1/09/2026
Declara Estado Emergencia Algunos Distritos DS 003-2026-PCM PCM
Poder Ejecutivo, Presidencia del Consejo de Ministros Decreto Supremo que declara el Estado de Emergencia en algunos distritos de varias provincias de los departamentos de Amazonas, Áncash, Apurímac, Arequipa, Ayacucho, Cajamarca, Cusco, Huancavelica, Huánuco, Ica, Junín, La Libertad, Loreto, Madre de Dios, Moquegua, Pasco, Puno, San Martín, Tacna y Ucayali, por peligro inminente ante intensas precipitaciones pluviales DS 003-2026-PCM EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo dispuesto en el numeral 68.5 del artículo 68 del Reglamento d…
Decreto Supremo que declara el Estado de Emergencia en algunos distritos de varias provincias de los departamentos de Amazonas, Áncash, Apurímac, Arequipa, Ayacucho, Cajamarca, Cusco, Huancavelica, Huánuco, Ica, Junín, La Libertad, Loreto, Madre de Dios, Moquegua, Pasco, Puno, San Martín, Tacna y Ucayali, por peligro inminente ante intensas precipitaciones pluviales
DS 003-2026-PCM
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, mediante Oficio Nº 000416-2025-INDECI/JEF , de fecha 30 de diciembre de 2025, el Jefe del INDECI remite y hace suyo el Informe Situacional Nº 000028-2025-INDECI/ DIRES, de fecha 30 de diciembre de 2025, emitido por el Director de Respuesta de la indicada entidad, en el cual se señala que, en base a los informes emitidos por el Centro 13 NORMAS LEGALES
Viernes 9 de enero de 2026
Nacional de Estimación, Prevención y Reducción del Riesgo de Desastres (CENEPRED), el Servicio Nacional de Meteorología e Hidrología del Perú (SENAMHI) y la Sub Dirección de Información sobre Escenarios de Riesgo de Desastres de la Dirección de Preparación del INDECI, se ha determinado que algunos distritos de varias provincias de los departamentos de Amazonas, Áncash, Apurímac, Arequipa, Ayacucho, Cajamarca, Cusco, Huancavelica, Huánuco, Ica, Junín, La Libertad, Loreto, Madre de Dios, Moquegua, Pasco, Puno, San Martín, Tacna y Ucayali, son los más expuestos al peligro inminente ante intensas precipitaciones pluviales, lo cual podría afectar la vida y la salud de las personas, la agricultura y la ganadería, entre otros;
Que, para la elaboración del Informe Situacional Nº 000028-2025-INDECI/DIRES, el INDECI ha tenido en consideración el sustento contenido en: i) El Comunicado Oficial ENFEN Nº 13-2025, de fecha 18 de diciembre de 2025, de la Comisión Multisectorial Encargada del Estudio Nacional del Fenómeno "El Niño"-ENFEN; ii) el Informe Técnico Nº 17-2025/SENAMHI-DMA-SPC "Perspectivas Climáticas Enero-Marzo 2026", del 19 de diciembre de 2025, del SENAMHI; iii) el Escenarios de Riesgo por lluvias para el período Enero-Marzo 2026, Diciembre 2025, del CENEPRED; y iv) el Informe Situacional Nº 000005-2025-INDECI/SDIERD, de fecha 29 de diciembre de 2025, denominado " Análisis de información sobre escenarios de riesgo de desastres ante peligro inminente asociados a lluvias intensas entre Enero-Marzo 2026", de la Sub Dirección de Información sobre Escenarios de Riesgo de Desastres de la Dirección de Preparación del
INDECI;
Que, asimismo, el mencionado Informe Situacional señala que, la magnitud de la situación identificada demanda la adopción de medidas urgentes que permitan a los Gobiernos Regionales de Amazonas, Áncash, Apurímac, Arequipa, Ayacucho, Cajamarca, Cusco, Huancavelica, Huánuco, Ica, Junín, La Libertad, Loreto, Madre de Dios, Moquegua, Pasco, Puno, San Martín, Tacna y Ucayali y a los Gobiernos Locales involucrados, con la coordinación técnica y seguimiento del INDECI y la participación del Ministerio de Salud, del Ministerio de Educación, del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego, del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, del Ministerio de Defensa, del Ministerio del Interior, del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, del Ministerio de Energía y Minas, del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables y del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social y demás instituciones públicas y privadas involucradas, en cuanto les corresponda, ejecutar las medidas y acciones de excepción, inmediatas y necesarias, de reducción del Muy Alto Riesgo existente, así como de respuesta y rehabilitación que correspondan. Asimismo, en dicho informe se precisa que dichas acciones deberán tener nexo directo de causalidad entre las intervenciones y el evento, y podrán ser modificadas de acuerdo con las necesidades y elementos de seguridad que se vayan presentando durante su ejecución, sustentadas en los estudios técnicos de las entidades competentes;
Que, estando a lo expuesto, y en concordancia con lo establecido en el numeral 43.2 del artículo 43 del Reglamento de la Ley Nº 29664, que crea el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres (SINAGERD), aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 048-2011-PCM, en el presente caso, se configura una emergencia de nivel 4;
Que, adicionalmente, el referido Informe Situacional señala que la capacidad de respuesta de los Gobiernos Regionales de Amazonas, Áncash, Apurímac, Arequipa, Ayacucho, Cajamarca, Cusco, Huancavelica, Huánuco, Ica, Junín, La Libertad, Loreto, Madre de Dios, Moquegua, Pasco, Puno, San Martín, Tacna y Ucayali, para atender el peligro inminente ante intensas precipitaciones pluviales, ha sido sobrepasada; por lo que, resulta necesaria la intervención técnica y operativa de las entidades del Gobierno Nacional, recomendando se declare el Estado de Emergencia en algunos distritos de varias provincias de los departamentos de Amazonas, Áncash, Apurímac, Arequipa, Ayacucho, Cajamarca, Cusco, Huancavelica, Huánuco, Ica, Junín, La Libertad, Loreto, Madre de Dios, Moquegua, Pasco, Puno, San Martín, Tacna y Ucayali, que se encuentran detallados en el Anexo que forma parte del presente Decreto Supremo, por peligro inminente ante intensas precipitaciones pluviales, por el plazo de sesenta (60) días calendario, para la ejecución de medidas y acciones de excepción, inmediatas y necesarias, de reducción del Muy Alto Riesgo existente, así como de respuesta y rehabilitación que correspondan. Para dicho efecto, a través del Informe Nº D000062-2025-PCM-SGRD-SST y del Informe Nº D002186-2025-PCM-OGAJ, la Secretaría de Gestión del Riesgo de Desastres y la Oficina General de Asesoría Jurídica de la Presidencia del Consejo de Ministros, respectivamente, emiten opinión favorable sobre la declaratoria de Estado de Emergencia;
Que, de acuerdo a lo establecido en el artículo 21 de la "Norma Complementaria sobre la Declaratoria de Estado de Emergencia por Desastre o Peligro Inminente, en el marco de la Ley Nº 29664, del Sistema Nacional de Gestión de Riesgo de Desastres - SINAGERD", aprobada por Decreto Supremo Nº 074-2014-PCM, el INDECI debe efectuar las acciones de coordinación y seguimiento a las recomendaciones y acciones inmediatas y necesarias que se requieran o hayan sido adoptadas por el Gobierno Regional y/o los sectores involucrados en el marco de la Declaratoria de Estado de Emergencia aprobada, debiendo remitir a la Presidencia del Consejo de Ministros, el informe de los respectivos resultados, así como de la ejecución de las acciones inmediatas y necesarias, establecidas durante la vigencia del Estado de Emergencia;
De conformidad con lo dispuesto en el numeral 1) del artículo 137 de la Constitución Política del Perú; la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 29664, Ley que crea el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres (SINAGERD); el Reglamento de la Ley Nº 29664, que crea el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres (SINAGERD), aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 048-2011-PCM; y, la "Norma Complementaria sobre la Declaratoria de Estado de Emergencia por Desastre o Peligro Inminente, en el marco de la Ley Nº 29664, del Sistema Nacional de Gestión de Riesgo de Desastres - SINAGERD", aprobada por el Decreto Supremo Nº 074-2014-PCM;
Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros, y con cargo a dar cuenta al Congreso de la República;
DECRETA:
Artículo 2.- Acciones a ejecutar Los Gobiernos Regionales de Amazonas, Áncash, Apurímac, Arequipa, Ayacucho, Cajamarca, Cusco, Huancavelica, Huánuco, Ica, Junín, La Libertad, Loreto, Madre de Dios, Moquegua, Pasco, Puno, San Martín, T acna y Ucayali y los gobiernos locales comprendidos, con la coordinación técnica y seguimiento del Instituto Nacional de Defensa Civil (INDECI) y la participación del Ministerio de Salud, del Ministerio de Educación, del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego, del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, del Ministerio de Defensa, del Ministerio del Interior, del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, del Ministerio de Energía y Minas, del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables y del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social y demás instituciones públicas y privadas involucradas; ejecutarán las medidas y acciones de excepción, inmediatas y necesarias, de reducción del Muy Alto Riesgo existente, así como de respuesta y rehabilitación que correspondan.
14 NORMAS LEGALES Viernes 9 de enero de 2026
Dichas acciones deberán tener nexo directo de causalidad entre las intervenciones y el evento, y podrán ser modificadas de acuerdo a las necesidades y elementos de seguridad que se vayan presentando durante su ejecución, sustentadas en los estudios técnicos de las entidades competentes.
Artículo 3.- Financiamiento La implementación de las acciones previstas en el presente Decreto Supremo, se financia con cargo al presupuesto institucional de los pliegos involucrados, sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público.
Artículo 4.- Refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros, el Ministro de Salud, el Ministro de Educación, el Ministro de Desarrollo Agrario y Riego, el Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento, el Ministro de Defensa, el Ministro del Interior, el Ministro de Energía y Minas, el Ministro de Transportes y Comunicaciones, la Ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables y la Ministra de Desarrollo e Inclusión Social.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los ocho días del mes de enero del año dos mil veintiséis.
JOSÉ ENRIQUE JERÍ ORÉ
Presidente de la República
ERNESTO JULIO ÁLVAREZ MIRANDA
Presidente del Consejo de Ministros
CÉSAR FRANCISCO DÍAZ PECHE
Ministro de Defensa
VLADIMIR GERMÁN CUNO SALCEDO
Ministro de Desarrollo Agrario y Riego
LESLY NADIR SHICA SEGUIL
Ministra de Desarrollo e Inclusión Social
JORGE EDUARDO FIGUEROA GUZMÁN
Ministro de Educación
LUIS ENRIQUE BRAVO DE LA CRUZ
Ministro de Energía y Minas
VICENTE TIBURCIO ORBEZO
Ministro del Interior
SANDRA LIZ GUTIERREZ CUBA
Ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables
LUIS NAPOLEÓN QUIROZ AVILÉS
Ministro de Salud
ALDO MARTÍN PRIETO BARRERA
Ministro de Transportes y Comunicaciones
WILDER ALEJANDRO SIFUENTES QUILCATE
Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento
ANEXO
DISTRITOS DECLARADOS EN ESTADO DE EMERGENCIA
POR PELIGRO INMINENTE ANTE INTENSAS
PRECIPITACIONES PLUVIALES
DEPARTAMENTO PROVINCIA Nº DE
DISTRITO
DISTRITO
AMAZONAS
BAGUA
1 ARAMANGO
2 IMAZA
3 LA PECA
BONGARA 4 JAZAN
CHACHAPOYAS 5 MOLINOPAMPA
CONDORCANQUI
6 EL CENEPA
7NIEVA
8 RIO SANTIAGO
DEPARTAMENTO PROVINCIA Nº DE
DISTRITO
DISTRITO
LUYA 9 CAMPORREDONDO
RODRIGUEZ DE
MENDOZA
10 OMIA
UTCUBAMBA
11 BAGUA GRANDE
12 CAJARURO
13 CUMBA
14 EL MILAGRO
15 JAMALCA
16 LONYA GRANDE
ÁNCASH
CARLOS FERMIN
FITZCARRALD
17 SAN LUIS
18 YAUYA
HUARAZ
19 HUARAZ
20 INDEPENDENCIA
HUARI 21 CHAVIN DE HUANTAR
MARISCAL
LUZURIAGA
22 PISCOBAMBA
PALLASCA
23 CONCHUCOS
24 PAMPAS
POMABAMBA
25 PAROBAMBA
26 POMABAMBA
APURÍMAC
ABANCAY
27 ABANCAY
28 CIRCA
29 CURAHUASI
30 HUANIPACA
31 LAMBRAMA
32 PICHIRHUA
33 TAMBURCO
ANDAHUAYLAS
34 ANDAHUAYLAS
35 ANDARAPA
36 HUANCARAMA
37 KISHUARA
38 PACUCHA
39 TALAVERA
ANTABAMBA
40 ANTABAMBA
41
JUAN ESPINOZA
MEDRANO
42 OROPESA
AYMARAES
43 CHALHUANCA
44 SAÑAYCA
45 TAPAIRIHUA
46 TINTAY
CHINCHEROS
47 ANCO - HUALLO
48 CHINCHEROS
49 OCOBAMBA
50 ONGOY
COTABAMBAS
51 CHALLHUAHUACHO
52 HAQUIRA
53 MARA
54 TAMBOBAMBA
GRAU 55 GAMARRA
AREQUIPA
AREQUIPA
56 CHIGUATA
57 PAUCARPATA
58 POCSI
59
SAN JUAN DE
TARUCANI
60
SANTA ISABEL DE
SIGUAS
61 YURA
CARAVELI
62 ACARI
63 CAHUACHO
64 CARAVELI
65 CHAPARRA
15 NORMAS LEGALES
Viernes 9 de enero de 2026
DEPARTAMENTO PROVINCIA Nº DE
DISTRITO
DISTRITO
CASTILLA
66 APLAO
67 AYO
68 CHACHAS
69 CHILCAYMARCA
70 CHOCO
71 MACHAGUAY
72 PAMPACOLCA
73 URACA
CAYLLOMA
74 CABANACONDE
75 CALLALLI
76 CAYLLOMA
77 CHIVAY
78 HUANCA
79 LLUTA
80 MADRIGAL
81 SIBAYO
82 TUTI
CONDESUYOS
83 CAYARANI
84 CHICHAS
85 CHUQUIBAMBA
86 SALAMANCA
87 YANAQUIHUA
LA UNION
88 ALCA
89 COTAHUASI
90 HUAYNACOTAS
91 PAMPAMARCA
92 PUYCA
93 TORO
AYACUCHO
CANGALLO
94 CANGALLO
95 CHUSCHI
96 PARAS
HUAMANGA
97 ACOCRO
98 ACOS VINCHOS
99 AYACUCHO
100 CHIARA
101 OCROS
102 QUINUA
103 SAN JOSE DE TICLLAS
104 SANTIAGO DE PISCHA
105 SOCOS
106 TAMBILLO
107 VINCHOS
HUANCA SANCOS 108 SACSAMARCA
HUANTA
109 LLOCHEGUA
110 LURICOCHA
111 SIVIA
LA MAR
112 ANCO
113 AYNA
114 SANTA ROSA
LUCANAS
115 HUAC-HUAS
116 LEONCIO PRADO
117 LLAUTA
118 LUCANAS
119 OCAÑA
120 OTOCA
121 PUQUIO
122 SAN PEDRO
PARINACOCHAS
123 CHUMPI
124 CORACORA
125 UPAHUACHO
DEPARTAMENTO PROVINCIA Nº DE
DISTRITO
DISTRITO
PAUCAR DEL SARA
SARA
126 PAUSA
SUCRE 127 QUEROBAMBA
VICTOR FAJARDO 128 ALCAMENCA
VILCAS HUAMAN
129 HUAMBALPA
130 SAURAMA
131 VISCHONGO
CAJAMARCA
CELENDIN 132 CORTEGANA
JAEN 133 SANTA ROSA
SAN IGNACIO
134 HUARANGO
135 SAN IGNACIO
136
SAN JOSE DE
LOURDES
CUSCO
ANTA
137 ANTA
138 HUAROCONDO
139 LIMATAMBO
CALCA
140 CALCA
141 LARES
142 YANATILE
CANAS 143 TUPAC AMARU
CANCHIS
144 MARANGANI
145 SAN PABLO
146 SICUANI
CHUMBIVILCAS
147 LIVITACA
148 SANTO TOMAS
CUSCO
149 CUSCO
150 SAN JERONIMO
151 SAN SEBASTIAN
152 SANTIAGO
LA CONVENCION
153 ECHARATE
154 HUAYOPATA
155 KIMBIRI
156 MARANURA
157 OCOBAMBA
158 QUELLOUNO
159 SANTA ANA
160 SANTA TERESA
161 VILCABAMBA
PARURO
162 CCAPI
163 HUANOQUITE
PAUCARTAMBO
164 CAICAY
165 CHALLABAMBA
166 PAUCARTAMBO
QUISPICANCHI
167 ANDAHUAYLILLAS
168 CCATCA
169 MARCAPATA
170 OCONGATE
171 URCOS
URUBAMBA 172 MACHUPICCHU
HUANCAVELICA
ACOBAMBA
173 ANDABAMBA
174 CAJA
175 MARCAS
176 PAUCARA
177 POMACOCHA
178 ROSARIO
ANGARAES
179 CCOCHACCASA
180 CHINCHO
181 JULCAMARCA
182 LIRCAY
183
SAN ANTONIO DE
ANTAPARCO
184 SECCLLA
16 NORMAS LEGALES Viernes 9 de enero de 2026
DEPARTAMENTO PROVINCIA Nº DE
DISTRITO
DISTRITO
CASTROVIRREYNA
185 AURAHUA
186 CASTROVIRREYNA
187 CHUPAMARCA
CHURCAMPA
188 ANCO
189 CHINCHIHUASI
190 CHURCAMPA
191 EL CARMEN
192 LOCROJA
193 PAUCARBAMBA
194 SAN PEDRO DE CORIS
HUANCAVELICA
195 ACOBAMBILLA
196 ACORIA
197 ASCENSION
198 HUACHOCOLPA
199 HUANCAVELICA
200 HUANDO
201 NUEVO OCCORO
202 PALCA
203 YAULI
HUAYTARA
204 PILPICHACA
205 TAMBO
TAYACAJA
206 ACOSTAMBO
207 COLCABAMBA
208 DANIEL HERNANDEZ
209 HUARIBAMBA
210 PAMPAS
211 QUICHUAS
212
SAN MARCOS DE
ROCCHAC
HUÁNUCO
AMBO
213 AMBO
214 CONCHAMARCA
215 HUACAR
216 SAN RAFAEL
DOS DE MAYO
217 CHUQUIS
218 MARIAS
HUACAYBAMBA 219 HUACAYBAMBA
HUAMALIES
220 ARANCAY
221 JACAS GRANDE
222 LLATA
223 MONZON
HUANUCO
224 CHINCHAO
225 CHURUBAMBA
226 HUANUCO
227 MARGOS
228 QUISQUI (KICHKI)
229
SANTA MARIA DEL
VALLE
LAURICOCHA
230 BAÑOS
231 JESUS
232 RONDOS
233 SAN MIGUEL DE CAURI
LEONCIO PRADO
234
DANIEL ALOMIA
ROBLES
235
JOSE CRESPO Y
CASTILLO
236 LUYANDO
237
MARIANO DAMASO
BERAUN
238 RUPA-RUPA
MARAÑON
239 CHOLON
240 HUACRACHUCO
DEPARTAMENTO PROVINCIA Nº DE
DISTRITO
DISTRITO
PACHITEA
241 CHAGLLA
242 MOLINO
243 UMARI
PUERTO INCA
244 CODO DEL POZUZO
245 PUERTO INCA
246 YUYAPICHIS
YAROWILCA
247 APARICIO POMARES
248 CHAVINILLO
249 PAMPAMARCA
ICA
NASCA
250 EL INGENIO
251 NASCA
PALPA
252 PALPA
253 RIO GRANDE
JUNÍN
CHANCHAMAYO
254 PERENE
255 PICHANAQUI
256 SAN LUIS DE SHUARO
257 SAN RAMON
CONCEPCION
258 ANDAMARCA
259 COCHAS
260 COMAS
HUANCAYO
261 EL TAMBO
262 HUANCAYO
263 PARIAHUANCA
264
SANTO DOMINGO DE
ACOBAMBA
JAUJA
265 MOLINOS
266 MONOBAMBA
SATIPO
267 MAZAMARI
268 PANGOA
269 RIO NEGRO
270 RIO TAMBO
271 SATIPO
LA LIBERTAD PATAZ 272 TAYABAMBA
LORETO
DATEM DEL
MARAÑON
273 MORONA
274 PASTAZA
LORETO
275 PARINARI
276 URARINAS
MARISCAL RAMON
CASTILLA
277 RAMON CASTILLA
278 YAVARI
MAYNAS 279 LAS AMAZONAS
REQUENA
280 CAPELO
281 EMILIO SAN MARTIN
282 MAQUIA
283 PUINAHUA
284 REQUENA
285 SAQUENA
UCAYALI
286 PADRE MARQUEZ
287 PAMPA HERMOSA
288 SARAYACU
MADRE DE DIOS
MANU
289 MADRE DE DIOS
290 MANU
TAMBOPATA
291 INAMBARI
292 LAS PIEDRAS
293 TAMBOPATA
17 NORMAS LEGALES
Viernes 9 de enero de 2026
DEPARTAMENTO PROVINCIA Nº DE
DISTRITO
DISTRITO
MOQUEGUA
GENERAL SANCHEZ
CERRO
294 CHOJATA
295 COALAQUE
296 ICHUÑA
297 LA CAPILLA
298 LLOQUE
299 MATALAQUE
300 OMATE
301 QUINISTAQUILLAS
302 UBINAS
303 YUNGA
MARISCAL NIETO
304 CUCHUMBAYA
305 SAMEGUA
306 SAN CRISTOBAL
PASCO
DANIEL ALCIDES
CARRION
307 CHACAYAN
308 SANTA ANA DE TUSI
309 YANAHUANCA
OXAPAMPA
310 HUANCABAMBA
311 PALCAZU
312 PUERTO BERMUDEZ
313 VILLA RICA
PASCO
314 HUARIACA
315 HUAYLLAY
316 PAUCARTAMBO
317
SAN FRANCISCO DE
ASIS DE YARUSYACAN
318 SIMON BOLIVAR
319 TICLACAYAN
320 YANACANCHA
PUNO
AZANGARO
321 ASILLO
322 AZANGARO
323 MUÑANI
324 POTONI
325 SAN ANTON
CARABAYA
326 ITUATA
327 MACUSANI
328 OLLACHEA
CHUCUITO 329 JULI
EL COLLAO 330 PILCUYO
HUANCANE 331 HUANCANE
LAMPA 332 LAMPA
MELGAR
333 AYAVIRI
334 MACARI
335 NUÑOA
336 ORURILLO
337 SANTA ROSA
338 UMACHIRI
MOHO 339 MOHO
PUNO
340 COATA
341 PUNO
SAN ANTONIO DE
PUTINA
342 PUTINA
SANDIA
343 ALTO INAMBARI
344 CUYOCUYO
345 LIMBANI
346 PATAMBUCO
347 SAN JUAN DEL ORO
348
SAN PEDRO DE PUTINA
PUNCO
349 SANDIA
DEPARTAMENTO PROVINCIA Nº DE
DISTRITO
DISTRITO
SAN MARTÍN
BELLAVISTA
350 BAJO BIAVO
351 BELLAVISTA
352 SAN RAFAEL
EL DORADO
353 SAN JOSE DE SISA
354 SAN MARTIN
LAMAS 355 ALONSO DE ALVARADO
MARISCAL
CACERES
356 CAMPANILLA
357 JUANJUI
358 PACHIZA
359 PAJARILLO
MOYOBAMBA
360 MOYOBAMBA
361 SORITOR
PICOTA
362 SAN CRISTOBAL
363 SAN HILARION
364 SHAMBOYACU
365 TRES UNIDOS
RIOJA
366 AWAJUN
367 NUEVA CAJAMARCA
SAN MARTIN
368 CHAZUTA
369 HUIMBAYOC
TOCACHE
370 NUEVO PROGRESO
371 TOCACHE
372 UCHIZA
TACNA
CANDARAVE
373 CAIRANI
374 CANDARAVE
JORGE BASADRE 375 ILABAYA
TARATA 376 TARATA
UCAYALI
ATALAYA
377 RAIMONDI
378 TAHUANIA
CORONEL
PORTILLO
379 CALLERIA
380 IPARIA
381 MASISEA
PADRE ABAD 382 CURIMANA
NORMA LEGAL:
- Titulo: DS 003-2026-PCM que declara el Estado de Emergencia en algunos distritos de varias provincias de los departamentos de Amazonas, Áncash, Apurímac, Arequipa, Ayacucho, Cajamarca, Cusco, Huancavelica, Huánuco, Ica, Junín, La Libertad, Loreto, Madre de Dios, Moquegua, Pasco, Puno, San Martín, Tacna y Ucayali, por peligro inminente ante intensas precipitaciones pluviales
- Tipo de norma : DECRETO SUPREMO
- Numero : 003-2026-PCM
- Emitida por : Presidencia del Consejo de Ministros - Poder Ejecutivo
- Fecha de emision : 2026-01-09
- Fecha de aplicacion : 2026-01-10
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El propósito de "El Peru Legal" es mostrar las normas legales que proporcionan las entidades del Estado del Perú para buscar información relativa a decretos, leyes, resoluciones, directivas.
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- agosto 2024 (88)
- julio 2024 (73)
- junio 2024 (21)
- diciembre 2023 (88)
- noviembre 2023 (208)
- octubre 2023 (225)
- septiembre 2023 (228)
- agosto 2023 (65)
- julio 2023 (106)
- junio 2023 (99)
- mayo 2023 (106)
- abril 2023 (122)
- marzo 2023 (144)
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