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DECRETO SUPREMO N° 174-2017-EF Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector
6/11/2017
DECRETO SUPREMO N° 174-2017-EF Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector
Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017 a favor de los pliegos Gobiernos Regionales DECRETO SUPREMO Nº 174-2017-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, el artículo 25 de la Ley Nº 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, autoriza al Ministerio de Educación para efectuar modificaciones presupuestarias en el nivel institucional a favor de los pliegos Gobiernos Regionales, hasta por la suma de DOSCIENTOS MILLONES
DECRETO SUPREMO Nº 174-2017-EF
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 25 de la Ley Nº 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, autoriza al Ministerio de Educación para efectuar modificaciones presupuestarias en el nivel institucional a favor de los pliegos Gobiernos Regionales, hasta por la suma de DOSCIENTOS
MILLONES Y 00/100 SOLES (S/ 200 000 000,00) para el financiamiento de las intervenciones de educación básica priorizadas para el ejercicio fiscal 2017 por el Ministerio de Educación, así como para el financiamiento de los bienes, servicios, equipamiento, acondicionamiento y mantenimiento de infraestructura de los Programas Presupuestales "Logros de Aprendizaje de Estudiantes de la Educación Básica Regular", "Incremento en el acceso de la población de 3 a 16 años a los servicios educativos públicos de la Educación Básica Regular", "Inclusión de niños, niñas y jóvenes con discapacidad en la educación básica y técnico-productiva" y "Mejora de la formación en carreras docentes en institutos de educación superior no universitaria", así como acciones centrales;
Que, asimismo, el citado artículo señala que los recursos a los que se hace referencia en el considerando precedente serán transferidos a los pliegos Gobiernos Regionales previo cumplimiento de compromisos de desempeño durante el año escolar para la adecuada provisión de servicios educativos de calidad en el aula; siendo que dichos compromisos, lineamientos y requisitos estarán definidos mediante resolución ministerial del Ministerio de Educación y se encontrarán relacionados, entre otros, con las acciones detalladas en el referido artículo 25 de la Ley Nº 30518;
adicionalmente, señala que los referidos recursos, en lo que corresponda, son transferidos hasta el 31 de julio del año fiscal 2017, según cronograma y disposiciones que establezca el Ministerio de Educación para tal fin; disponiéndose que las modificaciones presupuestarias en el nivel institucional se aprueban mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas y la Ministra de Educación, a propuesta de ésta última, exceptuándose al Ministerio de Educación de lo establecido en el artículo 80 de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto;
Que, en dicho marco legal, mediante Resolución Ministerial Nº 695-2016-MINEDU, se aprueba la "Norma Técnica para la Implementación de los Compromisos de Desempeño 2017", modificada por Resolución Ministerial Nº 112-2017-MINEDU, cuyo objetivo general es establecer los Compromisos de Desempeño 2017 para la adecuada provisión de servicios educativos de calidad en el aula; así como los lineamientos y requisitos para su implementación y cumplimiento, en el marco de lo dispuesto en el artículo 25 de la Ley Nº 30518; habiéndose definido en total veinte (20) Compromisos de Desempeño, los cuales están estructurados en cuatro (04) tramos; precisándose que para acceder a los recursos a los que se refiere el citado artículo, cada Gerencia Regional de Educación-GRE/Dirección Regional de Educación - DRE, Unidad Ejecutora de Educación y/o Unidad de Gestión Educativa Local - UGEL, según corresponda, deberá cumplir total o parcialmente la meta establecida en los Compromisos de Desempeño que le correspondan hasta la fecha de cierre de cada tramo;
Que, mediante Informe Nº 0012-2017-MINEDU/SPE-OPEP-UFD, la Unidad de Financiamiento por Desempeño de la Oficina de Planificación Estratégica y Presupuesto de la Secretaría de Planificación Estratégica del Ministerio de Educación, informa el cumplimiento del Segundo Tramo de los Compromisos de Desempeño, conforme a lo dispuesto por la Resolución Ministerial Nº 695-2016-MINEDU, modificada por la Resolución Ministerial Nº 112-2017-MINEDU y el artículo 25 de la Ley Nº 30518; asimismo, determina el monto a transferir a los Gobiernos Regionales que asciende a la suma de CUARENTA Y SIETE MILLONES CUATROCIENTOS
NOVENTA Y OCHO MIL SETECIENTOS OCHENTA Y SEIS
Y 00/100 SOLES (S/ 47 498 786,00);
Que, la Unidad de Planificación y Presupuesto de la Oficina de Planificación Estratégica y Presupuesto de la Secretaría de Planificación Estratégica del Ministerio de Educación, a través del Informe Nº 302-2017-MINEDU/ SPE-OPEP-UPP , señala que en el presupuesto institucional del pliego 010: Ministerio de Educación, Unidad Ejecutora 026: Programa Educación Básica para Todos, en la Fuente de Financiamiento 1: Recursos Ordinarios, se cuenta con recursos disponibles para financiar las intervenciones de educación básica priorizadas para el ejercicio fiscal 2017 por el Ministerio de Educación, así como para el financiamiento de los bienes y servicios, equipamiento, acondicionamiento y mantenimiento de infraestructura de los Programas Presupuestales 0090: Logros de Aprendizaje de Estudiantes de la Educación Básica Regular; 0091: Incremento en el acceso de la población de 3 a 16 años a los servicios públicos de EBR; y 0106: Inclusión de niños, niñas y jóvenes con discapacidad en la educación básica y técnico productiva, y la Categoría Presupuestal 9001: Acciones Centrales; en virtud de lo cual mediante Oficio Nº 00606-2017-MINEDU/ SG, el Ministerio de Educación solicita dar trámite a la referida transferencia de recursos;
Que, en consecuencia, resulta necesario autorizar una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público
para el Año Fiscal 2017, hasta por la suma de CUARENTA Y
SIETE MILLONES CUATROCIENTOS NOVENTA Y OCHO
MIL SETECIENTOS OCHENTA Y SEIS Y 00/100 SOLES (S/ 47 498 786,00) del pliego Ministerio de Educación a favor de los pliegos Gobiernos Regionales para financiar los conceptos señalados en los considerandos precedentes;
De conformidad con lo establecido en el artículo 25 de la Ley Nº 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017;
DECRETA:
Artículo 1.- Objeto 1.1 Autorízase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, hasta por la suma de CUARENTA Y SIETE MILLONES
CUATROCIENTOS NOVENTA Y OCHO MIL SETECIENTOS
OCHENTA Y SEIS Y 00/100 SOLES (S/ 47 498 786,00) del pliego 010: Ministerio de Educación, a favor de los pliegos Gobiernos Regionales, correspondiente al Segundo Tramo de los Compromisos de Desempeño, para financiar los bienes y servicios, equipamiento, acondicionamiento y mantenimiento de infraestructura de los Programas Presupuestales 0090:
Logros de Aprendizaje de Estudiantes de la Educación Básica Regular, 0091: Incremento en el acceso de la población de 3
a 16 años a los servicios públicos de EBR; y 0106: Inclusión de niños, niñas y jóvenes con discapacidad en la educación básica y técnico productiva, y la Categoría Presupuestal 9001: Acciones Centrales; conforme a lo indicado en la parte considerativa de la presente norma, de acuerdo al siguiente detalle:
DE LA: En Soles SECCION PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 010 : Ministerio de Educación UNIDAD EJECUTORA 026 : Programa Educación Básica para Todos PROGRAMA PRESUPUESTAL 0090 : Logros de aprendizaje de estudiantes de la educación básica regular PRODUCTO 3000385 : Instituciones educativas con condiciones para el cumplimiento de horas lectivas normadas ACTIVIDAD 5005629 : Contratación oportuna y pago del personal administrativo y de apoyo de las instituciones educativas de educación básica regular FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTO CORRIENTE
2.3 Bienes y Servicios 1 246 016,00
PRODUCTO 3000386 : Docentes preparados implementan el currículo ACTIVIDAD 5005636 : Acompañamiento pedagógico a instituciones educativas multiedad y multigrado de educación básica regular FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTO CORRIENTE
2.4 Donaciones y Transferencias 31 990 253,00
ACTIVIDAD 5005638 : Acompañamiento pedagógico a instituciones educativas de educación intercultural bilingüe FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTO CORRIENTE
2.3 Bienes y Servicios 5 607 672,00
ACTIVIDAD 5005639 : Refuerzo escolar a estudiantes y docentes de instituciones educativas de educación básica regular FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTO CORRIENTE
2.3 Bienes y Servicios 220 453,00
PRODUCTO 3000387 : Estudiantes de educación básica regular cuentan con materiales educativos necesarios para el logro de los estándares de aprendizajes ACTIVIDAD 5005944 : Gestión de materiales y recursos educativos para instituciones educativas de educación básica regular conforme al currículo FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTO CORRIENTE
2.3 Bienes y Servicios 8 067 484,00
PROGRAMA PRESUPUESTAL 0106 : Inclusión de niños, niñas y jóvenes con discapacidad en la educación básica y técnico productiva PRODUCTO 3000789 : Instituciones educativas emplean material educativo, equipamiento y mobiliario ACTIVIDAD 5005876 : Capacitación para el adecuado uso de materiales, mobiliario y equipos educativos FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTO CORRIENTE
2.3 Bienes y Servicios 205 788,00
PRODUCTO 3000793 : Familias involucradas en el proceso educativo ACTIVIDAD 5005875 : Asistencia a familias de estudiantes de los programas de intervención temprana para participación en el proceso educativo FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTO CORRIENTE
2.3 Bienes y Servicios 161 120,00
------------------ TOTAL EGRESOS 47 498 786,00
===========
A LA: En Soles SECCION SEGUNDA : Instancias Descentralizadas PLIEGO : Gobiernos Regionales PROGRAMA PRESUPUESTAL 0090 : Logros de aprendizaje de estudiantes de la educación básica regular FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTO CORRIENTE
2.3 Bienes y Servicios 16 298 063,00
PROGRAMA PRESUPUESTAL 0091 : Incremento en el acceso de la población de 3 a 16 años a los servicios educativos públicos de la educación básica regular FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTO CORRIENTE
2.3 Bienes y Servicios 47 172,00
PROGRAMA PRESUPUESTAL 0106 : Inclusión de niños, niñas y jóvenes con discapacidad en la educación básica y técnico productiva FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTO CORRIENTE
2.3 Bienes y Servicios 374 620,00
ACCIONES CENTRALES :
ACTIVIDAD 5000003 : Gestión administrativa FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTO CORRIENTE
2.3 Bienes y Servicios 30 778 931,00
------------------- TOTAL EGRESOS 47 498 786,00
===========
1.2 Los pliegos habilitados en el numeral 1.1 del presente artículo y los montos de transferencia por pliego a nivel de Unidad Ejecutora y actividad presupuestal, se detallan en el Anexo "Transferencia de recursos para financiar los Compromisos de Desempeño 2017 - Segundo Tramo" que forma parte integrante del presente Decreto Supremo, el cual se publica en los portales institucionales del Ministerio de Educación (www.minedu.gob.pe) y del Ministerio de Economía y Finanzas (www.mef.gob.pe), en la misma fecha de publicación de la presente norma en el Diario Oficial "El Peruano".
Artículo 2.- Procedimiento para la Aprobación Institucional 2.1 Los Titulares de los pliegos, habilitador y habilitados en la presente Transferencia de Partidas aprueban mediante Resolución, la desagregación de los recursos autorizados en el numeral 1.1 del artículo 1 del presente Decreto Supremo a nivel programático, dentro de los cinco (05) días calendario de la vigencia del presente dispositivo legal. Copia de la Resolución será remitida dentro de los cinco (05) días de aprobada a los organismos señalados en el numeral 23.2 del artículo 23 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 304-2012-EF.
2.2 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en los pliegos involucrados, solicitará a la Dirección General de Presupuesto Público, las codificaciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida.
2.3 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en los pliegos involucrados instruirá a las Unidades Ejecutoras para que elaboren las correspondientes "Notas para Modificación Presupuestaria" que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en el presente Decreto Supremo.
Artículo 3.- Limitación al uso de los recursos Los recursos de la Transferencia de Partidas a que hace referencia el numeral 1.1 del artículo 1 del presente Decreto Supremo no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos.
Artículo 4.- Del refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas y por la Ministra de Educación.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los nueve días del mes de junio del año dos mil diecisiete.
MARTÍN ALBERTO VIZCARRA CORNEJO
Primer Vicepresidente de la República Encargado del Despacho de la Presidencia de la República
FERNANDO ZAVALA LOMBARDI
Presidente del Consejo de Ministros Encargado del Despacho del Ministerio de Economía y Finanzas
MARILÚ DORIS MARTENS CORTÉS
Ministra de Educación
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