8/09/2015

RESOLUCIÓN SBS N° 4535-2015

RESOLUCION SBS Nº 4535-2015 Lima, 05 de agosto de 2015 EL SUPERINTENDENTE DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES VISTA: La invitacion cursada por la Comision de Lucha Contra los Delitos Aduaneros y la Pirateria del Ministerio de la Produccion a la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (SBS), con el fin de participar en la VI Reunion de la Comision Bilateral Peruano - Boliviana para Erradicar el Contrabando Organizado en Productos

RESOLUCION SBS Nº 4535-2015
Lima, 05 de agosto de 2015
EL SUPERINTENDENTE DE BANCA, SEGUROS
Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS
DE PENSIONES
VISTA:

La invitacion cursada por la Comision de Lucha Contra los Delitos Aduaneros y la Pirateria del Ministerio de la Produccion a la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (SBS), con el fin de participar en la VI Reunion de la Comision Bilateral Peruano - Boliviana para Erradicar el Contrabando Organizado en Productos Agropecuarios y Otros, que se llevara a cabo los dias 13 y 14 de agosto de 2015 en la ciudad de La Paz, Estado Plurinacional de Bolivia;

CONSIDERANDO:

Que, la VI Reunion de la Comision Bilateral Peruano - Boliviana para Erradicar el Contrabando Organizado en Productos Agropecuarios y Otros tiene por finalidad evaluar los avances realizados en la implementacion de los acuerdos adoptados en la Matriz de Seguimiento de la V Reunion Binacional, asi como abordar estrategias de cooperacion bilateral para reducir las actividades ilicitas que afectan la frontera peruano - boliviana;

Que, la Unidad de Inteligencia Financiera del Peru (UIF-Peru) y la Unidad de Investigaciones Financieras de Bolivia (UIF-Bolivia) lideran la Mesa de Trabajo Nº 3
"Lucha contra los Delitos Financieros" y que durante la reunion se evaluaran los avances de las actividades en curso de la mesa;

Que, en atencion a la invitacion cursada y por ser de interes de esta Superintendencia, se ha considerado conveniente designar al senor Enzo Paolo Yampier Paredes Castaneda, Analista Principal II del Departamento de Prevencion, Enlace y Cooperacion de la Unidad de Inteligencia Financiera del Peru, para que participe en el citado evento;

Que, la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones, mediante Directiva SBS Nº SBS-DIR-ADM-085-18, ha dictado una serie de Medidas Complementarias de Austeridad en el Gasto para el Ejercicio 2015, estableciendose en el Numeral 4.3.1, que se autorizaran viajes para eventos cuyos objetivos obliguen la representacion sobre temas vinculados con negociaciones bilaterales, multilaterales, foros o misiones oficiales que comprometan la presencia de sus trabajadores, asi como para el ejercicio de funciones o participacion en eventos de interes para la Superintendencia, como el presente caso;

Que, en consecuencia, es necesario autorizar el viaje del citado funcionario para participar en el evento indicado, cuyos gastos por concepto de pasaje aereo y viaticos seran cubiertos por esta Superintendencia con cargo al Presupuesto correspondiente al ejercicio 2015; y, En uso de las facultades que le confiere la Ley Nº 26702 "Ley General del Sistema Financiero y del 558930 NORMAS LEGALES
Domingo 9 de agosto de 2015 / El Peruano Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros", de conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27619 y en virtud a la Directiva SBS Nº
SBS-DIR-ADM-085-18 sobre Medidas Complementarias de Austeridad en el Gasto para el Ejercicio 2015, que incorpora lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y el Decreto Supremo Nº 056-2013-PCM;

RESUELVE:

Articulo Primero.- Autorizar el viaje del senor Enzo Paolo Yampier Paredes Castaneda, Analista Principal II
del Departamento de Prevencion, Enlace y Cooperacion de la Unidad de Inteligencia Financiera del Peru de la SBS, del 12 al 15 de agosto de 2015 a la ciudad de La Paz, Estado Plurinacional de Bolivia, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion.

Articulo Segundo.- El citado funcionario, dentro de los 15 (quince) dias calendario siguientes a su reincorporacion, debera presentar un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado.

Articulo Tercero.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente autorizacion por concepto de pasaje aereo y viaticos seran cubiertos por esta Superintendencia con cargo al Presupuesto correspondiente al ejercicio 2015, de acuerdo al siguiente detalle:

Pasaje aereo US$ 584,70
Viaticos US$ 1 110,00
Articulo Cuarto.- La presente Resolucion no otorga derecho a exoneracion o liberacion de impuestos de Aduana de cualquier clase o denominacion a favor del funcionario cuyo viaje se autoriza.

Registrese, comuniquese y publiquese.

DANIEL SCHYDLOWSKY ROSENBERG
Superintendente de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones
Organos Autonomos, Superintendencia de Banca Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones

Advertencia

Este es un portal de ayuda a quienes desean leer las nuevas normas legales del Perú. Si encuentra algun texto que no deberia estar en este portal, escriba un mensaje a elperulegal@gmail.com para que sea retirado.

Propósito:

El propósito de "El Peru Legal" es mostrar las normas legales que proporcionan las entidades del Estado del Perú para buscar información relativa a decretos, leyes, resoluciones, directivas.