3/31/2015

RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN N° 1085-2015-MP-FN

RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN N° 1085-2015-MP-FN Lima, 30 de marzo de 2015 VISTO Y CONSIDERANDO: Que, el Ministerio Público es el organismo constitucional autónomo del Estado que tiene como funciones principales la defensa de la legalidad, los derechos ciudadanos y los intereses públicos, la representación de la sociedad en juicio, para entre otras funciones, velar por la moral pública; la persecución del delito y la reparación civil. También velará por la prevención del delito y por la independencia

RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN N° 1085-2015-MP-FN
Lima, 30 de marzo de 2015
VISTO Y CONSIDERANDO:

Que, el Ministerio Público es el organismo constitucional autónomo del Estado que tiene como funciones principales la defensa de la legalidad, los derechos ciudadanos y los intereses públicos, la representación de la sociedad en juicio, para entre otras funciones, velar por la moral pública;
la persecución del delito y la reparación civil. También velará por la prevención del delito y por la independencia de los órganos judiciales y la recta administración de justicia y las demás que le señalan la Constitución Política del Estado y el ordenamiento jurídico de la Nación, ello de conformidad con lo establecido en el Artículo 1° del Decreto Legislativo N° 052, Ley Orgánica del Ministerio Público Que, el Artículo 158° de la Constitución Política del Perú, prescribe lo siguiente: "Los miembros del Ministerio Público tienen los mismos derechos y prerrogativas y están sujetos a las mismas obligaciones que los del Poder Judicial en la categoría respectiva. Les afectan las mismas incompatibilidades. Su nombramiento está sujeto a requisitos y procedimientos idénticos a los de los miembros del Poder Judicial en su respectiva categoría".

Que, en ese sentido, la Ley de la Carrera Judicial, Ley N° 29277, en su Artículo 2°, inciso 8, establece que el perfil del magistrado está constituido por el conjunto de capacidades y cualidades personales que permiten asegurar que, en el ejercicio de sus funciones, respondan de manera idónea a las demandas de justicia, disponiendo que, entre las principales características que constituyen el perfil de un magistrado se encuentra la de tener una trayectoria personal éticamente irreprochable; por lo que, al advertir del Sistema de Módulo de Consulta de Casos del Ministerio Público, que se han efectuado nombramientos de señores Fiscales Provisionales sin observar el perfil requerido para el cargo de Magistrado; corresponde dar por concluido los nombramientos y designaciones en los cargos que vienen desempeñando provisionalmente.

Que, asimismo, se han recabado los respectivos Récord de Quejas y Denuncias, expedidos por la Fiscalía Suprema de Control Interno, donde se acredita la existencia de investigaciones pendientes; por lo que, corresponde efectuar las mencionadas conclusiones, sin perjuicio del resultado de las investigaciones por las quejas y/o denuncias que se encuentren en trámite.

SE RESUELVE:

Artículo Primero.- Dar por concluido el nombramiento de la doctora Silvia Nayda De La Cruz Quintana, como Fiscal Adjunta Provincial Provisional del Distrito Fiscal de Lima y su designación en el Pool de Fiscales Adjuntos Provinciales de Lima, materia de la Resolución de la Fiscalía de la Nación N° 4099-2013-MP-FN, de fecha 11 de diciembre del 2013, sin perjuicio del resultado de las investigaciones por las quejas y/o denuncias que se encuentren en trámite.

Artículo Segundo.- Dar por concluido el nombramiento de la doctora Romy Celi Ramírez García, como Fiscal Adjunta Provincial Provisional del Distrito Fiscal de Lima y su designación en el Pool de Fiscales de Lima, materia de la Resolución de la Fiscalía de la Nación N° 288-2014-MP-FN, de fecha 28 de enero del 2014, sin perjuicio del resultado de las investigaciones por las quejas y/o denuncias que se encuentren en trámite.

Artículo Tercero.- Hacer de conocimiento la presente Resolución, a la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Lima, Gerencia General, Gerencia Central de Potencial Humano, Oficina de Registro y Evaluación de Fiscales y a las Fiscales mencionadas.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

PABLO SÁNCHEZ VELARDE
Fiscal de la Nación (i)

Advertencia

Este es un portal de ayuda a quienes desean leer las nuevas normas legales del Perú. Si encuentra algun texto que no deberia estar en este portal, escriba un mensaje a elperulegal@gmail.com para que sea retirado.

Propósito:

El propósito de "El Peru Legal" es mostrar las normas legales que proporcionan las entidades del Estado del Perú para buscar información relativa a decretos, leyes, resoluciones, directivas.