12/29/2013

RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA N° 110-2013-PD-OSITRAN Aprueban las Medidas de Austeridad, Disciplina y

Aprueban las Medidas de Austeridad, Disciplina y Calidad en el Gasto Público para el Año Fiscal 2014 del OSITRAN RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA N° 110-2013-PD-OSITRAN Lima, 27 de diciembre de 2013 VISTO: La Nota N° 315-13-GAF-OSITRAN de fecha 27 de diciembre de 2013; CONSIDERANDO: Que, mediante la Ley N° 30114 se aprobó el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014, cuyo literal e) de la Primera Disposición Complementaria Transitoria establece que los organismos reguladores aprueban sus disposiciones
Aprueban las Medidas de Austeridad, Disciplina y Calidad en el Gasto Público para el Año Fiscal 2014 del OSITRAN
RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA N° 110-2013-PD-OSITRAN
Lima, 27 de diciembre de 2013
VISTO:

La Nota N° 315-13-GAF-OSITRAN de fecha 27 de diciembre de 2013;

CONSIDERANDO:

Que, mediante la Ley N° 30114 se aprobó el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014, cuyo literal e) de la Primera Disposición Complementaria Transitoria establece que los organismos reguladores aprueban sus disposiciones de austeridad, disciplina y calidad en el gasto público, que contienen necesariamente medidas en esos rubros, las cuales deben ser aprobadas mediante resolución del titular de la Entidad y ser publicadas en el Diario Oficial El Peruano, en un plazo que no exceda el 31 de diciembre de 2013;

Que, mediante la Ley N° 26917, Ley de Supervisión de la Inversión Privada en Infraestructura de Transporte de Uso Público y Promoción de los Servicios de Transporte Aéreo, se crea el Organismo Supervisor de la Inversión en Infraestructura de Transporte de Uso Público - OSITRAN, como organismo público encargado de normar, regular, supervisar, fiscalizar y resolver controversias respecto de los mercados relativos a la explotación de la infraestructura de transporte de uso público;

Que, la Ley N° 27332, Ley Marco de los Organismos Reguladores de la Inversión Privada en los Servicios Públicos, dicta los lineamientos y normas de aplicación general para todos los Organismos Reguladores, encontrándose incluido dentro de sus alcances el OSITRAN;
así como establece, en su numeral 6.3 del artículo 6°, que el Presidente del Consejo Directivo ejerce funciones ejecutivas de dirección del Organismo Regulador y es el titular de la entidad correspondiente;

Que, el Reglamento General del OSITRAN, aprobado por Decreto Supremo N° 044-2006-PCM, modificado mediante Decreto Supremo N° 114-2013-PCM establece como órgano del OSITRAN, entre otros, a la Presidencia Ejecutiva, correspondiéndole ejercer la titularidad del pliego presupuestal con todas las obligaciones derivadas de esta función, conforme lo establece el Manual de Organización y Funciones, aprobado mediante Resolución N° 009-2009-CD-OSITRAN, modificado mediante Resolución N° 067-2013-CD-OSITRAN;

Que, mediante Nota N° 315-13-GAF-OSITRAN, la Gerencia de Administración y Finanzas propone Medidas de Austeridad, Disciplina y Calidad en el Gasto Público para el año fiscal 2014 del OSITRAN, con el fin de establecer medidas de austeridad dirigidas al uso racional y eficiente de los recursos del OSITRAN, en el marco de las disposiciones contenidas en la Ley N° 30114, contando con la opinión favorable de la Oficina de Planificación y Presupuesto, conforme a la Nota N° 341-13-OPP-GG-OSITRAN;

En uso de la facultad conferida por la Ley N° 30114
y conforme a lo señalado la Ley N° 27332, el Decreto Supremo N° 044-2006-PCM, y la Resolución N° 009-2009-CD-OSITRAN;

SE RESUELVE:

Artículo 1°.- Aprobar las Medidas de Austeridad, Disciplina y Calidad en el Gasto Público para el Año Fiscal 2014 del OSITRAN, conforme al anexo que forma parte integrante de la presente Resolución.

Artículo 2°.- Publicar en el Diario Oficial El Peruano la presente Resolución y las Medidas de Austeridad, Disciplina y Calidad en el Gasto Público para el Año Fiscal 2014 del OSITRAN, en virtud a lo dispuesto por la Primera Disposición Complementaria Transitoria de la Ley N° 30114, así como en la página web de OSITRAN.

Regístrese, comuníquese y publíquese
PATRICIA BENAVENTE DONAYRE
Presidente Ejecutiva
MEDIDAS DE AUSTERIDAD, DISCIPLINA Y CALIDAD
EN EL GASTO PÚBLICO PARA EL
AÑO FISCAL 2014
I. OBJETIVO
Establecer medidas de austeridad, disciplina y calidad del gasto de los recursos del OSITRAN, en el marco de lo dispuesto por la Primera Disposición Complementaria Transitoria de la Ley N° 30114 – Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014, en adelante la Ley de Presupuesto.

II. ALCANCE
Las disposiciones contenidas en la presente norma son de cumplimiento obligatorio para todo el personal de los órganos del OSITRAN, cualquiera sea su condición laboral.

III. BASE LEGAL
3.1 Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobada por Ley N° 28411 y normas modificatorias y complementarias.

3.2 Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014, aprobada por Ley N° 30114.

IV. RESPONSABLE
Es responsabilidad de la Gerencia de Administración y Finanzas (GAF) a través del Supervisor I de Logística y Compras, Supervisor I de Contabilidad, Supervisor I de Tesorería y Supervisor I de Personal, según corresponda, verificar el cumplimiento de las siguientes medidas.

V. DISPOSICIONES DE AUSTERIDAD, DISCIPLINA
Y CALIDAD EN EL GASTO
5.1 Medidas en materia de personal El ingreso de personal a la Entidad se efectúa necesariamente por concurso público de méritos, conforme al procedimiento establecido en la directiva interna vigente, siempre y cuando se cuente con la plaza presupuestada.

Entiéndase por plaza presupuestada a cargo contemplada en el Cuadro para Asignación de Personal (CAP) que cuente con el financiamiento debidamente previsto en el Presupuesto Institucional y conforme al Presupuesto Analítico de Personal (PAP) aprobado.

En el caso de la contratación de personal para reemplazos de los servidores del sector público, ésta se efectúa por concurso público de méritos y conforme a los documentos de gestión respectivos.

5.2 De las Horas Extras Queda prohibido el pago por concepto de horas extras.

5.3 Viajes y Viáticos Quedan prohibidos los viajes al exterior con cargo a recursos del OSITRAN, excepto en los casos de reuniones técnicas con organismos públicos y privados para tratar temas inherentes a las funciones y misión del OSITRAN, acciones de promoción de importancia para el Perú y desarrollo para la colaboración y cooperación de organismos internacionales, en el marco de las competencias del OSITRAN, así como por concepto de capacitación en el exterior que se requiera y otros que se encuentren alineados a los objetivos y fines del OSITRAN; cuyas solicitudes de tramitación son aprobadas por la Presidencia Ejecutiva del OSITRAN.

Los viajes al exterior que realicen los funcionarios del OSITRAN serán aprobados de conformidad con la normativa correspondiente.

El monto en nuevos soles para los viáticos se establece en las normas internas sobre la materia. La asignación que se otorga como viático por comisión de servicios, o cualquier otra asignación de naturaleza similar, cubrirán los gastos de alojamiento, alimentación y movilidad.

5.4 De la contratación de CAS
El monto máximo por concepto de honorarios mensuales para la contratación por locación de servicios y CAS que se celebren con personas naturales, de manera directa o indirecta, para el año 2014, será de S/. 15,600.00 (Quince mil Seiscientos y 00/100 Nuevos Soles).

5.5 Telefonía fija, celular y fax Se restringe al consumo indispensable los gastos por telefonía, limitándose a las llamadas estrictamente necesarias para el cumplimiento de las funciones asignadas, según corresponda.

5.6 Movilidad local Se restringe al consumo indispensable el reembolso de los gastos de movilidad durante las comisiones de servicios.

5.7 Racionamiento La atención en reuniones de trabajo y eventos para el cumplimiento de los objetivos institucionales, estratégicos y operativos, se mantendrá en el consumo indispensable y solo será autorizada por el Gerente de Administración y Finanzas y/o el Gerente del área respectivo (o quien haga sus veces), y/o el titular del órgano que corresponda. Para tal efecto, la factura o boleta, deberá ser visada en señal de aprobación y conformidad, debiendo figurar al reverso de la misma el motivo y el nombre de las personas que participaron en la reunión.

VI. DISPOSICIÓN FINAL
Estas medidas son susceptibles de ser modificadas o actualizadas conforme se emitan normas legales en el ámbito del sistema nacional de presupuesto, normas de austeridad, disciplina, calidad del gasto conforme a la normativa de la materia y/o las disposiciones de la alta dirección en el marco de los objetivos y fines del
OSITRAN.

VII. VIGENCIA
Las presentes medidas rigen a partir del 01 de enero hasta el 31 de diciembre del año fiscal 2014.

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