8/27/2013

Resolución Suprema 171-2013-RE Dan por terminadas funciones de Embajador Extraordinario y Plenipotenciario

Dan por terminadas funciones de Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú en la República del Ecuador RELACIONES EXTERIORES RESOLUCIÓN SUPREMA N° 171-2013-RE Lima, 26 de agosto de 2013 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Suprema N° 052-2010/RE, se nombró al Embajador en el Servicio Diplomático de la República Javier Eduardo León Olavarría, como Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú en la República del Ecuador; Que, mediante Resolución Ministerial N° 0229-2010/RE,
Dan por terminadas funciones de Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú en la República del Ecuador

RELACIONES EXTERIORES
RESOLUCIÓN SUPREMA N° 171-2013-RE


Lima, 26 de agosto de 2013
CONSIDERANDO:

Que, mediante Resolución Suprema N° 052-2010/RE, se nombró al Embajador en el Servicio Diplomático de la República Javier Eduardo León Olavarría, como Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú en la República del Ecuador;

Que, mediante Resolución Ministerial N° 0229-2010/RE, se fijó el 15 de abril de 2010, como la fecha en que el citado funcionario diplomático asumió funciones como Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú en la República del Ecuador;

De conformidad con la Ley N° 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República y su modificatoria la Ley N° 29318; y su Reglamento aprobado mediante el Decreto Supremo N° 130-2003-RE y su modificatoria el Decreto Supremo N° 065-2009-RE;

SE RESUELVE:

Artículo 1°.- Dar por terminadas las funciones del Embajador en el Servicio Diplomático de la República Javier Eduardo León Olavarría, como Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú en la República del Ecuador, el 14 de setiembre de 2013.

Artículo 2°.- Cancelar las Cartas Credenciales y los Plenos Poderes correspondientes.

Artículo 3°.- Aplicar el egreso que irrogue la presente Resolución a las partidas correspondientes del Pliego Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores.

Artículo 4°.- La presente Resolución Suprema será refrendada por la Ministra de Relaciones Exteriores.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

OLLANTA HUMALA TASSO
Presidente Constitucional de la República EDA A. RIVAS FRANCHINI Ministra de Relaciones Exteriores

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