9/12/2013

RESOLUCIÓN N° 1247-2013-ANR Declaran que la Universidad Católica Los Ángeles de Chimbote ha

Declaran que la Universidad Católica Los Ángeles de Chimbote ha cumplido con la Ley Universitaria N° 23733, en cuanto al diseño curricular de carreras profesionales, programas de segundas especialidades, maestrías y doctorados COMISIÓN DE COORDINACIÓN INTERUNIVERSITARIA RESOLUCIÓN N° 1247-2013-ANR Lima, 20 de agosto de 2013 EL PRESIDENTE DE LA ASAMBLEA NACIONAL DE RECTORES VISTOS: Los oficios N° 085-2013-R-ULADECH CATÓLICA, de fecha 16 de abril de 2013; Nos. 052, 076 y 089-2013-D-EPG-ULADECH CATÓLICA, de fechas
Declaran que la Universidad Católica Los Ángeles de Chimbote ha cumplido con la Ley Universitaria N° 23733, en cuanto al diseño curricular de carreras profesionales, programas de segundas especialidades, maestrías y doctorados COMISIÓN DE COORDINACIÓN INTERUNIVERSITARIA
RESOLUCIÓN N° 1247-2013-ANR
Lima, 20 de agosto de 2013
EL PRESIDENTE DE LA ASAMBLEA NACIONAL DE
RECTORES
VISTOS:

Los oficios N° 085-2013-R-ULADECH CATÓLICA, de fecha 16 de abril de 2013; Nos. 052, 076 y 089-2013-D-EPG-ULADECH CATÓLICA, de fechas 06 de mayo, 18 de junio y 02 de julio de 2013; informe N° 154-2013-DGDAC, de fecha 01 de agosto de 2013; memorando N° 901-2013-SE, de fecha 12 de agosto de 2013; y,
CONSIDERANDO:

Que, mediante Oficio N° 106-2012-SE/DGDAC, de fecha 06 de julio de 2012, la Asamblea Nacional de Rectores (ANR), solicita a la Universidad Católica Los Ángeles de Chimbote, información actualizada y completa de sus programas de pre y posgrado (carreras profesionales, segunda especialidades, maestrías y doctorados), información que debe cumplir con los requisitos y estándares que ha establecido la Dirección General de Desarrollo Académico y de Capacitación de nuestra institución, que lo requerido a este órgano universitario es en mérito a las facultades y atribuciones que le confieren los incisos e) y f) del artículo 92° de la Ley Universitaria N° 23733;

Que, por Resolución N° 119-2009-CONAFU, de fecha 11 de marzo de 2009, el Consejo Nacional de Autorización de Funcionamiento de Universidades (CONAFU), autoriza el cambio de denominación de la Universidad Los Ángeles de Chimbote, por el de Universidad Católica Los Ángeles de Chimbote, cuya sigla es ULADECH – Católica;

Que, al amparo de las atribuciones que le confiere la Ley Universitaria N° 23733, la Asamblea Nacional de Rectores expidió la Resolución N° 0484-2013-ANR, de fecha 22 de marzo de 2013, declarando que la Universidad Católica Los Ángeles de Chimbote, ha cumplido con los artículos 23°, 24° y 92°, incisos e) y f), de la mencionada Ley Universitaria, en cuanto al diseño curricular de sus carreras profesionales de diez (10) y doce (12) ciclos académicos respectivamente, y más de 200 créditos académicos, tanto de su Sede Central, como de sus Centros Académicos y Filiales, así como los programas de maestría y segunda especialidad; además de aprobar su nueva Estructura Académica con las Facultades y Carreras Profesionales;

Que, el Rector y el Director de la Escuela de Posgrado de la Universidad Católica Los Ángeles de Chimbote, con sede central de funcionamiento en la ciudad de Chimbote, a través de los oficios de vistos, solicitan a la Presidencia de la Asamblea Nacional de Rectores el reconocimiento y oficialización de programas académicos de pregrado y posgrado, adjuntando para tal efecto la documentación correspondiente, así como, también las Resoluciones N° 246-99-ANR, N° 468-2002-ANR y N° 0484-2013-ANR, Oficios N° 159-2005-P-SG y N° 1150-2009-CONAFU, e Informes N° 328-2005-DGAJ-ANR y N° 135-2012-DGAJ-ANR; además del Expediente N° 6902-05 del 64° Juzgado Civil de la Corte Superior de Justicia de Lima, que contiene las Resoluciones S/N, de fechas 10 de setiembre y 10 de octubre de 2005;

Que, habiendo finalizado la revisión de la documentación académica, administrativa (carreras profesionales, segundas especialidades, maestrías y doctorado) y legal presentada por la Universidad Católica Los Ángeles de Chimbote, tanto de su Sede Central y Filiales Universitarias, la Dirección General de Desarrollo Académico y Capacitación de la Asamblea Nacional de Rectores, emite el informe de vistos, con opinión favorable para aprobar el registro de los programas académicos de pregrado y posgrado creados por la universidad en mención, para su Sede Central, Centros Académicos y Filiales Universitarias; en razón a que, cumplen con los requisitos establecidos en los artículos 23°, 24° y 92°, incisos e) y f), de la Ley Universitaria N° 23733; por lo tanto, debe emitirse la resolución respectiva para los siguientes programas académicos de pregrado y posgrado:

I. PROGRAMAS ACADÉMICOS DE PREGRADO:

1. Facultad de Ciencias Contables, Financieras y Administrativas, con las carreras profesionales de:

Administración, con funcionamiento en sus Filiales Universitarias de las ciudades de Cañete, y Villa Rica, creadas por Resoluciones N° 1897-2006-CU-ULADECH, y N° 0559A-2011-CU-ULADECH.

Administración Turística, con funcionamiento en su Filial Universitaria de la ciudad de Villa Rica, creada por Resolución N° 0551-2011-CU ULADECH Católica.

Contabilidad, con funcionamiento en su Centro Académico de la ciudad de Pomabamba, creada por Resolución N° 020-2002-CU-ULADECH.

2. Facultad de Derecho y Ciencia Política, con la carrera profesional de:

Derecho, con funcionamiento en su Centro Académico de la ciudad de Pomabamba, creada por Resolución N° 001-2000-CU-ULA.

3. Facultad de Educación y Humanidades, con las carreras profesionales de:

Educación Inicial, y Educación Primaria, con funcionamiento en su Centro Académico de la ciudad de Pomabamba, y Filiales Universitarias de las ciudades de Sullana y Talara, creadas por Resoluciones N° 020-2002-CU-ULADECH, N° 108-2002-CU-ULADECH, y N° 0191-2005-CU-ULADECH.

Educación Secundaria, Especialidad Educación Física, con funcionamiento en su Centro Académico de la ciudad de Pomabamba, creada por Resolución N° 005-2006-CU-ULADECH.

4. Facultad de Ciencias de la Salud, con la carrera profesional y segundas especialidades siguientes:

Carrera Profesional de Enfermería, con funcionamiento en su Filial Universitaria de la ciudad de Sullana, creada por Resolución N° 108-2002-CU-ULADECH.

Segundas Especialidades en:

Enfermería en Cuidados Intensivos del Adulto Enfermería en Cuidados Neonatales Enfermería en Emergencias y Desastres Gerencia en Servicios de Salud Enfermería en Cuidados Oncológicos Con funcionamiento en su Sede Central de la ciudad de Chimbote, departamento de Ancash, creadas por Resolución N° 0622-2005-CU-ULADECH.

5. Facultad de Ingeniería, con la carrera profesional de:

Ingeniería Civil, con funcionamiento en sus Filiales Universitarias de las ciudades de Iquitos, Satipo y Pucallpa, creadas por Resolución N° 1248-2008-CU-ULADECH.

II. PROGRAMAS ACADÉMICOS DE POSGRADO:

Maestría en Salud Pública Maestría en Ciencias de Enfermería Maestría en Educación con mención en Ciencias Religiosas e Investigación Doctorado en Ciencias de Enfermería Con funcionamiento en su sede central de la ciudad de Chimbote, creadas por Resolución Nos. 0231 y 0232-2006-CU-ULADECH, y Nos. 0744 y 0745-2008-CU-ULADECH.

Que, mediante memorando N° 901-2013-SE, la Secretaría Ejecutiva de la Asamblea Nacional de Rectores, dispone emitir una resolución de conformidad con lo expresado en el informe de la Dirección General de Desarrollo Académico y Capacitación de la Asamblea Nacional de Rectores, en relación a los programas académicos de pregrado y posgrado creados por la Universidad Católica Los Ángeles de Chimbote para su Sede Central, Centros Académicos y Filiales Universitarias;

Estando a la autorización de la Alta Dirección;

De conformidad con la Ley Universitaria N° 23733
y en uso de las atribuciones conferidas al Presidente de la Asamblea Nacional de Rectores, en virtud del Reglamento General de la Comisión de Coordinación Interuniversitaria;

SE RESUELVE:

Artículo 1°.- Declarar que la Universidad Católica Los Ángeles de Chimbote, ha cumplido con las disposiciones establecidas en los artículos 23°, 24° y 92°, incisos e) y f), de la Ley Universitaria N° 23733, en cuanto al diseño curricular de sus Carreras Profesionales de diez (10) y doce (12) ciclos académicos, y más de 200
créditos académicos, tanto de su Sede Central, Centros Académicos y Filiales Universitarias, así como de los programas de segundas especialidades, maestrías, y doctorado; quedando en consecuencia aprobada su implementación:

I. PROGRAMAS ACADÉMICOS DE PREGRADO:

1. Facultad de Ciencias Contables, Financieras y Administrativas, con las carreras profesionales de:

Administración, con funcionamiento en sus Filiales Universitarias de las ciudades de Cañete, y Villa Rica.

Administración Turística, con funcionamiento en su Filial Universitaria de la ciudad de Villa Rica.

Contabilidad, con funcionamiento en su Centro Académico de la ciudad de Pomabamba.

2. Facultad de Derecho y Ciencia Política, con la carrera profesional de:

Derecho, con funcionamiento en su Centro Académico de la ciudad de Pomabamba.

3. Facultad de Educación y Humanidades, con las carreras profesionales de:

Educación Inicial, con funcionamiento en su Centro Académico de la ciudad de Pomabamba y Filiales Universitarias de las ciudades de Sullana y Talara.

Educación Primaria, con funcionamiento en su Centro Académico de la ciudad de Pomabamba y Filiales Universitarias de las ciudades de Sullana y Talara.

Educación Secundaria, Especialidad Educación Física, con funcionamiento en su Centro Académico de la ciudad de Pomabamba.

4. Facultad de Ciencias de la Salud, con la carrera profesional y segundas especialidades siguientes:

Carrera Profesional de Enfermería, con funcionamiento en su Filial Universitaria de la ciudad de Sullana.

Segundas Especialidades en:

Enfermería en Cuidados Intensivos del Adulto Enfermería en Cuidados Neonatales Enfermería en Emergencias y Desastres Gerencia en Servicios de Salud Enfermería en Cuidados Oncológicos Con funcionamiento en su sede central de la ciudad de Chimbote, departamento de Ancash.

5. Facultad de Ingeniería, con la carrera profesional de:

Ingeniería Civil, con funcionamiento en sus Filiales Universitarias de las ciudades de Iquitos, Satipo y Pucallpa.

II. PROGRAMAS ACADÉMICOS DE POSGRADO:

Maestría en Salud Pública Maestría en Ciencias de Enfermería Maestría en Educación con mención en Ciencias Religiosas e Investigación Doctorado en Ciencias de Enfermería Con funcionamiento en su sede central de la ciudad de Chimbote.

Artículo 2°.- Regístrese oficialmente en la Asamblea Nacional de Rectores, lo resuelto en el artículo precedente, y dispóngase la difusión de la presente Resolución a la Dirección General de Desarrollo Académico y Capacitación y a las Áreas del Registro Nacional de Grados y Títulos y Carnés Universitarios de la Secretaría General de la Institución, para los fines que dispone la Ley.

Artículo 3°.- Disponer la verificación in situ de las instalaciones en donde se desarrollan los programas académicos de pregrado y posgrado que han sido registrados en la Asamblea Nacional de Rectores mediante la presente resolución (Sede Central, Centro Académico y Filiales Universitarias), a fin de asegurar una formación educativa de calidad que tanto requiere el país;
encargándosele a la Dirección General de Desarrollo Académico y Capacitación de nuestra institución el cumplimiento del presente artículo.

Artículo 4°.- Publíquese la presente resolución en la página web de la Institución.

Regístrese y comuníquese.

ORLANDO VELÁSQUEZ BENITES
Rector de la Universidad Nacional de Trujillo y Presidente de la Asamblea Nacional de Rectores
RAÚL MARTÍN VIDAL CORONADO
Secretario General de la Asamblea Nacional de Rectores

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