11/07/2017

RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 426-2017-VIVIENDA Autorizan transferencias financieras a favor del "Fondo

Autorizan transferencias financieras a favor del "Fondo para el financiamiento de proyectos de inversión pública en materia agua, saneamiento y salud" RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 426-2017-VIVIENDA Lima, 6 de noviembre de 2017 CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 30156, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, establece que el Ministerio tiene por finalidad normar y promover el ordenamiento, mejoramiento, protección e integración de los centros poblados, urbanos y rurales,
Autorizan transferencias financieras a favor del "Fondo para el financiamiento de proyectos de inversión pública en materia agua, saneamiento y salud"
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 426-2017-VIVIENDA
Lima, 6 de noviembre de 2017
CONSIDERANDO:

Que, la Ley Nº 30156, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, establece que el Ministerio tiene por finalidad normar y promover el ordenamiento, mejoramiento, protección e integración de los centros poblados, urbanos y rurales, como sistema sostenible en el territorio nacional;
asimismo, señala que tiene competencia en materia de vivienda, construcción, saneamiento, urbanismo y desarrollo urbano, bienes estatales y propiedad urbana;
ejerciendo competencias compartidas con los gobiernos regionales y locales en dichas materias;

Que, en el marco de la Ley Nº 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, mediante Resolución Ministerial Nº 426-2016-VIVIENDA, se aprobó el Presupuesto Institucional de Apertura de Gastos correspondiente al Año Fiscal 2017 del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, por la suma de SEIS MIL DOSCIENTOS TREINTA
Y TRES MILLONES SETECIENTOS QUINCE MIL
CUATROCIENTOS NOVENTA Y CINCO Y 00/100 SOLES (S/ 6 233 715 495,00);

Que, el artículo 4 del Decreto de Urgencia Nº 004-2017, autoriza al Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento a realizar Transferencias Financieras a favor del "Fondo para el financiamiento de proyectos de inversión pública en materia agua, saneamiento y salud", creado mediante la Trigésima Segunda Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, con cargo a su presupuesto institucional, en las fuentes de financiamiento Recursos Ordinarios y Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito, sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público, para el financiamiento de proyectos de inversión pública en materia de agua y saneamiento, disponiendo que dichas transferencias se aprueban mediante resolución del titular, y se publica en el Diario Oficial El Peruano;

Que, mediante Memorándum Nº 1947-2017/VIVIENDA-OGPP la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, haciendo suyo el Informe Nº 307-2017/VIVIENDA-OGPP-OP de su Oficina de Presupuesto, emite opinión favorable y propone autorizar la Transferencia Financiera del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento hasta por la suma de VEINTIDÓS MILLONES NOVENTA
Y UN MIL VEINTIOCHO Y 00/100 (S/ 22 091 028,00), en las Fuentes de Financiamiento 1: Recursos Ordinarios y 3: Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito, a favor del "Fondo para el financiamiento de proyectos de inversión pública en materia agua, saneamiento y salud", para el financiamiento de proyectos de inversión pública en materia de agua y saneamiento, a que hace referencia el artículo 4 del Decreto de Urgencia Nº 004-2017;

Que, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto destaca que la referida Transferencia Financiera será financiada con cargo al presupuesto aprobado en el presente Año Fiscal del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, de la Unidad Ejecutora 004:

Programa Nacional de Saneamiento Urbano, Categoría Presupuestal 0082. Programa Nacional de Saneamiento Urbano, Producto 3000001: Acciones Comunes, Actividad 5001777. Transferencia de Recursos para Agua y Saneamiento Urbano, Genérica de Gasto 4: Donaciones y Transferencias, Fuente de Financiamiento 1: Recursos Ordinarios, por la suma de UN MILLÓN DOSCIENTOS
CINCUENTA Y NUEVE MIL OCHOCIENTOS SESENTA Y
SIETE Y 00/100 SOLES (S/ 1 259 867,00); y, de la Unidad Ejecutora 005: Programa Nacional de Saneamiento Rural, Categoría Presupuestal 0083. Programa Nacional de Saneamiento Rural, Producto 3000001: Acciones Comunes, Actividad 5001778. Transferencia de Recursos para Agua y Saneamiento Rural, Genérica de Gasto 4:

Donaciones y Transferencias, Fuente de Financiamiento 1: Recursos Ordinarios por la suma de TRECE
MILLONES CUATROCIENTOS CINCUENTA Y OCHO
MIL TRESCIENTOS TRES Y 00/100 (S/ 13 458 303,00)
y en 3: Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito la suma de SIETE MILLONES TRESCIENTOS SETENTA
Y DOS MIL OCHOCIENTOS CINCUENTA Y OCHO Y
00/100 (S/ 7 372 858,00);

Que, por los fundamentos expuestos, es necesario aprobar la Transferencia Financiera del Pliego 037:

Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, hasta por la suma de VEINTIDÓS MILLONES NOVENTA Y UN
MIL VEINTIOCHO Y 00/100 SOLES (S/ 22 091 028,00), a favor del "Fondo para el financiamiento de proyectos de inversión pública en materia agua, saneamiento y salud", para el financiamiento de proyectos de inversión pública en materia de agua y saneamiento;

De conformidad con lo establecido en el Decreto de Urgencia Nº 004-2017 "Decreto de Urgencia que aprueba medidas para estimular la economía así como para la atención de intervenciones ante la ocurrencia de lluvias y peligros asociados"; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, aprobado por Decreto Supremo Nº 010-2014-VIVIENDA;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Transferencia Financiera a favor del "Fondo para el financiamiento de proyectos de inversión pública en materia agua, saneamiento y salud"
Autorizar la Transferencia Financiera del Pliego 037:

Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, hasta por la suma de VEINTIDÓS MILLONES NOVENTA
Y UN MIL VEINTIOCHO Y 00/100 SOLES (S/ 22 091
028,00), en las Fuentes de Financiamiento 1: Recursos Ordinarios y 3: Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito, a favor del "Fondo para el financiamiento de proyectos de inversión pública en materia agua, saneamiento y salud", creado mediante la Trigésima Segunda Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017; para el financiamiento de proyectos de inversión pública en materia de agua y saneamiento.

Artículo 2.- Financiamiento La Transferencia Financiera autorizada en el artículo 1 de la presente Resolución se atenderá con cargo al presupuesto aprobado en el presente Año Fiscal del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, de la Unidad Ejecutora 004: Programa Nacional de Saneamiento Urbano, Categoría Presupuestal 0082. Programa Nacional de Saneamiento Urbano, Producto 3000001: Acciones Comunes, Actividad 5001777. Transferencia de Recursos para Agua y Saneamiento Urbano, Genérica de Gasto 4: Donaciones y Transferencias, Fuente de Financiamiento 1: Recursos Ordinarios, por la suma de UN MILLÓN DOSCIENTOS
CINCUENTA Y NUEVE MIL OCHOCIENTOS SESENTA Y
SIETE Y 00/100 SOLES (S/ 1 259 867,00); y, de la Unidad Ejecutora 005: Programa Nacional de Saneamiento Rural, Categoría Presupuestal 0083. Programa Nacional de Saneamiento Rural, Producto 3000001: Acciones Comunes, Actividad 5001778. Transferencia de Recursos para Agua y Saneamiento Rural, Genérica de Gasto 4:

Donaciones y Transferencias, Fuente de Financiamiento 1: Recursos Ordinarios por la suma de TRECE
MILLONES CUATROCIENTOS CINCUENTA Y OCHO
MIL TRESCIENTOS TRES Y 00/100 (S/ 13 458 303,00)
y en 3: Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito la suma de SIETE MILLONES TRESCIENTOS SETENTA
Y DOS MIL OCHOCIENTOS CINCUENTA Y OCHO Y
00/100 (S/ 7 372 858,00).

Artículo 3.- Limitación al uso de los recursos Los recursos de la Transferencia Financiera autorizada por el artículo 1 de la presente Resolución, bajo responsabilidad, no podrán ser destinados, a fines distintos para los cuales son transferidos.

Artículo 4.- Publicación y Difusión Dispóngase la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Diario Oficial "El Peruano", y su difusión en el Portal Institucional del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (www.vivienda.gob.pe).

Regístrese, comuníquese y publíquese.

CARLOS BRUCE
Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento

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