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RESOLUCIÓN N° 0215-2017-JNE Restablecen vigencia de credencial de alcalde de la Municipalidad
6/10/2017
RESOLUCIÓN N° 0215-2017-JNE Restablecen vigencia de credencial de alcalde de la Municipalidad
Restablecen vigencia de credencial de alcalde de la Municipalidad Provincial de San Ignacio, departamento de Cajamarca RESOLUCIÓN Nº 0215-2017-JNE Expediente Nº J-2016-01269-C01 SAN IGNACIO - CAJAMARCA ACREDITACIÓN Lima, veintitrés de mayo de dos mil diecisiete. VISTOS el Oficio Nº 23-2017-MPSI/SG, remitido el 18 de abril de 2017 por la Municipalidad Provincial de San Ignacio, y el Oficio Nº 2928-2017-P-CSJAM/PJ, enviado el 17 de mayo de 2017 por el presidente de la Corte Superior de Justicia
RESOLUCIÓN Nº 0215-2017-JNE
Expediente Nº J-2016-01269-C01
SAN IGNACIO - CAJAMARCA
ACREDITACIÓN
Lima, veintitrés de mayo de dos mil diecisiete.
VISTOS el Oficio Nº 23-2017-MPSI/SG, remitido el 18 de abril de 2017 por la Municipalidad Provincial de San Ignacio, y el Oficio Nº 2928-2017-P-CSJAM/PJ, enviado el 17 de mayo de 2017 por el presidente de la Corte Superior de Justicia de Amazonas.
CONSIDERANDOS
1. Por medio de la Resolución Número Dieciséis, del 1 de junio de 2016 (fojas 237 a 359), emitida en el Expediente Nº 101-2016-74-1703-JR-PE-02 (cuaderno de prisión preventiva), el Segundo Juzgado de Investigación Preparatoria de Jaén declaró fundado el requerimiento de prisión preventiva por el periodo de dieciocho meses solicitado contra el alcalde Juventino Sadón Gómez Torres. Además, dispuso su ubicación y captura, para cuyo efecto ordenó oficiar a la autoridad competente.
2. Merced a dicho pronunciamiento judicial, en la sesión extraordinaria del 6 de julio de 2016 (fojas 142
a 144), el Concejo Provincial de San Ignacio acordó, por unanimidad, suspender a la citada autoridad, al considerar que incurrió en la causal prevista en el artículo 25, numeral 3, de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades (en adelante, LOM). Esta decisión se formalizó en el Acuerdo de Concejo Nº 081-2016/MPSI.A, de la misma fecha (fojas 145 a 146), el cual fue notificado a la autoridad afectada el 13 de julio de 2016 (fojas 147).
3. Pese a ello, como la Sala Descentralizada Mixta y de Apelaciones de Jaén, mediante Resolución Número Tres, del 23 de setiembre de 2016 (fojas 360 a 391), declaró la nulidad de la Resolución Número Dieciséis y dejó sin efecto la orden de captura dictada contra el referido alcalde, este colegiado electoral, por medio de la Resolución Nº 1231-A-2016-JNE, del 24 de octubre de 2016 (fojas 448 a 450), declaró improcedente la solicitud de convocatoria de candidato no proclamado que formuló el Concejo Provincial de San Ignacio.
4. Sin embargo, el 7 de marzo de 2017, la Corte Superior de Justicia de Lambayeque remitió la Resolución Número Diecinueve, del 31 de enero de 2017 (fojas 462 a 660), mediante la cual se declaró fundado el requerimiento de prisión preventiva dictado contra Juventino Sadón Gómez Torres, por el lapso de dieciocho meses, computados a partir de la fecha en que se haga efectiva la medida coercitiva; además, ordenó su ubicación y captura.
5. En mérito a dicha decisión, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, mediante la Resolución Nº 0111-2017-JNE, del 16 de marzo de 2017 (fojas 668
a 671), como consecuencia de la suspensión de la cuestionada autoridad, dejó sin efecto su credencial como alcalde. Asimismo, convocó a Manuel Decilio Torres Castillo y a Denis Estalin Mío Llacsahuanga para que asuman, provisionalmente, el cargo de alcalde y regidor, respectivamente, del Concejo Provincial de San Ignacio, mientras se resolvía la situación jurídica del burgomaestre investigado.
6. En tal contexto, mediante Oficio Nº 23-2017-MPSI/ SG, del 18 de abril de 2017, el Concejo Provincial de San Ignacio solicita que se restablezca la vigencia de la credencial que le fuera otorgada a Juventino Sadón Gómez Torres, como alcalde de dicha comuna, para lo cual, adjunta, entre otros documentos, la Resolución Número Seis, del 31 de marzo de 2017, que declara fundada en parte su demanda de Habeas Corpus.
7. Por tal motivo, a fin de corroborar la existencia del referido mandato judicial, mediante Oficio Nº 01269-2017-SG/JNE, del 21 de abril de 2017 (fojas 695), se solicitó a la presidencia de la Corte Superior de Justicia de Amazonas copias certificadas de la citada resolución. En respuesta a ello, mediante Oficio Nº 2928-2017-P-CSJAM/PJ, recibido el 17 de mayo de 2017, dicho órgano judicial remitió las referidas copias certificadas (fojas 698 a 707), por la cual el Juzgado Itinerante de Investigación Preparatoria de Jazán declaró fundada en parte la demanda de Habeas Corpus y la nulidad del acto procesal de ejecución del procedimiento de mandato de prisión preventiva dictado contra Juventino Sadón Gómez Torres. Además, dispuso su inmediata libertad.
8. En virtud de ello, se concluye que, a la fecha, no existe mandato de prisión preventiva vigente impuesta a Juventino Sadón Gómez Torres, por lo que corresponde a este colegiado electoral restablecer la vigencia de la credencial que lo reconoce como alcalde de la Municipalidad Provincial de San Ignacio, sin perjuicio de lo que posteriormente disponga el órgano jurisdiccional penal respectivo en el marco del proceso penal que se le sigue.
9. En atención a lo expuesto, corresponde dejar sin efecto las credenciales concedidas a Manuel Decilio T orres Castillo y a Denis Estalin Mío Llacsahuanga, quienes habían asumido, de forma provisional, el cargo de alcalde y regidor, respectivamente, de la Municipalidad Provincial de San Ignacio, y que fueron convocados a través de la Resolución Nº 0111-2017-JNE. Por consiguiente, se debe restablecer la vigencia de la credencial de burgomaestre otorgada a Juventino Sadón Gómez Torres.
Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones,
RESUELVE
Artículo Primero.- DEJAR SIN EFECTO la credencial otorgada a Manuel Decilio Torres Castillo, con la cual asumió provisionalmente el cargo de alcalde de la Municipalidad Provincial de San Ignacio, departamento de Cajamarca, conforme fuera dispuesto en la Resolución
Nº 0111-2017-JNE.
Artículo Segundo.- DEJAR SIN EFECTO la credencial otorgada a Denis Estalin Mío Llacsahuanga, con la cual asumió provisionalmente el cargo de regidor del Concejo Provincial de San Ignacio, departamento de Cajamarca, conforme fuera dispuesto en la Resolución Nº 0111-2017-JNE.
Artículo Tercero.- RESTABLECER la vigencia de la credencial que le fuera otorgada a Juventino Sadón Gómez T orres, como alcalde de la Municipalidad Provincial de San Ignacio, departamento de Cajamarca.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
SS.
TICONA POSTIGO
ARCE CÓRDOVA
CHANAMÉ ORBE
CHÁVARRY CORREA
RODRÍGUEZ VÉLEZ
Marallano Muro Secretaria General (e)
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