIe), emitido por el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil acredita presencial y electrónicamente la identidad personal de su titular, permitiendo la firma digital de documentos electrónicos y el ejercicio del voto electrónico presencial y no presencial;

Que asimismo mediante Resolución Jefatural Nº 217-2013/JNAC/RENIEC (05JUL2013), publicada en el diario oficial El Peruano el 06JUL2013, se incorporaron y modificaron los procedimientos administrativos pertinentes para la atención de las disposiciones legales señaladas precedentemente en el Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA del RENIEC;

Que en ese contexto, mediante Resolución Jefatural Nº 230-2013-JNAC/RENIEC (12JUL2013), se dispuso aprobar el "Plan de Lanzamiento del Documento Nacional de Identidad Electrónico (DNIe) 2013 - 2021, el cual detalla la estrategia para la introducción, lanzamiento y masificación del DNIe;

Que el artículo segundo de la Resolución Jefatural citada, dispone que la determinación de la población objetivo para el acceso gradual y progresivo a los procedimientos del documento nacional de identidad electrónico (DNIe)
incluidos en el TUPA, se efectuará mediante Resolución Jefatural que se publicará en el diario oficial El Peruano y en el portal institucional de la entidad;

Que mediante Resolución Jefatural Nº 78-2016/ JNAC/RENIEC (17JUN2016), publicada en el diario oficial El Peruano el 18JUN2016, se dispuso aprobar el Plan de Masificación del DNIe y Presupuesto para el Plan de Masificación del Documento Nacional de Identidad Electrónico (DNIe) 2016 - 2021, propuesto por la Gerencia de Registros de Certificación Digital;

Que ante la necesidad de establecer nuevas estrategias, así como nuevos objetivos y metas que permitan lograr la actualización del Plan de Masificación del Documento Nacional de Identidad Electrónico (DNIe)
para el periodo 2019-2021, mediante Acta de reunión de fecha 26 de diciembre de 2019, el Equipo de Elaboración de la Actualización del Plan de Masificación DNIe 2016-2021, acordó elaborar el Proyecto del Plan de Masificación Documento Nacional de Identidad Electrónico(DNIe)
para el periodo 2019-2021 conteniendo estrategias, actividades, cuadros y estadísticas para el logro de las metas y objetivos trazados;

Que teniendo en cuenta lo opinado por los órganos competentes, la Gerencia de Asesoría Jurídica considera que resulta legalmente viable la emisión de la Resolución Jefatural que autorice la aprobación el Plan de Masificación del Documento Nacional de Identidad Electrónico (DNIe)
para el periodo 2019-2021;

Que se hace necesario hacer de conocimiento lo dispuesto en la presente Resolución Jefatural a la ciudadanía;

Que mediante la Resolución Jefatural Nº 15-2019/ JNAC/RENIEC (05FEB2019) se declara que el señor Bernardo Juan Pachas Serrano, en su calidad de Gerente General, asume interinamente las funciones de Jefe Nacional del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, en tanto se designe al nuevo titular de la institución y este asuma las funciones que por ley le corresponden;

Estando a lo opinado por la Gerencia de Asesoría Jurídica y conforme a las atribuciones conferidas por la Ley Nº 26497, Ley Orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, el Reglamento de las Inscripciones del RENIEC, aprobado por Decreto Supremo Nº 015-98-PCM, el Reglamento de Organización y Funciones del RENIEC, aprobado mediante Resolución Jefatural Nº 73-2016-JNAC/RENIEC (31MAY2016) y lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS.

SE RESUELVE:



Artículo Primero.- Aprobar el Plan de Masificación del Documento Nacional de Identidad Electrónico (DNIe)
para el periodo 2019-2021, quedando su texto conforme al Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución Jefatural.

Artículo Segundo.- Disponer la publicación de la presente Resolución Jefatural en el diario oficial El Peruano y en el portal institucional www.reniec.gob.pe.

Artículo Tercero.- Encargar a las Gerencias de Registros de Certificación Digital, de Planificación y Presupuesto, Tecnología de la Información y de Imagen Institucional la difusión del Plan de Masificación del Documento Nacional de Identidad Electrónico (DNIe) para el periodo 2019-2021 en el portal institucional www.reniec. gob.pe.

Regístrese, publíquese y cúmplase.

BERNARDO JUAN PACHAS SERRANO
Jefe Nacional (i)

NORMA LEGAL:

  • Titulo: RJ 000221-2019/JNAC/RENIEC Aprueban el Plan de Masificación del Documento Nacional de Identidad Electrónico (DNIe) para el periodo 2019-2021
  • Tipo de norma : RESOLUCIÓN JEFATURAL
  • Numero : 000221-2019/JNAC/RENIEC
  • Emitida por : Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil - Poder Judicial
  • Fecha de emision : 2020-01-09
  • Fecha de aplicacion : 2020-01-10

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